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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
1- Para contribuyentes de IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020,2021, 2022).-
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los 3 años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90 en promedio, en los 3 años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP: Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (6) seis meses.

5- Capital Operativo (activo corriente - pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital operativo no inferior a G. 45.000.000.000 (Guaraníes Cuarenta y Cinco Mil Millones), lo cual será corroborado por medio del Balance General cerrado (2022).

Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados,  a  excepción del Capital Operativo que podrá ser cumplido por al menos uno, o se sumará el Capital Operativo de los miembros del consorcio.

Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En todos los casos se utilizarán dos decimales.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

1- Para contribuyentes de IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020,2021, 2022).-
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los 3 años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90 en promedio, en los 3 años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP: Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (6) seis meses.

5- Capital Operativo (activo corriente - pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital operativo no inferior a G. 45.000.000.000 (Guaraníes Cuarenta y Cinco Mil Millones), lo cual será corroborado por medio del Balance General cerrado (2022). 

Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados, a excepción del Capital Operativo que podrá ser cumplido por al menos uno, o se sumará el Capital Operativo de los miembros del consorcio y del propio Consorcio en caso de estar Constituido.

Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará sumando los valores de los 3 años y luego se calculará el índice correspondiente. En todos los casos se utilizarán dos decimales.

 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

1- Para contribuyentes de IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2020,2021, 2022).-
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los 3 años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90 en promedio, en los 3 años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP: Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2020, 2021, 2022.
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (6) seis meses.

5- Capital Operativo (activo corriente - pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital operativo no inferior a G. 45.000.000.000 (Guaraníes Cuarenta y Cinco Mil Millones), lo cual será corroborado por medio del Balance General cerrado (2022).

Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados, a excepción del Capital Operativo que podrá ser cumplido por al menos uno, o se sumará el Capital Operativo de los miembros del consorcio y del propio Consorcio en caso de estar Constituido.

Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índicesumando los valores de cada añolos 3 años y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de añoscalculará el índice correspondiente. En todos los casos se utilizarán dos decimales.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Demostrar experiencia en la prestación de Servicios de Diagnóstico por Imágenes, en instituciones públicas o privadas, por un monto superior al 25del monto máximo en la presente licitación. Dicho porcentaje se obtendrá de la sumatoria de experiencia de los 3 últimos años (2020-2021 y 2022), incluyendo lo ya ejecutado hasta el momento del inicio de la etapa competitiva. En caso de que el oferente en un año alcance el porcentaje requerido será válido para demostrar el requisito de experiencia. Para CONSORCIOS, el porcentaje indicado más arriba, podrá ser cumplido con la sumatoria de la experiencia de al menos uno de los miembros.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Demostrar experiencia en la prestación de Servicios de Diagnóstico por Imágenes, en instituciones públicas o privadas, por un monto superior al 60% del monto máximo en la presente licitación. Dicho porcentaje se obtendrá de la sumatoria de experiencia de los últimos años (2020-2021-2022 y 2023), incluyendo lo ya ejecutado hasta el momento del inicio de la etapa competitiva. En caso de que el oferente en un año alcance el porcentaje requerido será válido para demostrar el requisito de experiencia. Para CONSORCIOS, el porcentaje indicado más arriba, podrá ser cumplido con la sumatoria de la experiencia de al menos uno de los miembros y/o el mismo Consorcio, en caso de estar constituido.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Demostrar experiencia en la prestación de Servicios de Diagnóstico por Imágenes, en instituciones públicas o privadas, por un monto superior al 2560% del monto máximo en la presente licitación. Dicho porcentaje se obtendrá de la sumatoria de experiencia de los 3 últimos años (2020-2021-2022 y 20222023), incluyendo lo ya ejecutado hasta el momento del inicio de la etapa competitiva. En caso de que el oferente en un año alcance el porcentaje requerido será válido para demostrar el requisito de experiencia. Para CONSORCIOS, el porcentaje indicado más arriba, podrá ser cumplido con la sumatoria de la experiencia de al menos uno de los miembros y/o el mismo Consorcio, en caso de estar constituido.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Copia de facturaciones y/o contratos suscriptos.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Copia de facturaciones y/o recepciones finales, que hasta el momento de la apertura de esta Licitación, lleven ejecutados el monto que avale la experiencia requerida. Los años a ser tenidos en cuenta serán 2020, 2021, 2022 y 2023.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Copia de facturaciones y/o contratos suscriptosrecepciones finales, que hasta el momento de la apertura de esta Licitación, lleven ejecutados el monto que avale la experiencia requerida. Los años a ser tenidos en cuenta serán 2020, 2021, 2022 y 2023.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

a. Factura de Compra de los equipos

b. Catálogo de cada uno de los equipos

c. Acta Notarial donde se haga constar el año de fabricación del equipo, adjuntando una fotografía autenticada de la placa de fabricación de los equipos, donde conste el año de fabricación, modelo y número de serie de cada equipo.

d. Copia de contratos de mantenimiento preventivo y correctivo vigentes desde l a adquisición finalización de garantía del equipo, de manera ininterrumpida hasta la fecha de la oferta

e. Certificado de Representación de la Marca de los equipos ofertados, debidamente registrados y autenticados, de todos los proveedores de los equipos a ser instalados en los sitios designados.

f. Certificado y Registro de Habilitación de Establecimientos de Salud emitida por la Dirección de Control de Profesionales y Establecimientos de Salud del M.S.P.Y.B.S. que Habilita a la Empresa para operar como clínica Especializada en Diagnóstico e imágenes vigente (de al menos un centro reconocido de Diagnóstico por Imagen propio) u Hospital General con Categorización Nivel 3 emitida por la Superintendencia de Salud con Servicio de Diagnostico por Imágenes debidamente habilitado por el M.S.P.Y.B.S.

Para oferentes en consorcio: en su conjunto los socios, o el socio lider y/o el mismo consorcio, en caso de estar constituido, deberán cumplir los requisitos del a),b),c) d) y f)

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

a. Factura de Compra de los equipos

b. Catálogo de cada uno de los equipos

c. Acta Notarial donde se haga constar el año de fabricación del equipo, adjuntando una fotografía autenticada de la placa de fabricación de los equipos, donde conste el año de fabricación, modelo y número de serie de cada equipo y que estos están instalados y operativos.

d. Copia de contratos de mantenimiento preventivo y correctivo vigentes desde la adquisición y/o finalización de garantía del equipo, de manera ininterrumpida hasta la fecha de la oferta.

e. Certificado y Registro de Habilitación de Establecimientos de Salud emitida por la Dirección de Control de Profesionales y Establecimientos de Salud del M.S.P.Y.B.S. que Habilita a la Empresa para operar como Clínica Especializada de Diagnóstico por imágenes vigente (de al menos un centro reconocido de Diagnóstico por Imagen propio) y Hospital General con Categorización Nivel 3 emitida por la Superintendencia de Salud con Servicio de Diagnóstico por Imágenes debidamente habilitado por el M.S.P.Y.B.S.

f. Acta de Visita al sitio de ejecución del contrato.

Para oferentes en consorcio: El Socio Líder y/o el mismo consorcio, en caso de estar constituido, deberán cumplir los requisitos a), b), c), d), e) y f)

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

a. Factura de Compra de los equiposFactura de Compra de los equipos

b. Catálogo de cada uno de los equiposCatálogo de cada uno de los equipos

c. Acta Notarial donde se haga constar el año de fabricación del equipo, adjuntando una fotografía autenticada de la placa de fabricación de los equipos, donde conste el año de fabricación, modelo y número de serie de cada equipo.Acta Notarial donde se haga constar el año de fabricación del equipo, adjuntando una fotografía autenticada de la placa de fabricación de los equipos, donde conste el año de fabricación, modelo y número de serie de cada equipo y que estos están instalados y operativos.

d. Copia de contratos de mantenimiento preventivo y correctivo vigentes desde l a adquisición finalización de garantía del equipo, de manera ininterrumpida hasta la fecha de la ofertad. Copia de contratos de mantenimiento preventivo y correctivo vigentes desde la adquisición y/o finalización de garantía del equipo, de manera ininterrumpida hasta la fecha de la oferta.

e. Certificado de Representación de la Marca de los equipos ofertados, debidamente registrados y autenticados, de todos los proveedores de los equipos a ser instalados en los sitios designados.

fe. Certificado y Registro de Habilitación de Establecimientos de Salud emitida por la Dirección de Control de Profesionales y Establecimientos de Salud del M.S.P.Y.B.S. que Habilita a la Empresa para operar como clínicaClínica Especializada ende Diagnóstico epor imágenes vigente (de al menos un centro reconocido de Diagnóstico por Imagen propio) uy Hospital General con Categorización Nivel 3 emitida por la Superintendencia de Salud con Servicio de DiagnosticoDiagnóstico por Imágenes debidamente habilitado por el M.S.P.Y.B.S.

f. Acta de Visita al sitio de ejecución del contrato.

Para oferentes en consorcio: en su conjunto los socios, o el socio liderEl Socio Líder y/o el mismo consorcio, en caso de estar constituido, deberán cumplir los requisitos del a), b), c), d), e) y f)