Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
a. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso;
b. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales;
c. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria;
d. Acreditación del pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales;
e. Planilla de marcación de entrada y salida de los empleados de la empresa a la institución contratante.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El encargado de la División de Administración de Contratos deberá emitir el Informe del servicio prestado, que será firmada por representante de la empresa contratada y el Jefe de la División de Servicios Generales.
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección de Administración y Finanzas de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social DIBEN, de acuerdo al plan de caja asignado por el Ministerio de Hacienda y dentro del plazo de establecido.
De las facturas presentadas se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducidos los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 267 de la Ley N° 6672/2020 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 De Contrataciones Públicas
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
a. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso;
b. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales;
c. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria;
d. Acreditación del pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales;
e. Planilla de marcación de entrada y salida de los empleados de la empresa a la institución contratante.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El encargado de la División de Administración de Contratos deberá emitir el Informe del servicio prestado, que será firmada por representante de la empresa contratada y el Jefe de la División de Servicios Generales.
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección de Administración y Finanzas de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social DIBEN, de acuerdo al plan de caja asignado por el Ministerio de Hacienda y dentro del plazo de establecido.
De las facturas presentadas se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducidos los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 267 de la Ley N° 6672/2020 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 De Contrataciones Públicas
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:
a. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso;
b. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales;
c. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria;
d. Acreditación del pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales;
e. Planilla de marcación de entrada y salida de los empleados de la empresa a la institución contratante.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El encargado de la División de Administración de Contratos deberá emitir el Informe del servicio prestado, que será firmada por representante de la empresa contratada y el Jefe de la División de Servicios Generales.
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección de Administración y Finanzas de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social DIBEN, de acuerdo al plan de caja asignado por el Ministerio de Hacienda y dentro del plazo de establecido.
De las facturas presentadas se retendrá el equivalente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) sobre el importe de la misma, deducidos los impuestos correspondientes, conforme a lo establecido en el Art. 267 de la Ley N° 6672/2020 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, que modifica el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 De Contrataciones Públicas
3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La Contratante podrá reajustar los precios de los bienes/servicios descriptos en las planillas de precios adjudicados, a pedido expreso de la adjudicataria, siempre y cuando exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (BCP), en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) con relación a los datos correspondientes a la fecha de apertura de ofertas.
Para tal efecto, el adjudicado deberá presentar a la Administradora del Contrato su solicitud por escrito y acompañado de las documentaciones respaldatorias que justifiquen su pedido, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo la variación que lo habilita a solicitar el reajuste.
Fórmula:
R = P 0 ( S 1 - 1) % MO
S 0
Donde:
R : Reajuste
P0 : Precio Unitario Ofertado
S1 : Salario Mínimo Legal vigente de la fecha en que entre en vigencia la disposición oficial del aumento.
S0 : Salario Mínimo Legal vigente a la fecha de apertura de ofertas.
% MO : Tanto por ciento indicado en la lista de precios que corresponde al componente de mano de obra de precio total ofertado.
No se reconocerán reajustes de precios si la prestación se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La Contratante podrá reajustar los precios de los bienes/servicios descriptos en las planillas de precios adjudicados, a pedido expreso de la adjudicataria, siempre y cuando exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (BCP), en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) con relación a los datos correspondientes a la fecha de apertura de ofertas.
Para tal efecto, el adjudicado deberá presentar a la Administradora del Contrato su solicitud por escrito y acompañado de las documentaciones respaldatorias que justifiquen su pedido, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo la variación que lo habilita a solicitar el reajuste.
Fórmula:
R = P 0 ( S 1 - 1) % MO
S 0
Donde:
R : Reajuste
P0 : Precio Unitario Ofertado
S1 : Salario Mínimo Legal vigente de la fecha en que entre en vigencia la disposición oficial del aumento.
S0 : Salario Mínimo Legal vigente a la fecha de apertura de ofertas.
% MO : Tanto por ciento indicado en la lista de precios que corresponde al componente de mano de obra de precio total ofertado.
No se reconocerán reajustes de precios si la prestación se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La Contratante podrá reajustar los precios de los bienes/servicios descriptos en las planillas de precios adjudicados, a pedido expreso de la adjudicataria, siempre y cuando exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay (BCP), en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) con relación a los datos correspondientes a la fecha de apertura de ofertas.
Para tal efecto, el adjudicado deberá presentar a la Administradora del Contrato su solicitud por escrito y acompañado de las documentaciones respaldatorias que justifiquen su pedido, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo la variación que lo habilita a solicitar el reajuste.
Fórmula:
R = P 0 ( S 1 - 1) % MO
S 0
Donde:
R : Reajuste
P0 : Precio Unitario Ofertado
S1 : Salario Mínimo Legal vigente de la fecha en que entre en vigencia la disposición oficial del aumento.
S0 : Salario Mínimo Legal vigente a la fecha de apertura de ofertas.
% MO : Tanto por ciento indicado en la lista de precios que corresponde al componente de mano de obra de precio total ofertado.
No se reconocerán reajustes de precios si la prestación se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.
Inspecciones y fiscalizaciones
Las inspecciones y fiscalizaciones serán como se indica a continuación:
La Contratante estará representada ante el Contratista, en todo lo que se refiera a la verificación sobre la correcta ejecución de los servicios contratados, por el Departamento Administrativo y/o la División de Servicios Generales, Transporte y Seguridad o la persona designada para tal efecto, una vez por semana; sobre el cual se emitirán informes mensuales.
El proveedor deberá velar que el personal a su cargo realice las funciones con el debido cuidado, ajustándose y ciñéndose a las disposiciones del pliego de bases y condiciones.
Será responsabilidad del proveedor, efectuar la coordinación, supervisión y exigencia del cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato de acuerdo a lo detallado en las condiciones contractuales. Para este fin la contratante dispondrá de un libro o cuaderno de Registro de Novedades, donde se asentarán las quejas y observaciones encontradas sobre la calidad de los servicios prestados.
Igualmente, el proveedor deberá disponer que en el lugar de prestación de los servicios obre la nómina completa y actualizada de los agentes asignados a cada turno y lugar de guardia, la cual estará a disposición de la contratante y de los organismos de control para las eventuales inspecciones, fiscalizaciones o verificaciones de la ejecución del contrato.
La contratante realizará la supervisión y fiscalización del cumplimiento de los servicios contratados, pudiendo designar para el efecto un administrador del contrato. La relación entre la contratante y el proveedor será por escrito, en los casos de sugerencias, reclamos y/o observaciones respecto a la calidad de las prestaciones contratadas. El proveedor contará con un plazo de 3 días para responder por escrito a cada una de estas situaciones.
Igualmente, la comunicación antes mencionada será válida a través de los asientos realizados en el libro de novedades operado por el administrador del contrato u otro documento emanado por la contratante.
El proveedor acepta que la realización de inspecciones de los servicios, ni la presencia de la contratante o de su representante lo eximirá de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
Inspecciones y fiscalizaciones
Las inspecciones y fiscalizaciones serán como se indica a continuación:
La Contratante estará representada ante el Contratista, en todo lo que se refiera a la verificación sobre la correcta ejecución de los servicios contratados, por el Departamento Administrativo y/o la División de Servicios Generales, Transporte y Seguridad o la persona designada para tal efecto, una vez por semana; sobre el cual se emitirán informes mensuales.
El proveedor deberá velar que el personal a su cargo realice las funciones con el debido cuidado, ajustándose y ciñéndose a las disposiciones del pliego de bases y condiciones.
Será responsabilidad del proveedor, efectuar la coordinación, supervisión y exigencia del cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato de acuerdo a lo detallado en las condiciones contractuales. Para este fin la contratante dispondrá de un libro o cuaderno de Registro de Novedades, donde se asentarán las quejas y observaciones encontradas sobre la calidad de los servicios prestados.
Igualmente, el proveedor deberá disponer que en el lugar de prestación de los servicios obre la nómina completa y actualizada de los agentes asignados a cada turno y lugar de guardia, la cual estará a disposición de la contratante y de los organismos de control para las eventuales inspecciones, fiscalizaciones o verificaciones de la ejecución del contrato.
La contratante realizará la supervisión y fiscalización del cumplimiento de los servicios contratados, pudiendo designar para el efecto un administrador del contrato. La relación entre la contratante y el proveedor será por escrito, en los casos de sugerencias, reclamos y/o observaciones respecto a la calidad de las prestaciones contratadas. El proveedor contará con un plazo de 3 días para responder por escrito a cada una de estas situaciones.
Igualmente, la comunicación antes mencionada será válida a través de los asientos realizados en el libro de novedades operado por el administrador del contrato u otro documento emanado por la contratante.
El proveedor acepta que la realización de inspecciones de los servicios, ni la presencia de la contratante o de su representante lo eximirá de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
Inspecciones y fiscalizaciones
Las inspecciones y fiscalizaciones serán como se indica a continuación:
La Contratante estará representada ante el Contratista, en todo lo que se refiera a la verificación sobre la correcta ejecución de los servicios contratados, por el Departamento Administrativo y/o la División de Servicios Generales, Transporte y Seguridad o la persona designada para tal efecto, una vez por semana; sobre el cual se emitirán informes mensuales.
El proveedor deberá velar que el personal a su cargo realice las funciones con el debido cuidado, ajustándose y ciñéndose a las disposiciones del pliego de bases y condiciones.
Será responsabilidad del proveedor, efectuar la coordinación, supervisión y exigencia del cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato de acuerdo a lo detallado en las condiciones contractuales. Para este fin la contratante dispondrá de un libro o cuaderno de Registro de Novedades, donde se asentarán las quejas y observaciones encontradas sobre la calidad de los servicios prestados.
Igualmente, el proveedor deberá disponer que en el lugar de prestación de los servicios obre la nómina completa y actualizada de los agentes asignados a cada turno y lugar de guardia, la cual estará a disposición de la contratante y de los organismos de control para las eventuales inspecciones, fiscalizaciones o verificaciones de la ejecución del contrato.
La contratante realizará la supervisión y fiscalización del cumplimiento de los servicios contratados, pudiendo designar para el efecto un administrador del contrato. La relación entre la contratante y el proveedor será por escrito, en los casos de sugerencias, reclamos y/o observaciones respecto a la calidad de las prestaciones contratadas. El proveedor contará con un plazo de 3 días para responder por escrito a cada una de estas situaciones.
Igualmente, la comunicación antes mencionada será válida a través de los asientos realizados en el libro de novedades operado por el administrador del contrato u otro documento emanado por la contratante.
El proveedor acepta que la realización de inspecciones de los servicios, ni la presencia de la contratante o de su representante lo eximirá de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
Homologación de contrato. Prohibición de contratos de aprendizaje y periodo de prueba. Seguro social
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la homologación de los contratos suscritos con sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios es de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados desde el día siguiente de la firma del contrato.
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la nómina sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios al Instituto de Previsión Social es de 30 (Treinta) días desde el día siguiente de la firma del contrato.
En caso de la sustitución de uno o más trabajadores conforme a las disposiciones establecidas en las especificaciones técnicas, la homologación del contrato será presentada a la contratante en el mismo plazo, una vez aceptada la sustitución por la contratante.
Suscrito el contrato, el proveedor deberá entregar dentro del plazo señalado, la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del contrato de trabajo celebrado entre el trabajador asignado a la prestación de los servicios y el proveedor, así como la incorporación del personal asignado al contrato en la Seguridad Social (IPS). El requerimiento será realizado por la contratante mediante nota escrita al proveedor.
El trabajador a ser contratado no deberá hallarse durante el periodo de prueba previsto en el artículo 58 y siguientes del Código del Trabajo, y tampoco se encontrará prestando servicios bajo la modalidad de Contrato de Aprendizaje.
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente cláusula constituye causal de incumplimiento de contrato.
Homologación de contrato. Prohibición de contratos de aprendizaje y periodo de prueba. Seguro social
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la homologación de los contratos suscritos con sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios es de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados desde el día siguiente de la firma del contrato.
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la nómina sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios al Instituto de Previsión Social es de 30 (Treinta) días desde el día siguiente de la firma del contrato.
En caso de la sustitución de uno o más trabajadores conforme a las disposiciones establecidas en las especificaciones técnicas, la homologación del contrato será presentada a la contratante en el mismo plazo, una vez aceptada la sustitución por la contratante.
Suscrito el contrato, el proveedor deberá entregar dentro del plazo señalado, la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del contrato de trabajo celebrado entre el trabajador asignado a la prestación de los servicios y el proveedor, así como la incorporación del personal asignado al contrato en la Seguridad Social (IPS). El requerimiento será realizado por la contratante mediante nota escrita al proveedor.
El trabajador a ser contratado no deberá hallarse durante el periodo de prueba previsto en el artículo 58 y siguientes del Código del Trabajo, y tampoco se encontrará prestando servicios bajo la modalidad de Contrato de Aprendizaje.
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente cláusula constituye causal de incumplimiento de contrato.
Homologación de contrato. Prohibición de contratos de aprendizaje y periodo de prueba. Seguro social
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la homologación de los contratos suscritos con sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios es de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados desde el día siguiente de la firma del contrato.
El plazo otorgado al proveedor para la presentación de la nómina sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios al Instituto de Previsión Social es de 30 (Treinta) días desdedesde el día siguiente de la firma del contrato.
En caso de la sustitución de uno o más trabajadores conforme a las disposiciones establecidas en las especificaciones técnicas, la homologación del contrato será presentada a la contratante en el mismo plazo, una vez aceptada la sustitución por la contratante.
Suscrito el contrato, el proveedor deberá entregar dentro del plazo señalado, la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del contrato de trabajo celebrado entre el trabajador asignado a la prestación de los servicios y el proveedor, así como la incorporación del personal asignado al contrato en la Seguridad Social (IPS). El requerimiento será realizado por la contratante mediante nota escrita al proveedor.
El trabajador a ser contratado no deberá hallarse durante el periodo de prueba previsto en el artículo 58 y siguientes del Código del Trabajo, y tampoco se encontrará prestando servicios bajo la modalidad de Contrato de Aprendizaje.
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente cláusula constituye causal de incumplimiento de contrato.
