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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

A= P x I.I.B.C.P 15%

donde A= Precio ajustado de los bienes facturados.

P= Precio facturado de los bienes ofertados.

I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay.

15%= Mínimo necesario para reajuste del precio.

 

El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de San Lorenzo, y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria, y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.

La solicitud debe realizarse dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente, y será aplicado sobre el saldo contractual no ejecutado o sobre los servicios pendientes a ser realizados, posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones. No se reconocerá reajuste de precios si el servicio se encuentra atrasado respecto al plan de entregas aprobado

 

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

A= P x I.I.B.C.P 15%

donde A= Precio ajustado de los bienes facturados.

P= Precio facturado de los bienes ofertados.

I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay.

15%= Mínimo necesario para reajuste del precio.

 

 

 

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

A= P x I.I.B.C.P 15%

donde A= Precio ajustado de los bienes facturados.

P= Precio facturado de los bienes ofertados.

I.I.B.C.P= Índice de Inflación emitido por el Banco Central del Paraguay.

15%= Mínimo necesario para reajuste del precio.

El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de San Lorenzo, y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria, y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.

La solicitud debe realizarse dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente, y será aplicado sobre el saldo contractual no ejecutado o sobre los servicios pendientes a ser realizados, posteriores al mes en el cual se produjeron las variaciones. No se reconocerá reajuste de precios si el servicio se encuentra atrasado respecto al plan de entregas aprobado