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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar experiencia en la provisión de INSUMOS PARA CARPINTERIA, con facturación y/o constancia de entrega satisfactoria con su respectivo contrato, por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en promedio de los últimos años (2019 y 2020). -

Para los Consorcios se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Demostrar la experiencia en Provisión de INSUMOS PARA CARPINTERIA, con facturaciones de venta y/o constancias de entregas satisfactorias con su respectivos contratos, por un monto equivalente al 50 (Cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación: en promedio de los tres últimos años (2018, 2019 y 2020). La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.


Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar experiencia en la provisión de INSUMOS PARA CARPINTERÍA Y/O FERRETERÍA, con facturación y/o constancia de entrega satisfactoria con su respectivo contrato, por un monto equivalente al 40 (cuarenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en promedio de los años (2018, 2019 y 2020). -

Para los Consorcios se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Demostrar la experiencia en Provisión de INSUMOS PARA CARPINTERIAY/O FERRETERÍA, con facturaciones de venta y/o constancias de entregas satisfactorias con su respectivos contratos, por un monto equivalente 40 (cuarenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación: en promedio de los años (2018, 2019 y 2020). La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.


Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar experiencia en la provisión de INSUMOS PARA CARPINTERIACARPINTERÍA Y/O FERRETERÍA, con facturación y/o constancia de entrega satisfactoria con su respectivo contrato, por un monto equivalente al 5040 (cincuentacuarenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en promedio de los últimos años (2018, 2019 y 2020). -

Para los Consorcios se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Demostrar la experiencia en Provisión de INSUMOS PARA CARPINTERIACARPINTERIAY/O FERRETERÍA, con facturaciones de venta y/o constancias de entregas satisfactorias con su respectivos contratos, por un monto equivalente al 5040 (Cincuentacuarenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación: en promedio de los tres últimos años (2018, 2019 y 2020). La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.


Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • INFRAESTRUCTURA:
     
  • El Oferente deberá poseer la capacidad de transporte de los bienes ofertados al lugar establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, con los cuidados que requiera.-
  • Demostrar la Inscripción de Infona, que según la ley 422873; ley forestal, en su Art. 1° - Declárese de interés público el aprovechamiento y el manejo racional de los bosques y tierras forestales del país., así como también el de los recursos naturales renovables que se incluyan en el régimen de esta ley. Declárase, así mismo de interés público y obligatoria la protección, conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales. El ejercicio de los derechos sobre los bosques, tierras forestales de propiedad pública o privada, queda sometido a las restricciones y limitaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos.

    Así mismo en el art. 27 está estipulado que Toda persona física o jurídica que se dedique al aprovechamiento, industrialización, comercio de productos forestales y a la reforestación con fines de producción, deberá inscribirse en los registros que a tal efecto habilitara el Servicio Forestal Nacional. -

  • OBSERVACIÓN:
    Para el caso de los Oferentes en Consorcio: La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

  • Demostrar la Inscripción de Infona, que según la ley 422873; ley forestal, en su Art. 1° - Declárese de interés público el aprovechamiento y el manejo racional de los bosques y tierras forestales del país., así como también el de los recursos naturales renovables que se incluyan en el régimen de esta ley. Declárase, así mismo de interés público y obligatoria la protección, conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales. El ejercicio de los derechos sobre los bosques, tierras forestales de propiedad pública o privada, queda sometido a las restricciones y limitaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos.

    Así mismo en el art. 27 está estipulado que Toda persona física o jurídica que se dedique al aprovechamiento, industrialización, comercio de productos forestales y a la reforestación con fines de producción, deberá inscribirse en los registros que a tal efecto habilitara el Servicio Forestal Nacional. -

  • OBSERVACIÓN:
    Para el caso de los Oferentes en Consorcio: La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • INFRAESTRUCTURA:
  • El Oferente deberá poseer la capacidad de transporte de los bienes ofertados al lugar establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, con los cuidados que requiera.-
  • Demostrar la Inscripción de Infona, que según la ley 422873; ley forestal, en su Art. 1° - Declárese de interés público el aprovechamiento y el manejo racional de los bosques y tierras forestales del país., así como también el de los recursos naturales renovables que se incluyan en el régimen de esta ley. Declárase, así mismo de interés público y obligatoria la protección, conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales. El ejercicio de los derechos sobre los bosques, tierras forestales de propiedad pública o privada, queda sometido a las restricciones y limitaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos.

    Así mismo en el art. 27 está estipulado que Toda persona física o jurídica que se dedique al aprovechamiento, industrialización, comercio de productos forestales y a la reforestación con fines de producción, deberá inscribirse en los registros que a tal efecto habilitara el Servicio Forestal Nacional. -

  • OBSERVACIÓN:
    Para el caso de los Oferentes en Consorcio: La Empresa Líder del Consorcio deberá cumplir con al menos el 70%, mientras que los demás integrantes del mismo deberán completar el 30% restante.

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

- Copia de Constancia de Inscripción de Infona.

- Declaración Jurada, indicando que el Oferente cuenta con la capacidad de transporte de los bienes ofertados al lugar establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, con los cuidados que requiera.-

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

- Copia de Constancia de Inscripción de Infona.

 

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

- Copia de Constancia de Inscripción de Infona.

- Declaración Jurada, indicando que el Oferente cuenta con la capacidad de transporte de los bienes ofertados al lugar establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, con los cuidados que requiera.-