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Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

PRECIOS REFERENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ESCRIBANÍA ID N° 408.545

N° de ÍTEM

DETALLE

ESPECIFICACIONES TECNICAS

UNIDAD DE MEDIDA

CANT.

PRESENTACIÓN

1

Servicio de Escribanía

Acta dentro del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

2

Servicio de Escribanía

Acta fuera del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

3

Servicio de Escribanía

Autenticación de documentos

Unidad

1

EVENTO

4

Servicio de Escribanía

Certificación de firmas

Unidad

1

EVENTO

5

Servicio de Escribanía

Consultas profesionales

Unidad

1

EVENTO

6

Servicio de Escribanía

Expedición de testimonio

Unidad

1

EVENTO

7

Servicio de Escribanía

Poder especial con inscripción

Unidad

1

EVENTO

8

Servicio de Escribanía

Poder especial sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

9

Servicio de Escribanía

Poder general con inscripción

Unidad

1

EVENTO

10

Servicio de Escribanía

Poder general sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

11

Servicio de Escribanía

Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.)

Unidad

1

EVENTO

12

Servicio de Escribanía

Revocación de poder

Unidad

1

EVENTO

13

Servicio de Escribanía

Certificados registrales

Unidad

1

EVENTO

14

Servicio de Escribanía

Certificados catastrales

Unidad

1

EVENTO

15

Servicio de Escribanía

Gestiones de Chapas extraviadas

Unidad

1

EVENTO

16

  Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad

1

EVENTO

17

Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de vehículo

Unidad

1

EVENTO

 

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA ESCUELA JUDICIAL.

OBJETO

El presente requerimiento para la contratación de Servicios de Escribanía, es realizado a efectos de disponer del servicio de escribanía ante eventos y gestiones institucionales necesarios para la prosecución de las tareas académicas, administrativas y legales que el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL requiera.

Horario de las actividades: de 06:00 a 19 horas, aproximadamente.

  • Proceso de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.
  • Proceso de inscripciones online correspondientes a los Diplomados del Programa de Formación Continua, conforme al calendario académico de la institución.
  • Proceso de aplicación online de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial y proceso online de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.

Las tareas a realizarse se detallan a continuación:

Proceso de multicopiado de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos a ser aplicada a los postulantes habilitados, en particular el registro de los siguientes actos: 

  • Presencia física en el lugar de multicopiado de las pruebas durante todo el tiempo requerido para el multicopiado de los cuadernillos de pruebas a ser aplicados a los postulantes.
  • Registro de todas las personas presentes en el recinto de trabajo, durante el proceso de multicopiado de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro de entrega de pruebas a ser multicopiadas a los responsables del copiado en el local asignado por la Escuela Judicial.
  • Verificación de los equipos de multicopiado a ser utilizados.
  • Registro de organización y preparación de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes y otros pertinentes.
  • Guarda y custodia de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación hasta el momento de su entrega.

Proceso de aplicación de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos en particular el registro de los siguientes actos y Proceso de aplicación de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial.

  • Verificación y registro de identidad de integrantes de equipos de evaluación: Coordinadores y Aplicadores.
  • Registro y entrega de materiales a Coordinadores de los equipos de evaluación conteniendo: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes, útiles y otros pertinentes.
  • Recorrido por las salas habilitadas para registrar los cuadernillos de pruebas sobrantes y su introducción en sobres lacrados para su posterior entrega, por el Docente responsable de aplicación.
  • Registro de incidentes ocurridos durante el proceso de aplicación de las pruebas o validación de actas redactadas por Coordinadores de equipos de evaluación.
  • Registro de recepción de hojas de respuestas válidas completados por los postulantes en cada una de las sedes de Aplicación, junto con los cuadernillos de pruebas y planilla de registro de asistencia de los postulantes.

Registro de corrección electrónica de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos, y entrega de las planillas de resultados a la Escuela Judicial en particular los siguientes actos:

  • Registro del proceso de corrección electrónica de las pruebas y sus incidentes.
  • Revisión, registro y guarda de planillas de resultados de las pruebas aplicadas, en formato impreso.
  • Registro del proceso de entrega de planillas de resultados en formato digital (PDF).
  • Registro del proceso de destrucción de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro del proceso de revisión de las pruebas, solicitadas por los postulantes.
  • Cierre y entrega de acta notarial al Consejo de la Magistratura Escuela Judicial.

El escribano/a adjudicada deberá prestar el servicio de escribanía conforme a la necesidad del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL, en todo el proceso la empresa o escribano independiente deberá observar los más altos puntos de ética y confidencialidad en el manejo de la documentación e información; deberá contemplar todas las gestiones o trabajos necesarios hasta la obtención de los servicios requeridos.

La metodología a ser utilizada para la protocolización de Escrituras de transferencias de inmuebles u vehículos, deberá ser constituida de la siguiente manera:

1. Procedimientos Administrativos: El escribano observará y utilizará procedimientos estándares en cuanto al manejo de los datos e información obtenidos de la Convocante para la gestión de: Protocolización de Escrituras, las Escrituras Públicas de transferencia de inmuebles, transferencia de Vehículos y gestiones de extravío de chapas.

2. Procedimientos Operativos: El escribano deberá disponer de un sistema de seguimiento a fin de una correcta complementación de los trabajos administrativos con las tareas de campo requeridas. A tal efecto compondrá un esquema de trabajo de tal forma que esté en condiciones de realizar el relevamiento de datos en la institución sin que afecte probables tareas normales de la Institución.

En conjunto se establece los siguientes puntos o tareas a ejecutarse: Recopilación de datos Verificación de documentación disponible. Análisis, Ajustes y Rectificación según se requiera. Servicio de Mensura, en caso de ser requeridos para la obtención de la titulación de los inmuebles. Presentación en los Registros Públicos de los documentos necesarios para Registro de Escritura. Asistencia y Seguimiento en los servicios requeridos.

El párrafo citado precedentemente se aplicará únicamente para las transferencias y/o titulación de inmuebles y/o vehículos en la cual el Consejo de la Magistratura - Escuela Judicial intervenga con otro Organismo del Estado, se reembolsarán al profesional solamente los gastos en concepto de gastos administrativos y tasas judiciales.

OBSERVACIONES: Según lo establecido en la Ley N° 223/93 QUE CREA LA ESCRIBANÍA MAYOR DE GOBIERNO Y SU MODIFICATORIA, LEY N° 1.651/00, en el Art. 12, establece: Los actos y contratos que estén previstos en esta ley, serán formalizados ante los Escribanos de Registro, a elección de la parte privada contratante de una lista presentada por el Colegio de Escribanos del Paraguay anualmente.

Los actos en los cuales el Estado formalice contratos, quedan liberados del pago de honorarios y gastos. El Notario del Registro actuante percibirá de los contratantes con los Poderes del Estado, hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los aranceles y gastos previstos en la Ley N° 1.307/87 DE ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, en caso que intervengan dos Poderes del Estado, se reembolsarán solamente los gastos.

Según lo establecido en la Ley N° 6469 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, en el Art. 155, Autorizase a los Organismos y Entidades del Estado (OEE), Sociedades Anónimas con Participación Accionaria Mayoritaria del Estado y Municipalidades, en los procedimientos que tengan por objeto la contratación de servicios profesionales, a admitir y adjudicar ofertas cuyos precios sean más beneficiosas para la institución

Los precios ofertados deberán ajustarse a los jornales mínimos establecidos en la Ley N° 1307/87 Arancel del Notario Público.

Para los Ítems N° 16 y 17 deberán cotizar con el valor de 1, solo a efectos del llenado de la lista de los precios del Formulario de Oferta, en razón de que los valores de dichos servicios, serán establecidos posteriormente tomando como base al valor de los bienes a ser transferidos, para aplicar los porcentajes correspondientes conforme a la escala establecida en el Art. 4° de la Ley N° 1307/87 DEL ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, según corresponda para cada evento.

COMPOSICIÓN DE PRECIOS

En el precio cotizado deberán estar incluidos todos los gastos de cualquier naturaleza referente a esta Contratación, y demás servicios conexos. Impuestos y otros costos. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL no reconocerá ningún ajuste en los precios presentados en la planilla de cotización de precios, salvo por cláusulas de reajuste.

MODALIDAD DEL CONTRATO

Contrato Abierto.

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

PRECIOS REFERENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ESCRIBANÍA ID N° 408.545

N° de ÍTEM

DETALLE

ESPECIFICACIONES TECNICAS

UNIDAD DE MEDIDA

CANT.

PRESENTACIÓN

1

Servicio de Escribanía

Acta dentro del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

2

Servicio de Escribanía

Acta fuera del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

3

Servicio de Escribanía

Autenticación de documentos

Unidad

1

EVENTO

4

Servicio de Escribanía

Certificación de firmas

Unidad

1

EVENTO

5

Servicio de Escribanía

Consultas profesionales

Unidad

1

EVENTO

6

Servicio de Escribanía

Expedición de testimonio

Unidad

1

EVENTO

7

Servicio de Escribanía

Poder especial con inscripción

Unidad

1

EVENTO

8

Servicio de Escribanía

Poder especial sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

9

Servicio de Escribanía

Poder general con inscripción

Unidad

1

EVENTO

10

Servicio de Escribanía

Poder general sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

11

Servicio de Escribanía

Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.)

Unidad

1

EVENTO

12

Servicio de Escribanía

Revocación de poder

Unidad

1

EVENTO

13

Servicio de Escribanía

Certificados registrales

Unidad

1

EVENTO

14

Servicio de Escribanía

Certificados catastrales

Unidad

1

EVENTO

15

Servicio de Escribanía

Gestiones de Chapas extraviadas

Unidad

1

EVENTO

16

  Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad

1

EVENTO

17

Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de vehículo

Unidad

1

EVENTO

 

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA ESCUELA JUDICIAL.

OBJETO

El presente requerimiento para la contratación de Servicios de Escribanía, es realizado a efectos de disponer del servicio de escribanía ante eventos y gestiones institucionales necesarios para la prosecución de las tareas académicas, administrativas y legales que el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL requiera.

Horario de las actividades: de 06:00 a 19 horas, aproximadamente.

  • Proceso de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.
  • Proceso de inscripciones online correspondientes a los Diplomados del Programa de Formación Continua, conforme al calendario académico de la institución.
  • Proceso de aplicación online de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial y proceso online de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.

Las tareas a realizarse se detallan a continuación:

Proceso de multicopiado de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos a ser aplicada a los postulantes habilitados, en particular el registro de los siguientes actos: 

  • Presencia física en el lugar de multicopiado de las pruebas durante todo el tiempo requerido para el multicopiado de los cuadernillos de pruebas a ser aplicados a los postulantes.
  • Registro de todas las personas presentes en el recinto de trabajo, durante el proceso de multicopiado de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro de entrega de pruebas a ser multicopiadas a los responsables del copiado en el local asignado por la Escuela Judicial.
  • Verificación de los equipos de multicopiado a ser utilizados.
  • Registro de organización y preparación de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes y otros pertinentes.
  • Guarda y custodia de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación hasta el momento de su entrega.

Proceso de aplicación de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos en particular el registro de los siguientes actos y Proceso de aplicación de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial.

  • Verificación y registro de identidad de integrantes de equipos de evaluación: Coordinadores y Aplicadores.
  • Registro y entrega de materiales a Coordinadores de los equipos de evaluación conteniendo: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes, útiles y otros pertinentes.
  • Recorrido por las salas habilitadas para registrar los cuadernillos de pruebas sobrantes y su introducción en sobres lacrados para su posterior entrega, por el Docente responsable de aplicación.
  • Registro de incidentes ocurridos durante el proceso de aplicación de las pruebas o validación de actas redactadas por Coordinadores de equipos de evaluación.
  • Registro de recepción de hojas de respuestas válidas completados por los postulantes en cada una de las sedes de Aplicación, junto con los cuadernillos de pruebas y planilla de registro de asistencia de los postulantes.

Registro de corrección electrónica de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos, y entrega de las planillas de resultados a la Escuela Judicial en particular los siguientes actos:

  • Registro del proceso de corrección electrónica de las pruebas y sus incidentes.
  • Revisión, registro y guarda de planillas de resultados de las pruebas aplicadas, en formato impreso.
  • Registro del proceso de entrega de planillas de resultados en formato digital (PDF).
  • Registro del proceso de destrucción de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro del proceso de revisión de las pruebas, solicitadas por los postulantes.
  • Cierre y entrega de acta notarial al Consejo de la Magistratura Escuela Judicial.

El escribano/a adjudicada deberá prestar el servicio de escribanía conforme a la necesidad del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL, en todo el proceso la empresa o escribano independiente deberá observar los más altos puntos de ética y confidencialidad en el manejo de la documentación e información; deberá contemplar todas las gestiones o trabajos necesarios hasta la obtención de los servicios requeridos.

La metodología a ser utilizada para la protocolización de Escrituras de transferencias de inmuebles u vehículos, deberá ser constituida de la siguiente manera:

1. Procedimientos Administrativos: El escribano observará y utilizará procedimientos estándares en cuanto al manejo de los datos e información obtenidos de la Convocante para la gestión de: Protocolización de Escrituras, las Escrituras Públicas de transferencia de inmuebles, transferencia de Vehículos y gestiones de extravío de chapas.

2. Procedimientos Operativos: El escribano deberá disponer de un sistema de seguimiento a fin de una correcta complementación de los trabajos administrativos con las tareas de campo requeridas. A tal efecto compondrá un esquema de trabajo de tal forma que esté en condiciones de realizar el relevamiento de datos en la institución sin que afecte probables tareas normales de la Institución.

En conjunto se establece los siguientes puntos o tareas a ejecutarse: Recopilación de datos Verificación de documentación disponible. Análisis, Ajustes y Rectificación según se requiera. Servicio de Mensura, en caso de ser requeridos para la obtención de la titulación de los inmuebles. Presentación en los Registros Públicos de los documentos necesarios para Registro de Escritura. Asistencia y Seguimiento en los servicios requeridos.

El párrafo citado precedentemente se aplicará únicamente para las transferencias y/o titulación de inmuebles y/o vehículos en la cual el Consejo de la Magistratura - Escuela Judicial intervenga con otro Organismo del Estado, se reembolsarán al profesional solamente los gastos en concepto de gastos administrativos y tasas judiciales.

OBSERVACIONES: Según lo establecido en la Ley N° 223/93 QUE CREA LA ESCRIBANÍA MAYOR DE GOBIERNO Y SU MODIFICATORIA, LEY N° 1.651/00, en el Art. 12, establece: Los actos y contratos que estén previstos en esta ley, serán formalizados ante los Escribanos de Registro, a elección de la parte privada contratante de una lista presentada por el Colegio de Escribanos del Paraguay anualmente.

Los actos en los cuales el Estado formalice contratos, quedan liberados del pago de honorarios y gastos. El Notario del Registro actuante percibirá de los contratantes con los Poderes del Estado, hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los aranceles y gastos previstos en la Ley N° 1.307/87 DE ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, en caso que intervengan dos Poderes del Estado, se reembolsarán solamente los gastos.

Según lo establecido en la Ley N° 6873 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, en su Art. 168° establece cuanto sigue ... "Autorizase a los Organismos y Entidades del Estado (OEE), Sociedades Anónimas con Participación Accionaria Mayoritaria del Estado y Municipalidades, en los procedimientos que tengan por objeto la contratación de servicios profesionales, a admitir y adjudicar ofertas cuyos precios sean más beneficiosas para la institución...".

Los precios ofertados deberán ajustarse a los jornales mínimos establecidos en la Ley N° 1307/87 Arancel del Notario Público.

Para los Ítems N° 16 y 17 deberán cotizar con el valor de 1, solo a efectos del llenado de la lista de los precios del Formulario de Oferta, en razón de que los valores de dichos servicios, serán establecidos posteriormente tomando como base al valor de los bienes a ser transferidos, para aplicar los porcentajes correspondientes conforme a la escala establecida en el Art. 4° de la Ley N° 1307/87 DEL ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, según corresponda para cada evento.

COMPOSICIÓN DE PRECIOS

En el precio cotizado deberán estar incluidos todos los gastos de cualquier naturaleza referente a esta Contratación, y demás servicios conexos. Impuestos y otros costos. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL no reconocerá ningún ajuste en los precios presentados en la planilla de cotización de precios, salvo por cláusulas de reajuste.

MODALIDAD DEL CONTRATO

Contrato Abierto.

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

PRECIOS REFERENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ESCRIBANÍA ID N° 408.545

N° de ÍTEM

DETALLE

ESPECIFICACIONES TECNICAS

UNIDAD DE MEDIDA

CANT.

PRESENTACIÓN

1

Servicio de Escribanía

Acta dentro del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

2

Servicio de Escribanía

Acta fuera del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

3

Servicio de Escribanía

Autenticación de documentos

Unidad

1

EVENTO

4

Servicio de Escribanía

Certificación de firmas

Unidad

1

EVENTO

5

Servicio de Escribanía

Consultas profesionales

Unidad

1

EVENTO

6

Servicio de Escribanía

Expedición de testimonio

Unidad

1

EVENTO

7

Servicio de Escribanía

Poder especial con inscripción

Unidad

1

EVENTO

8

Servicio de Escribanía

Poder especial sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

9

Servicio de Escribanía

Poder general con inscripción

Unidad

1

EVENTO

10

Servicio de Escribanía

Poder general sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

11

Servicio de Escribanía

Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.)

Unidad

1

EVENTO

12

Servicio de Escribanía

Revocación de poder

Unidad

1

EVENTO

13

Servicio de Escribanía

Certificados registrales

Unidad

1

EVENTO

14

Servicio de Escribanía

Certificados catastrales

Unidad

1

EVENTO

15

Servicio de Escribanía

Gestiones de Chapas extraviadas

Unidad

1

EVENTO

16

Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad

1

EVENTO

17

Servicio de Escribanía

Protocolización de escritura pública transferencia de vehículo

Unidad

1

EVENTO

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA ESCUELA JUDICIAL.

OBJETO

El presente requerimiento para la contratación de Servicios de Escribanía, es realizado a efectos de disponer del servicio de escribanía ante eventos y gestiones institucionales necesarios para la prosecución de las tareas académicas, administrativas y legales que el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL requiera.

Horario de las actividades: de 06:00 a 19 horas, aproximadamente.

  • Proceso de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.
  • Proceso de inscripciones online correspondientes a los Diplomados del Programa de Formación Continua, conforme al calendario académico de la institución.
  • Proceso de aplicación online de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial y proceso online de aplicación de los Exámenes de Conocimientos Generales y Específicos para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura para el presente año.

Las tareas a realizarse se detallan a continuación:

Proceso de multicopiado de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos a ser aplicada a los postulantes habilitados, en particular el registro de los siguientes actos:

  • Presencia física en el lugar de multicopiado de las pruebas durante todo el tiempo requerido para el multicopiado de los cuadernillos de pruebas a ser aplicados a los postulantes.
  • Registro de todas las personas presentes en el recinto de trabajo, durante el proceso de multicopiado de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro de entrega de pruebas a ser multicopiadas a los responsables del copiado en el local asignado por la Escuela Judicial.
  • Verificación de los equipos de multicopiado a ser utilizados.
  • Registro de organización y preparación de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes y otros pertinentes.
  • Guarda y custodia de materiales a ser entregados a Coordinadores de los equipos de evaluación hasta el momento de su entrega.

Proceso de aplicación de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos en particular el registro de los siguientes actos y Proceso de aplicación de la prueba de admisión del Programa de Formación Inicial para la Función Judicial.

  • Verificación y registro de identidad de integrantes de equipos de evaluación: Coordinadores y Aplicadores.
  • Registro y entrega de materiales a Coordinadores de los equipos de evaluación conteniendo: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes, útiles y otros pertinentes.
  • Recorrido por las salas habilitadas para registrar los cuadernillos de pruebas sobrantes y su introducción en sobres lacrados para su posterior entrega, por el Docente responsable de aplicación.
  • Registro de incidentes ocurridos durante el proceso de aplicación de las pruebas o validación de actas redactadas por Coordinadores de equipos de evaluación.
  • Registro de recepción de hojas de respuestas válidas completados por los postulantes en cada una de las sedes de Aplicación, junto con los cuadernillos de pruebas y planilla de registro de asistencia de los postulantes.

Registro de corrección electrónica de la Prueba de Admisión y de las Pruebas de Conocimientos Generales y Específicos, y entrega de las planillas de resultados a la Escuela Judicial en particular los siguientes actos:

  • Registro del proceso de corrección electrónica de las pruebas y sus incidentes.
  • Revisión, registro y guarda de planillas de resultados de las pruebas aplicadas, en formato impreso.
  • Registro del proceso de entrega de planillas de resultados en formato digital (PDF).
  • Registro del proceso de destrucción de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro del proceso de revisión de las pruebas, solicitadas por los postulantes.
  • Cierre y entrega de acta notarial al Consejo de la Magistratura Escuela Judicial.

El escribano/a adjudicada deberá prestar el servicio de escribanía conforme a la necesidad del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL, en todo el proceso la empresa o escribano independiente deberá observar los más altos puntos de ética y confidencialidad en el manejo de la documentación e información; deberá contemplar todas las gestiones o trabajos necesarios hasta la obtención de los servicios requeridos.

La metodología a ser utilizada para la protocolización de Escrituras de transferencias de inmuebles u vehículos, deberá ser constituida de la siguiente manera:

1. Procedimientos Administrativos: El escribano observará y utilizará procedimientos estándares en cuanto al manejo de los datos e información obtenidos de la Convocante para la gestión de: Protocolización de Escrituras, las Escrituras Públicas de transferencia de inmuebles, transferencia de Vehículos y gestiones de extravío de chapas.

2. Procedimientos Operativos: El escribano deberá disponer de un sistema de seguimiento a fin de una correcta complementación de los trabajos administrativos con las tareas de campo requeridas. A tal efecto compondrá un esquema de trabajo de tal forma que esté en condiciones de realizar el relevamiento de datos en la institución sin que afecte probables tareas normales de la Institución.

En conjunto se establece los siguientes puntos o tareas a ejecutarse: Recopilación de datos Verificación de documentación disponible. Análisis, Ajustes y Rectificación según se requiera. Servicio de Mensura, en caso de ser requeridos para la obtención de la titulación de los inmuebles. Presentación en los Registros Públicos de los documentos necesarios para Registro de Escritura. Asistencia y Seguimiento en los servicios requeridos.

El párrafo citado precedentemente se aplicará únicamente para las transferencias y/o titulación de inmuebles y/o vehículos en la cual el Consejo de la Magistratura - Escuela Judicial intervenga con otro Organismo del Estado, se reembolsarán al profesional solamente los gastos en concepto de gastos administrativos y tasas judiciales.

OBSERVACIONES: Según lo establecido en la Ley N° 223/93 QUE CREA LA ESCRIBANÍA MAYOR DE GOBIERNO Y SU MODIFICATORIA, LEY N° 1.651/00, en el Art. 12, establece: Los actos y contratos que estén previstos en esta ley, serán formalizados ante los Escribanos de Registro, a elección de la parte privada contratante de una lista presentada por el Colegio de Escribanos del Paraguay anualmente.

Los actos en los cuales el Estado formalice contratos, quedan liberados del pago de honorarios y gastos. El Notario del Registro actuante percibirá de los contratantes con los Poderes del Estado, hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los aranceles y gastos previstos en la Ley N° 1.307/87 DE ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, en caso que intervengan dos Poderes del Estado, se reembolsarán solamente los gastos.

Según lo establecido en la Ley N° 64696873 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 20202022, en elsu Art. 155, 168° establece cuanto sigue ... "Autorizase a los Organismos y Entidades del Estado (OEE), Sociedades Anónimas con Participación Accionaria Mayoritaria del Estado y Municipalidades, en los procedimientos que tengan por objeto la contratación de servicios profesionales, a admitir y adjudicar ofertas cuyos precios sean más beneficiosas para la institución ...".

Los precios ofertados deberán ajustarse a los jornales mínimos establecidos en la Ley N° 1307/87 Arancel del Notario Público.

Para los Ítems N° 16 y 17 deberán cotizar con el valor de 1, solo a efectos del llenado de la lista de los precios del Formulario de Oferta, en razón de que los valores de dichos servicios, serán establecidos posteriormente tomando como base al valor de los bienes a ser transferidos, para aplicar los porcentajes correspondientes conforme a la escala establecida en el Art. 4° de la Ley N° 1307/87 DEL ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, según corresponda para cada evento.

COMPOSICIÓN DE PRECIOS

En el precio cotizado deberán estar incluidos todos los gastos de cualquier naturaleza referente a esta Contratación, y demás servicios conexos. Impuestos y otros costos. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - ESCUELA JUDICIAL no reconocerá ningún ajuste en los precios presentados en la planilla de cotización de precios, salvo por cláusulas de reajuste.

MODALIDAD DEL CONTRATO

Contrato Abierto.

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000