En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia Requerida dice:
Para acreditar la experiencia, el oferente deberá presentar: Copia de los contratos ejecutados y/o facturas correspondientes al objeto de la presente contratación (sistemas de circuito cerrado de televisión) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas, dichos contratos o facturas deberán corresponder al periodo contemplado entre los años 2018, 2019, 2020, y la sumatoria de los mismos deberá ser al menos el 50% de los precios de referenciales. Se aclara que no es necesario contar con un contrato por año.
Con respecto a la experiencia requerida, SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sean aceptadas la experiencia específica de al menos 1 proyecto con 100 (cien) o más cámaras realizado en los últimos 5 (cinco) años. Entre los años (2016, 2017, 2018, 2019 y 2020).
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia Requerida dice:
Para acreditar la experiencia, el oferente deberá presentar: Copia de los contratos ejecutados y/o facturas correspondientes al objeto de la presente contratación (sistemas de circuito cerrado de televisión) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas, dichos contratos o facturas deberán corresponder al periodo contemplado entre los años 2018, 2019, 2020, y la sumatoria de los mismos deberá ser al menos el 50% de los precios de referenciales. Se aclara que no es necesario contar con un contrato por año.
Con respecto a la experiencia requerida, SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sean aceptadas la experiencia específica de al menos 1 proyecto con 100 (cien) o más cámaras realizado en los últimos 5 (cinco) años. Entre los años (2016, 2017, 2018, 2019 y 2020).
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Dicho punto fue modificado conforme se establece de la siguiente manera: Para acreditar la experiencia, el oferente deberá presentar: Copia de los contratos ejecutados y/o facturas correspondientes al objeto de la presente contratación (sistemas de circuito cerrado de televisión) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas, dichos contratos o facturas deberán corresponder al periodo contemplado entre los años 2018, 2019, 2020, y la sumatoria de los mismos deberá ser al menos el 50% del monto total de la oferta. Se aclara que no es necesario contar con un contrato por año. Favor remitirse a Adenda N° 8.
52
*- Capacidad Técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, dice:
3. El oferente deberá contar con 2(dos) técnicos certificados por el fabricante de la solución ofertada (SISTEMA DE CCTV), y que los mismos realizaran las tareas de instalación, montaje, configuración y puesta en marcha del sistema.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado al menos 1 Técnico Certificado por el fabricante de la solución ofertada (SISTEMA DE CCTV).
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, dice:
3. El oferente deberá contar con 2(dos) técnicos certificados por el fabricante de la solución ofertada (SISTEMA DE CCTV), y que los mismos realizaran las tareas de instalación, montaje, configuración y puesta en marcha del sistema.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado al menos 1 Técnico Certificado por el fabricante de la solución ofertada (SISTEMA DE CCTV).
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Los requisitos expuestos son los mínimos que deberán cumplirse. Favor remitirse al PBC. Se aclara que, por la envergadura del proyecto, es requerida la cantidad mínima de 2 (dos) técnicos certificados en CCTV.
53
ITEM 10 ESTACIONES DE TRABAJO
ITEM 10 ESTACIONES DE TRABAJO
Se solicita Al menos 2 Interfaces HDMI que soporten cámaras con resolución de hasta 4K, además de una interfaz VGA @ 1080p. Podrían aclarar si serán aceptados conversores del tipo display port a HDMI para lograr lo solicitado
ITEM 10 ESTACIONES DE TRABAJO
Se solicita Al menos 2 Interfaces HDMI que soporten cámaras con resolución de hasta 4K, además de una interfaz VGA @ 1080p. Podrían aclarar si serán aceptados conversores del tipo display port a HDMI para lograr lo solicitado
Serán aceptados conversores. Favor remitirse a Adenda N° 8.
54
*- Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, dice:
13. El fabricante deberá demostrar por lo menos 10 instalaciones para categorías de cables tipo UTP y fibra óptica que será instalado en el proyecto en 10 empresas públicas y/o privadas en el Paraguay.
Entendemos que la convocante se refiere a que el Oferente que deberá demostrar por lo menos 10 instalaciones para categorías de cables tipo UTP y fibra óptica que será instalado en el proyecto en 10 empresas públicas y/o privadas en el Paraguay.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta solicitamos se modifique este requerimiento.
04-11-2021
27-12-2021
*- Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica, dice:
13. El fabricante deberá demostrar por lo menos 10 instalaciones para categorías de cables tipo UTP y fibra óptica que será instalado en el proyecto en 10 empresas públicas y/o privadas en el Paraguay.
Entendemos que la convocante se refiere a que el Oferente que deberá demostrar por lo menos 10 instalaciones para categorías de cables tipo UTP y fibra óptica que será instalado en el proyecto en 10 empresas públicas y/o privadas en el Paraguay.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta solicitamos se modifique este requerimiento.
Dicho punto fue modificado, favor remitirse a la Adenda N° 8.
55
ITEM 6 CÁMARA TIPO 6 - PTZ interior
ITEM 6 CÁMARA TIPO 6 - PTZ interior
Se solicita Velocidad Pan Preset: 808°/s. consultamos amablemente si podrían aclarar si se trata de un error de tipeo, siendo la cantidad solicitada imposible de cumplir para cualquier fabricante. Solicitamos amablemente si la interpretación de que es requerido 80° / s es correcta.
ITEM 6 CÁMARA TIPO 6 - PTZ interior
Se solicita Velocidad Pan Preset: 808°/s. consultamos amablemente si podrían aclarar si se trata de un error de tipeo, siendo la cantidad solicitada imposible de cumplir para cualquier fabricante. Solicitamos amablemente si la interpretación de que es requerido 80° / s es correcta.
Se modifica el siguiente punto, se establece como se detalla Velocidad Pan Preset: 80°/s. Favor remitirse a Adenda N° 8.
56
ITEM 7 GRABADOR
ITEM 7 GRABADOR
Se solicita Temperatura de operación 9.065. consultamos amablemente si podrían aclarar si se trata de un error de tipeo, siendo que la temperatura de 9,065 es muy numero muy especifico y entendemos que debería se ser un rango el cumplimiento o bien una temperatura máxima y/o mínima
ITEM 7 GRABADOR
Se solicita Temperatura de operación 9.065. consultamos amablemente si podrían aclarar si se trata de un error de tipeo, siendo que la temperatura de 9,065 es muy numero muy especifico y entendemos que debería se ser un rango el cumplimiento o bien una temperatura máxima y/o mínima
Se ajusta el siguiente punto Temperatura de operación: 0°C a 50 °C. Favor remitirse a Adenda N° 8.
57
*- Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Campo de visión horizontal: 110° a 30°
Campo de visión vertical: 55° a 20°.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Camara Bullet Externa con Campo de visión horizontal: >=90° a >=25° y Campo de visión vertical: >=45° a >=15°.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Campo de visión horizontal: 110° a 30°
Campo de visión vertical: 55° a 20°.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Camara Bullet Externa con Campo de visión horizontal: >=90° a >=25° y Campo de visión vertical: >=45° a >=15°.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se ha modificado el campo de visión horizontal, ver Adenda N° 8, para el campo de visión vertical, remitirse al PBC.
58
*- Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Campo de visión horizontal: 110° a 30°
Campo de visión vertical: 55° a 20°.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Camara Bullet Externa con Campo de visión horizontal: >=90° a >=25° y Campo de visión vertical: >=45° a >=15°.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Campo de visión horizontal: 110° a 30°
Campo de visión vertical: 55° a 20°.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Camara Bullet Externa con Campo de visión horizontal: >=90° a >=25° y Campo de visión vertical: >=45° a >=15°.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se ha modificado el campo de visión horizontal, ver Adenda N° 8, para el campo de visión vertical remitirse al PBC.
59
*- Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Compresión de audio: G.711, G.722.1, G.726, MP2L2 y PCM.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Cámara Bullet Externa con Compresión de audio: G.711 o G.722.1 o G.726 o MP2L2 o PCM. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 1. CÁMARA TIPO 1 - BULLET EXTERNA, dice:
Compresión de audio: G.711, G.722.1, G.726, MP2L2 y PCM.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Cámara Bullet Externa con Compresión de audio: G.711 o G.722.1 o G.726 o MP2L2 o PCM. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Dicho punto fue modificado, remitirse a la Adenda N° 8.
60
*- Ítem 2. CÁMARA TIPO 2 - BULLET EXTERNA CON ANALISIS
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 2. CÁMARA TIPO 2 - BULLET EXTERNA CON ANALISIS, dice:
Rendimiento de captura y reconocimiento facial:
Mínimo 20 rostros capturados de manera simultánea y reconocimiento mediante el modelado, vectorizado y la comparación con los rostros almacenados en su librería interna o del NVR.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Cámara Bullet Externa con Análisis que tenga un Rendimiento de captura y reconocimiento facial de al menos 10 rostros capturados de manera simultánea y reconocimiento mediante el modelado, vectorizado y la comparación con los rostros almacenados en su librería interna o del NVR . De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
04-11-2021
27-12-2021
*- Ítem 2. CÁMARA TIPO 2 - BULLET EXTERNA CON ANALISIS
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Ítem 2. CÁMARA TIPO 2 - BULLET EXTERNA CON ANALISIS, dice:
Rendimiento de captura y reconocimiento facial:
Mínimo 20 rostros capturados de manera simultánea y reconocimiento mediante el modelado, vectorizado y la comparación con los rostros almacenados en su librería interna o del NVR.
SOLICITAMOS respetuosamente a la convocante sea aceptado Cámara Bullet Externa con Análisis que tenga un Rendimiento de captura y reconocimiento facial de al menos 10 rostros capturados de manera simultánea y reconocimiento mediante el modelado, vectorizado y la comparación con los rostros almacenados en su librería interna o del NVR . De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo