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Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Si durante la ejecución del contrato exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y esta se vea reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al 15% sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo. La fórmula y procedimiento para el cálculo de reajustes serán los siguientes:

Fórmula a aplicar:                   

Pr = (P x IPC) / IPC0  

Donde:

Pr = Precio reajustado de la Oferta.  

P = Precio adjudicado.  

PC1 = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de Adjudicación.  

IPC0 = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de sobres.

No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.  El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/Proveedor.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Si durante la ejecución del contrato exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y esta se vea reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al 15% sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo.  La fórmula y procedimiento para el cálculo de reajustes serán los siguientes:

Fórmula a aplicar:   Pr = P X IPC1

                                      IPCO                                                                                                                                 

Dónde: Pr = Precio reajustado de la Oferta. P = Precio adjudicado. IPC1 = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de Adjudicación. IPCO = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de sobres. El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa de Entrada de la Secretaria General dependiente de la Intendencia Municipal. No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado, lo que será observado por el Administrador del Contrato en su correspondiente informe. El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/Proveedor.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Si durante la ejecución del contrato exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y esta se vea reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al 15% sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo. La fórmula y procedimiento para el cálculo de reajustes serán los siguientes:

Fórmula a aplicar:

Fórmula a aplicar: Pr = (P x IPC1 )X IPC1 / IPC0

Donde:

IPCO

Dónde: Pr = Precio reajustado de la Oferta.

P = Precio adjudicado.

PC1IPC1 = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de Adjudicación.

IPC0IPCO = Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de sobres.

El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa de Entrada de la Secretaria General dependiente de la Intendencia Municipal. No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado, lo que será observado por el Administrador del Contrato en su correspondiente informe. El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/Proveedor.