Página 24 del PBC Dice: Detección de alambre: El sistema debería ser capaz de detectar un alambre de acero con sección transversal de 1,3 mm detrás de 100 mm de acero en ambos planos, vertical y horizontal.
Consultamos: Para detectar un alambre de sección igual a 1,3 mm se requieren energías mayores de 6 MeV que superan lo requerido por la convocante en su PBC. Solicitamos, respetuosamente, nos aclaren bajo cuáles condiciones se debe detectar este alambre, y consultamos si se aceptarán equipos escáneres que detecten alambre de acero de 3 mm de sección transversal detrás de 100 mm de acero en ambos planos, vertical y horizontal.
Página 24 del PBC Dice: Detección de alambre: El sistema debería ser capaz de detectar un alambre de acero con sección transversal de 1,3 mm detrás de 100 mm de acero en ambos planos, vertical y horizontal.
Consultamos: Para detectar un alambre de sección igual a 1,3 mm se requieren energías mayores de 6 MeV que superan lo requerido por la convocante en su PBC. Solicitamos, respetuosamente, nos aclaren bajo cuáles condiciones se debe detectar este alambre, y consultamos si se aceptarán equipos escáneres que detecten alambre de acero de 3 mm de sección transversal detrás de 100 mm de acero en ambos planos, vertical y horizontal.
Se mantienen los requerimientos establecidos, Detección de alambre: El sistema debería ser capaz de detectar un alambre de acero con sección transversal de 1,3 mm detrás de 100 mm de acero en ambos planos, vertical y horizontal; éstos requerimientos hacen a recomendaciones técnicas de la OMA, SEP 2020. Los estándares ANSI, IEC, ASTM u otras equivalentes, son protocolos estándares de implementación de sistemas, por lo que la presentación del cumplimiento de cualquiera de los mismos será suficiente para cumplir con el requisito.
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10
Procesamiento de imágenes
Página 24 del PBC Dice: Procesamiento de imágenes: El sistema de procesamiento de imágenes debe contar, como mínimo, con:
j) Ecualización de ceniza por histograma;
Consultamos: Respetuosamente, solicitamos aclarar que significa ecualización de ceniza por histograma. No encontramos ese parámetro en especificaciones de escáneres de alta energía. Será que se refieren a ecualización de imágenes por histograma. Solicitamos, respetuosamente, aclarar o cambiar esta especificación.
Página 24 del PBC Dice: Procesamiento de imágenes: El sistema de procesamiento de imágenes debe contar, como mínimo, con:
j) Ecualización de ceniza por histograma;
Consultamos: Respetuosamente, solicitamos aclarar que significa ecualización de ceniza por histograma. No encontramos ese parámetro en especificaciones de escáneres de alta energía. Será que se refieren a ecualización de imágenes por histograma. Solicitamos, respetuosamente, aclarar o cambiar esta especificación.
Mediante Adenda se ajustan los términos del requisito, lo solicitado en el punto j) es: Ecualización de imágenes por histograma.
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11
Dimensión del Arco de escaneo
Página 24 del PBC Dice: Dimensión del Arco de escaneo.
El Licitante especificará los espacios libres en ancho y alto del túnel de escaneo. Los valores deben estar por encima de:
Ancho: mayor a 4 metros
Altura: mayor a 5 metros
Consultamos: El ancho máximo de vehículos de transporte de cargas y contenedores autorizado y permitido basados en normativas emitidas por el MOPC en las rutas y otros caminos del Paraguay es de hasta 2,60 metros de ancho y hasta 4,30 metros de altura. En el PBC la Institución Convocante DNA solicita: ancho mayor de 4 metros y altura mayor de 5 metros. Estas especificaciones técnicas nos parecen excesivas y direccionadas hacia algún escáner de una marca en especial. Esto restringe la participación de otros oferentes y obstaculiza la libre competencia. Respetuosamente solicitamos, respetuosamente, que estas dimensiones se reduzcan a: Ancho mayor de 3,50 metros (90 cm mayor del permitido) y Altura mayor de 4,90 metros (60 cm mayor que del permitido).
Página 24 del PBC Dice: Dimensión del Arco de escaneo.
El Licitante especificará los espacios libres en ancho y alto del túnel de escaneo. Los valores deben estar por encima de:
Ancho: mayor a 4 metros
Altura: mayor a 5 metros
Consultamos: El ancho máximo de vehículos de transporte de cargas y contenedores autorizado y permitido basados en normativas emitidas por el MOPC en las rutas y otros caminos del Paraguay es de hasta 2,60 metros de ancho y hasta 4,30 metros de altura. En el PBC la Institución Convocante DNA solicita: ancho mayor de 4 metros y altura mayor de 5 metros. Estas especificaciones técnicas nos parecen excesivas y direccionadas hacia algún escáner de una marca en especial. Esto restringe la participación de otros oferentes y obstaculiza la libre competencia. Respetuosamente solicitamos, respetuosamente, que estas dimensiones se reduzcan a: Ancho mayor de 3,50 metros (90 cm mayor del permitido) y Altura mayor de 4,90 metros (60 cm mayor que del permitido).
Se mantienen las exigencias establecidas. El escáner demuestra su apertura total (con el brazo extendido) en un sitio autorizado, mientras este en viaje o este en ruta el mismo se encuentra retraído o cerrado por lo que no incumple regla alguna del MOPC. Ante nuestra experiencia, en posición de escaneo y en zona autorizada, con el brazo extendido tuvimos casos en que la carga toca tanto en altura como en ancho al brazo y se tuvo que realizar descargas de parte de las mercaderías, con las dimensiones solicitadas esto no debería ocurrir.
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12
Altura y Angulo de Escaneo
Página 25 del PBC Dice: Altura y Angulo de Escaneo.
a) El sistema debe tener al menos dos alturas de escaneo para permitir el escaneo de vehículos livianos
Consultamos: Si el escáner móvil ofertado tiene una altura del portal de escaneo lo suficientemente baja para escanear vehículos pesados y livianos sin cambiar nada, consideramos eso como una ventaja al disminuir los movimientos del brazo, los ajustes operativos necesarios y los mantenimientos adicionales. Además, al ajustar el portal de inspección para una menor distancia al suelo, se reduce al alto del mismo pudiendo resultar inconveniente para las inspecciones. Este requerimiento, también, parece estar dirigido a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente consultamos si se aceptarán escáneres con una sola altura de escaneo suficientemente baja para vehículos cuya distancia al suelo desde su piso sea menor a 16 cm.
b) El sistema debe tener al menos dos ángulos de escaneo para permitir el escaneo de cargas en diferentes ángulos.
Consultamos: Para tener 2 ángulos de escaneo es necesario tener un generador de rayos X móvil o ajustable. Esto agrega complejidad al equipamiento, mayor número de partes móviles expuestas a desgaste y falla, mayor tiempo de inspección, mayor mantenimiento. Con energía doble pulsante y software inteligente se logra un mismo efecto de imagen con visualización de diferentes ángulos mediante filtros, colores y otros que permiten ver en lugares con contenidos ocultos. Este requerimiento, también, parece estar dirigido a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente, solicitamos, se cambie este requisito a 1 (un) sólo ángulo de escaneo con rayos X de alta energía doble pulsante.
Página 25 del PBC Dice: Altura y Angulo de Escaneo.
a) El sistema debe tener al menos dos alturas de escaneo para permitir el escaneo de vehículos livianos
Consultamos: Si el escáner móvil ofertado tiene una altura del portal de escaneo lo suficientemente baja para escanear vehículos pesados y livianos sin cambiar nada, consideramos eso como una ventaja al disminuir los movimientos del brazo, los ajustes operativos necesarios y los mantenimientos adicionales. Además, al ajustar el portal de inspección para una menor distancia al suelo, se reduce al alto del mismo pudiendo resultar inconveniente para las inspecciones. Este requerimiento, también, parece estar dirigido a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente consultamos si se aceptarán escáneres con una sola altura de escaneo suficientemente baja para vehículos cuya distancia al suelo desde su piso sea menor a 16 cm.
b) El sistema debe tener al menos dos ángulos de escaneo para permitir el escaneo de cargas en diferentes ángulos.
Consultamos: Para tener 2 ángulos de escaneo es necesario tener un generador de rayos X móvil o ajustable. Esto agrega complejidad al equipamiento, mayor número de partes móviles expuestas a desgaste y falla, mayor tiempo de inspección, mayor mantenimiento. Con energía doble pulsante y software inteligente se logra un mismo efecto de imagen con visualización de diferentes ángulos mediante filtros, colores y otros que permiten ver en lugares con contenidos ocultos. Este requerimiento, también, parece estar dirigido a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente, solicitamos, se cambie este requisito a 1 (un) sólo ángulo de escaneo con rayos X de alta energía doble pulsante.
Se mantienen las exigencias establecidas. La posición del brazo no tiene variación, tampoco es requerido un generador de rayos ajustable, lo que se quiere es que la altura de toma de los rayos sea suficiente para escanear desde un vehículo particular o pequeño hasta un vehículo de gran porte con carga incluida. Estas cualidades pueden darse, indistintamente, con el equipo en modo movimiento o estático, con cumplir en uno de los modos se da por cumplido el requisito.
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13
Condiciones de funcionamiento
Página 25 del PBC Dice: Condiciones de funcionamiento: Debe tener la capacidad de operar bajo sol, lluvia, polvo, granizo y ambiente con humedad relativa, no condensable, de hasta 99% -
Consultamos: Respetuosamente consultamos si se aceptarán escáneres de rayos X que funcione con humedad relativa del 95% no condensable. La diferencia con lo requerido no es sustancialmente grande y parece indicar una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03.
Página 25 del PBC Dice: Condiciones de funcionamiento: Debe tener la capacidad de operar bajo sol, lluvia, polvo, granizo y ambiente con humedad relativa, no condensable, de hasta 99% -
Consultamos: Respetuosamente consultamos si se aceptarán escáneres de rayos X que funcione con humedad relativa del 95% no condensable. La diferencia con lo requerido no es sustancialmente grande y parece indicar una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03.
Se mantienen las exigencias establecidas. Paraguay es un país con humedad relativamente alta, más aún en la zona oriental, por lo que el requisito es importante, los equipos deberán tener capacidad de operar con humedad relativa de hasta 99%.
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14
Certificación del fabricante
Página 25 del PBC Dice: Certificación del fabricante: El fabricante deberá presentar con la oferta la certificación de que el software del equipo es integrable con software de terceras partes, es decir, poseer capacidad de integración multimarca, haciendo mención del/los software/s y sus fabricantes. Este requerimiento es exigido, teniendo en cuanta que el formato de imágenes y elementos de administración de las mismas, serán monitoreados a partir de un centro de monitoreo, donde la transferencia de archivos, los campos incluidos en imágenes, tanto de escáneres como de cctv de identificación de contenedores y chapas de vehículos, entre otros datos, deberán poder ser administrados, direccionados e integrados con otros datos de relevancia, como el Sistema Informático de la Aduana, por plataformas de integración de terceros, con capacidad de integración multimarca, sin necesidad de procesos de emulación o conversión de archivos previa integración, todo de ser visualizado en tiempo real.
Consultamos: Técnicamente no existe forma de garantizar la compatibilidad entre protocolos de comunicación, entre marcas diferentes, entre sistemas informáticos diversos, etc., sin antes conocer los parámetros de generación y transmisión de datos involucrados. Todos los fabricantes de escáneres por rayos X tienen software propietario y ninguno conoce la operativa del otro. Enviar los datos a centros de monitoreo no es un gran problema y se puede resolver. Lo mismo sucede con las imágenes, datos de patentes vehiculares y otros de relevancia. Todas las integraciones pueden ser llevadas a cabo siempre que se conozcan los parámetros de comunicación previamente. En consecuencia, este requerimiento es de difícil cumplimiento para la mayoría de los fabricantes, excepto que esté dirigido a un fabricante en específico que ya conoce la estructura informática y los parámetros de comunicaciones e integración. En consecuencia y para permitir la libre competencia y participación de varios oferentes, respetuosamente solicitamos se modifique este requisito y solamente se exija una carta compromiso del oferente y fabricante, presentada con la oferta, garantizando el desarrollo e implementación de todas las integraciones solicitadas, en caso de resultar adjudicado
Página 25 del PBC Dice: Certificación del fabricante: El fabricante deberá presentar con la oferta la certificación de que el software del equipo es integrable con software de terceras partes, es decir, poseer capacidad de integración multimarca, haciendo mención del/los software/s y sus fabricantes. Este requerimiento es exigido, teniendo en cuanta que el formato de imágenes y elementos de administración de las mismas, serán monitoreados a partir de un centro de monitoreo, donde la transferencia de archivos, los campos incluidos en imágenes, tanto de escáneres como de cctv de identificación de contenedores y chapas de vehículos, entre otros datos, deberán poder ser administrados, direccionados e integrados con otros datos de relevancia, como el Sistema Informático de la Aduana, por plataformas de integración de terceros, con capacidad de integración multimarca, sin necesidad de procesos de emulación o conversión de archivos previa integración, todo de ser visualizado en tiempo real.
Consultamos: Técnicamente no existe forma de garantizar la compatibilidad entre protocolos de comunicación, entre marcas diferentes, entre sistemas informáticos diversos, etc., sin antes conocer los parámetros de generación y transmisión de datos involucrados. Todos los fabricantes de escáneres por rayos X tienen software propietario y ninguno conoce la operativa del otro. Enviar los datos a centros de monitoreo no es un gran problema y se puede resolver. Lo mismo sucede con las imágenes, datos de patentes vehiculares y otros de relevancia. Todas las integraciones pueden ser llevadas a cabo siempre que se conozcan los parámetros de comunicación previamente. En consecuencia, este requerimiento es de difícil cumplimiento para la mayoría de los fabricantes, excepto que esté dirigido a un fabricante en específico que ya conoce la estructura informática y los parámetros de comunicaciones e integración. En consecuencia y para permitir la libre competencia y participación de varios oferentes, respetuosamente solicitamos se modifique este requisito y solamente se exija una carta compromiso del oferente y fabricante, presentada con la oferta, garantizando el desarrollo e implementación de todas las integraciones solicitadas, en caso de resultar adjudicado
En el sentido de la consulta aclaramos cuanto sigue: El fabricante deberá garantizar por escrito que su software pueda integrarse a cualquier otro software que la convocante determine pertinente durante la ejecución del contrato y/o mientras el equipo siga activo, y esa condición, no deberá imponer ningún costo para la Dirección Nacional de Aduanas. La DNA pretende integrar la información de escaneo de los equipos a los documentos de despacho aduanero, por lo que será necesario, inicialmente su integración a la base de datos de la DTIC SOFIA, amén de esta cualidad, recordemos que se pretenden adquirir más equipos similares, por lo que, en el caso de que existan varias marcas, los softwares de las distintas marcas deberán poder integrarse, de manera a cumplir con nuestros requerimientos. De lo contrario podríamos encontramos en escenarios donde, o sólo se podría adquirirse o contar con equipos de una sola marca, o pagar costos de interconexión exorbitantes para llegar a nuestros objetivos. Sobre esta base, deberá entenderse como técnicamente indispensable este requerimiento en el llamado. Actualmente ningún equipo de escaneo se encuentra integrado a DTIC SOFIA, y de ninguna manera, ninguna firma cuenta con información relacionada a los formatos y protocolos de interconexión, dado lo susceptible de la información que maneja el sistema informático de recaudación aduanera. En la ejecución del contrato DTIC SOFIA dirigirá la interconexión, y con las exigencias de seguridad nacional que la información de la DNA obliga, en relación a formatos, protocolos y cualquier otro dato necesario para la interconexión, procederá en consecuencia con las firmas proveedoras de los equipos, sin embargo, los costos de desarrollos de software y/o cualquier otro costo relacionado a interconexión, se entenderá incluida en la oferta. Para este punto es importante que el sistema sea compatible con otros sistemas, en este caso los sistemas de la Dirección Nacional de Aduanas, mediante las recomendaciones de la OMA, en el Formato de Archivo Unificado (UFF 2.0, por sus siglas en inglés).
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15
Página 26 del PBC
Página 26 del PBC Dice: La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems:
Ítem 1: Escáner tipo móvil que los mismos se encuentren instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo, Rayos X de Alta Energía para control no intrusivo de cargas, transportes y vehículos de menor porte o pasajeros. Puesta en funcionamiento de los equipos, conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA; y cualquier otra gestión o erogación al efecto).
Consultamos: Solicitamos, respetuosamente, se aclare qué significado técnico tiene la expresión conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA. Estos son equipos móviles que no estarán fijos en el mismo lugar siempre, por lo tanto las conexiones a redes de la DNA no serán constantes si no son proveídas por la misma Institución en cada lugar. Para poder ofertar y cotizar adecuadamente, los oferentes, debemos saber con claridad que requiere la DNA y los parámetros de conexión.
Página 26 del PBC Dice: La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems:
Ítem 1: Escáner tipo móvil que los mismos se encuentren instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo, Rayos X de Alta Energía para control no intrusivo de cargas, transportes y vehículos de menor porte o pasajeros. Puesta en funcionamiento de los equipos, conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA; y cualquier otra gestión o erogación al efecto).
Consultamos: Solicitamos, respetuosamente, se aclare qué significado técnico tiene la expresión conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA. Estos son equipos móviles que no estarán fijos en el mismo lugar siempre, por lo tanto las conexiones a redes de la DNA no serán constantes si no son proveídas por la misma Institución en cada lugar. Para poder ofertar y cotizar adecuadamente, los oferentes, debemos saber con claridad que requiere la DNA y los parámetros de conexión.
Cada puesto debidamente habilitado por la Dirección Nacional de Aduanas, deberá contar con el puesto de red, en el caso de lugares remotos o no se tenga internet, el hardware del equipo deberá ser capaz almacenar y transmitir apenas cuente con señal de red o wifi si fuese el caso. La conexión al centro de monitoreo será vía red institucional.
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16
Requerimiento para el fabricante
Página 20 del PBC Dice: Experiencia requerida:
Requerimiento para el fabricante: Demostrar experiencia en haber suministrado (instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento) exitosamente al menos 1 (Una) Unidad móvil de equipo con tecnología similar, equipos considerados de alta energía (equipos de rayos x de seguridad, en esta exigencia no se tendrán como válidas experiencias de equipos de rayos x de uso médico), en áreas de control de carga en entidades públicas y/o privadas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2018, 2019, 2020, 2021, y 2022.
Consulta: Respetuosamente consultamos si se aceptarán experiencias técnicas en haber suministrado (instalación, puesta en funcionamiento, y mantenimiento) exitosamente de al menos 1 (una) unidad escáner por rayos X de alta energía en cualquiera de sus tipos: móvil, portal fijo, o portal gantry, en áreas de control de carga en entidades públicas y/o privadas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2018, 2019, 2020, 2021, y 2022.
Página 20 del PBC Dice: Experiencia requerida:
Requerimiento para el fabricante: Demostrar experiencia en haber suministrado (instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento) exitosamente al menos 1 (Una) Unidad móvil de equipo con tecnología similar, equipos considerados de alta energía (equipos de rayos x de seguridad, en esta exigencia no se tendrán como válidas experiencias de equipos de rayos x de uso médico), en áreas de control de carga en entidades públicas y/o privadas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2018, 2019, 2020, 2021, y 2022.
Consulta: Respetuosamente consultamos si se aceptarán experiencias técnicas en haber suministrado (instalación, puesta en funcionamiento, y mantenimiento) exitosamente de al menos 1 (una) unidad escáner por rayos X de alta energía en cualquiera de sus tipos: móvil, portal fijo, o portal gantry, en áreas de control de carga en entidades públicas y/o privadas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años 2018, 2019, 2020, 2021, y 2022.
El requerimiento se cumple al demostrar haber suministrado (instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento) exitosamente de al menos 1 (Una) Unidad móvil de equipo con tecnología similar, no se podrán validar como experiencia portales fijos o gantry, y deberán haberse provistos con precios equivalentes al 50% del monto total ofertado.
Documentos Adjuntos:
17
Termino Fabricante o Distribuidor
Solicitamos respetuosamente, que en todos los casos donde se requiera ya sea experiencia del Fabricante, se pueda aceptar la experiencia del Distribuidor autorizado para el Mercosur, que a su vez presente al oferente ante la DNA
Solicitamos respetuosamente, que en todos los casos donde se requiera ya sea experiencia del Fabricante, se pueda aceptar la experiencia del Distribuidor autorizado para el Mercosur, que a su vez presente al oferente ante la DNA
En el presente proceso la experiencia requerida es para el fabricante, por lo que aclaramos, la experiencia de distribuidores y/o representantes también hacen a la experiencia del fabricante, en éstos casos el oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones y/o documentaciones hasta el fabricante o productor de los equipos, para calificar el requisito.
Documentos Adjuntos:
18
Adjudicación y Contrato
En el Ítem de Adjudicación y Contrato, está estipulado de Anticipo solo del 8%
Consulta: Se solicita un mayor porcentaje, por ejemplo, con un anticipo del 50%, dado el monto de inversión que significa, el Estado tiene mayor liquides y no trasladar el financiamiento a empresas privadas que justamente esperamos operar con el estado para obtener estos montos de facturación
En el Ítem de Adjudicación y Contrato, está estipulado de Anticipo solo del 8%
Consulta: Se solicita un mayor porcentaje, por ejemplo, con un anticipo del 50%, dado el monto de inversión que significa, el Estado tiene mayor liquides y no trasladar el financiamiento a empresas privadas que justamente esperamos operar con el estado para obtener estos montos de facturación
El porcentaje establecido para el anticipo hace a los recursos actuales disponibles de la institución, y se encuentra dentro de los parámetros establecidos en la reglamentación, por lo que se mantienen las condiciones en éste sentido.