Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la configuración de la zonas en los switches san para la interconexión del storage”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración del modelo de Switch SAN que dispone la entidad para realizar las configuraciones de zonas, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la configuración de la zonas en los switches san para la interconexión del storage”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración del modelo de Switch SAN que dispone la entidad para realizar las configuraciones de zonas, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La entidad para su ambiente de produccion cuenta con 2 Fabric con ISL, cada cual cuenta con 2 switches IBM Storage Networking SAN64B-7 con SFP de 32 Gbps. En total 4 switches.
52
*- Generalidades
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la migración del AIX 7.1 corriendo en el storage actual al storage ofertado”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración de cuantos TB dispone la base de datos a fin de calcular el trabajo necesario, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la migración del AIX 7.1 corriendo en el storage actual al storage ofertado”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración de cuantos TB dispone la base de datos a fin de calcular el trabajo necesario, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La entidad cuenta en el ambiente productivo con 6 servidores AIX 7.1 FP4, sobre PowerVM (VIOS) 3.1.0.10, para el funcionamiento al nuevo ambiente de almacenamiento debe migrarse tanto el VIOS como el AIX. Se aclara que el AIX no es una base de datos, es un sistema Operativo y PowerVM es un Hipervisor.
53
*- Generalidades
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la migración de las VMs del esquema Vmware del storage actual al storage ofertado”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración de cuantas VMs del esquima Vmware dispone el storage actual a fin de calcular el trabajo necesario para la migración al storage ofertado, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluir la migración de las VMs del esquema Vmware del storage actual al storage ofertado”
Al respecto, se solicita a la convocante aclaración de cuantas VMs del esquima Vmware dispone el storage actual a fin de calcular el trabajo necesario para la migración al storage ofertado, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La entidad cuenta actualmente con 262 VMs, de las cuales 75 Vms, dentro del plan de recuperacion del Site Recovery Manager (SRM). Se cuenta ademas 2 Vcenter, tanto Vcenter como vSphere son version 7 y SRM 8.
54
*- Generalidades
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluirse dentro del cluster actual HyperSwap de la entidad”
Al respecto, se solicita a la convocante que este requisito sea opcional, teniendo en cuenta que incluir dentro del mismo cluster actual HyperSwap es un direccionamiento a la marca IBM con su modelo FLASHSYSTEM 7300 que puede verificarse en la web del fabricante, https://www.ibm.com/docs/en/flashsystem-9x00/8.2.x?topic=functions-hyperswap-function, donde se menciona que la funcionalidad Hyperswap pertenece solamente a dicha marca, esta modificación permitirá un mejor dimensionamiento de la solución y a su vez los oferentes podrán ofertar equipamientos de la última generación disponible, en beneficio de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, Lote N° 5, Ítem 1, Sistema de Almacenamiento, Generalidades, se solicita:
“Debe incluirse dentro del cluster actual HyperSwap de la entidad”
Al respecto, se solicita a la convocante que este requisito sea opcional, teniendo en cuenta que incluir dentro del mismo cluster actual HyperSwap es un direccionamiento a la marca IBM con su modelo FLASHSYSTEM 7300 que puede verificarse en la web del fabricante, https://www.ibm.com/docs/en/flashsystem-9x00/8.2.x?topic=functions-hyperswap-function, donde se menciona que la funcionalidad Hyperswap pertenece solamente a dicha marca, esta modificación permitirá un mejor dimensionamiento de la solución y a su vez los oferentes podrán ofertar equipamientos de la última generación disponible, en beneficio de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Conforme a lo consultado: La entidad actualmente cuanta replicación activo-activo a nivel de storage entre sitios a través de Hyperswap. Serán aceptadas soluciones de replicación de datos activo-activo, cada fabricante de storage otorga a dicho tipo de solución nombre específico como se podrá verificar en los detalles técnicos publicados por los diversos fabricantes
https://support.huawei.com/enterprise/es/doc/EDOC1100112636/c7ad9ace/about-hypermetro
https://www.delltechnologies.com/asset/nl-be/products/storage/briefs-summaries/h18595-powerstore-metro-node-sb.pdf
https://www.ibm.com/docs/en/flashsystem-9x00/8.2.x?topic=functions-hyperswap-function
Por lo que se mantiene como obligatorio la replicación activo - activo y la puesta en funcionamiento del mismo en ambiente productivo.
Por lo tanto, remitirse al pliego.
55
Lote 1 - Item 2
En el Lote 1, Ítem 2, en las especificaciones técnicas se solicita capacidad de stacking: 4 switches. Solicitamos respetuosamente aclarar este punto ya que este feature no aplica para este tipo de soluciones.
En el Lote 1, Ítem 2, en las especificaciones técnicas se solicita capacidad de stacking: 4 switches. Solicitamos respetuosamente aclarar este punto ya que este feature no aplica para este tipo de soluciones.
Refiérase al Pliego de Bases y Condiciones. Dependencia Tecnológica
56
Lote 1 - Item 3
En el Lote 1, Ítem 3, en las especificaciones técnicas no se menciona si el switch deberá contar con los módulos y accesorios para stacking. Solicitamos amablemente a la convocante especificar este punto.
En el Lote 1, Ítem 3, en las especificaciones técnicas no se menciona si el switch deberá contar con los módulos y accesorios para stacking. Solicitamos amablemente a la convocante especificar este punto.
Refiérase al Pliego de Bases y Condiciones. Dependencia Tecnológica
57
Lote 1 - Item 3
En el Lote 1, Ítem 3, en las especificaciones técnicas se establece que el software deberá ser: Network Essentials. Favor especificar si se requiere que la suscripción DNA Essentials sea por 36 meses o 60 meses.
En el Lote 1, Ítem 3, en las especificaciones técnicas se establece que el software deberá ser: Network Essentials. Favor especificar si se requiere que la suscripción DNA Essentials sea por 36 meses o 60 meses.
En las Lote 1, Ítem 3, se solicita que el equipo posea ventiladores fijos redundantes, pero no se especifica si se requiere fuente de alimentación redundante. Solicitamos respetuosamente a la convocante si se deberá prever una fuente de alimentación redundante por cada switch.
En las Lote 1, Ítem 3, se solicita que el equipo posea ventiladores fijos redundantes, pero no se especifica si se requiere fuente de alimentación redundante. Solicitamos respetuosamente a la convocante si se deberá prever una fuente de alimentación redundante por cada switch.
En el Lote 1, Ítem 4, en las especificaciones técnicas no se menciona si el switch deberá contar con los módulos y accesorios para stacking. Solicitamos amablemente a la convocante especificar este punto.
En el Lote 1, Ítem 4, en las especificaciones técnicas no se menciona si el switch deberá contar con los módulos y accesorios para stacking. Solicitamos amablemente a la convocante especificar este punto.
En el Lote 1, Ítem 4, en las especificaciones técnicas se establece que el software deberá ser: Network Essentials. Favor especificar si se requiere que la suscripción DNA Essentials sea por 36 meses o 60 meses.
En el Lote 1, Ítem 4, en las especificaciones técnicas se establece que el software deberá ser: Network Essentials. Favor especificar si se requiere que la suscripción DNA Essentials sea por 36 meses o 60 meses.