Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 *-Servicio de instalación eléctrica nuevas instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 15- Servicio de instalación eléctrica nuevas instalaciones, se solicita: Instalación eléctrica: Capacidad de conexión: > 4 mm2 y < 25 mm2. Sin embargo, contrariamente en la IMAGEN (REMITIRSE AL ANEXO EETT) del PBC, Tabla Especificaciones Llave TM, se solicita: Instalación eléctrica: Capacidad de conexión: > 25 mm2 y < 35 mm2. Al respecto deseamos manifestar que las secciones del conductor de 25mm2 y 35mm2 mencionadas, son muy grandes para los niveles de potencia eléctrica de 1000W indicados para los circuitos del UPS Rackeable de 1000VA/1000W a ser montado en el Rack del Servidor y demás equipos a suministrar, y no se corresponden con las secciones de conductores eléctricos de 2mm2 y Llaves TM de 10A a ser efectivamente utilizadas, según el consumo de los dispositivos requeridos. En ese sentido, solicitamos por favor confirmar que la capacidad de conexión correcta a considerar de las Llaves Termomagnéticas es de >4mm2<25mm2, conforme a la corriente nominal de las Llaves TM a ser empleadas, y a la sección de los conductores eléctricos, para presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
32 *-Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: El cableado deberá hacerse teniendo en cuenta las observaciones y normas contenidas en el estándar EIA/TIA 568A para cableado UTP CAT 6A. Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que el cableado UTP CAT 6A realizado deberá ser certificado mediante el empleo de Instrumento de Certificación para Categoría 6A. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
33 *-Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: El oferente deberá considerar en su propuesta que donde el tendido del cableado estructurado deba superar los 100 metros, se deberá prever el tendido de fibra óptica con sus convertidores de medios respectivos para la interconexión de los equipos; para hasta el 5% de los 760 establecimientos a ampliar. Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que será aceptado el empleo y fusiones de dos pelos de fibra óptica por cada enlace óptico que fuera necesario. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
34 *-Cableado estructurado ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: El oferente deberá considerar en su propuesta que donde el tendido del cableado estructurado deba superar los 100 metros, se deberá prever el tendido de fibra óptica con sus convertidores de medios respectivos para la interconexión de los equipos; para hasta el 5% de los 760 establecimientos a ampliar. Al respecto, solicitamos verificar y rectificar el porcentaje de hasta el 5% establecido, considerando que conforme a lo observado en algunos establecimientos del Plan de Visita técnica, se prevé que serán más los establecimientos donde serán necesarios los enlaces de fibra óptica, por las grandes dimensiones de los Colegios y Escuelas, y la distribución de los Bloques y dependencias en el predio. En consecuencia, así también solicitamos a la Convocante extender la realización de la visita técnica a todos los establecimientos que se hallan incluidos en el llamado, con el objeto de conocer con mayor detalle estos aspectos del alcance de los bienes y servicios, y así permitir el dimensionamiento apropiado de la oferta. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: …En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta… Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
35 *-Cableado estructurado ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: El oferente deberá considerar en su propuesta que donde el tendido del cableado estructurado deba superar los 100 metros, se deberá prever el tendido de fibra óptica con sus convertidores de medios respectivos para la interconexión de los equipos; para hasta el 5% de los 760 establecimientos a ampliar. Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar si deberá ser realizada la Certificación del cableado de fibra óptica, en ambos sentidos de cada pelo de fibra óptica del enlace, con instrumento de medición OTDR. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
36 *-Instalación eléctrica ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 19- Servicio de instalación eléctrica ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: Los APs instalados bajo techo estarán aterrados por medio cable verde amarillo de 2mm con su canalización correspondiente conectados al sistema de puesta a tierra si no supera los 10mts de distancia, en caso de exceder esta distancia deberán estar aterrados por medio cable verde amarillo de 2mm a una jabalina de cobre por medio de conexión mecánica en sitio más cercano posible. Al respecto solicitamos a la Convocante eliminar este requisito del aterramiento por medio de cable de 2mm a una jabalina de cobre en un sitio cercano a los APs, teniendo en cuenta que debido a que no será común la tierra de los APs y los Racks en estas condiciones, y en consecuencia existirá una diferencia de potencial entre la puesta a tierra de los APs y el aterramiento del Rack, que podría producir daños en los puertos eléctricos RJ45 del Switch y del AP, debido a que las interconexiones entre los APs y los switches en los Racks, en su mayoría serán realizados mediante cables de cobre UTP, a excepción de aquellos sitios donde será necesario el uso de fibra óptica según las distancias que se tendrán. Lo solicitado se cursa a los efectos de permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes. Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 30-09-2022 06-10-2022
37 *-Protocolo de Pruebas En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 6. Protocolo de Pruebas, se solicita: Protocolo de Aceptación Provisoria: Esta parte del protocolo de pruebas será utilizada para probar las funcionalidades de los equipos de manera extendida y debe ejecutarse para la recepción técnica provisoria contemplada en el plan de pagos. En caso de necesitarse conexión a internet para las pruebas, será responsabilidad de la contratista contemplar los medios necesarios para realizarlas. Al respecto, solicitamos verificar y replantear este requisito, considerando que conforme a lo observado en algunos establecimientos del Plan de Visita Guiada, se comprobó que los equipamientos de la infraestructura de conectividad existente no están en operación, es decir no cuentan con servicio de Internet, y/o el Servidor no se encuentra operativo. Por lo expuesto, en estas condiciones no será posible realizar las pruebas de funcionalidad de los nuevos equipos con el sistema existente. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa a los efectos de permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes. Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 30-09-2022 06-10-2022
38 *-Cableado estructurado ampliación de instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 18- Servicio de cableado estructurado ampliación de instalaciones, apartado Alcance de los trabajos, se solicita: El oferente deberá considerar en su propuesta que donde el tendido del cableado estructurado deba superar los 100 metros, se deberá prever el tendido de fibra óptica con sus convertidores de medios respectivos para la interconexión de los equipos; para hasta el 5% de los 760 establecimientos a ampliar. Al respecto consultamos a la Convocante si será requerido el empleo de DIOs rackeables en los Racks para albergar las fusiones de las fibras ópticas, o si podrá ser aceptado el uso de cajas de fusiones convenientemente ubicadas en el interior de estos Racks. Lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
39 *-Instalación eléctrica nuevas instalaciones En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 15- Servicio de instalación eléctrica nuevas instalaciones, se solicita: Instalación eléctrica: Se deberá instalar un tablero debajo del rack de datos dejando espacio para un 20 % de futura expansión. Deberá ser una Caja plástica para módulos DIN de la cantidad de módulos necesarios con retardador de llama, protección UV (solar) y mejorador de impacto y para ambientes protegidos. Y además se solicita: Instalación eléctrica: Además, deberá instalarse 1 (una) caja externa con 3 (tres) toma-corrientes dentro del Rack conectado al sistema de puesta a tierra, con su correspondiente llave termomagnética independiente en el tablero. Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que para los 3 (tres) toma&#8208;corrientes mencionados se deberá prever un circuito eléctrico independiente del circuito de alimentación de entrada del UPS rackeable, con una Llave TM de 10A de corte y protección para los 3 (tres) toma-corrientes, montado en el Tablero antes mencionado, a ser instalado debajo del rack de datos. La consulta es realizada a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
40 *-Especificaciones Técnicas En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Capítulo 2. Descripción del Suministro, inciso 2.4 Características detalladas de los equipamientos y sus componentes, numeral 4. Descripción de los Servicios, Item 15- Servicio de instalación eléctrica nuevas instalaciones, se solicita: Instalación eléctrica: Además, deberá instalarse 1 (una) caja externa con 3 (tres) toma-corrientes dentro del Rack conectado al sistema de puesta a tierra, con su correspondiente llave termomagnética independiente en el tablero. Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que los 3 (tres) toma&#8208;corrientes mencionados no contarán con protección del equipo UPS instalado en el Rack, y serán alimentados directamente de la red de ANDE, por medio del tablero eléctrico a ser instalado cerca del Rack. La consulta es realizada a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 30-09-2022 06-10-2022
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