En la Adenda N° 3, en las especificaciones técnicas del ESCÁNER PORTÁTIL, la convocante indica: “Peso 1 Kg o inferior”
Solicitamos que sea eliminado este requisito de las especificaciones tecnicas, considerando que el peso no es un requisito técnicamente indispensable para el desempeño del scanner. Además, hacemos notar que los requisitos técnicos en su conjunto solo pueden ser cumplidos por un equipo específico direccionando las especificaciones técnicas hacia el scanner Canon imageFORMULA P-215II, limitando significativamente la participación de un mayor número de potenciales oferentes en contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
En la Adenda N° 3, en las especificaciones técnicas del ESCÁNER PORTÁTIL, la convocante indica: “Peso 1 Kg o inferior”
Solicitamos que sea eliminado este requisito de las especificaciones tecnicas, considerando que el peso no es un requisito técnicamente indispensable para el desempeño del scanner. Además, hacemos notar que los requisitos técnicos en su conjunto solo pueden ser cumplidos por un equipo específico direccionando las especificaciones técnicas hacia el scanner Canon imageFORMULA P-215II, limitando significativamente la participación de un mayor número de potenciales oferentes en contravención con el principio de Igualdad y Libre Competencia que impera en las contrataciones públicas.
contrataciones públicas.
Es menester manifestar que esta Convocante ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo con las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer, dentro de los límites de la normativa legal vigente y respetando los principios rectores de las Contrataciones Públicas previstos en el Art. 4 de la Ley 2051/03.
Por tanto, resulta necesario para la institución contar con escáneres portátiles, que permitan fortalecer y facilitar la gestión de los trabajos y tareas electorales, al tratarse de equipos más ligeros y livianos, se facilita el transporte y movilidad de los mismos al momento de su traslado y manipulación en los diferentes locales de votación habilitados, a fin de agilizar y maximizar la operatividad correspondiente en la jornada eleccionaria.
Es así que, teniendo en cuenta la existencia en el Mercado Nacional de varias marcas con el peso requerido y considerando los principios rectores que rigen las contrataciones públicas, el presente Pliego de Bases y Condiciones fue diseñado con el fin de contar con la mayor cantidad de posibles oferentes, de manera a no limitar la participación de los mismos en igualdad de condiciones pero conteniendo características que garanticen a la Convocante obtener los equipos mencionados, considerando el destino que les será dado. En consecuencia, solicitamos se remita al Pliego de Bases y Condiciones.
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Adenda 3, dentro de las EETT
En la Adenda 3, dentro de las EETT se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requerimientos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requerimientos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva. Estos requerimientos fueron incluidos con el único propósito de favorecer a un único oferente por lo que solicitamos que se mantenga las EETT de la adenda 1.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En la Adenda 3, dentro de las EETT se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requerimientos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requerimientos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva. Estos requerimientos fueron incluidos con el único propósito de favorecer a un único oferente por lo que solicitamos que se mantenga las EETT de la adenda 1.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Favor remitirse a las respuestas de las consultas N° 5 y 6.
13
Modificaciones de la EETT
Con las modificaciones de la EETT en la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II ya que las EETT están escritas explícitamente como el Datasheet del equipo. Por lo que encarecidamente le solicitamos a la convocante mantener las EETT como en la Adenda N°1 y también solicitamos imparcialidad en el llamado a modo de no estar favoreciendo a un único oferente.
Con las modificaciones de la EETT en la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II ya que las EETT están escritas explícitamente como el Datasheet del equipo. Por lo que encarecidamente le solicitamos a la convocante mantener las EETT como en la Adenda N°1 y también solicitamos imparcialidad en el llamado a modo de no estar favoreciendo a un único oferente.
Es menester manifestar que esta Convocante ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo con las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer, dentro de los límites de la normativa legal vigente y respetando los principios rectores de las Contrataciones Públicas previstos en el Art. 4 de la Ley 2051/03. Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
En el pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS; Ítem solicitado: Escáner Portátil, conforme a la Adenda N°3 se Exige:
Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
Al respecto, se solicita a la convocante Exigir el Peso 1,5kg o inferior; y como opcional Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W. Teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para la finalidad del equipo. Además, se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca Canon, modelo: ImageFormula P-215II, que puede ser verificado desde el catalogo de la marca: https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii
Lo cual limita injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20 50/03, el cual reza: No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrá establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limita las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y en el inciso b) del articulo 4, específicamente el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras realizadas por el estado.
03-11-2022
04-11-2022
Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
En el pliego de Bases y Condiciones, en la sección ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS; Ítem solicitado: Escáner Portátil, conforme a la Adenda N°3 se Exige:
Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
Al respecto, se solicita a la convocante Exigir el Peso 1,5kg o inferior; y como opcional Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W. Teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para la finalidad del equipo. Además, se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca Canon, modelo: ImageFormula P-215II, que puede ser verificado desde el catalogo de la marca: https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii
Lo cual limita injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20 50/03, el cual reza: No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrá establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limita las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y en el inciso b) del articulo 4, específicamente el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras realizadas por el estado.
Favor remitirse a las respuestas de las consultas N° 5 y 6.
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Adenda 3 se verifica que las Especificaciones Técnicas están beneficiando unicamente al escáner Canon ImageFormula P-215II
Con la adenda 3 se verifica que las Especificaciones Técnicas están beneficiando unicamente al escáner Canon ImageFormula P-215II. Solicitamos a la convocante mantener las Especificaciones Técnicas de la Adenda 1 y no cerrar tanto el llamado para beneficiar solo a una marca y modelo en particular.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
03-11-2022
04-11-2022
Adenda 3 se verifica que las Especificaciones Técnicas están beneficiando unicamente al escáner Canon ImageFormula P-215II
Con la adenda 3 se verifica que las Especificaciones Técnicas están beneficiando unicamente al escáner Canon ImageFormula P-215II. Solicitamos a la convocante mantener las Especificaciones Técnicas de la Adenda 1 y no cerrar tanto el llamado para beneficiar solo a una marca y modelo en particular.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Es menester manifestar que esta Convocante ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo con las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer, dentro de los límites de la normativa legal vigente y respetando los principios rectores de las Contrataciones Públicas previstos en el Art. 4 de la Ley 2051/03. Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Especificaciones Tecnicas Adenda N° 3
En la sección de las Especificaciones Técnicas de la adenda 3, se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requisitos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requisitos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva, por ende, favoreciendo a un único oferente.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado tiene sustento en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En la sección de las Especificaciones Técnicas de la adenda 3, se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requisitos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requisitos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva, por ende, favoreciendo a un único oferente.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado tiene sustento en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Favor remitirse a las respuestas de las consultas N° 5 y 6.
17
Especificaciones Tecnicas Adenda N° 3
En la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II. Por lo que solicitamos amablemente a la convocante modificar las Especificaciones Técnicas como estaban en la Adenda N°1, ya que sin ningún motivo alguno se introdujeron los cambios actuales.
En la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II. Por lo que solicitamos amablemente a la convocante modificar las Especificaciones Técnicas como estaban en la Adenda N°1, ya que sin ningún motivo alguno se introdujeron los cambios actuales.
Es menester manifestar que esta Convocante ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo con las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer, dentro de los límites de la normativa legal vigente y respetando los principios rectores de las Contrataciones Públicas previstos en el Art. 4 de la Ley 2051/03. Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Especificaciones Tecnicas Adenda N° 3
En la sección ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS; Ítem solicitado: Escáner Portátil, conforme a la Adenda N°3 se exige:
Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
Al respecto, se solicita a la convocante exigir el Peso 1,5kg o inferior; y como opcional Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W. Teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para la finalidad del equipo. Además, se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca Canon, modelo: ImageFormula P-215II, que puede ser verificado desde el catalogo de la marca: https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii
Esto para dar oportunidad de participación a potenciales oferentes con diferentes soluciones a la mencionada. Lo solicitado tiene sustento legal en el inciso b) del artículo 4 de la Ley 2051/03, específicamente el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras realizadas por el estado.
En la sección ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS; Ítem solicitado: Escáner Portátil, conforme a la Adenda N°3 se exige:
Ítem 11- Peso: 1 kg o Inferior; Ítem 20 – Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W.
Al respecto, se solicita a la convocante exigir el Peso 1,5kg o inferior; y como opcional Consumo de energía (min. /max.): De 2.5 W a 7 W. Teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para la finalidad del equipo. Además, se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca Canon, modelo: ImageFormula P-215II, que puede ser verificado desde el catalogo de la marca: https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii
Esto para dar oportunidad de participación a potenciales oferentes con diferentes soluciones a la mencionada. Lo solicitado tiene sustento legal en el inciso b) del artículo 4 de la Ley 2051/03, específicamente el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras realizadas por el estado.
Favor remitirse a las respuestas de las consultas N° 5 y 6.
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Adenda 3 / EETT
En la Adenda 3, dentro de las EETT se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requerimientos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requerimientos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva. Estos requerimientos fueron incluidos con el único propósito de favorecer a un único oferente por lo que solicitamos que se mantenga las EETT de la adenda 1.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En la Adenda 3, dentro de las EETT se exige que el equipo tenga 1 kg o inferior y que el consumo de energía (min. /max.) sea de 2.5 W a 7 W.
Estos requerimientos son funcionalidades que solo cumple la marca Canon y se puede comprobar en el siguiente link del fabricante:
https://www.cla.canon.com/cla/es/support/consumer/scanners/document_scanners/imageformula_p_215ii#productOverviewTab
Estos requerimientos apuntan a una única solución, de un único fabricante (CANON) y por lo tanto es altamente restrictiva. Estos requerimientos fueron incluidos con el único propósito de favorecer a un único oferente por lo que solicitamos que se mantenga las EETT de la adenda 1.
Solicitamos a esta Convocante reformular las especificaciones técnicas de tal manera a permitir la participación de potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante", y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Favor remitirse a las respuestas de las consultas N° 5 y 6.
20
Adenda 3 / EETT
Con las modificaciones de la EETT en la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II ya que las EETT están escritas explícitamente como el Datasheet del equipo. Por lo que encarecidamente le solicitamos a la convocante mantener las EETT como en la Adenda N°1 y también solicitamos imparcialidad en el llamado a modo de no estar favoreciendo a un único oferente.
Con las modificaciones de la EETT en la Adenda N°3 se evidencia que el llamado esta siendo direccionado a una única solución, del fabricante: Canon; Modelo: ImageFormula P-215II ya que las EETT están escritas explícitamente como el Datasheet del equipo. Por lo que encarecidamente le solicitamos a la convocante mantener las EETT como en la Adenda N°1 y también solicitamos imparcialidad en el llamado a modo de no estar favoreciendo a un único oferente.
Es menester manifestar que esta Convocante ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo con las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer, dentro de los límites de la normativa legal vigente y respetando los principios rectores de las Contrataciones Públicas previstos en el Art. 4 de la Ley 2051/03. Favor remitirse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.