En el Pliego de Bases y Condiciones. DATOS DE LA LICITACION, TÉCNICAS, CAPACIDAD TECNICA dice: “Fecha Límite de Consultas: lunes, 11 de octubre de 2021 - 16:00”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender el plazo límite de consultas teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, a fin de disponer de un mayor tiempo de análisis de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. DATOS DE LA LICITACION, TÉCNICAS, CAPACIDAD TECNICA dice: “Fecha Límite de Consultas: lunes, 11 de octubre de 2021 - 16:00”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender el plazo límite de consultas teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, a fin de disponer de un mayor tiempo de análisis de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender el plazo límite para la presentación de ofertas teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, a fin de disponer de un mayor tiempo de análisis de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender el plazo límite para la presentación de ofertas teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, a fin de disponer de un mayor tiempo de análisis de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO 2 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA SOLUCIÓN, Características Detalladas del Equipamiento y sus Componentes, Capa física, Nodos de administración, Almacenamiento, se solicita:
“Deberá contar con dos unidades de discos de al menos 480 GB SAS (Serial Attached SCSI disk) en configuración espejada para instalación del Sistema Operativo (S.O.) o Hipervisor.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos con dos unidades de discos de al menos 400 GB SAS en configuración espejada para la instalación del SO. Este requerimiento no afectará la performance de la solución y se ajustará a las capacidades estándar del mercado actual; la cantidad de 400 GB es más que suficiente para la instalación del sistema operativo de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO 2 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA SOLUCIÓN, Características Detalladas del Equipamiento y sus Componentes, Capa física, Nodos de administración, Almacenamiento, se solicita:
“Deberá contar con dos unidades de discos de al menos 480 GB SAS (Serial Attached SCSI disk) en configuración espejada para instalación del Sistema Operativo (S.O.) o Hipervisor.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados a su vez equipos con dos unidades de discos de al menos 400 GB SAS en configuración espejada para la instalación del SO. Este requerimiento no afectará la performance de la solución y se ajustará a las capacidades estándar del mercado actual; la cantidad de 400 GB es más que suficiente para la instalación del sistema operativo de la solución. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la ListadePrecios:indicaenlacolumna11–Impuestossobrelaventayotrosimpuestospagadoso porpagar sobreelartículo,sielcontratoes adjudicadodeacuerdo conlaIAO14.8.
Solicitamos a la convocante incluya un ejemplo de cómo necesitan que estén desglosados los costos que deben ser incluidos en la planilla de precios, ya que dicha planilla incluida en el pliego no tiene indicaciones claras.
11-10-2021
En la ListadePrecios:indicaenlacolumna11–Impuestossobrelaventayotrosimpuestospagadoso porpagar sobreelartículo,sielcontratoes adjudicadodeacuerdo conlaIAO14.8.
Solicitamos a la convocante incluya un ejemplo de cómo necesitan que estén desglosados los costos que deben ser incluidos en la planilla de precios, ya que dicha planilla incluida en el pliego no tiene indicaciones claras.
Consulta Inciso 1.2 Capa de Infraestructura Virtual:
Favor aclarar sobre el punto "Deberá ofrecer la capacidad de crear grupos y perfiles de almacenamiento." a qué se refiere la mencionada funcionalidad, teniendo en cuenta que se refiere a una funcionalidad de la capa de almacenamiento, y no pertenecería a la categoría de Plataforma de virtualización e hipervisores.
11-10-2021
Consulta Inciso 1.2 Capa de Infraestructura Virtual:
Favor aclarar sobre el punto "Deberá ofrecer la capacidad de crear grupos y perfiles de almacenamiento." a qué se refiere la mencionada funcionalidad, teniendo en cuenta que se refiere a una funcionalidad de la capa de almacenamiento, y no pertenecería a la categoría de Plataforma de virtualización e hipervisores.
Consulta Inciso Inciso 1.2 Redes basadas en Software:
Favor tener en cuenta el punto "Todos los atributos de ruteamiento deben ser sincronizados con los elementos de control evitando flooding o un número excesivo de broadcast." como opcional debido a que un solo vendor lo soporta.
11-10-2021
Consulta Inciso Inciso 1.2 Redes basadas en Software:
Favor tener en cuenta el punto "Todos los atributos de ruteamiento deben ser sincronizados con los elementos de control evitando flooding o un número excesivo de broadcast." como opcional debido a que un solo vendor lo soporta.
Entendemos que este requerimiento "Deberá proveer un firewall que mantenga el estado de la negociación de los paquetes, mejor conocido como “stateful inspection”." aplicaría al firewall de seguridad perimetral, es correcto?
Entendemos que este requerimiento "Deberá proveer un firewall que mantenga el estado de la negociación de los paquetes, mejor conocido como “stateful inspection”." aplicaría al firewall de seguridad perimetral, es correcto?
Consulta Inciso 1.2 Almacenamiento definido por software
Favor aclarar sobre el punto "La solución de almacenamiento deberá soportar la configuración de grupos de recursos SDS y FC-S." a qué se refiere la mencionada funcionalidad de FC-S.
11-10-2021
Consulta Inciso 1.2 Almacenamiento definido por software
Favor aclarar sobre el punto "La solución de almacenamiento deberá soportar la configuración de grupos de recursos SDS y FC-S." a qué se refiere la mencionada funcionalidad de FC-S.
Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores
¿La plataforma de contenedores deben contar con un servicio que permita federar usuarios, aplicar estadandares de seguridad de autenticacion y autorizacion mediante policas de acceso basada en roles?
11-10-2021
Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores
¿La plataforma de contenedores deben contar con un servicio que permita federar usuarios, aplicar estadandares de seguridad de autenticacion y autorizacion mediante policas de acceso basada en roles?
Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores
¿La distribución de kubernetes debe incluir dentro de cada cluster una herramienta que permita hacer la indexación y busqueda dentro de los logs como parte integral del cluster?
11-10-2021
Consulta Inciso 1.2 Aplicaciones basadas en contenedores
¿La distribución de kubernetes debe incluir dentro de cada cluster una herramienta que permita hacer la indexación y busqueda dentro de los logs como parte integral del cluster?