Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Versión 6

Versión 7

Diferencias entre las versiones 6 y 7

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 5

Altos, 27 de junio de 2022

 

Señor

Abg. Pablo Seitz Ortiz, Director Nacional de Contrataciones Públicas

 Presente:

El responsable de la U.O.C. en representación de la Municipalidad de Altos, se dirige a Usted a los efectos de contestar las observaciones realizadas del llamado PROVISION DE ALMUERZO ESCOLAR BAJO LA MODALIDAD DE ALIMENTOS PREPARADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA CIUDAD DE ALTOS (COCINANDO) PLURIANUAL 2022 Y 2023 de modalidad Concurso de Ofertas N°01/2022 cuyo N° ID es 415.088.

Los mismos se detallan a continuación:

OBSERVACIONES:

Tema: CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA

Descripción: Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad financiera podría resultar limitante/excluyente.

Comentario: EXPERIENCIA REQUERIDA: Indican ( demostrable con la presentación de por lo menos un contrato en cada periodo del servicio específico ofertado (Alimentos preparados en las escuelas y kits escolares conforme a la Resolución del MEC 351/2020). Solicitamos replantear el punto a fin de evitar inconvenientes posteriores o posibles impugnaciones, solicitamos replantear el punto.

RESPUESTA/JUSTIFICACIÓN TECNICA:

La observación realizada respecto al Tema Capacidad Financiera es inconsistente con el planteamiento que menciona en el Comentario Experiencia. En ambos casos, esta convocante ya ha realizado varios descargos con bases y planteamientos solidos que corresponden a la Capacidad Financiera y la Experiencia requerida, explicando y justificando técnicamente cada uno de los puntos observados.

 

Desde la publicación del pliego 09/06/2022 y hasta la fecha 27/06/2022, han transcurrido 18 (dieciocho) días calendarios y 11 (once) días hábiles y NO HA RECIBIDO ninguna impugnación, por tanto, no se ha producido ningún inconveniente posterior, más que la observación realizada que ha demorado el proceso para realizar la apertura de sobres, postergando el proceso y acrecentando la necesidad de los beneficiarios que urgen que la alimentación ya sea proveída por la necesidad latente que existe en la comunidad.

 

La experiencia en Alimentos preparados en las escuelas y kits escolares conforme a la Resolución del MEC 351/2020 corresponde plenamente, porque buscamos contratar con empresas que cuentan específicamente con esta experiencia, además consideramos que es bastante flexible, en cuanto a permitir que pueda ser demostrado la experiencia en KITS ESCOLARES, es el rubro especifico licitado, además, la convocante solicita esta experiencia debido a que es de conocimiento público los cambios de modalidad que fueron realizados por el MEC en los periodos de pandemia y consideramos que con estos requerimientos estamos ampliando la participación de futuros proveedores y como se observa en el portal desde la publicación de este llamado no hemos recibido ninguna consulta sobres este punto por lo que podemos llegar a una conclusión que no resulta como impedimento de participación a ningún oferente.

 

Tema: CARGA DE DATOS DE LLAMADOS

Descripción: La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.

Comentario: La fecha de visita indicada en el SICP (23/06/2022) se encuentra vencida al momento de solicitar verificación, considerando que la misma posee carácter obligatorio, solicitamos replantear.

En relación a las fechas para la visita, al publicar el presente llamado se ha establecido la fecha de visita para el día 15 de junio de 2022. 

Se ha dado pleno cumplimiento a las reglamentaciones vigentes en cuento a la publicidad y los plazos establecidos, se ha admitido la participación de todos los potenciales oferentes que se han presentado para realizar la misma.

Nuevamente, en fecha 20/06/2022, Hemos recibo observaciones respecto a la fecha establecida para la visita, produciéndose la postergación de la apertura para poner una nueva fecha, la cual se fijó el día 22/06/2022 para realizar la segunda visita. En la fecha mencionada se ha presentado nuevamente los mismos potenciales oferentes, admitiendo toda la documentación presentada.

La fecha indicada en el SICP ya no corresponde, quedando plenamente vigente las dos fechas de visita realizada que fueron los días 15 y 22 de junio del corriente.

Solicitamos el levantamiento de las observaciones respecto al proceso bajo exclusiva responsabilidad de la Municipalidad de Altos ante cualquier tipo de inconvenientes que pueda surgir.

  1. Tema: RECORDATORIO

Descripción: La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

 

Respuesta: Se menciona que los mismos serán tenido en cuenta correctamente por la Convocante

Sin otro motivo en particular, se aprovecha la ocasión para saludarlo cordialmente.

Atentamente

 

 

Juan Andrés Ortega

Encargado UOC

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

Altos, 27 de junio de 2022

 

Señor

Abg. Pablo Seitz Ortiz, Director Nacional de Contrataciones Públicas

 Presente:

El responsable de la U.O.C. en representación de la Municipalidad de Altos, se dirige a Usted a los efectos de  remitir una adenda del llamado PROVISION DE ALMUERZO ESCOLAR BAJO LA MODALIDAD DE ALIMENTOS PREPARADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA CIUDAD DE ALTOS (COCINANDO) PLURIANUAL 2022 Y 2023 de modalidad Concurso de Ofertas N°01/2022 cuyo N° ID es 415.088.

Los mismos se detallan a continuación:

 

SE MODIFICAN:

FECHA TOPE DE CONSULTAS

FECHA E ENTREGA Y APERTURA DE OFERTAS.

 

 

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 5

Altos, 27 de junio de 2022

Señor

Abg. Pablo Seitz Ortiz, Director Nacional de Contrataciones Públicas

Presente:

El responsable de la U.O.C. en representación de la Municipalidad de Altos, se dirige a Usted a los efectos de contestar las observaciones realizadasremitir una adenda del llamado PROVISION DE ALMUERZO ESCOLAR BAJO LA MODALIDAD DE ALIMENTOS PREPARADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA CIUDAD DE ALTOS (COCINANDO) PLURIANUAL 2022 Y 2023 de modalidad Concurso de Ofertas N°01/2022 cuyo N° ID es 415.088.

Los mismos se detallan a continuación:

OBSERVACIONES:

Tema

SE MODIFICAN: CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA

Descripción: Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad financiera podría resultar limitante/excluyente

FECHA TOPE DE CONSULTAS

FECHA E ENTREGA Y APERTURA DE OFERTAS.

Comentario: EXPERIENCIA REQUERIDA: Indican ( demostrable con la presentación de por lo menos un contrato en cada periodo del servicio específico ofertado (Alimentos preparados en las escuelas y kits escolares conforme a la Resolución del MEC 351/2020). Solicitamos replantear el punto a fin de evitar inconvenientes posteriores o posibles impugnaciones, solicitamos replantear el punto.

RESPUESTA/JUSTIFICACIÓN TECNICA:

La observación realizada respecto al Tema Capacidad Financiera es inconsistente con el planteamiento que menciona en el Comentario Experiencia. En ambos casos, esta convocante ya ha realizado varios descargos con bases y planteamientos solidos que corresponden a la Capacidad Financiera y la Experiencia requerida, explicando y justificando técnicamente cada uno de los puntos observados.

Desde la publicación del pliego 09/06/2022 y hasta la fecha 27/06/2022, han transcurrido 18 (dieciocho) días calendarios y 11 (once) días hábiles y NO HA RECIBIDO ninguna impugnación, por tanto, no se ha producido ningún inconveniente posterior, más que la observación realizada que ha demorado el proceso para realizar la apertura de sobres, postergando el proceso y acrecentando la necesidad de los beneficiarios que urgen que la alimentación ya sea proveída por la necesidad latente que existe en la comunidad.

La experiencia en Alimentos preparados en las escuelas y kits escolares conforme a la Resolución del MEC 351/2020 corresponde plenamente, porque buscamos contratar con empresas que cuentan específicamente con esta experiencia, además consideramos que es bastante flexible, en cuanto a permitir que pueda ser demostrado la experiencia en KITS ESCOLARES, es el rubro especifico licitado, además, la convocante solicita esta experiencia debido a que es de conocimiento público los cambios de modalidad que fueron realizados por el MEC en los periodos de pandemia y consideramos que con estos requerimientos estamos ampliando la participación de futuros proveedores y como se observa en el portal desde la publicación de este llamado no hemos recibido ninguna consulta sobres este punto por lo que podemos llegar a una conclusión que no resulta como impedimento de participación a ningún oferente.

Tema: CARGA DE DATOS DE LLAMADOS

Descripción: La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.

Comentario: La fecha de visita indicada en el SICP (23/06/2022) se encuentra vencida al momento de solicitar verificación, considerando que la misma posee carácter obligatorio, solicitamos replantear.

En relación a las fechas para la visita, al publicar el presente llamado se ha establecido la fecha de visita para el día 15 de junio de 2022.

Se ha dado pleno cumplimiento a las reglamentaciones vigentes en cuento a la publicidad y los plazos establecidos, se ha admitido la participación de todos los potenciales oferentes que se han presentado para realizar la misma.

Nuevamente, en fecha 20/06/2022, Hemos recibo observaciones respecto a la fecha establecida para la visita, produciéndose la postergación de la apertura para poner una nueva fecha, la cual se fijó el día 22/06/2022 para realizar la segunda visita. En la fecha mencionada se ha presentado nuevamente los mismos potenciales oferentes, admitiendo toda la documentación presentada.

La fecha indicada en el SICP ya no corresponde, quedando plenamente vigente las dos fechas de visita realizada que fueron los días 15 y 22 de junio del corriente.

Solicitamos el levantamiento de las observaciones respecto al proceso bajo exclusiva responsabilidad de la Municipalidad de Altos ante cualquier tipo de inconvenientes que pueda surgir.

  1. Tema: RECORDATORIO

Descripción: La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema: RECORDATORIO

Descripción: La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Respuesta: Se menciona que los mismos serán tenido en cuenta correctamente por la Convocante

Sin otro motivo en particular, se aprovecha la ocasión para saludarlo cordialmente.

Atentamente

Juan Andrés Ortega

Encargado UOC