Secciones
Versión 9
Versión 10
Diferencias entre las versiones 9 y 10
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
TERCERA ACTA DE APERTURA
CONTRATACIÓN DIRECTA - ID 408748
SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022
En la Ciudad de Fernando de la Mora, a los diez y ocho días del mes de abril del año dos mil veinte y dos, siendo las 09:10 horas se reúnen, en el Instituto Nacional de Estadística (INE), situada en las Calles Naciones Unidas y Centeno Zona Norte de Fernando de la Mora, el Lic. Alexis González Sandoval, Coordinador de la UOC, en representación del Instituto Nacional de Estadística (INE); ; con el objeto de proceder a la Apertura de Sobre que hace relación al llamado, CONTRATACIÓN DIRECTA - ID 408748; SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022; en la que se presenta dos ofertas correspondientes a:
- LOCALIZA PARAGUAY S.A. RUC N° 80018668-0
- WARRIOR S.A. RUC N° 80056565-7
Y no habiendo la cantidad mínima de oferentes se procede a la entrega de los sobres ofertas sin abrir a los representantes de los dos oferentes, para su prorroga según lo establecido en la ...Ley 2051/2003 en su Capítulo Quinto. Contratación Directa Artículo 34.- Procedimiento c) para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente, atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate, salvo que, por la naturaleza de los bienes o los servicios o los fines que se persigan con la contratación, no sea posible contar con el número indicado de oferentes, en cuyo caso, bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, de la entidad o de la municipalidad, se podrá hacer la contratación directa sin necesidad de ese mínimo de ofertas, debiendo en todo caso asegurar al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación;
Se prorroga para una segunda apertura en concordancia RESOLUCIÓN DNCP N° 5695/2019, CAPITULO VII PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS: ARTÍCULO 30. Cantidad mínima de oferentes. En las Contrataciones Directas en las cuales no se contare con un mínimo de tres oferentes en el acto público de apertura de ofertas, la autoridad competente del Organismo, Entidad o Municipalidad, bajo su exclusiva responsabilidad podrá disponer si lo considera pertinente, la prórroga del tiempo límite para presentar ofertas o en su caso, la evaluación de las que se hubieren presentado, sin necesidad de contar con el mínimo de oferentes indicado, de conformidad a lo dispuesto en el inc. c del art. 34 de la Ley N° 2051/03, siempre que éste último esté debidamente justificado. Si en la segunda fecha prevista para la apertura de sobres no se contare con el número mínimo de oferentes, se podrá proceder a una última prórroga, luego de lo cual la convocante abrirá y evaluará todas las ofertas presentadas, de conformidad lo dispuesto en los artículos 26 y 28 de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones.
Sin otro tema a tratar se levanta la sesión siendo las 09:20 horas, firmando los presentes en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-----------------------------------------------------
LIC. ALEXIS GONZÁLEZ SANDOVAL |
COORDINADOR UOC-INE |
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Fernando de la Mora, 03 de mayo de 2022.
ADENDA N° 06 - ID 408748
Contratación Directa SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022.
A LOS OFERENTES:
Se modifican las fechas de Entrega, y Consulta de la Apertura Física de la ofertas quedando conforme a lo establecido en SISTEMA DE INFORMACION DE CONTRATACIONES PUBLICAS (SICP).
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
TERCERA ACTA DE APERTURAFernando de la Mora, 03 de mayo de 2022.
ADENDA N° 06 - CONTRATACIÓN DIRECTA - ID 408748ID 408748
SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022Contratación Directa SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022.
En la Ciudad de Fernando de la Mora, a los diez y ocho días del mes de abril del año dos mil veinte y dos, siendo las 09A LOS OFERENTES:10 hora s se reúnen, en el Instituto Nacional de Estadística (INE), situada en las Calles Naciones Unidas y Centeno Zona Norte de Fernando de la Mora, el Lic. Alexis González Sandoval, Coordinador de la UOC, en representación del Instituto Nacional de Estadística (INE); ; con el objeto de proceder a la Apertura de Sobre que hace relación al llamado, CONTRATACIÓN DIRECTA - ID 408748; SERVICIO DE RASTREO SATÉLITAL PARA VEHICULOS 2022; en la que se presenta dos ofertas correspondientes a:
LOCALIZA PARAGUAY S.A. RUC N° 80018668-0WARRIOR S.A. RUC N° 80056565-7
Y no habiendo la cantidad mínima de oferentes se procede a la entrega de los sobres ofertas sin abrir a los representantes de los dos oferentes, para su prorroga según lo establecido en la ...Ley 2051/2003 en su Capítulo Quinto. Contratación Directa Artículo 34.- Procedimiento c) para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente, atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate, salvo que, por la naturaleza de los bienes o los servicios o los fines que se persigan con la contratación, no sea posible contar con el número indicado de oferentes, en cuyo caso, bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, de la entidad o de la municipalidad, se podrá hacer la contratación directa sin necesidad de ese mínimo de ofertas, debiendo en todo caso asegurar al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación;
Se prorroga para una segunda apertura en concordancia RESOLUCIÓN DNCP N° 5695/2019, CAPITULO VII PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS: ARTÍCULO 30. Cantidad mínima de oferentes. En las Contrataciones Directas en las cuales no se contare con un mínimo de tres oferentes en el acto público de apertura de ofertas, la autoridad competente del Organismo, Entidad o Municipalidad, bajo su exclusiva responsabilidad podrá disponer si lo considera pertinente, la prórroga del tiempo límite para presentar ofertas o en su caso, la evaluación de las que se hubieren presentado, sin necesidad de contar con el mínimo de oferentes indicado, de conformidad a lo dispuesto en el inc. c del art. 34 de la Ley N° 2051/03, siempre que éste último esté debidamente justificado. Si en la segunda fecha prevista para la apertura de sobres no se contare con el número mínimo de oferentes, se podrá proceder a una última prórroga, luego de lo cual la convocante abrirá y evaluará todas las ofertas presentadas, de conformidad lo dispuesto en los artículos 26 y 28 de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones.
Sin otro tema a tratar se levanta la sesión siendo las 09:20 horas, firmando los presentes en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-----------------------------------------------------
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Se modifican las fechas de Entrega, y Consulta de la Apertura Física de la ofertas quedando conforme a lo establecido en SISTEMA DE INFORMACION DE CONTRATACIONES PUBLICAS (SICP).
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.