Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
REPÚBLICA DEL PARAGUAY
AUTORIDAD REGULADORA RADIOLÓGICA Y NUCLEAR
ADENDA N° 1
Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
ID N° 406143
Contratación de Servicios de Seguro para vehículos de la ARRN Plurianual Ad Referéndum
Fecha: 03/02/2022
Toda Adenda emitida por la Convocante, formará parte integral de los Documentos y será notificada por escrito a los oferentes invitados. Además, será difundida a través del Portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py). Si la modificación se refiere a los datos registrados en el SICP, se deberán realizar los cambios en el sistema e indicar los mismos en una adenda numerada.
Se incluyen en el Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
COBERTURAS DE SEGUROS REQUERIDAS
- COBERTURAS
El capital a asegurar será el monto total del vehículo según su valor de mercado
Tipo de seguros: camionetas
El seguro de camioneta cubrirá los siguientes riesgos:
- Incendio, accidente, robo y hurto total del vehículo, se indemnizará el total del valor del vehículo.
- Responsabilidad civil. -
2.1 Lesiones corporales y/o muerte de 1 (una) persona, se indemnizará la suma de 50.000.000 Gs. (cincuenta millones de guaraníes).
2.2 Lesiones corporales y/o muerte de 2 (dos) o más personas, se indemnizará la suma de 100.000.000 Gs. (cien millones de guaraníes). -
2.3 daños materiales causados a cosas de tercetos, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes)
- OCUPANTES DEL VEHÍCULO.
3.1. en caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente del conductor, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.2. En caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente de los acompañantes, se indemnizará la suma de 35.000.000 GS. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.3. Gastos médicos, se indemnizará la suma de 7.500.000 Gs. (siente millones quinientos mil guaraníes).
- Cobertura de daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: se indemnizará hasta la suma de 5.000.000 Gs. (cinco millones de guaraníes). -
- Cobertura de cualquier conductor pudiendo ser o no ser este chofer y/o funcionario de la ARRN siempre y cuando el mismo realice tareas para esta cartera de estado.
- Cobertura contra casos fortuitos (tormentas, caídas de granizos, raudales, etc.) Se indemnizará la suma de 5.000.000 Gs. (cinco millones de guaraníes).
- PLAZO PARA ABONAR INDEMNIZACIÓN
El adjudicatario deberá abonar, en caso de siniestro, las indemnizaciones respectivas, dentro de los plazos establecidos en el código civil paraguayo en el capítulo que regula los seguros en general. -
FRANQUICIA
La cotización deberá realizarse sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados. -
- COBERTURA
- Incendio, accidentes
- Robo o hurto total.
- Lesión parcial, total o muerte de 1 personas.
- Lesión parcial, total o muerte de 2 o más personas.
- Daños materiales a cosas de terceros.
- Lesiones de las personas ocupantes.
- Muerte o invalidez de las personas ocupantes.
- Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga.
- Accesorios.
- Lesión, parcial, total o muerte de cualquier conductor.
OBSERVACIÓN:
- El vehículo siniestrado deberá ser entregado dentro de los treinta días corridos en que el vehículo se encuentre a disposición de la aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como objeto del contrato. -
En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características.
LUIS RODRIGO PREDA RABELLO
Responsable de la UOC
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Resumen de los requisitos
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/406143-contratacion-servicios-seguro-vehiculos-arrn-plurianual-ad-referendum-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
REPÚBLICA DEL PARAGUAY
AUTORIDAD REGULADORA RADIOLÓGICA Y NUCLEAR
ADENDA N° 1
Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
ID N° 406143
Contratación de Servicios de Seguro para vehículos de la ARRN Plurianual Ad Referéndum
Fecha: 03/02/2022
Toda Adenda emitida por la Convocante, formará parte integral de los Documentos y será notificada por escrito a los oferentes invitados. Además, será difundida a través del Portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py). Si la modificación se refiere a los datos registrados en el SICP, se deberán realizar los cambios en el sistema e indicar los mismos en una adenda numerada.
Se incluyen en el Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
COBERTURAS DE SEGUROS REQUERIDAS
- COBERTURAS
El capital a asegurar será el monto total del vehículo según su valor de mercado
Tipo de seguros: camionetas
El seguro de camioneta cubrirá los siguientes riesgos:
- Incendio, accidente, robo y hurto total del vehículo, se indemnizará el total del valor del vehículo.
- Responsabilidad civil. -
2.1 Lesiones corporales y/o muerte de 1 (una) persona, se indemnizará la suma de 50.000.000 Gs. (cincuenta millones de guaraníes).
2.2 Lesiones corporales y/o muerte de 2 (dos) o más personas, se indemnizará la suma de 100.000.000 Gs. (cien millones de guaraníes). -
2.3 daños materiales causados a cosas de tercetos, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes)
- OCUPANTES DEL VEHÍCULO.
3.1. en caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente del conductor, se indemnizará la suma de 35.000.000 Gs. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.2. En caso de muerte o invalidez, parcial, total y permanente de los acompañantes, se indemnizará la suma de 35.000.000 GS. (treinta y cinco millones de guaraníes).
3.3. Gastos médicos, se indemnizará la suma de 7.500.000 Gs. (siente millones quinientos mil guaraníes).
- Cobertura de daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: se indemnizará hasta la suma de 5.000.000 Gs. (cinco millones de guaraníes). -
- Cobertura de cualquier conductor pudiendo ser o no ser este chofer y/o funcionario de la ARRN siempre y cuando el mismo realice tareas para esta cartera de estado.
- Cobertura contra casos fortuitos (tormentas, caídas de granizos, raudales, etc.) Se indemnizará la suma de 5.000.000 Gs. (cinco millones de guaraníes).
- PLAZO PARA ABONAR INDEMNIZACIÓN
El adjudicatario deberá abonar, en caso de siniestro, las indemnizaciones respectivas, dentro de los plazos establecidos en el código civil paraguayo en el capítulo que regula los seguros en general. -
FRANQUICIA
La cotización deberá realizarse sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados. -
- COBERTURA
- Incendio, accidentes
- Robo o hurto total.
- Lesión parcial, total o muerte de 1 personas.
- Lesión parcial, total o muerte de 2 o más personas.
- Daños materiales a cosas de terceros.
- Lesiones de las personas ocupantes.
- Muerte o invalidez de las personas ocupantes.
- Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga.
- Accesorios.
- Lesión, parcial, total o muerte de cualquier conductor.
OBSERVACIÓN:
- El vehículo siniestrado deberá ser entregado dentro de los treinta días corridos en que el vehículo se encuentre a disposición de la aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como objeto del contrato. -
En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características.
LUIS RODRIGO PREDA RABELLO
Responsable de la UOC
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Resumen de los requisitos
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/406143-contratacion-servicios-seguro-vehiculos-arrn-plurianual-ad-referendum-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.