Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
81 Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores ¿Se necesita contar con un ecosistema de proveedores de terceros y ISV certificados para correr sobre la plataforma? como por ejemplo:Appdynamics,Dynatrace, Zabbix,Sysdig , etc. 11-10-2021
82 Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores ¿Es necesario que la plataforma tenga la capacidad de poder encriptar los nodos de ETCD, para el cluster de kubernetes como mecanismo de seguridad para evitar pérdida de datos? 11-10-2021
83 Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores GitOps es un framework que se ha convertido en el standard para automatización de depliegue de aplicaciones contenerizadas e infraestructura, ¿Es necesario que la plataforma provea soporte para GitOps? 11-10-2021
84 Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores ¿La plataforma debe ofrecer diferentes estrategias para construir imágenes personalizadas de contenedores? ej: construcción automática de imágenes en base al código fuente de un repositorio GIT, construcción a partir de pipelines CI/CD y construcción a partir de Dockerfile? Propuesta: ¿Existe en MITIC un modelo estandar para la construcción de Imagenes/Contenedores desde el código fuente o despliegue de contenedores de diferentes proveedores de Software? o ¿la plataforma debe proveer multiples capacidades para construcción de las imagenes para que se ajusten a las necesidades del usuario final? como por ejemplo: Pipelines de desarrollo (Jenkins, Tekton), GitOps, Builds Configs y Operators. 11-10-2021
85 Consulta Cronograma y Actividades: Se solicita a la convocante extender el plazo de la FASE 2, "Migración de VMs", de 90 días a 270 días, atendiendo a que la Fase 3 y demás tareas restantes se pueden realizar en paralelo, sin afectar el tiempo final del cronograma original. Esto se debe a la complejidad y cantidad de máquinas virtuales a ser migradas, las cuales entendemos que están entre 600 y 700 VMs. 11-10-2021
86 Consulta Inciso 7.4.2 Dimensionamiento para el esquema de contingencia Con respecto a los servicios profesionales de nube pública, los mismos están definidos como 1000 horas de varios perfiles. Estas 1000 (mil) horas son totales para todos los perfiles solicitados? O son 1000 horas por cada perfil solicitado? Por ejemplo: Project Manager, Arquitecto Cloud (Senior), DevOps (Senior), Especialista de Seguridad, Arquitecto de Base de Datos. Favor especificar cuantas horas son requeridas para cada perfil solicitado. 11-10-2021
87 1.1.5.5. Equipos de seguridad perimetral (Firewall) Requisito 1: “Deberá contar con un Throughput Firewall de al menos 30 Gbps”. Consulta: Teniendo en cuenta la envergadura del proyecto y lo que representará para la infraestructura del gobierno consideramos que en cuanto a Firewall se requiere un equipo con prestaciones superiores fundamentalmente en cuanto a rendimiento por tanto recomendamos aumentar el valor de Throughput a 76 Gbps en claro beneficio de la convocante. 11-10-2021
88 Consulta Inciso 7.4.4 Servicios Profesionales de Nube Publica: Con respecto a los servicios de nube pública no se hace referencia a cuántas horas se deben utilizar las máquinas virtuales o los contenedores, podrían indicar por favor cuántas horas al mes y por cuántos meses se requiere la cantidad de VMs y Contenedores en la nube pública? 11-10-2021
89 Consulta Inciso 7.8 Servicio de Garantía, Asistencia y mantenimiento: Se entiende por lo expresado en este punto el nivel de soporte por parte del proveedor y responsabilidades, tanto en el alcance como en el nivel del SLA de mantenimiento del Hardware de la solución. Sin embargo como en este apartado ni otros hace referencia al nivel de SLA o soporte por parte del fabricante del software requerido por MITIC, se solicita a la contratante favor aclarar el nivel de SLA requerido (8x5 o 7x24) y para cuáles componentes de la solución completa. Para poder aclarar este punto, se entiende que existen componentes de software más críticos unos que otros, atendiendo como software críticos a los que deben estar siempre disponible para el funcionamiento de las aplicaciones que funcionen sobre la solución de nube, y los no críticos como los servicios auxiliares de administración de la nube que acompañan al core o núcleo principal de la solución. Teniendo en cuenta lo expresado, se puede prever soporte y SLA con el fabricante solamente para el software crítico? Ejemplo de software crítico: Plataforma de virtualización e hipervisores, Redes basadas en software, Aplicaciones basadas en contenedores, Almacenamiento definido por software. Ejemplo de software no crítico: Gestor de la nube, Software de backup Favor aclarar también la cantidad de tiempo de soporte requerido por parte del fabricante de software, sería hasta la finalización del contrato con fecha 31/12/2024? El SLA con el fabricante le da garantías del uso, alcance y soporte de la solución de software que acompaña la oferta. Garantizar explícitamente los niveles de SLA 1,2,3 del fabricante del software licenciado o bajo suscripción evitan cualquier potencial problema de continuidad de calidad y control, además del soporte directo y adquisición de uso de dicho software, por parte de MITIC. Esto no limita ni condiciona los requerimientos del apartado 7.8 sino que refuerza el punto y mejora la transparencia entre los alcances del proveedor, el fabricante y MITIC. 11-10-2021
90 *-Experiencia Requerida En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación, EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA, numeral 2.1.2.2, dice: “Acreditar haber proveído en los últimos diez (10) años, incluyendo el 2020 bienes y/o servicios similares a la naturaleza de este llamado en al menos 2 de los siguientes rubros: Cableado Estructurado, Fibra Óptica, Instalación, Montaje y/o Adecuación de Data centers, Storage, Firewalls, Switches, Racks, Sistemas eléctricos, UPS (Uninterrupted Power Supply) Rackeables, Aires Acondicionados para Data centers y Servidores a través de Facturas y/o Contratos y/o Órdenes de Compra y/o Certificados, y/o actas de entrega y/o órdenes de compra cuya sumatoria resulte de al menos USD 2.000.000 (Dólares americanos dos millones) en no más de 5 contratos.” Al respecto, solicitamos a la convocante sea acreditada la experiencia en la provisión de bienes y/o servicios de Infraestructura en Tecnología de la Información y la Comunicación y/o Equipos Informáticos (Notebooks, Computadoras de Escritorios, Tablets, Proyectores, Cableado Estructurado, Fibra Óptica, Instalación, Montaje y/o Adecuación de Data centers, Storage, Firewalls, Switches, Racks, Sistemas eléctricos, UPS (Uninterrupted Power Supply) Rackeables, Aires Acondicionados para Data centers y Servidores) a entidades públicas y/o privadas, en los últimos 10 años incluyendo el 2020, cuya sumatoria resulte de al menos USD 2.000.000 (Dólares americanos dos millones) en no más de 5 contratos, considerando que los bienes y servicios cuya inclusión se solicita, guardan estrecha relación con los bienes objeto del llamado en cuestión. Se cursa esta solicitud a fin de que puedan participar un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante y no favorecer indebidamente a una sola empresa, ya que la Convocanteel oferente podrá contar con ofertas de empresas con una mayor trayectoria en la ejecución de contratos vinculados al rubro del llamado, asegurándose además la calidad en cuanto a la capacidad de los oferentes. Dicha solicitud encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 11-10-2021
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