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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. En caso de proveer la fruta in natura, copias legibles de las facturas expedidas por los productores o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido,
  2. Acta de recepción de los insumos debidamente firmados por el Director o responsable asignado por el mismo.
  3. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso,
  4. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales, y
  5. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

 

Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente.
 
La solicitud de pago del proveedor a  la  Contratante  deberá  ser  por  escrito,  acompañada  de  factura  a  crédito  que  describa,  según corresponda, los bienes entregados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.
 
Juntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas  que prestaron los  servicios  en  el  mes  facturado,  el  cumplimiento  del  pago  de  las  cargas impositivas  y  demás  obligaciones  legales,  a  través  de  los  documentos  solicitados  en  el  Decreto  Nº 6121/16.
 
El plazo de pago de factura al proveedor será como máximo de 60 (sesenta) días después de la presentación  de una  factura por  el  Proveedor,  y después  de  que  la  Contratante la haya  aceptado. Dicha  aceptación  o  rechazo,  deberá  darse  a  más  tardar  en  quince  (15)  días  posteriores  a  su presentación.
 
A  los efectos de este contrato en aplicación del art. 267 de la Ley 6672 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
 
El pago del Suministro objeto del presente llamado se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional  de  Contrataciones  Públicas,  y  conforme  a  la  asignación  del  Plan  Financiero  y  a  los  fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. En caso de proveer la fruta in natura, copias legibles de las facturas expedidas por los productores o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido,
  2. Acta de recepción de los insumos debidamente firmados por el Director o responsable asignado por el mismo.
  3. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso,
  4. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales, y
  5. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente.
 
La solicitud de pago del proveedor a  la  Contratante  deberá  ser  por  escrito,  acompañada  de  factura  a  crédito  que  describa,  según corresponda, los bienes entregados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.
 
Juntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas  que prestaron los  servicios  en  el  mes  facturado,  el  cumplimiento  del  pago  de  las  cargas impositivas  y  demás  obligaciones  legales,  a  través  de  los  documentos  solicitados  en  el  Decreto  Nº 6121/16.
 
El plazo de pago de factura al proveedor será como máximo de 60 (sesenta) días después de la presentación  de una  factura por  el  Proveedor,  y después  de  que  la  Contratante la haya  aceptado. Dicha  aceptación  o  rechazo,  deberá  darse  a  más  tardar  en  quince  (15)  días  posteriores  a  su presentación.
 
A  los efectos de este contrato en aplicación del art. 267 de la Ley 6672 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
 
El pago del Suministro objeto del presente llamado se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional  de  Contrataciones  Públicas,  y  conforme  a  la  asignación  del  Plan  Financiero  y  a  los  fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. En caso de proveer la fruta in natura, copias legibles de las facturas expedidas por los productores o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido,
  2. Acta de recepción de los insumos debidamente firmados por el Director o responsable asignado por el mismo.
  3. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso,
  4. La Declaración Jurada del Salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales, y
  5. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente.
La solicitud de pago del proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes entregados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.
Juntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16.
El plazo de pago de factura al proveedor será como máximo de 60 (sesenta) días después de la presentación de una factura por el Proveedor, y después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
A los efectos de este contrato en aplicación del art. 267 de la Ley 6672 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
El pago del Suministro objeto del presente llamado se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, y conforme a la asignación del Plan Financiero y a los fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).