Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
- CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2019, 2020 y 2021.
Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2019, 2020 y 2021. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.
- CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
- CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2020, 2021 y 2022.
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.
CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:
Ratio de Liquidez: activo corriente/ pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 20192020, 20202021 y 20212022.
Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 20192020, 20202021 y 20212022.
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o perdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2020, 2021 y 2022 nono deberá ser negativo.
CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
CONTRIBUYENTES DE IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
CONTRIBUYENTES DE IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: Ingreso/Egreso. Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio en los años 2020, 2021 y 2022.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
b. Formulario de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
c. Formulario de los años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
b. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
c. Formulario de los últimos años, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
a.
a. Balance General y Cuadro de Resultados de los últimos años, para contribuyentes de IRACIS o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
b.
b. Formulario de los últimos años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRPC o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
c.
c. Formulario de los últimos años 2019, 2020 y 2021, para contribuyentes de IRP o su equivalente según el nuevo Régimen Tributario.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: Criterio de evaluación para Consorcios, para los casos de consorcios, se deberá
indicar en la oferta cual es el líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de
los criterios de calificación y el 40% (cuarenta por ciento), lo cubrirán el/los demás integrantes del consorcio.