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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 CONTRATO ABIERTO POR CANTIDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS - PLURIANUAL.

ítems

Descripción del bien

UNIDAD DE MEDIDA

Cantidad mínima

Cantidad máxima

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

kilogramo

21.225.000

42.450.000

2

Sulfato de aluminio sólido granulado al 17%

kilogramo

2.844.000

5.688.000

Especificaciones Técnicas

Ítem 1: Sulfato de Aluminio solución al 8%

Ítem 2: Sulfato de Aluminio sólido granulado 17%

DEFINICIONES PARTICULARES

Para los propósitos de esta especificación, se aplican las siguientes definiciones:

  • Sulfato de Aluminio: es un producto que se obtiene al reaccionar un mineral de aluminio (caolín, bauxita y/o hidrato de aluminio) con ácido sulfúrico, a temperaturas elevadas: Al2O3 + 3(H2SO4) = Al2(SO4)3 + 3H2O
  • Presentación: el sulfato de aluminio puede ser sólido y solución líquida.
  • Masa de sulfato de aluminio líquido = (Masa de sulfato de aluminio (sólido) x 17%( pureza) 

                                                                                                                        Pureza (8%) sulfato de aluminio (líquido)

  • Requisitos Físicos:

El sulfato de aluminio sólido debe ser en polvo seco y granular, siendo que el 90% de sus granos pase La Criba N°10 del National Bueau of Standart de los EEUU, y el 100% de sus granos la criba N°4 (aspecto=polvo ligeramente beige)

El sulfato de aluminio líquido debe ser claro, tal que permita efectuar lecturas de medidas de flujo, sin dificultad (aspecto=liquido ligeramente amarillo).

  • Requisitos Fisicoquímicos:

Parámetros

Unidad

Sulfato de Aluminio (Sólido)

Sulfato de Aluminio (solución 8%)

Al2O3

%

Min 17%

Min 8% Max. 8.3 %

Fe2O3

%

Max. 0.05

Max. 0.03

Insolubles

%

Max. 0.5

Max. 0.2

Acidez (**)

%

Max. 0.1

Max. 0.1

Basicidad (*)

%

Max. 0.5

Max. 0.5

pH Solución (1%)

pH

3.4

3.5

Densidad

g/mL

-

1.320-1.336

(*) Basicidad = alcalinidad libre expresado como Al2O3

(**) Acidez = acidez libre expresado como H2SO4

Impurezas: el sulfato de aluminio no podrá contener materiales solubles no compuestos, en cantidades capaces de producir efectos nocivos a la salud humana y estos no podrán aportar más del 10% del valor máximo permitido en la Norma Nacional del Agua Potable vigente (arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, selenio y plata.)

Medidores de nivel de tanques madre de sulfato aluminio solución al 8%:

            El proveedor deberá instalar, mantener y calibrar sensores de nivel de ultrasonido con registrador de datos a todos los tanques madre ubicados en la planta de Viñas Cue.

OBSERVACIÓN: ANÁLISIS DE MULTAS

En caso de atraso en el cumplimiento del Plan de Entrega establecido, se sancionará a EL PROVEEDOR con una multa equivalente al 0.65% por cada día calendario de retraso, calculado sobre el valor del suministro en demora.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio líquido, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor de  8%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc = Ko(%Al2O3)

                                8

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio líquido, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de  8,3%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc =          Ko. 8,3%

                 (%Al2O3)

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido granulado, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor que  17%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

 

Kc = Ko(%Al2O3)

                            17 %

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

No se otorgarán bonificaciones por contenidos mayores al 17% de alúmina. La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el contenido de acidez del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de 0.1% se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

Kc = Ko[1 0.03(%acidez 0.1%)]

La multa se efectuará en correspondencia a cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el valor del pH de la solución al 1% es mayor a 3,6 del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

       Kc = Ko[1 0.03(pH 3.6)]

 

La multa se efectuará en correspondencia de cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el valor del pH de la solución al 1% es menor a 3,4 del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

Kc = Ko[1 0.03(3.4 - pH)]

La multa se efectuará en correspondencia de cada entrega.

En los casos que más de un parámetro este fuera de lo establecido según las Especificaciones Técnicas del PBC:

Se realizará la corrección por el parámetro que mayor error presente.

En caso de que tengan igual en él % de error fuera de rango, se corregirá en primer lugar el % de alúmina.

En el caso que sean la Acidez y el pH los valores fuera de rango con igual error, se tendrá en cuenta la corrección por la Acidez.

Las multas correspondientes a la calidad, se realizará en el Análisis de Calidad de cada partida acompañado por la Remisión.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

 

 

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 CONTRATO ABIERTO POR CANTIDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS - PLURIANUAL.

ítems

Descripción del bien

UNIDAD DE MEDIDA

Cantidad mínima

Cantidad máxima

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

kilogramo

21.225.000

42.450.000

2

Sulfato de aluminio sólido granulado al 17%

kilogramo

2.844.000

5.688.000

Especificaciones Técnicas

Ítem 1: Sulfato de Aluminio solución al 8%

Ítem 2: Sulfato de Aluminio sólido granulado 17%

DEFINICIONES PARTICULARES

Para los propósitos de esta especificación, se aplican las siguientes definiciones:

  • Sulfato de Aluminio: es un producto que se obtiene al reaccionar un mineral de aluminio (caolín, bauxita y/o hidrato de aluminio) con ácido sulfúrico, a temperaturas elevadas: Al2O3 + 3(H2SO4) = Al2(SO4)3 + 3H2O
  • Presentación: el sulfato de aluminio puede ser sólido y solución líquida.
  • Masa de sulfato de aluminio líquido = (Masa de sulfato de aluminio (sólido) x 17%( pureza) 

                                                                                                                        Pureza (8%) sulfato de aluminio (líquido)

  • Requisitos Físicos:

El sulfato de aluminio sólido debe ser en polvo seco y granular, siendo que el 30% de sus granos pase La Criba N°12 y el 80% de sus granos la criba N°4 de la American Society for Testing and Materials (ASTM) (aspecto=polvo ligeramente beige).

El sulfato de aluminio líquido debe ser claro, tal que permita efectuar lecturas de medidas de flujo, sin dificultad (aspecto=liquido ligeramente amarillo).

  • Requisitos Fisicoquímicos:

Parámetros

Unidad

Sulfato de Aluminio (Sólido)

Sulfato de Aluminio (solución 8%)

Al2O3

%

Min 17%

Min 8% Max.8.3 %

Fe2O3

%

Max. 0.75

Max. 0.35

Insolubles

%

Max. 0.5

Max. 0.2

Acidez (**)

%

Max. 0.1

Max. 0.1

Basicidad (*)

%

Max. 0.5

Max. 0.5

Densidad

g/mL

-

1.320-1.336

(*) Basicidad = alcalinidad libre expresado como Al2O3

(**) Acidez = acidez libre expresado como H2SO4

Impurezas: el sulfato de aluminio no podrá contener materiales solubles no compuestos, en cantidades capaces de producir efectos nocivos a la salud humana y estos no podrán aportar más del 10% del valor máximo permitido en la Norma Nacional del Agua Potable vigente (arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, selenio y plata.)

Medidores de nivel de tanques madre de sulfato aluminio solución al 8%:

            El proveedor deberá instalar, mantener y calibrar sensores de nivel de ultrasonido con registrador de datos a todos los tanques madre ubicados en la planta de Viñas Cue.

OBSERVACIÓN: ANÁLISIS DE MULTAS
  • En caso de atraso en el cumplimiento del Plan de Entrega establecido, se sancionará a EL PROVEEDOR con una multa equivalente al 0.65% por cada día calendario de retraso, calculado sobre el valor del suministro en demora, la multa será aplicada solo debido a atrasos atribuibles al proveedor.
  • En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido granulado, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor que 17%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc = Ko(%Al2O3)

              17 %

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

  • No se otorgarán bonificaciones por contenidos mayores al 17% de alúmina. La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.
  • En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido, si el contenido de acidez del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de 0.1% se aplicará la multa según la siguiente fórmula:
  • Kc = Ko[1 0.03(%acidez 0.1%)]
  • La multa se efectuará en correspondencia a cada entrega.
  • En los casos que más de un parámetro este fuera de lo establecido según las Especificaciones Técnicas del PBC:
  • Se realizará la corrección por el parámetro que mayor error presente.
  • En caso de que tengan igual en el % de error fuera de rango, se corregirá en primer lugar el % de alúmina.
  • Las multas correspondientes a la calidad, se realizará en el Análisis de Calidad de cada partida acompañado por la Remisión.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

 

 

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

CONTRATO ABIERTO POR CANTIDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS - PLURIANUAL.

ítems

Descripción del bien

UNIDAD DE MEDIDA

Cantidad mínima

Cantidad máxima

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

kilogramo

21.225.000

42.450.000

2

Sulfato de aluminio sólido granulado al 17%

kilogramo

2.844.000

5.688.000

Especificaciones Técnicas

Ítem 1: Sulfato de Aluminio solución al 8%

Ítem 2: Sulfato de Aluminio sólido granulado 17%

DEFINICIONES PARTICULARES

Para los propósitos de esta especificación, se aplican las siguientes definiciones:

  • Sulfato de Aluminio: es un producto que se obtiene al reaccionar un mineral de aluminio (caolín, bauxita y/o hidrato de aluminio) con ácido sulfúrico, a temperaturas elevadas: Al2O3 + 3(H2SO4) = Al2(SO4)3 + 3H2O
  • Presentación: el sulfato de aluminio puede ser sólido y solución líquida.
  • Masa de sulfato de aluminio líquido = (Masa de sulfato de aluminio (sólido) x 17%( pureza)

Pureza (8%) sulfato de aluminio (líquido)

  • Requisitos Físicos:

El sulfato de aluminio sólido debe ser en polvo seco y granular, siendo que el 9030% de sus granos pase La Criba N°10 del National Bueau of Standart de los EEUU,12 y el 10080% de sus granos la criba N°4 de la American Society for Testing and Materials (ASTM) (aspecto=polvo ligeramente beige).

El sulfato de aluminio líquido debe ser claro, tal que permita efectuar lecturas de medidas de flujo, sin dificultad (aspecto=liquido ligeramente amarillo).

  • Requisitos Fisicoquímicos:

ParámetrosParámetros

UnidadUnidad

Sulfato de Aluminio (Sólido)Sulfato de Aluminio (Sólido)

Sulfato de Aluminio (solución 8%)Sulfato de Aluminio (solución 8%)

Al2O3Al2O3

%%

Min 17%Min 17%

Min 8% Max. 8.3 %Min 8% Max.8.3 %

Fe2O3Fe2O3

%%

Max. 0.05Max. 0.75

Max. 0.03Max. 0.35

InsolublesInsolubles

%%

Max. 0.5Max. 0.5

Max. 0.2Max. 0.2

Acidez (**)Acidez (**)

%%

Max. 0.1Max. 0.1

Max. 0.1Max. 0.1

Basicidad (*)Basicidad (*)

%%

Max. 0.5Max. 0.5

Max. 0.5Max. 0.5

pH Solución (1%)

pH

3.4

3.5

Densidad Densidad

g/mLg/mL

--

1.320-1.3361.320-1.336

(*) Basicidad = alcalinidad libre expresado como Al2O3

(**) Acidez = acidez libre expresado como H2SO4

Impurezas: el sulfato de aluminio no podrá contener materiales solubles no compuestos, en cantidades capaces de producir efectos nocivos a la salud humana y estos no podrán aportar más del 10% del valor máximo permitido en la Norma Nacional del Agua Potable vigente (arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, selenio y plata.)

Medidores de nivel de tanques madre de sulfato aluminio solución al 8%:

El proveedor deberá instalar, mantener y calibrar sensores de nivel de ultrasonido con registrador de datos a todos los tanques madre ubicados en la planta de Viñas Cue.

OBSERVACIÓN: ANÁLISIS DE MULTAS
  • En caso de atraso en el cumplimiento del Plan de Entrega establecido, se sancionará a EL PROVEEDOR con una multa equivalente al 0.65% por cada día calendario de retraso, calculado sobre el valor del suministro en demora, la multa será aplicada solo debido a atrasos atribuibles al proveedor.
  • En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido granulado, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor que 17%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

En caso de atraso en el cumplimiento del Plan de Entrega establecido, se sancionará a EL PROVEEDOR con una multa equivalente al 0.65% por cada día calendario de retraso, calculado sobre el valor del suministro en demora.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio líquido, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor de 8%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc = Ko(%Al2O3)

8 17 %

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio líquido, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de 8,3%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc = Ko. 8,3%

(%Al2O3)

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido granulado, si el contenido de Alúmina (Al2O3) del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera menor que 17%, se aplicará una multa de acuerdo a la siguiente fórmula:

Kc = Ko(%Al2O3)

17 %

Kc = Kilogramo corregido

Ko = Kilogramo recibido

%Al2O3 = Porcentaje de Alúmina

No se otorgarán bonificaciones por contenidos mayores al 17% de alúmina. La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el contenido de acidez del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de 0.1% se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

Kc = Ko[1 0.03(%acidez 0.1%)]

La multa se efectuará en correspondencia a cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el valor del pH de la solución al 1% es mayor a 3,6 del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

Kc = Ko[1 0.03(pH 3.6)]

La multa se efectuará en correspondencia de cada entrega.

En el análisis realizado al sulfato de aluminio tanto líquido como sólido, si el valor del pH de la solución al 1% es menor a 3,4 del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP se aplicará la multa según la siguiente fórmula:

Kc = Ko[1 0.03(3.4 - pH)]

La multa se efectuará en correspondencia de cada entrega.

En los casos que más de un parámetro este fuera de lo establecido según las Especificaciones Técnicas del PBC:

Se realizará la corrección por el parámetro que mayor error presente.

En caso de que tengan igual en él % de error fuera de rango, se corregirá en primer lugar el % de alúmina.

En el caso que sean la Acidez y el pH los valores fuera de rango con igual error, se tendrá en cuenta la corrección por la Acidez.

Las multas correspondientes a la calidad, se realizará en el Análisis de Calidad de cada partida acompañado por la Remisión.

  • No se otorgarán bonificaciones por contenidos mayores al 17% de alúmina. La multa se efectuará en correspondencia con cada entrega.
  • En el análisis realizado al sulfato de aluminio sólido, si el contenido de acidez del material entregado, determinado por LABORATORIO ESSAP fuera mayor de 0.1% se aplicará la multa según la siguiente fórmula:
  • Kc = Ko[1 0.03(%acidez 0.1%)]
  • La multa se efectuará en correspondencia a cada entrega.
  • En los casos que más de un parámetro este fuera de lo establecido según las Especificaciones Técnicas del PBC:
  • Se realizará la corrección por el parámetro que mayor error presente.
  • En caso de que tengan igual en el % de error fuera de rango, se corregirá en primer lugar el % de alúmina.
  • Las multas correspondientes a la calidad, se realizará en el Análisis de Calidad de cada partida acompañado por la Remisión.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Año

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

ASUNCIÓN VIÑAS KUE

Kg

825.000

1.650.000

1/24

2023

Unidad de Administración de Materiales-Depósito de Materiales-Viñas Kue

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

Kg

825.000

1.650.000

2/24

Kg

825.000

1.650.000

3/24

Kg

825.000

1.650.000

4/24

Kg

825.000

1.650.000

5/24

Kg

900.000

1.800.000

6/24

2024

Kg

900.000

1.800.000

7/24

Kg

900.000

1.800.000

8/24

Kg

900.000

1.800.000

9/24

Kg

900.000

1.800.000

10/24

Kg

900.000

1.800.000

11/24

Kg

900.000

1.800.000

12/24

Kg

900.000

1.800.000

13/24

Kg

900.000

1.800.000

14/24

Kg

900.000

1.800.000

15/24

Kg

900.000

1.800.000

16/24

Kg

900.000

1.800.000

17/24

Kg

900.000

1.800.000

18/24

2025

Kg

900.000

1.800.000

19/24

Kg

900.000

1.800.000

20/24

Kg

900.000

1.800.000

21/24

Kg

900.000

1.800.000

22/24

Kg

900.000

1.800.000

23/24

Kg

900.000

1.800.000

24/24

TOTAL

Kg

21.225.000

42.450.000

 

 

 

 

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

10.000

20.000

1-5/24

ENCARNACION

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2023

CONCEPCIÓN

Kg

10.000

20.000

1-5/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

7.500

15.000

1-5/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

11.500

23.000

1-5/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

20.000

40.000

1-5/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

3.750

7.500

1-5/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

1.550

3.100

1-5/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

5.500

11.000

1-5/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

700

1.400

1-5/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.100

6.200

1-5/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

700

1.400

1-5/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

700

1.400

1-5/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

500

1.000

1-5/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

500

1.000

1-5/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

1.000

2.000

1-5/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

0

0

1-5/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

700

1.400

1-5/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

1-5/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

16.500

33.000

1-5/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

1-5/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

1-5/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

105.200

210.400

 

Total año 2023

Kg

526.000

1.052.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

6-17/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2024

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

6-17/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

6-17/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

6-17/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

6-17/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

6-17/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

6-17/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

6-17/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

6-17/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

6-17/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

6-17/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

6-17/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

6-17/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

6-17/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

6-17/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

6-17/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

6-17/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

6-17/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

6-17/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

 

Total año 2023

Kg

1.464.000

2.928.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

18-24/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2025

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

18-24/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

18-24/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

18-24/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

18-24/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

18-24/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

18-24/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

18-24/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

18-24/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

18-24/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

18-24/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

18-24/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

18-24/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

18-24/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

18-24/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

18-24/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

18-24/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

18-24/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

18-24/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

 

Total año 2025

Kg

854.000

1.708.000

TOTAL DEL LLAMADO

Kg

2.844.000

5.688.000

       
  • El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo en buenas condiciones a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A.
  • En Ciudades del Interior el jefe de planta controlará la cantidad de bolsas recibidas en cada entrega.
  • La provisión de sulfato de aluminio líquido, el peso será determinado en función a la densidad del producto y al volumen suministrado en cada partida entregada a la ESSAP S.A. Se tomará como valor base para el cálculo del peso en kilogramos, la densidad promedio según temperatura de entrega para cada carga.
  • Una vez obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIONES de este llamado, la unidad de bienes y servicios dependiente de la Gerencia Administrativa elaborará las ÓRDENES DE COMPRA del bien a ser proveído, teniendo 3 (tres) días corridos a partir de su emisión para reiterarla.
  • Todos los bienes a ser proveídos serán ingresados a la Institución, por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Año

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

ASUNCIÓN VIÑAS KUE

Kg

825.000

1.650.000

1/24

2023

Unidad de Administración de Materiales-Depósito de Materiales-Viñas Kue

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

Kg

825.000

1.650.000

2/24

Kg

825.000

1.650.000

3/24

Kg

825.000

1.650.000

4/24

Kg

825.000

1.650.000

5/24

Kg

900.000

1.800.000

6/24

2024

Kg

900.000

1.800.000

7/24

Kg

900.000

1.800.000

8/24

Kg

900.000

1.800.000

9/24

Kg

900.000

1.800.000

10/24

Kg

900.000

1.800.000

11/24

Kg

900.000

1.800.000

12/24

Kg

900.000

1.800.000

13/24

Kg

900.000

1.800.000

14/24

Kg

900.000

1.800.000

15/24

Kg

900.000

1.800.000

16/24

Kg

900.000

1.800.000

17/24

Kg

900.000

1.800.000

18/24

2025

Kg

900.000

1.800.000

19/24

Kg

900.000

1.800.000

20/24

Kg

900.000

1.800.000

21/24

Kg

900.000

1.800.000

22/24

Kg

900.000

1.800.000

23/24

Kg

900.000

1.800.000

24/24

TOTAL

Kg

21.225.000

42.450.000

 

 

 

 

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

10.000

20.000

1-5/24

ENCARNACION

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2023

CONCEPCIÓN

Kg

10.000

20.000

1-5/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

7.500

15.000

1-5/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

11.500

23.000

1-5/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

20.000

40.000

1-5/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

3.750

7.500

1-5/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

1.550

3.100

1-5/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

5.500

11.000

1-5/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

700

1.400

1-5/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.100

6.200

1-5/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

700

1.400

1-5/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

700

1.400

1-5/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

500

1.000

1-5/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

500

1.000

1-5/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

1.000

2.000

1-5/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

0

0

1-5/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

700

1.400

1-5/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

1-5/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

16.500

33.000

1-5/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

1-5/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

1-5/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

105.200

210.400

 

Total año 2023

Kg

526.000

1.052.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

6-17/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2024

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

6-17/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

6-17/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

6-17/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

6-17/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

6-17/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

6-17/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

6-17/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

6-17/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

6-17/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

6-17/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

6-17/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

6-17/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

6-17/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

6-17/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

6-17/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

6-17/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

6-17/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

6-17/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

 

Total año 2023

Kg

1.464.000

2.928.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

18-24/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2025

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

18-24/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

18-24/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

18-24/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

18-24/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

18-24/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

18-24/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

18-24/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

18-24/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

18-24/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

18-24/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

18-24/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

18-24/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

18-24/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

18-24/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

18-24/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

18-24/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

18-24/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

18-24/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

 

Total año 2025

Kg

854.000

1.708.000

TOTAL DEL LLAMADO

Kg

2.844.000

5.688.000

       
  • El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo en buenas condiciones a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A.
  • En Ciudades del Interior el jefe de planta controlará la cantidad de bolsas recibidas en cada entrega.
  • La provisión de sulfato de aluminio líquido, el peso será determinado en función a la densidad del producto y al volumen suministrado en cada partida entregada a la ESSAP S.A. Se tomará como valor base para el cálculo del peso en kilogramos, la densidad promedio según temperatura de entrega para cada carga.
  • Una vez obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIONES de este llamado, la unidad de bienes y servicios dependiente de la Gerencia Administrativa elaborará las ÓRDENES DE COMPRA del bien a ser proveído, teniendo 3 (tres) días corridos a partir de su emisión para reiterarla.
  • Todos los bienes a ser proveídos serán ingresados a la Institución, por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Año

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

1

Sulfato de aluminio solución al 8%

ASUNCIÓN VIÑAS KUE

Kg

825.000

1.650.000

1/24

2023

Unidad de Administración de Materiales-Depósito de Materiales-Viñas Kue

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

Kg

825.000

1.650.000

2/24

Kg

825.000

1.650.000

3/24

Kg

825.000

1.650.000

4/24

Kg

825.000

1.650.000

5/24

Kg

900.000

1.800.000

6/24

2024

Kg

900.000

1.800.000

7/24

Kg

900.000

1.800.000

8/24

Kg

900.000

1.800.000

9/24

Kg

900.000

1.800.000

10/24

Kg

900.000

1.800.000

11/24

Kg

900.000

1.800.000

12/24

Kg

900.000

1.800.000

13/24

Kg

900.000

1.800.000

14/24

Kg

900.000

1.800.000

15/24

Kg

900.000

1.800.000

16/24

Kg

900.000

1.800.000

17/24

Kg

900.000

1.800.000

18/24

2025

Kg

900.000

1.800.000

19/24

Kg

900.000

1.800.000

20/24

Kg

900.000

1.800.000

21/24

Kg

900.000

1.800.000

22/24

Kg

900.000

1.800.000

23/24

Kg

900.000

1.800.000

24/24

TOTAL

Kg

21.225.000

42.450.000

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

10.000

20.000

1-5/24

ENCARNACION

30 (treinta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2023

CONCEPCIÓN

Kg

10.000

20.000

1-5/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

7.500

15.000

1-5/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

11.500

23.000

1-5/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

20.000

40.000

1-5/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

3.750

7.500

1-5/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

1.550

3.100

1-5/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

5.500

11.000

1-5/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

700

1.400

1-5/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.100

6.200

1-5/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

700

1.400

1-5/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

700

1.400

1-5/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

500

1.000

1-5/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

500

1.000

1-5/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

1.000

2.000

1-5/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

0

0

1-5/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

700

1.400

1-5/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

1-5/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

16.500

33.000

1-5/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

1-5/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

1-5/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

105.200

210.400

Total año 2023

Kg

526.000

1.052.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

6-17/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2024

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

6-17/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

6-17/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

6-17/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

6-17/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

6-17/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

6-17/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

6-17/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

6-17/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

6-17/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

6-17/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

6-17/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

6-17/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

6-17/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

6-17/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

6-17/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

6-17/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

6-17/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

6-17/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

6-17/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

Total año 2023

Kg

1.464.000

2.928.000

PLAN DE ENTREGA SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

12.500

25.000

18-24/24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2025

CONCEPCIÓN

Kg

11.500

23.000

18-24/24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.500

17.000

18-24/24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

12.500

25.000

18-24/24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

22.500

45.000

18-24/24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

5.000

10.000

18-24/24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

18-24/24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

6.500

13.000

18-24/24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

1.000

2.000

18-24/24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

3.500

7.000

18-24/24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

18-24/24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

18-24/24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

600

1.200

18-24/24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

600

1.200

18-24/24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

18-24/24

PUERTO CASADO

EMBOSCADA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

EMBOSCADA

Villa Florida

Kg

800

1.600

18-24/24

Villa Florida

NANAWA

Kg

2.500

5.000

18-24/24

NANAWA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

17.000

34.000

18-24/24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONZO

Kg

5.000

10.000

18-24/24

MARIANO ROQUE ALONZO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

3.500

7.000

18-24/24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

122.000

244.000

Total año 2025

Kg

854.000

1.708.000

TOTAL DEL LLAMADO

Kg

2.844.000

5.688.000

  • El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo en buenas condiciones a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A.
  • En Ciudades del Interior el jefe de planta controlará la cantidad de bolsas recibidas en cada entrega.
  • La provisión de sulfato de aluminio líquido, el peso será determinado en función a la densidad del producto y al volumen suministrado en cada partida entregada a la ESSAP S.A. Se tomará como valor base para el cálculo del peso en kilogramos, la densidad promedio según temperatura de entrega para cada carga.
  • Una vez obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIONES de este llamado, la unidad de bienes y servicios dependiente de la Gerencia Administrativa elaborará las ÓRDENES DE COMPRA del bien a ser proveído, teniendo 3 (tres) días corridos a partir de su emisión para reiterarla.
  • Todos los bienes a ser proveídos serán ingresados a la Institución, por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

SI APLICA.

Ítem 1- Sulfato de aluminio sólido: La Gerencia de Operaciones a través de la Unidad de Control de Calidad deberá verificar y realizar el muestreo durante la recepción del producto cuando se reciba en la Planta de Tratamiento de Viñas Cue; y en las plantas del interior a través de los Jefes de Planta en conjunto con el proveedor serán los encargados de verificar y tomar muestras durante la recepción. Su posterior remisión al laboratorio Central de Viñas Cue para el análisis queda a cargo del proveedor.

El muestreo deberá ser para un 5% de los empaques, usándose para el efecto un Tubo Muestreador de ¾ de diámetro. Se tomarán 2 (dos) porciones de 0.5 kg. Colocándose en recipientes herméticamente cerrados y sellados, para protegerse de la humedad. De las 2 (dos) muestras, 1 (uno) es para el análisis en el Laboratorio Central y 1 (uno) para el proveedor.

Estos envases deberán ser proveídos por el Proveedor para las Plantas de tratamiento del interior, rotulados con la siguiente información:

  • Número de Remito
  • Fecha de la entrega
  • Número de Lote
  • Cantidad
  • Lugar de la entrega

Ítem 2 Sulfato de Aluminio Líquido: La Gerencia de Operaciones deberá verificar el muestreo durante la recepción del producto en los tanques de sulfato existentes en el predio de la ESSAP S.A., tomándose 3 (tres) porciones (inferior, medio y superior) del líquido los que deberán conformar 1 (uno) muestra de 2 (dos) litros previamente mezclada y agitada, se formarán 3 (tres) muestras de 0,5 litros:  muestra 1, para testigo; muestra 2 para el proveedor y la muestra 3 para el laboratorio de ESSAP S.A. Todas las muestras deben tener una etiqueta identificadora y la muestra testigo lacrada y almacenada adecuadamente en el lugar acordado.

Verificación de Calidad: La Unidad de Control de Calidad Gerencia de Operaciones, controlará la calidad de cada muestra recibida que fue preparada y enviada según se indica en el apartado anterior y será la encargada de certificar la calidad del producto por cada partida recibida, dejando constancia presentando el análisis correspondiente.

Las normas a ser tenidas en cuenta para la determinación de la calidad son la del Estándar American Water Works Association (AWWA).

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

SI APLICA.

Ítem 1- Sulfato de aluminio sólido: La Gerencia de Operaciones a través de la Coordinación de Control de Calidad deberá verificar y realizar el muestreo durante la recepción del producto cuando se reciba en la Planta de Tratamiento de Viñas Kue.

Sulfato de aluminio solido a distribuir en los locales del interior: Teniendo en cuenta la producción en fabrica de los distintos lotes para la provisión a los locales de la ESSAP S.A en el interior, el proveedor deberá gestionar las muestras y remitirlas a la Coordinación de Control de Calidad Gerencia de Operaciones en la Planta de Tratamiento de Viñas Kue.

La muestra debe ser remitida en envases adecuadamente cerrados y sellados, para proteger de la humedad, con un peso de muestra no menor a 300gr.

Se proveerán 2 (dos) porciones de 0.3 kg. de las 2 (dos) muestras, 1 (uno) es para el análisis en el Laboratorio Central y 1 (uno) para muestra testigo. Estos envases deberán ser proveídos por el Proveedor, rotulados con la siguiente información: Fecha de producción del lote, Fecha de toma de muestra, Número de Lote.

Ítem 2 Sulfato de Aluminio Líquido: La Gerencia de Operaciones deberá verificar el muestreo durante la recepción del producto en los tanques de sulfato existentes en el predio de la ESSAP S.A., tomándose 3 (tres) porciones (inferior, medio y superior) del líquido los que deberán conformar 1 (uno) muestra de 2 (dos) litros previamente mezclada y agitada, se formarán 3 (tres) muestras de 0,5 litros:  muestra 1, para testigo; muestra 2 para el proveedor y la muestra 3 para el laboratorio de ESSAP S.A. Todas las muestras deben tener una etiqueta identificadora y la muestra testigo lacrada y almacenada adecuadamente en el lugar acordado.

Verificación de Calidad: La Unidad de Control de Calidad Gerencia de Operaciones, controlará la calidad de cada muestra recibida que fue preparada y enviada según se indica en el apartado anterior y será la encargada de certificar la calidad del producto por cada partida recibida, dejando constancia presentando el análisis correspondiente.

Las normas a ser tenidas en cuenta para la determinación de la calidad son la del Estándar American Water Works Association (AWWA).

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

SI APLICA.

Ítem 1- Sulfato de aluminio sólido: : La Gerencia de Operaciones a través de la UnidadCoordinación de Control de Calidad deberá verificar y realizar el muestreo durante la recepción del producto cuando se reciba en la Planta de Tratamiento de Viñas Cue; yKue.

Sulfato de aluminio solido a distribuir en las plantaslos locales del interior a través: Teniendo en cuenta la producción en fabrica de los Jefesdistintos lotes para la provisión a los locales de Plantala ESSAP S.A en conjunto conel interior, el proveedor serán los encargadosdeberá gestionar las muestras y remitirlas a la Coordinación de verificar y tomar muestras duranteControl de Calidad Gerencia de Operaciones en la recepción. Su posterior remisión al laboratorio CentralPlanta de Tratamiento de Viñas CueKue.

La muestra debe ser remitida en envases adecuadamente cerrados y sellados, para el análisis quedaproteger de la humedad, con un peso de muestra no menor a cargo del proveedor300gr.

El muestreo deberá ser para un 5% de los empaques, usándose para el efecto un Tubo Muestreador de ¾ de diámetro. Se tomaránproveerán 2 (dos) porciones de 0.53 kg. Colocándose en recipientes herméticamente cerrados y sellados, para protegerse de la humedad. De las 2 (dos) muestras, 1 (uno) es para el análisis en el Laboratorio Central y 1 (uno) para el proveedormuestra testigo.

Estos envases deberán ser proveídos por el Proveedor para las Plantas de tratamiento del interior, rotulados con la siguiente información: Fecha de producción del lote, Fecha de toma de muestra, Número de Lote.

  • Número de Remito
  • Fecha de la entrega
  • Número de Lote
  • Cantidad
  • Lugar de la entrega

Ítem 2 Sulfato de Aluminio Líquido: La Gerencia de Operaciones deberá verificar el muestreo durante la recepción del producto en los tanques de sulfato existentes en el predio de la ESSAP S.A., tomándose 3 (tres) porciones (inferior, medio y superior) del líquido los que deberán conformar 1 (uno) muestra de 2 (dos) litros previamente mezclada y agitada, se formarán 3 (tres) muestras de 0,5 litros: muestra 1, para testigo; muestra 2 para el proveedor y la muestra 3 para el laboratorio de ESSAP S.A. Todas las muestras deben tener una etiqueta identificadora y la muestra testigo lacrada y almacenada adecuadamente en el lugar acordado.

Verificación de Calidad: La Unidad de Control de Calidad Gerencia de Operaciones, controlará la calidad de cada muestra recibida que fue preparada y enviada según se indica en el apartado anterior y será la encargada de certificar la calidad del producto por cada partida recibida, dejando constancia presentando el análisis correspondiente.

Las normas a ser tenidas en cuenta para la determinación de la calidad son la del Estándar American Water Works Association (AWWA).

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.