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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Los
precios ofertados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una
variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente
fórmula: Pr = P xIPC1 IPC0 Pr: Precio Reajustado P: Precio adjudicado IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por
el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la entrega del suministro. IPC0: Índice de precios al Consumidor
publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas. En caso de que el
Proveedor se halle atrasado con respecto al plazo de entrega indicado en el contrato, no se reconocerá reajuste de precios
por variaciones en el IPC con posterioridad a las fechas de entrega establecidas en dicho contrato.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Los precios ofertados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al cinco por ciento (5%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente fórmula:
Pr= P xIPC1
IPC0
Pr: Precio Reajustado
P: Precio adjudicado
IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la entrega
del suministro.
IPC0: Índice de precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura
de ofertas.
En caso de que el Proveedor se halle atrasado con respecto al plazo de entrega indicado en el contrato, no se reconocerá reajuste de precios por variaciones en el IPC con posterioridad a las fechas de entrega establecidas en dicho contrato.
Los ajustes de precios se realizarán conforme solicitud del proveedor justificando debidamente el porcentaje por medios fehacientes que respalden la alteración de costos relacionados al producto (materia prima, insumos, salario mínimo, energía, combustibles, u otros.)

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: Los
precios ofertados estarán sujetos a reajustes, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una
variación igual o mayor al quincecinco por ciento (155%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente
fórmula:
Pr = P xIPC1
IPC0
Pr: Precio Reajustado
P: Precio adjudicado
IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por
el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la entrega
del suministro.
IPC0: Índice de precios al Consumidor
publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura
de ofertas.
En caso de que el
Proveedor se halle atrasado con respecto al plazo de entrega indicado en el contrato, no se reconocerá reajuste de precios
por variaciones en el IPC con posterioridad a las fechas de entrega establecidas en dicho contrato.
Los ajustes de precios se realizarán conforme solicitud del proveedor justificando debidamente el porcentaje por medios fehacientes que respalden la alteración de costos relacionados al producto (materia prima, insumos, salario mínimo, energía, combustibles, u otros.)