Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la DNCP solo permite un tipo de forma farmacéutica por ítem
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Especificaciones Técnicas/Presentación
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar los Ítem N° 15-16-43-52 y 63 SIN Solvente. Ya que de esta manera se estaría dando mayor participación a los potenciales oferentes, ya que es limitante el contar con solvente.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar los Ítem N° 15-16-43-52 y 63 SIN Solvente. Ya que de esta manera se estaría dando mayor participación a los potenciales oferentes, ya que es limitante el contar con solvente.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad existente es la de contar el medicamento con su respectivo solvente
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ITEM 9
Solicitamos a la convocante favor agregar la forma farmacéutica presentación de BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS RANURADOS COMO MÍNIMO a BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS BIRRANURADOS COMO MÍNIMO de manera a ampliar la participación de otros oferentes.
Solicitamos a la convocante favor agregar la forma farmacéutica presentación de BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS RANURADOS COMO MÍNIMO a BLISTER POR 10 COMPRIMIDOS BIRRANURADOS COMO MÍNIMO de manera a ampliar la participación de otros oferentes.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que lo solicitado se realiza conforme a la dosificación por paciente
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ÍTEM 12
Solicitamos a la convocante modificar la presentación donde dice: BLISTER POR 10 COMPRIMIDO COMO MÍNIMO a BLISTER X 6 COMPRIMIDOS COMO MÍNIMO; de manera a ampliar la participación de otros oferentes.
Solicitamos a la convocante modificar la presentación donde dice: BLISTER POR 10 COMPRIMIDO COMO MÍNIMO a BLISTER X 6 COMPRIMIDOS COMO MÍNIMO; de manera a ampliar la participación de otros oferentes.
Solicitamos a la convocante que en el apartado experiencia requerida en el punto C) "Deberá presentar Constancia emitida por el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero donde se expresa que el oferente no se encuentra en mora en la entrega de medicamentos, emitida dentro de los dos meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no es proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero."; se elimine el criterio establecido, ya que el mismo se encuentra restringiendo la participación de potenciales oferentes y no se encuentra dentro de las limitaciones establecidas en la Ley 2051/03 para participar de un proceso de contratación. Esta demás decir que la misma convocante cuenta con dicha información.
Solicitamos a la convocante que en el apartado experiencia requerida en el punto C) "Deberá presentar Constancia emitida por el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero donde se expresa que el oferente no se encuentra en mora en la entrega de medicamentos, emitida dentro de los dos meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no es proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero."; se elimine el criterio establecido, ya que el mismo se encuentra restringiendo la participación de potenciales oferentes y no se encuentra dentro de las limitaciones establecidas en la Ley 2051/03 para participar de un proceso de contratación. Esta demás decir que la misma convocante cuenta con dicha información.
Solicitamos a la convocante modificar la concentración y forma farmacéutica del Ítem Nro. 12 Cefalexina comprimidos de 1g a Cefalexina cápsulas 500 mg-1 g de manera a dar mayor participación.
Solicitamos a la convocante modificar la concentración y forma farmacéutica del Ítem Nro. 12 Cefalexina comprimidos de 1g a Cefalexina cápsulas 500 mg-1 g de manera a dar mayor participación.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la DNCP solo permite un tipo de forma farmacéutica por ítem
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Experiencia
Se solicita a la Convocante eliminar el siguiente requisito: "Constancia emitida por Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero, donde se expresa que el oferente y/o titular del registro sanitario cual fuese el caso, no se encuentra en incumplimiento contractual o mora en la provisión de medicamentos, emitida dentro de los 2 meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no ser proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero". Esto, teniendo en cuenta lo resuelto por la DNCP (RESOLUCIÓN DNCP N° 2498/23) en el marco del proceso licitatorio con ID 424287, en el cual establecieron el mismo requisito. Con ello se estaría dando cumplimiento a los dictados de la Ley N° 2051/03 y se estaria evitando dilaciones al procesos con la interposición de protestas
Se solicita a la Convocante eliminar el siguiente requisito: "Constancia emitida por Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero, donde se expresa que el oferente y/o titular del registro sanitario cual fuese el caso, no se encuentra en incumplimiento contractual o mora en la provisión de medicamentos, emitida dentro de los 2 meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no ser proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero". Esto, teniendo en cuenta lo resuelto por la DNCP (RESOLUCIÓN DNCP N° 2498/23) en el marco del proceso licitatorio con ID 424287, en el cual establecieron el mismo requisito. Con ello se estaría dando cumplimiento a los dictados de la Ley N° 2051/03 y se estaria evitando dilaciones al procesos con la interposición de protestas
Se observa la siguiente indicación: "Para proveedores que oferten Medicamentos controlados, Constancia de Inscripción al Registro Nacional de Estupefacientes de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPB, vigente, en caso de ofertar medicamentos controlados que así lo requieran. Para los Ítems N° 5, 19, 41, 58, 70, 77".
Al respecto, se solicita a la Convocante verificar dicha indicación teniendo en cuenta que al parecer ha incurrido en un error ya que la convocatoria solo consta de 63 items y a que los items citados no se corresponden a dicho apartado.
Se observa la siguiente indicación: "Para proveedores que oferten Medicamentos controlados, Constancia de Inscripción al Registro Nacional de Estupefacientes de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPB, vigente, en caso de ofertar medicamentos controlados que así lo requieran. Para los Ítems N° 5, 19, 41, 58, 70, 77".
Al respecto, se solicita a la Convocante verificar dicha indicación teniendo en cuenta que al parecer ha incurrido en un error ya que la convocatoria solo consta de 63 items y a que los items citados no se corresponden a dicho apartado.
En el PBC se ha indicado "Para proveedores que oferten Medicamentos controlados, Constancia de inscripción expedida por la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), vigente, conforme al Art. 2º de la Ley 1340/88 modificado por Ley 68/92- Para los Ítems N° 5, 19, 41, 58, 70, 77".
Al respecto, se solicita a la Convocante verificar dicha indicación teniendo en cuenta que al parecer ha incurrido en un error ya que la convocatoria solo consta de 63 items y a que los items citados no se corresponden a dicho apartado.
En el PBC se ha indicado "Para proveedores que oferten Medicamentos controlados, Constancia de inscripción expedida por la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), vigente, conforme al Art. 2º de la Ley 1340/88 modificado por Ley 68/92- Para los Ítems N° 5, 19, 41, 58, 70, 77".
Al respecto, se solicita a la Convocante verificar dicha indicación teniendo en cuenta que al parecer ha incurrido en un error ya que la convocatoria solo consta de 63 items y a que los items citados no se corresponden a dicho apartado.