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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 01

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 05/2022

"ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO"

ID N° 410217

Asunción, 05 de abril de 2022

La SENAD, Institución convocante del proceso de llamado con ID N° 410217 "ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO" y de conformidad al Artículo N° 22 de la Ley N° 2051/03 inciso b y el Decreto N° 2992/2019 que reglamenta la citada Ley, en uso de sus atribuciones emite la siguiente adenda con el objeto de modificar en el SICP la fecha tope de recepción y apertura de sobres.

Los puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 02

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 05/2022

"ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO"

ID N° 410217

Asunción, 04 de abril de 2022

La SENAD, Institución convocante del proceso de llamado con ID N° 410217 "ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO" y de conformidad al Artículo N° 22 de la Ley N° 2051/03 inciso b y el Decreto N° 2992/2019 que reglamenta la citada Ley, en uso de sus atribuciones emite la siguiente adenda con el objeto de modificar en el SICP la fecha tope de recepción y apertura de sobres.

Los puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 0102

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 05/2022

"ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO"

ID N° 410217

Asunción, 0504 de abril de 2022

La SENAD, Institución convocante del proceso de llamado con ID N° 410217 "ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO" y de conformidad al Artículo N° 22 de la Ley N° 2051/03 inciso b y el Decreto N° 2992/2019 que reglamenta la citada Ley, en uso de sus atribuciones emite la siguiente adenda con el objeto de modificar en el SICP la fecha tope de recepción y apertura de sobres.

Los puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.