Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 *- CONSULTA SOBRE MULTA En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.Solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes. En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” 19-04-2023 28-04-2023
2 /* Muestras En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Muestras, se solicita: “Muestras: Se requerirá la presentación de muestras de los bienes ofertados con las siguientes condiciones: *Dispositivo Lector de documentos de identidad. *En un dispositivo de almacenamiento (Demo del sistema) *Deberá presentar catalogo técnico del dispositivo del lector de documentos Observación: Las muestras deberán ser entregadas con la oferta o un día hábil después del acto de apertura de sobres hasta las 15:00 hs. Las muestras deberán ser presentadas en la Unidad Operativa de Contrataciones. La falta de presentación de las muestras obligará a la Convocante a descalificar la oferta presentada. De ser necesario se solicitarán Catálogos/Folletos que demuestren las características, especificaciones de los bienes ofertados con la muestra.” Al respecto, cabe mencionar que al requerir de muestras se obliga a todos los potenciales oferentes a incurrir en un proceso de importación por tratarse de bienes no fabricados en el territorio paraguayo, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros que hoy en día están con varios atrasos a causa del conflicto entre Rusia y Ucrania. Por otro lado, siendo cualquier documento técnico elaborado por el propio fabricante de los equipos a ofertar suficiente por sí mismo para la comprobación del cumplimiento de las especificaciones técnicas de lo requerido; y éstos son de fácil comprensión para cualquiera que maneje el lenguaje técnico; se SOLICITA a la convocante, que sea eliminado el requerimiento de la presentación de muestras; y que sean aceptados catálogos técnicos con los links de las páginas de los fabricantes de los bienes requeridos para mayor apoyo; de modo a no limitar ni descalificar la participación de otros potenciales oferentes ya que con esto se dará mayor participación a muchos potenciales oferentes, dando cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
3 /* Experiencia Requerida En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia Requerida, punto 3 se solicita: “3) Se requerirá 01(una) Constancia de cumplimiento satisfactorio de la entrega de los bienes, dentro de los últimos 3 años (2020, 2021 y 2022) con instituciones públicas y/o privadas.).” Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptados como experiencia 01 (una) Constancia de cumplimiento satisfactorio de la entrega de los bienes, dentro de los últimos 4 años (2019, 2020, 2021, 2022) con instituciones públicas y/o privadas; considerando los efectos adversos a nivel económico que produjo las restricciones vinculadas a la pandemia del COVID 19 decretada formalmente en marzo del año 2020. Con esto la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
4 /* Experiencia Requerida En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia Requerida, punto 2 se solicita: “2) Demostrar experiencia en venta y/o implementación de sistema de control de ingreso de personas con dispositivo de escaneo de cédulas y pasaportes o software rfi, se deberá acreditar con facturas y contratos de ventas equivalentes al 50% del monto de la oferta, los documentos deben ser dentro del periodo 2020,2021 y 2022.) El método de evaluación será la suma de todos los montos de los contratos y/o facturaciones (IVA incluido) hasta llegar al 50% solicitado dentro de los años 2020, 2021 y 2022 si el oferente presentase documentaciones que lleguen o superen el monto indicado dentro de los años solicitados, la acreditación será considerada como cumplida. No necesariamente siendo requisito excluyente la presentación de documentaciones de los 3 años para realizar la sumatoria.” Al respecto, se solicita a la convocante que sean aceptados como experiencia la provisión de Equipos Informáticos, y/o Equipos de Seguridad, y/o Sistemas de Video Vigilancia con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 4 años (2019, 2020, 2021, 2022). El método de evaluación será la suma de todos los montos de los contratos y/o facturaciones (IVA incluido) hasta llegar al 50% solicitado dentro de los años 2019,2020, 2021 y 2022 si el oferente presentase documentaciones que lleguen o superen el monto indicado dentro de los años solicitados, la acreditación será considerada como cumplida. No necesariamente siendo requisito excluyente la presentación de documentaciones de los 4 años para realizar la sumatoria; todo esto considerando los efectos adversos a nivel económico que produjo las restricciones vinculadas a la pandemia del COVID 19 decretada formalmente en marzo del año 2020. Con esto la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
5 /* Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, se solicita: “1) Para el Dispositivo Lector: Deberán contar con Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor. Presentar los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente. La Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor de la marca ofertada, deberá estar debidamente consularizada y apostillada Para demostrar la capacidad técnica deberá presentar Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor (original o copia autenticada por escribanía) en caso de que la empresa oferente no haya fabricado o elaborado el producto ofertado, sino sea importador y/o distribuidor de los bienes. Así mismo, presentar los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente.” Al respecto, se solicita a la convocante que sea aceptada la presentación de la Autorización del Fabricante Apostillada para la firma del contrato y que sea considerado como valedero para la participación la presentación de copia simple de la Carta de Autorización requerida. Con esto la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
6 /* Sistema de Adjudicación En el SICP se indica que el Sistema de Adjudicación es Por el Total. Al respecto, se solicita a la convocante, que sea modificado el sistema de adjudicación por el de Ítems, considerando que el primer ítem requerido corresponde a un Sistema de control de acceso y el otro ítem corresponde a una Computadora personal (PC). Con esto la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
7 /* Plan de Entrega de Bienes En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS; Plan de Entrega de los bienes se solicita: “Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes: Hasta 30 (treinta) días corridos, contados a partir de la recepción de la Orden de Compra para todos los ítems por parte del proveedor.” Al respecto, y en vista a eventos actuales que acompañan la producción internacional de equipos tecnológicos y electrónicos, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega para los Ítems mencionados, en al menos 60 (sesenta) días hábiles posterior a la recepción de la correspondiente orden de compra, considerando los períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes las secuelas y casos de rebrote de contagios derivadas de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la persistente situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 24-04-2023 28-04-2023
8 /*Ítem 2 Computadoras personales (PC) de escritorio En el Ítem 2 Computadoras personales (PC) de escritorio el precio referencial unitario estimado es de 5.000.000 Gs. Al respecto solicitamos la modificación del precio referencial, debido a la actualización de las especificaciones técnicas estándar de la MITIC por resolución N° 711/22 hacia equipos más avanzados, el equipo solicitado tendría un precio referencial en el mercado de aproximadamente 10.000.000 GS. Además se debe tener en cuenta que los precios referenciales han sido tomados de presupuestos los cuales se han realizado con la planilla DNCP 002 de computadoras Tipo 2 la cual corresponde a especificaciones técnicas antiguas. Resultando eso en un precio referencial inferior con respecto al costo real del equipo solicitado en el mercado actual. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 26-04-2023 28-04-2023
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