Secciones
Versión 17
Versión 18
Diferencias entre las versiones 17 y 18
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Ap=P0 (0,375 S/S0 +0,25 C0+0,25D/D0+0,125Fe/Fe0)-P0 Ap=P0=P0*Prl-P0
Donde:
Ap: Ajuste de precios.
P0: Valor del certificado mensual cotizado en guaraníes, según tabla de precio del contrato.
S: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente treinta (30) días antes de la presentación de la factura de obras y/o suministros a las que se refiere el ajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.
S0: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
C: Precio de la bolsa del cemento tipo I de 50kg. Para la entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el ajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.
C0: Precio de la bolsa de cemento tipo I de 50 kg. Para la entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
D: Precio de un litro de Gas Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el reajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.
D0: Precio de un litro de Gas Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente diez (10) días antes de la fecha de la presentación de ofertas.
Fe = Precio del kg. De varilla conformada de hierro, establecida en el Código 7-3 de la revista de la CAPACO, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el reajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.
Fe0 = Precio del kg. De varilla conformada de hierro, establecida en el Código 7-3 de la revista de la CAPACO, vigente diez (10) días antes de la fecha de la presentación de las ofertas.
No será reconocido ningún ajuste sobre aquellos rubros en que la Contratista se encuentra con retraso con relación al Cronograma de Obras aprobado. El pago de reajuste no estará sujeto a los plazos establecidos para el pago del trabajo principal.
La Contratante emitirá una Resolución por cada ajuste de precios, en la que se dará a conocer el nuevo precio ajustado, debiendo facturarse la Mano de obra con dicho precio. La solicitud del Contratista deberá ser presentada antes de la emisión del Acta de Recepción Definitiva caso contrario no será procesada.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Si durante la vigencia del plazo de ejecución de los trabajos contratados se verifican variaciones de precios de los conceptos que integra la fórmula de reajuste mostrada más adelante, se reconocerá un reajuste de precios para cada certificación, según la siguiente fórmula paramétrica:
Ap = [Po(0,375 S/So + 0,25 C/Co + 0,125 Fe/Feo + 0,10 G/Go + 0,15 D/Do) Po][1 - Prl/100]
Donde
Ap: Ajuste de precios
Po: Monto del certificado contractual básico, del mes en cuestión, elaborado conforme al contrato.
S: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Trabajo, vigente al primer día del mes del certificado en cuestión.
So: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Trabajo, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
C: Precio de la bolsa de cemento Puzolánico de 50kg., para entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente al primer día del mes del certificado en cuestión.
Co: Precio de la bolsa de cemento Puzolánico de 50kg., para entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
D: Valor promedio de venta de la Cotización Minorista del Tipo de Cambio Nominal del Dólar Norteamericano establecido por el Banco Central del Paraguay correspondiente al mes del certificado en cuestión.
Do: Valor promedio de venta de la Cotización Minorista del Tipo de Cambio Nominal del Dólar Norteamericano establecido por el Banco Central del Paraguay correspondiente a diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
Fe: Precio del kg., de varilla conformada de hierro, establecido en el código 7-3 de la revista CAPACO (Cámara Paraguaya de la Construcción), correspondiente al mes del certificado en cuestión
Feo: Precio del kg., de varilla conformada de hierro, establecido en el código 7-3 de la revista CAPACO (Cámara Paraguaya de la Construcción), vigente diez (10) días antes de la fecha de presentación de ofertas.
G: Precio por litro del Gasoil establecido en el punto 16 del Boletín del Ministerio De Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente al mes del certificado en cuestión.
Go: Precio por litro del Gasoil establecido en el punto 16 del Boletín del Ministerio De Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente a diez (10) días antes de la presentación de la oferta.
Prl: Valor del anticipo (en tanto por ciento) establecido en el contrato
No será reconocido ningún ajuste sobre aquellos rubros en que la contratista se encuentra con retraso con relación al cronograma de obras aprobado. El pago del reajuste no estará sujeto a los plazos establecidos para el pago del trabajo principal.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
Justificación: la modificación de la fórmula se debe a un mejor análisis de las variables y su incidencia para la ejecución de obras, para el cálculo del reajuste se debe considerar las variables como componentes de obra que pueden sufrir variación durante la ejecución del contrato, el reajuste servirá como mecanismo por medio del cual el Banco Nacional de Fomento garantiza a la empresa adjudicada el principio de equilibrio económico del contrato de construcción y mantenimiento de obras, a fin de asegurar que las partes no se vean perjudicadas.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Si durante la vigencia del plazo de ejecución de los trabajos contratados se verifican variaciones de precios de los conceptos que integra la fórmula de reajuste mostrada más adelante, se reconocerá un reajuste de precios para cada certificación, según la siguiente fórmula paramétrica:
Ap = [Po(0,375 S/So + 0,25 C/Co + 0,125 Fe/Feo + 0,10 G/Go + 0,15 D/Do) Po][1 - Prl/100]
Ap=P0 (0,375 S/S0 +0,25 C0+0,25D/D0+0,125Fe/Fe0)-P0 Ap=P0=P0*Prl-P0Donde
Donde: Ap: Ajuste de precios
Ap: Ajuste de precios.Po: Monto del certificado contractual básico, del mes en cuestión, elaborado conforme al contrato.
P0: Valor del certificado mensual cotizado en guaraníes, según tabla de precio del contrato.S: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Trabajo, vigente al primer día del mes del certificado en cuestión.
S: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente treinta (30) días antes de la presentación de la factura de obras y/o suministros a las que se refiere el ajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.So: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Trabajo, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
C: Precio de la bolsa de cemento Puzolánico de 50kg., para entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente al primer día del mes del certificado en cuestión.
S0: Salario mínimo diario del peón albañil de la categoría Edificaciones y Obras de Construcción, establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.Co: Precio de la bolsa de cemento Puzolánico de 50kg., para entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
C: Precio de la bolsa del cemento tipo I de 50kg. Para la entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el ajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.D: Valor promedio de venta de la Cotización Minorista del Tipo de Cambio Nominal del Dólar Norteamericano establecido por el Banco Central del Paraguay correspondiente al mes del certificado en cuestión.
Do: Valor promedio de venta de la Cotización Minorista del Tipo de Cambio Nominal del Dólar Norteamericano establecido por el Banco Central del Paraguay correspondiente a diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.
C0: Precio de la bolsa de cemento tipo I de 50 kg. Para la entrega en Villeta establecido por la Industria Nacional del Cemento, vigente diez (10) días antes de la presentación de las ofertas.Fe: Precio del kg., de varilla conformada de hierro, establecido en el código 7-3 de la revista CAPACO (Cámara Paraguaya de la Construcción), correspondiente al mes del certificado en cuestión
Feo: Precio del kg., de varilla conformada de hierro, establecido en el código 7-3 de la revista CAPACO (Cámara Paraguaya de la Construcción), vigente diez (10) días antes de la fecha de presentación de ofertas.
D: Precio de un litro de Gas Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el reajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.G: Precio por litro del Gasoil establecido en el punto 16 del Boletín del Ministerio De Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente al mes del certificado en cuestión.
Go: Precio por litro del Gasoil establecido en el punto 16 del Boletín del Ministerio De Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente a diez (10) días antes de la presentación de la oferta.
D0: Precio de un litro de Gas Oil, establecido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente diez (10) días antes de la fecha de la presentación de ofertas.Prl: Valor del anticipo (en tanto por ciento) establecido en el contrato
No será reconocido ningún ajuste sobre aquellos rubros en que la contratista se encuentra con retraso con relación al cronograma de obras aprobado. El pago del reajuste no estará sujeto a los plazos establecidos para el pago del trabajo principal.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
Fe = Precio del kg. De varilla conformada de hierro, establecida en el Código 7-3 de la revista de la CAPACO, vigente treinta (30) días antes de la presentación de las facturas por obras y/o suministros realizados a las que se refiere el reajuste solicitado dentro de los plazos indicados en el Cronograma de Construcción.Justificación:
Fe0 = Precio del kg. De varilla conformada de hierro, establecida en el Código 7-3 de la revista de la CAPACO, vigente diez (10) días antes de la fecha de la presentación de las ofertas. la modificación de la fórmula se debe a un mejor análisis de las variables y su incidencia para la ejecución de obras, para el cálculo del reajuste se debe considerar las variables como componentes de obra que pueden sufrir variación durante la ejecución del contrato, el reajuste servirá como mecanismo por medio del cual el Banco Nacional de Fomento garantiza a la empresa adjudicada el principio de equilibrio económico del contrato de construcción y mantenimiento de obras, a fin de asegurar que las partes no se vean perjudicadas.
No será reconocido ningún ajuste sobre aquellos rubros en que la Contratista se encuentra con retraso con relación al Cronograma de Obras aprobado. El pago de reajuste no estará sujeto a los plazos establecidos para el pago del trabajo principal.
La Contratante emitirá una Resolución por cada ajuste de precios, en la que se dará a conocer el nuevo precio ajustado, debiendo facturarse la Mano de obra con dicho precio. La solicitud del Contratista deberá ser presentada antes de la emisión del Acta de Recepción Definitiva caso contrario no será procesada.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Plazo de pago: 45 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Los proveedores adjudicados podrán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido. Deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.
La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Plazo de pago: 45 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Porcentual conforme al avance de obra según Cronograma de ejecución plasmado en cada certificado a ser presentado para el pago en el marco del Contrato de Obra y la Modalidad de Oferta es por SUMA ALZADA, en el cual el Contratista oferta un precio fijo y global a cambio de una construcción completamente terminada y en estado de funcionamiento. Este precio se mantiene invariable, del 1 al 5 de cada mes el contratista deberá presentar a la Fiscalización, junto con la documentación respaldatoria, la solicitud de pago previa verificaciones, análisis y aprobaciones del Fiscal de Obras. Los proveedores adjudicados podrán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido. Deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones. Además deberán presentar documentos requeridos por la SEPRELAD según el Artículo 33 de la Resolución 70/2019 política de Conozca a su proveedor formulario Anexo 2 Perfil del cliente. Así mismo, se deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.
La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Plazo de pago: 45 días, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura.
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Porcentual conforme al avance de obra según Cronograma de ejecución plasmado en cada certificado a ser presentado para el pago en el marco del Contrato de Obra Los proveedores adjudicados podrán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido. Deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones. la Modalidad de Oferta es por SUMA ALZADA, en el cual el Contratista oferta un precio fijo y global a cambio de una construcción completamente terminada y en estado de funcionamiento. Este precio se mantiene invariable, del 1 al 5 de cada mes el contratista deberá presentar a la Fiscalización, junto con la documentación respaldatoria, la solicitud de pago previa verificaciones, análisis y aprobaciones del Fiscal de Obras. Los proveedores adjudicados podrán habilitar una cuenta en el Banco Nacional de Fomento, a fin de realizar la acreditación del pago correspondiente y así agilizar el proceso de liquidación de cancelación de obligaciones del Banco, para el efecto serán exonerados los requisitos de mantenimiento de Cajas de Ahorros, consistente en el depósito inicial y saldo promedio mínimo requerido. Deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones. Además deberán presentar documentos requeridos por la SEPRELAD según el Artículo 33 de la Resolución 70/2019 política de Conozca a su proveedor formulario Anexo 2 Perfil del cliente. Así mismo, se deberá adjuntar al legajo documentario copia de la nota de notificación de adjudicación emitida por la Gerencia Departamental Operativa de Contrataciones.
La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Solicitud de Pago de Anticipo
Las condiciones para la solicitud del pago de anticipo son como se establecen a continuación:
La Contratante pagará un Anticipo del 10 % (diez) por ciento del valor del contrato. Deberá contar con una garantía válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Contratista reciba el anticipo hasta la recepción provisoria de las Obras.
a) Plazo máximo para la presentación de la solicitud de pago de anticipo: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la suscripción del contrato.
b) Dirección: Independencia Nacional esquina 25 de mayo - Banco Nacional de Fomento, Asunción Paraguay
c) Horario de atención: lunes a Viernes de 8 am a 15.45 pm
d) Oficina y/o departamento: División Gabinete de Obras
e) Responsable de la recepción: Patricia Candia y/o Evelio Monges
f) Plazo o fecha en la cual se abonará al contratista el monto del anticipo, siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud: Dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la solicitud y previa presentación de (i) Solicitud escrita a la Contratante, (ii) Plan de Inversión del Anticipo conforme al Formulario N° 12 del PBC, (iii) Garantía por el 100 % del monto del Anticipo, (iv) Factura correspondiente al Anticipo
g) Forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones realizadas: Se deducirá el 10 % (diez por ciento) de cada Certificado presentado hasta alcanzar el monto total anticipado
1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que este debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La garantía de anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El pago del anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente cláusula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. El contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y/o gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del contrato. El contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al fiscal de obras, quien junto con la contratante realizará el seguimiento y control de los recursos entregados. El contratista estará obligado a proporcionar a la contratante los comprobantes, certificaciones y cualquier otra información que le fuera requerida con el objeto de comprobar el cumplimiento del plan de inversión del anticipo.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. El atraso en la entrega del anticipo imputable a la contratante prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
11. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar.
Solicitud de Pago de Anticipo
Las condiciones para la solicitud del pago de anticipo son como se establecen a continuación:
La Contratante pagará un Anticipo del 10 % (diez) por ciento del valor del contrato. Deberá presentar una garantía válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Contratista reciba el anticipo hasta la recepción provisoria de las Obras y deberá ser presentado en el Formulario Estándar establecido en el PBC para el efecto
a) Plazo máximo para la presentación de la solicitud de pago de anticipo: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la suscripción del contrato
b) Dirección: Independencia Nacional y 25 de mayo, Edificio BNF (Banco Nacional de Fomento, Casa Matriz).
c) Horario de atención: lunes a viernes de 8 am a 15.45 pm
d) Oficina y/o departamento: División Gabinete de Obras
e) Responsable de la recepción: Patricia Candia y/o Elva Cáceres
f) Plazo o fecha en la cual se abonará al contratista el monto del anticipo, siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud: Dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la solicitud y previa presentación de (I) Solicitud escrita a la Contratante, (II) Plan de Inversión del Anticipo conforme al Formulario N° 13 del PBC, (III) Garantía por el 100% del monto del Anticipo, (IV) Factura correspondiente al Anticipo.
g) Forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones realizadas: Se deducirá el 10 % (diez por ciento) de cada Certificado presentado hasta alcanzar el monto total anticipado.
Observación: Cuando se refiere a OTROS DOCUMENTOS, en el punto siete (7) indicado más abajo. Se consideran otros documentos solamente: recibos y remisiones.
1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que este debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La garantía de anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El pago del anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente cláusula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. El contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y/o gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del contrato. El contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al fiscal de obras, quien junto con la contratante realizará el seguimiento y control de los recursos entregados. El contratista estará obligado a proporcionar a la contratante los comprobantes, certificaciones y cualquier otra información que le fuera requerida con el objeto de comprobar el cumplimiento del plan de inversión del anticipo.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. El atraso en la entrega del anticipo imputable a la contratante prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
11. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar.
Solicitud de Pago de Anticipo
Las condiciones para la solicitud del pago de anticipo son como se establecen a continuación:
La Contratante pagará un Anticipo del 10 % (diez) por ciento del valor del contrato . Deberá contar con una garantía válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Contratista reciba el anticipo hasta la recepción provisoria de las Obras.. Deberá presentar una garantía válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Contratista reciba el anticipo hasta la recepción provisoria de las Obras y deberá ser presentado en el Formulario Estándar establecido en el PBC para el efecto
a) Plazo máximo para la presentación de la solicitud de pago de anticipo: 5 (cinco) días hábiles posteriores a la suscripción del contrato.
b) Dirección: Independencia Nacional esquinay 25 de mayo - , Edificio BNF (Banco Nacional de Fomento, Asunción ParaguayCasa Matriz).
c) Horario de atención: lunes a Viernes de 8 am a 15.45 pmlunes a viernes de 8 am a 15.45 pm
d) Oficina y/o departamento: División Gabinete de ObrasDivisión Gabinete de Obras
e) Responsable de la recepción: Patricia Candia Patricia Candia y/o Evelio MongesElva Cáceres
f) Plazo o fecha en la cual se abonará al contratista el monto del anticipo, siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud: Dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la solicitud y previa presentación de (iI) Solicitud escrita a la Contratante, (iiII) Plan de Inversión del Anticipo conforme al Formulario N° 1213 del PBC, (iiiIII) Garantía por el 100 % del monto del Anticipo, (ivIV) Factura correspondiente al Anticipo.
g) Forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones realizadas: Se deducirá el 10 % (diez por ciento) de cada Certificado presentado hasta alcanzar el monto total anticipado.
Observación: Cuando se refiere a OTROS DOCUMENTOS, en el punto siete (7) indicado más abajo. Se consideran otros documentos solamente: recibos y remisiones.
1. El anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que este debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual. El mismo no constituye un pago por adelantado; debe estar amparado con una garantía correspondiente al cien por ciento de su valor y deberá ser amortizado durante la ejecución del contrato y durante la ejecución de contrato demostrar el debido uso. La garantía de anticipo deberá mantener su vigencia hasta su total amortización.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
2. Si se establece en el SICP el otorgamiento de anticipos, no podrá superar en ningún caso el porcentaje establecido en la legislación vigente.
3. La solicitud de pago del anticipo deberá ser presentada por escrito, con la factura, el plan de inversiones y la Garantía de Anticipo.
4. El proveedor podrá remitir una comunicación por escrito a la contratante, en la cual informe que rechaza el anticipo previsto en el PBC. La falta de solicitud de anticipo en el plazo previsto en el PBC será considerada como un rechazo del mismo. En estos casos podrá darse inicio al cómputo de la ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
5. El pago del anticipo debe ser total. En el caso que se realizare el pago de un porcentaje inferior al 100% del mismo, el proveedor podrá rechazarlo en el plazo de cinco (5) días hábiles mediante una nota de reclamo remitida a la contratante. Transcurrido dicho plazo, se considerará que el anticipo ha sido aceptado por el proveedor y podrá darse inicio al cronograma de ejecución contractual en las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
6. En el caso de que el proveedor haya solicitado el anticipo en las condiciones establecidas en la presente cláusula y la convocante no ha procedido al pago, el oferente no está obligado a iniciar la ejecución del contrato hasta tanto el pago se haya efectuado de forma total o de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5.
7. El contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y/o gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del contrato. El contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al fiscal de obras, quien junto con la contratante realizará el seguimiento y control de los recursos entregados. El contratista estará obligado a proporcionar a la contratante los comprobantes, certificaciones y cualquier otra información que le fuera requerida con el objeto de comprobar el cumplimiento del plan de inversión del anticipo.
8. Para la ejecución de esta garantía, especialmente cuando sea instrumentada a través de Póliza de Seguro de caución, será requisito que previamente el proveedor sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
9. A menos que se indique otra cosa en este apartado, la Garantía de Anticipo será liberada por la contratante y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato, pudiendo ajustarse por el saldo adeudado.
10. El atraso en la entrega del anticipo imputable a la contratante prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
11. En el caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, los contratistas deberán reintegrar a la contratante el saldo por amortizar.
Certificaciones mensuales
Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:
1- Verificación y Constancia. Procedimientos: Se realizará del 25 al 30 de cada mes.
Conforme al cronograma de Ejecución el Contratista informa al Fiscal de Obras cuales son las cantidades ejecutadas
2- El Fiscal de Obras debe fijar la fecha para realizar la verificación y medición de los trabajos realizados
3- En la fecha fijada por el Fiscal de Obras se realizará la verificación y se labrará el Acta de Constancia o de Medición en el cual se consigan los resultados de la verificación para determinar la cantidad y el monto de los trabajos ejecutados.
4- Si el Contratista se niega a firmar el Acta de Constancia o Medición, o la firmara con reservas debe precisar por escrito sus observaciones o reservas al Fiscal de Obras. Deberá hacerlo dentro de los 7 días siguientes
5- Si el Contratista requerido en forma y tiempos oportunos, no estuviera presente o presentado en las verificaciones, se considerará que acepta sin reservas el Acta de Constancia o de Medición.
6- El Contratista deberá solicitar oportunamente que se verifiquen los trabajos que no pudieran ser objetos de verificaciones ulteriores, en particular cuando las obras quedan ocultas o inaccesibles.
7- En su defecto y salvo prueba en contrario presentada por el Contratista a su costo, el Contratista no puede objetar la decisión del Fiscal de Obras, relativa a dichos trabajos
8- Para el pago del rubro de hormigón armado se deberá presentar el informe de rotura de probetas firmado y aprobado por el Fiscal de Obras
Formulario a presentar: Acta de Medición e Informe de rotura de probetas
Certificación: Procedimientos
9- Las Certificaciones deberán ser entregadas por el Fiscal de Obras previa verificación, análisis, y aprobación a la Contratante del 1 al 5 de cada mes con toda la documentación respaldatoria.
10- El Administrador del Contrato verifica el Certificado y la factura
11- El Administrador del Contrato aprueba o rechaza el Certificado y la factura. En Caso de rechazo indica las correcciones a ser introducidas
12- La Contratante efectuará el pago correspondiente a los certificados y factura aprobados dentro de un plazo estimado de 45 días de la aprobación del Administrador del Contrato. Este plazo no se computa si no se presenta la factura.
Formulario a presentar: Certificado de obra.
Certificaciones mensuales
Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:
Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:
Procedimiento previo a la presentación de los certificados:
1. Verificación y Constancia. Procedimientos: Se realizará del 25 al 30 de cada mes.
Conforme al avance de los trabajos de Ejecución el Contratista informa al Fiscal de Obras cuales son las cantidades ejecutadas
2. El Fiscal de Obras debe fijar la fecha para realizar la verificación y medición de los trabajos realizados.
3. En la fecha fijada por el Fiscal de Obras se realizará la verificación y se labrará el Acta de Medición en el cual se consigan los resultados de la verificación para determinar la cantidad y el monto de los trabajos ejecutados
4. Si el Contratista se niega a firmar el Acta de Medición, o la firmara con reservas debe precisar por escrito sus observaciones o reservas al Fiscal de Obras. Deberá hacerlo dentro de los 7 días siguientes
5. Si el Contratista requerido en forma y tiempos oportunos, no estuviera presente o presentado en las verificaciones, se considerará que acepta sin reservas el Acta de Medición.
6. El Contratista deberá solicitar oportunamente que se verifiquen los trabajos que no pudieran ser objetos de verificaciones ulteriores, en particular cuando las obras quedan ocultas o inaccesibles.
7. En su defecto y salvo prueba en contrario presentada por el Contratista a su costo, el Contratista no puede objetar la decisión del Fiscal de Obras relativa a dichos trabajos
8. Para el pago del rubro de hormigón se deberá presentar el informe de rotura de probetas firmado por el Fiscal de Obras Formulario a presentar: Acta de Medición e Informe de rotura de probetas, emitido por las siguientes instituciones: Facultad de Ingeniería UNA o Facultad de Ingeniería UCA o el INTN.
Certificación: Procedimientos
9. Las Certificaciones deberán ser entregadas al Fiscal de Obras del Gabinete de Obras de la Gerencia Departamental de Administración, previa verificación, análisis, y aprobación a la Contratante del 1 al 5 de cada mes con toda la documentación respaldatoria.
10. El Administrador del Contrato verifica el Certificado y la factura.
11. El Administrador del Contrato aprueba o rechaza el Certificado y la factura. En Caso de rechazo indica las correcciones a ser introducidas.
12. La Contratante efectuará los pagos correspondientes a los certificados y factura aprobados dentro de un plazo estimado de 45 (cuarenta y cinco) días de la aprobación del Administrador del Contrato. Este plazo no se computa si no se presenta la factura.
Formulario a presentar: Certificado de obra conforme al modelo proveído por la Contratante.
Certificaciones mensuales
Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:
1- Verificación y Constancia. Procedimientos: Se realizará del 25 al 30 de cada mes. Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:
Conforme al cronogramaProcedimiento previo a la presentación de Ejecución el Contratista informa al Fiscal de Obras cuales son las cantidades ejecutadaslos certificados:
1. Verificación y Constancia. Procedimientos: Se realizará del 25 al 30 de cada mes.
Conforme al avance de los trabajos de Ejecución el Contratista informa al Fiscal de Obras cuales son las cantidades ejecutadas
2. El Fiscal de Obras debe fijar la fecha para realizar la verificación y medición de los trabajos realizados.
3. En la fecha fijada por el Fiscal de Obras se realizará la verificación y se labrará el Acta de Medición en el cual se consigan los resultados de la verificación para determinar la cantidad y el monto de los trabajos ejecutados
4. Si el Contratista se niega a firmar el Acta de Medición, o la firmara con reservas debe precisar por escrito sus observaciones o reservas al Fiscal de Obras. Deberá hacerlo dentro de los 7 días siguientes
5. Si el Contratista requerido en forma y tiempos oportunos, no estuviera presente o presentado en las verificaciones, se considerará que acepta sin reservas el Acta de Medición.
6. El Contratista deberá solicitar oportunamente que se verifiquen los trabajos que no pudieran ser objetos de verificaciones ulteriores, en particular cuando las obras quedan ocultas o inaccesibles.
7. En su defecto y salvo prueba en contrario presentada por el Contratista a su costo, el Contratista no puede objetar la decisión del Fiscal de Obras relativa a dichos trabajos
8. Para el pago del rubro de hormigón se deberá presentar el informe de rotura de probetas firmado por el Fiscal de Obras Formulario a presentar: Acta de Medición e Informe de rotura de probetas, 2- El Fiscalemitido por las siguientes instituciones: Facultad de Obras debe fijar la fecha para realizar la verificación y mediciónIngeniería UNA o Facultad de los trabajos realizadosIngeniería UCA o el INTN.
3- En la fecha fijada por el Fiscal de Obras se realizará la verificación y se labrará el Acta de Constancia o de Medición en el cual se consigan los resultados de la verificación para determinar la cantidad y el monto de los trabajos ejecutados.Certificación: Procedimientos
9. Las Certificaciones deberán ser entregadas 4- Si el Contratista se niega a firmar el Acta de Constancia o Medición, o la firmara con reservas debe precisar por escrito sus observaciones o reservas al Fiscal de Obras. Deberá hacerlo dentro del Gabinete de los 7 días siguientesObras de la Gerencia Departamental de Administración, previa verificación, análisis, y aprobación a la Contratante del 1 al 5 de cada mes con toda la documentación respaldatoria.
5- Si el Contratista requerido en forma y tiempos oportunos, no estuviera presente o presentado en las verificaciones, se considerará que acepta sin reservas el Acta de Constancia o de Medición. 10. El Administrador del Contrato verifica el Certificado y la factura.
6- El Contratista deberá solicitar oportunamente que se verifiquen los trabajos que no pudieran ser objetos de verificaciones ulteriores, en particular cuando las obras quedan ocultas o inaccesibles. 11. El Administrador del Contrato aprueba o rechaza el Certificado y la factura. En Caso de rechazo indica las correcciones a ser introducidas.
7- En su defecto y salvo prueba en contrario presentada por el Contratista a su costo, el Contratista no puede objetar la decisión del Fiscal de Obras, relativa a dichos trabajos12. La Contratante efectuará los pagos correspondientes a los certificados y factura aprobados dentro de un plazo estimado de 45 (cuarenta y cinco) días de la aprobación del Administrador del Contrato. Este plazo no se computa si no se presenta la factura.
Formulario a presentar: Certificado de obra 8- Para el pago del rubro de hormigón armado se deberá presentar el informe de rotura de probetas firmado y aprobadoconforme al modelo proveído por el Fiscal de Obras la Contratante.
Formulario a presentar: Acta de Medición e Informe de rotura de probetas
Certificación: Procedimientos
9- Las Certificaciones deberán ser entregadas por el Fiscal de Obras previa verificación, análisis, y aprobación a la Contratante del 1 al 5 de cada mes con toda la documentación respaldatoria.
10- El Administrador del Contrato verifica el Certificado y la factura
11- El Administrador del Contrato aprueba o rechaza el Certificado y la factura. En Caso de rechazo indica las correcciones a ser introducidas
12- La Contratante efectuará el pago correspondiente a los certificados y factura aprobados dentro de un plazo estimado de 45 días de la aprobación del Administrador del Contrato. Este plazo no se computa si no se presenta la factura.
Formulario a presentar: Certificado de obra.
Cuenta General. Finiquito
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:
Cuenta General. Finiquito
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto: 15 días
Cuenta General. Finiquito
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto:
La cuenta general, será comunicada por escrito al contratista, en el plazo de dieciocho (18) días contados después de la fecha de entrega de la estimación de la cuenta final, salvo que en este apartado se disponga de un plazo distinto: 15 días
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
La zona de obras se entregará en forma total y será formalizado a través de un Acto en el Sitio de Obras en presencia del Residente de Obras, el Fiscal de Obras y la Contratante, en dicho acto se labrará un Acta de Entrega del Sitio de Obras y se dejará sentado en el libro de Obras cualquier observación si las hubiere. Así mismo en ese Acto se librará la Orden de Inicio de los trabajos que será formalizado a través de un Acta de Orden de Inicio de Obras.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
- La zona de obras se entregará en forma total y será formalizado a través de un Acto en el Sitio de Obras en presencia del Residente de Obras, el Fiscal de Obras y la Contratante, en dicho acto se labrará un Acta de Entrega del Sitio de Obras y se dejará sentado en el libro de Obras cualquier observación si las hubiere. Así mismo en ese Acto se librará la Orden de Inicio de los trabajos que será formalizado a través de un Acta de Orden de Inicio de Obras.
- Las obras se entenderán por terminadas cuando estén 100% ejecutadas según planos, planillas y las instalaciones en funcionamiento.
Prórrogas por inclemencias climáticas
Se considerará 1 (un) día de prórroga a partir de los 30mm de lluvia caída que indique el informe meteorológico expedido por la Dirección de Meteorología e Hidrología; dicho informe meteorológico, debe ser presentado al fiscalizador junto con las demás documentaciones mensuales, para su consideración; en el caso de que la ciudad de la obra no cuente con informe meteorológico; se considerará el de la ciudad más cercana.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
- La zona de obras se entregará en forma total y será formalizado a través de un Acto en el Sitio de Obras en presencia del Residente de Obras, el Fiscal de Obras y la Contratante, en dicho acto se labrará un Acta de Entrega del Sitio de Obras y se dejará sentado en el libro de Obras cualquier observación si las hubiere. Así mismo en ese Acto se librará la Orden de Inicio de los trabajos que será formalizado a través de un Acta de Orden de Inicio de Obras.
- Las obras se entenderán por terminadas cuando estén 100% ejecutadas según planos, planillas y las instalaciones en funcionamiento.
La zona de obras se entregará en forma total y será formalizado a través de un Acto en el Sitio de Obras en presencia del Residente de Obras, el Fiscal de Obras y la Contratante, en dicho acto se labrará un Acta de Entrega del Sitio de Obras y se dejará sentado en el libro de Obras cualquier observación si las hubiere. Así mismo en ese Acto se librará la Orden de Inicio de los trabajos que será formalizado a través de un Acta de Orden de Inicio de Obras.Prórrogas por inclemencias climáticas
Se considerará 1 (un) día de prórroga a partir de los 30mm de lluvia caída que indique el informe meteorológico expedido por la Dirección de Meteorología e Hidrología; dicho informe meteorológico, debe ser presentado al fiscalizador junto con las demás documentaciones mensuales, para su consideración; en el caso de que la ciudad de la obra no cuente con informe meteorológico; se considerará el de la ciudad más cercana.
Multas y retenciones
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:
0.05% (cero punto cero cinco) porciento, por cada día de atraso en el incumplimiento del cronograma de ejecución de la obra. Este porcentaje se aplicará sobre cada certificado de obra presentado.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Multas y retenciones
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:
0.3% (cero punto tres) porciento, por cada día de atraso en el incumplimiento del cronograma de ejecución de la obra. Este porcentaje se aplicará sobre cada certificado de obra presentado.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Justificación: El porcentaje establecido es conforme a la complejidad y envergadura de la convocatoria, con relación al costo estimado proyectado para la obra.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Multas y retenciones
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:
0.3% (cero punto tres) porciento, por cada día de atraso en el incumplimiento del cronograma de ejecución de la obra. Este porcentaje se aplicará sobre cada certificado de obra presentado.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Justificación:0.05% (cero punto cero cinco) porciento, por cada día de atraso en el incumplimiento del cronograma de ejecución El porcentaje establecido es conforme a la complejidad y envergadura de la convocatoria, con relación al costo estimado proyectado para la obra. Este porcentaje se aplicará sobre cada certificado de obra presentado.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Recepción provisoria de las obras
- LOTE Nº 1 CIUDAD DEL ESTE:
La recepción provisoria de las obras será: Total.
- Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: No Aplica
- Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: No Aplica
- Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas Hidráulicos
- Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: No Aplica
- LOTE Nº 2 TOMÁS ROMERO PEREIRA:
La recepción provisoria de las obras será: Total.
- Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: No Aplica
- Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: No Aplica
- Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas Hidráulicos
- Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: No Aplica
Recepción provisoria de las obras
Para ambos lotes
La recepción provisoria de las obras será: Total
Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: No aplica.
Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: 7 días.
Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas Hidráulicos.
Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: No aplica.
Recepción provisoria de las obras
LOTE Nº 1 CIUDAD DEL ESTE:
Para ambos lotes
La recepción provisoria de las obras será: Total. Total
Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes:No AplicaDentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor:No AplicaPruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras:Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas HidráulicosConstatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones:No Aplica
LOTE Nº 2 TOMÁS ROMERO PEREIRA:
LaLas modalidades de recepción provisoria de las obras serápor etapas son las siguientes: No aplica.
Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: Total7 días.
Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes:No AplicaDentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor:No AplicaPruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras:Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas HidráulicosConstatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones:No Aplica
Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: Pruebas de Sistemas de Prevención contra Incendios PCI, pruebas de Sistemas de Climatización, Pruebas de Sistemas de Eléctricos, pruebas de Sistemas Electromecánicos, pruebas de Sistemas de Redes, alarmas y CCTV, pruebas de Sistemas Hidráulicos.
Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: No aplica.