Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Capacidad Técnica En el pliego de bases y condiciones dice: Indicaciones Generales B El oferente deberá estar habilitado por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional, a fin de dar cumplimiento a la Ley 5424/15, Artículo 33. Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea modificado a: El oferente deberá contar con la habilitación otorgada por el Órgano de Aplicación y Fiscalización de empresas de seguridad y afines de la Policía Nacional O fotocopia autenticada de la habilitación otorgada como mínimo a 1 (un) personal del Oferente en carácter de instalador independiente habilitado y reconocido como tal en la especialización; de conformidad a lo establecido en el artículo 33 de la Ley N° 5424/2015 “Que regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y bienes patrimoniales en el ámbito de seguridad privada”. En el segundo caso, el Oferente deberá presentar además una Nota en carácter de declaración jurada por la cual garantice que dicho instalador habilitado formará parte del personal técnico que realizará los trabajos contratados. Esto para la mayor participación de posibles oferentes 23-09-2022 28-09-2022
2 ** MULTA Dentro del PBC, específicamente dentro de la Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa se establece lo siguiente. “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ En relación a lo solicitado, y considerando que el porcentaje establecido como interés moratorio 0,01 % (cero coma cero uno por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante que a través de una adenda modificatoria establezca en el PBC la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes. 26-09-2022 28-09-2022
3 ** Prorroga de plazos. En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita: Fecha límite de consultas: martes, 27 de septiembre de 2022 - 10:00 Fecha de entrega de ofertas: jueves, martes, 4 de octubre de 2022 - 09:00 Al respecto, solicitamos a la Convocante una extensión en los plazos de consultas a fin de ingresar nuevas consultas una vez obtenidas de parte de la convocante respuestas a las consultas ingresadas con anterioridad (y sin respuestas a la fecha) en caso de presentarse alguna ambigüedad o requerimiento técnicamente no indispensable, y consecuentemente, habilitar una prórroga de al menos 30 (treinta) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. El pedido obedece a la gran cantidad de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, lo cual conlleva a la necesidad de un análisis técnico interno pormenorizado y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 26-09-2022 28-09-2022
4 ** Plazo de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes, se solicita: “10 (DIEZ) días hábiles a partir de la recepción de la Orden de Servicio, emitida por el administrador de contrato. Se procederá a la instalación y puesta en funcionamiento de los equipos.” Considerando la envergadura de los trabajos requeridos por la convocante que implican la instalación de cámaras y grabadores tanto la Oficina Central en el Edificio Ayfra como en las demás Sedes, sumado a los nuevos equipos de Telefonía IP, y el cableado para CCTV y Telefonía resulta que el plazo es muy reducido. Por otro lado; se debe tener en cuenta que la mayoría de los equipos requeridos deberán ser objeto de importación. Es bien sabido que los plazos de producción e importación de componentes, así como los fletes de equipos se ha visto muy afectado a causa de los efectos de la pandemia COVID-19 y del conflicto entre Rusia y Ucrania. En consecuencia de todo lo descripto arriba, SOLICITAMOS a la convocante la ampliación del plazo de entrega a por lo menos 120 (ciento veinte) días; de esta manera los potenciales oferentes podrán cumplir con los plazos y podrán cotizar de manera apropiada lo requerido por la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-09-2022 28-09-2022
5 ** Plazo de Consulta y Entrega de Ofertas En el apartado de la página de la DNCP del presente llamado, se indica que el plazo de consulta es: “Fecha Límite de Consultas: martes, 27 de septiembre de 2022 - 10:00.” Luego en el Pliego de Bases y Condiciones. DATOS DE LA LICITACIÓN. Visita al sitio de ejecución del contrato, se solicita: “Fecha: 28 de setiembre de 2022 Lugar: Sede Central del Ministerio de la Mujer, Presidente Franco N° 780 c/ Ayolas, Edificio Ayfra. Hora: 09:00 Procedimiento: Verificación in situ de las instalaciones de la Convocante donde serán instalados los equipos ofertados.” Luego de realizarse la Visita Técnica es necesario que los potenciales oferentes puedan ingresar consultas técnicas para aclarar dudas respecto a lo requerido por la convocante. Considerando que el plazo de consultas tiene fecha de vencimiento anterior a la fecha de la Visita Técnica; y por otra parte el plazo para realizar las consultas técnicas es sumamente corto; SOLICITAMOS una prórroga de al menos 20 (veinte) días para realizar el análisis de las condiciones y requerimientos técnicos a fin de poder realizar una propuesta técnica acorde a lo requerido por la convocante. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de propuestas de otros potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-09-2022 28-09-2022
6 ** Autorización del Fabricante En el Pliego de Bases y Condiciones. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto C, se solicita: “C. Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor. Documento Original o copia autenticada por escribanía. Presentar los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente, vigente y emitida con fecha anterior a la apertura de ofertas. El fabricante debe avalar que el oferente tiene la capacidad técnica de llevar a cabo el proyecto en su envergadura y que los productos son originales.” Luego más adelante En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. LOTE 3 – CCTV PARA SEDE CENTRAL Y DEPENDENCIAS. Ítem 3.1 GRABADOR DE VIDEO 16 CH; e Ítem 3.2 GRABADOR DE VIDEO 8 CH PoE; e Ítem 3.3 CAMARA DE CCTV TIPO 1; e Ítem 3.4 CAMARA DE CCTV TIPO 2, se solicita: “Se debe presentar una nota de autorización del fabricante el cual avale la participación del oferente en este concurso.” Siendo que en el requerimiento de Capacidad Técnica se está solicitando Carta de Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor. Documento Original o copia autenticada por escribanía. Presentar los documentos que demuestren la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el oferente, vigente y emitida con fecha anterior a la apertura de ofertas; y de esta manera, la convocante se asegura que la empresa oferente tiene autorizaciones desde el fabricante demostrando la cadena de las mismas. SOLICITAMOS a la convocante de forma a unificar los criterios en los requerimientos técnicos que se modifique los mismos y que “Se deba presentar una nota de autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor el cual avale la participación del oferente en este concurso.”; de esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de propuestas de otros potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-09-2022 28-09-2022
7 **MTBF En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, LOTE N° 1, TELEFONIA IP, Ítem 1.4, Switch de 24 puertos PoE, MTBF, se solicita: “440,000 horas o mejor” Al respecto, se solicita a la convocante cambiar este parámetro a OPCIONAL, teniendo en cuenta que el tiempo solicitado para MTBF= Mean Time Between Failures (Tiempo medio entre fallos) equivale a un parámetro que cada fabricante establece y no representa un estándar de la industria para predecir fallos de equipamientos, también se menciona que dicho parámetro es un aproximado y no representa un valor real que tampoco tiene una aplicación práctica para predecir el funcionamiento y no aporta ningún valor agregado a futuro, se menciona de igual forma que un valor mayor de horas tampoco establece un mejor rendimiento o más cantidad de horas de funcionamiento teniendo en cuenta que el cálculo de este es realizado por cada fabricante que calculan en base a sus propios parámetros y no uno establecido globalmente para todos los fabricantes, por lo que dicho requisito deviene como técnicamente no indispensable a las necesidades reales de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 27-09-2022 28-09-2022
8 **MTBF En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, LOTE N° 2, REDES PARA TELEFONIA Y CCTV, Ítem 2.13, Switch de 24 puertos PoE, Debe cumplir o ser superior, se solicita: “MTBF 600,000 horas o mejor” Al respecto, se solicita a la convocante cambiar este parámetro a OPCIONAL, teniendo en cuenta que el tiempo solicitado para MTBF= Mean Time Between Failures (Tiempo medio entre fallos) equivale a un parámetro que cada fabricante establece y no representa un estándar de la industria para predecir fallos de equipamientos, también se menciona que dicho parámetro es un aproximado y no representa un valor real que tampoco tiene una aplicación práctica para predecir el funcionamiento y no aporta ningún valor agregado a futuro, se menciona de igual forma que un valor mayor de horas tampoco establece un mejor rendimiento o más cantidad de horas de funcionamiento teniendo en cuenta que el cálculo de este es realizado por cada fabricante que calculan en base a sus propios parámetros y no uno establecido globalmente para todos los fabricantes, por lo que dicho requisito deviene como técnicamente no indispensable a las necesidades reales de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 27-09-2022 28-09-2022
9 **MTBF En el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, LOTE N° 3, CCTV PARA SEDE CENTRAL Y DEPENDENCIAS, Ítem 3.6, Switch de 24 puertos PoE, MTBF, se solicita: “440,000 horas o mejor” Al respecto, se solicita a la convocante cambiar este parámetro a OPCIONAL, teniendo en cuenta que el tiempo solicitado para MTBF= Mean Time Between Failures (Tiempo medio entre fallos) equivale a un parámetro que cada fabricante establece y no representa un estándar de la industria para predecir fallos de equipamientos, también se menciona que dicho parámetro es un aproximado y no representa un valor real que tampoco tiene una aplicación práctica para predecir el funcionamiento y no aporta ningún valor agregado a futuro, se menciona de igual forma que un valor mayor de horas tampoco establece un mejor rendimiento o más cantidad de horas de funcionamiento teniendo en cuenta que el cálculo de este es realizado por cada fabricante que calculan en base a sus propios parámetros y no uno establecido globalmente para todos los fabricantes, por lo que dicho requisito deviene como técnicamente no indispensable a las necesidades reales de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 27-09-2022 10-10-2022
10 **Especificaciones Técnicas - LOTE 2 En el PBC, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONESSUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 2 - REDES PARA TELEFONIA Y CCTV, se solicita: Conexiones de salida: (4) IEC 60320 C19 (4) IEC 320 C19 (4) IEC 320 C13 (4) IEC 60320 C13 Al respecto solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos UPS de 6 (seis) conexiones de salida IEC 320 C13 y 2(dos) IEC 320 C19 como mínimo, considerando que es una cantidad de conexiones de salida que permitirá cubrir plenamente las necesidades de conexiones de la Convocante, y que la diferencia es mínima respecto a lo requerido, y además a fin de no restringir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-09-2022 28-09-2022
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