Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 .Con relacion al ítem 4 PROYECTOR MULTIMEDIA, en donde el PBC solicita "Relación de zoom: Óptico o digital de 1,2 en aumento o superior", solicitamos respetuosamente a la convocante que también sea aceptado proyectores con "Relación de zoom 1.1X aproximadamente" ya que lo ofrecido son parámetros estandarizados que la mayorías de fabricante cumplen, de esta manera dar más posibilidad de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas. 07-12-2022 10-01-2023
12 .Con relacion al ítem 4 PROYECTOR MULTIMEDIA, en donde el PBC solicita "AV puertos: 1 Vga, 1HDMI, 1 S-Video, 1 USB Tipo A, 1 Compuesto, 1 Componente (YPbPr)" en el punto Componente (YPbPr), solicitamos respetuosamente a la convocante que solo sea aceptado "Puertos: VGA x1, HDMI x2, Entrada de vídeo compuesto (RCA) x 1, USB tipo A x 1" ya que lo ofrecido son parámetros estandarizados que la mayorías de fabricante cumplen, de esta manera dar más posibilidad de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas. 07-12-2022 10-01-2023
13 *- Ítem 2 - UPS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 2 UPS (ESTABILIZADOR DE CORRIENTE), se solicita: 2.13 Potencia suministrada 800W/1200VA Al respecto, se solicita a la convocante aclarar la potencia aparente que tendrá la ups requerida en el pliego de bases y condiciones, debido a que en el ítem 2, se solicitan 20 UPS de 1000 VA, la cual nosotros entendemos que es así, pero sin embargo en el item 2.13 se menciona 1200VA esto a fin de evitar ambigüedades que obstaculicen el proceso de preparación, presentación y evaluación de ofertas. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y además lo establecido en el Decreto Reglamentario 2992/19, en su Art. 34, que determina el Contenido de los Pliegos: “El pliego de bases y condiciones deberá contener los requisitos a ser cumplidos por los oferentes y los criterios de evaluación que serán utilizados, la información necesaria para preparar las ofertas, las condiciones en las que serán ejecutados los contratos y en general los requerimientos particulares de acuerdo a la naturaleza de la necesidad que deba ser satisfecha”. 12-12-2022 10-01-2023
14 *- ÍTEM 2 - UPS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 2 UPS (ESTABILIZADOR DE CORRIENTE), se solicita: 2.13 Potencia suministrada 800W/1200VA Al respecto, se solicita a la Convocante que también sea aceptada la potencia suministrada de 900W/1500 VA, considerando que la diferencia es mínima y es el estándar típico para el porte del equipo requerido en la mayoría de los fabricantes, permitiendo así también la participación de un mayor número de oferentes y a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes” y además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 12-12-2022 10-01-2023
15 *- ÍTEM 2 - UPS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 2 UPS (ESTABILIZADOR DE CORRIENTE), se solicita: 2.15 Tiempo medio de ejecución, 5 min. Aprox. Con carga completa Al respecto, se solicita a la Convocante que también pueda ser aceptado el tiempo medio de ejecución de 3 minuto aprox. con carga completa 1200VA, teniendo en cuenta que es la autonomía técnicamente estandarizada en el mercado, utilizada a plena carga de los equipos UPS de este tipo y baja potencia, que disponen internamente de fábrica solamente de 2 (dos) baterías de 7AH, proporcionando la protección de baterías apropiada para las aplicaciones de estos equipos de baja capacidad. De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 12-12-2022 10-01-2023
16 *- ÍTEM 2 - UPS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM 2 UPS (ESTABILIZADOR DE CORRIENTE), se solicita 2.27 Detalle de servicio y mantenimiento, “El fabricante, mediante nota expresa para esta licitación, deberá certificar que existe al menos un CAS (Centro Autorizado de Servicio) en Paraguay, y asimismo deberá garantizar en forma expresa que cuenta con existencia de partes y repuestos para una inmediata atención y que el CAS prestará el servicio técnico que pudiera ser requerido por la convocante ante cualquier evento” Al respecto, se solicita a la convocante, que sea aceptada una nota o documento del fabricante donde certifica que existe al menos un CAS (Centro Autorizado de Servicio) en Paraguay, sin necesidad que sea expresa para esta licitación, acompañado de una nota del CAS en Paraguay en donde se garantiza que cuenta con existencia de partes y repuestos para una inmediata atención y que el CAS prestará el servicio técnico que pudiera ser requerido por la convocante ante cualquier evento. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 12-12-2022 10-01-2023
17 *- SECCION IV. SUMINISTROS REQUERIDOS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, Plan de Entrega (Bienes), se solicita: Fiscalización de Especificaciones técnicas: el oferente adjudicado dispone como máximo de 60 (sesenta) días corridos que será computado a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor, y previo al inicio de la distribución de los bienes a las instituciones educativas. Al respecto, y en vista a eventos actuales que acompañan la producción internacional de equipos tecnológicos y electrónicos, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega para los Ítems mencionados, en al menos 120 (ciento veinte) días calendario posterior a la recepción de la correspondiente orden de compra, considerando los períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes las secuelas y casos de rebrote de contagios derivadas de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la persistente situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 12-12-2022 10-01-2023
18 *- ÍTEM 2 - UPS En el PBC, en la sección IV. SUMISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS ITEM 2 UPS (ESTABILIZADOR DE CORRIENTE), se solicita: 2.18 Batería, Tiempo de recarga igual o menor a 8 horas, autonomía de 10 minutos bajo una carga igual o menor a 50%. No serán aceptadas baterías de suministro local. Al respecto, se solicita a la convocante que también sea aceptado "Autonomía de 10 minutos a una carga de 450 Watts aproximadamente", siendo esta es el estándar para el porte de equipo requerido en Línea Interactiva con capacidades de 1000VA y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 12-12-2022 10-01-2023
19 *- SECCION II - DATOS DE LA LICITACION En el PBC, en la sección II, DATOS DE LA LICITACIÓN (DDL), se solicita: IAO 10 La Convocante aceptará catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios en idioma diferente al castellano: SI, con la condición de que las partes relevantes de dicho material vayan acompañadas de una traducción realizada por traductor público matriculado al idioma castellano. Para efectos de la interpretación de la oferta, prevalecerá dicha traducción. Al respecto, se solicita a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 12-12-2022 10-01-2023
20 Con relación a las especificaciones técnicas del ítem 3 - Consultamos respetuosamente excluir el parámetro de calidad de impresión “256 tonos de gris”, ya que el mismo es un parámetro de una marca en específico, de manera a no limitar a potenciales oferentes a participar del llamado. 14-12-2022 10-01-2023
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