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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2019, 2020 y 2021.

Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2019, 2020 y 2021. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.

  1. CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

  1. CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

 

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2020, 2021 y 2022.

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.

CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 20192020, 20202021 y 20212022.

Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 20192020, 20202021 y 20212022.

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 nono deberá ser negativo.

  1. CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

  1. CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

b. Formulario de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

c. Formulario de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

 

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

b. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

c. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

a.

a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

b.

b. Formulario de los últimos años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

c.

c. Formulario de los últimos años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.

PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.