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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Capital de cobertura

BIENES ASEGURADOS

TIPO DE COBERTURA

SUMA ASEGURADA

FRANQUICIA

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.

Nº de Chapa: EAE 993.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0681.

Contra todo riesgo. 158.333.334 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.

Nº de Chapa: EAF 310.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0705.

Contra todo riesgo. 158.750.000 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.

Nº de Chapa: EAF 346.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0711.

Contra todo riesgo. 158.750.000 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.

Nº de Chapa: HAN 812.

Código Patrimonial Nº: 12008-472-132-1123.

Contra todo riesgo. 96.216.900 Sin Franquicia.

Tipo: Camión Furgón.

Marca: Hyundai.

Modelo: PICK-UP.

Nº de Chapa: EAF 374

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0841.

Contra todo riesgo 280.000.000 Sin Franquicia.

Capital de cobertura

BIENES ASEGURADOS

TIPO DE COBERTURA

SUMA ASEGURADA

FRANQUICIA

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP - 2010

Cédula Verde: D/1110069-1

Nº de Chapa: EAE 993.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0681.

Contra todo riesgo. 158.333.334 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.- 2009

Cédula Verde: D/1176305-1

Nº de Chapa: EAF 310.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0705.

Contra todo riesgo. 158.750.000 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.- 2009

Cédula Verde: D/1185584-1

Nº de Chapa: EAF 346.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0711.

Contra todo riesgo. 158.750.000 Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP - 2017

Cédula Verde: D/3262591-1

Nº de Chapa: HAN 812.

Código Patrimonial Nº: 12008-472-132-1123.

Contra todo riesgo. 96.216.900 Sin Franquicia.

Tipo: Camión Furgón.

Marca: Hyundai.

Modelo: PICK-UP - 2009

Cédula Verde: D/1189935-1

Nº de Chapa: EAF 374

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0841.

Contra todo riesgo 280.000.000 Sin Franquicia.

Capital de cobertura

BIENES ASEGURADOS

TIPO DE COBERTURA

SUMA ASEGURADA

FRANQUICIA

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP. - 2010

Cédula Verde: D/1110069-1

Nº de Chapa: EAE 993.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0681.

Contra todo riesgo.

158.333.334

Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.- 2009

Cédula Verde: D/1176305-1

Nº de Chapa: EAF 310.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0705.

Contra todo riesgo.

158.750.000

Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP.- 2009

Cédula Verde: D/1185584-1

Nº de Chapa: EAF 346.

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0711.

Contra todo riesgo.

158.750.000

Sin Franquicia.

Tipo: Camioneta.

Marca: Mahindra

Modelo: PICK-UP. - 2017

Cédula Verde: D/3262591-1

Nº de Chapa: HAN 812.

Código Patrimonial Nº: 12008-472-132-1123.

Contra todo riesgo.

96.216.900

Sin Franquicia.

Tipo: Camión Furgón.

Marca: Hyundai.

Modelo: PICK-UP. - 2009

Cédula Verde: D/1189935-1

Nº de Chapa: EAF 374

Código Patrimonial Nº: 001-03-24-0841.

Contra todo riesgo

280.000.000

Sin Franquicia.

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

No.de Artículo

Normas

Presentación
1 ROBO Y/O HURTO: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante la denuncia formulada ante la autoridad policial.- Por evento.
2

INCENDIO Y ACCIDENTES: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales y totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, granizo, vuelco, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o este estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Por evento.
3 DAÑOS POR TUMULTO Y/O ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA: 100% del valor del daño ocasionado. Por evento.
4 Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. Por evento.
5 DAÑOS A ACCESORIOS POR ACCIDENTE  
5.1 Radio, antena. Por evento.
5.2 Aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. 100% del valor del daño ocasionado. Por evento.
6 RESPONSABILIDAD CIVIL  
6.1 El Asegurador deberá indemnizar a terceras personas en el caso de sufrir lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre el vehículo asegurado. Por evento Gs. 50.000.000 por persona
6.2 Daños a cosas de terceros. Por evento. Por el valor del daño causado.
6.3 Cobertura de gastos médicos para cada persona. Hasta Gs. 10.000.000 cada uno.
7 OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO  
7.1 El Asegurador deberá indemnizar a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personas en el caso de sufrir lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado Por evento Gs. 50.000.000 por cada ocupante.
7.2 Gastos médicos de hasta máximo 5 (cinco) ocupantes Por evento.
7.3 Muerte o invalidez por robo y/o Asalto para 5 (cinco) ocupantes. Por evento Gs. 50.000.000 por cada ocupante.
7.4 Incapacidad permanente por cada ocupante. Por evento Gs. 50.000.000 por cada ocupante.
8 DEMÁS COBERTURAS REQUERIDAS  
8.1 Asistencia mecánica con grúa y cerrajería para cada vehículo por cada evento solicitado en todo el Territorio Nacional. Por evento.
8.2 Contra fenómenos naturales, incluye granizos y raudales. Por evento.
8.3 Grúa a cualquier parte del país sin costo adicional por cualquier motivo al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje 24hs. Por evento.
8.4 Asistencia de ambulancia para accidentes de los ocupantes del vehículo de máximo 5 (cinco) ocupantes. Por evento.
8.5 Asistencia de ambulancia para accidentes ocasionados a terceras personas. Por evento.
8.6 Asesoramiento legal en siniestros por cada evento. Por evento.
8.7 Cobertura jurídica por cada evento. Por evento.
8.8 Especificar otras coberturas ofrecidas. Por cada vehículo.

Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas.

VALORES A RIESGO

 Caso: Incendio

Accidente y Robo Incendio y Accidentes: El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, vuelco, daños por temporales y/o granizo, despeñamiento, inmersión, roce, choque de/o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Robo y/o Hurto: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.

Daños por Tumulto y/o Alboroto Popular y/o Huelga: Cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que, revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos.

Daño de los accesorios: Los accesorios como ser: radio, antena y aire acondicionado:

  • Radio y Antena: Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones);
  • Aire Acondicionado: Gs. 5.000.000 (guaraníes cinco millones)

LA COBERTURA DEBE INCLUIR:

  • Cobertura cualquier conductor.
  • Carta Verde sin costo.
  • Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero (sin costo).
  • Cobertura sin franquicias.
  • Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidentes y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo.

OBSERVACIONES:

  • La Carta Verde será solicitada por la convocante cuando así sea requerido y la vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • La Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero será solicitada por la convocante cuando sea requerido un viaje internacional de uno de los vehículos detallados. La vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los treinta días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
  • En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características, quedando a cargo exclusivo del asegurador los pagos de gastos de transferencia y otros accesorios necesarios al efecto.

ACCIDENTES PERSONALES

El asegurador deberá indemnizar en el caso de que los ocupantes (Conductor y Acompañantes) del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. A los efectos de ésta cobertura se entiende por:

Ocupante: Es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.

Accidente: Se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

RESPONSABILIDAD CIVIL:

Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de Daños personales y/o materiales causados a terceros transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a lo siguiente:

a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona.

b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas.

c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.

PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN PARA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Muerte o incapacidad total de por vida-Físico o mental: 100%
  • Pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos: 100%
  • Pérdida de una mano o de un pie y la vista de un ojo: 100%
  • Pérdida total de la audición de ambos oídos: 80%
  • Pérdida total de una mano o de un pie: 80%
  • Pérdida total de un sentido o un órgano no especificado: 50%
  • Pérdida total de la vista de un ojo: 50% 
  • Deformación del rostro: 50%
  • Debilitamiento permanente de un órgano o de un sentido no especificado.: 50%
  • Pérdida total del pulgar y del índice de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total del pulgar de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total de cualquiera de los demás dedos de las manos: 30%
  • Pérdida total de cualquiera de los dedos de un pie: 30%

Por pérdida total: Se entiende aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación funcional total y definitiva del miembro u órgano lesionado.

La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional.

Con la pérdida parcial de los miembros u órganos, se sumarán los porcentajes correspondientes a cada miembro u órgano perdido, sin que la indemnización total pueda exceder el 100% de la indemnización máxima.

Para otros casos de incapacidad no previstos en lo mencionado anteriormente, será establecido según diagnóstico médico.

El asegurador se hará cargo de los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios incurridos o debidos por el asegurado, realizados para la curación de las heridas o lesiones sufridas por el (los) ocupantes(s) como consecuencia de algún daño cubierto, hasta el límite de la suma asegurada para asistencia médica.

PLAN DE ENTREGA: Una vez recibida la orden de servicio por parte del proveedor tendrá 5 (cinco) días hábiles para la presentación de las pólizas.


[1] Si corresponde.

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

No.de Artículo

Detalle

Cobertura
1  Casco  
1.1 Daños Propios Parciales Hasta el total de la suma asegurada por vehículo
1.2 Daños Propios Totales Hasta el total de la suma asegurada por vehículo
2 Robo y/o Hurto: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante la denuncia formulada ante la autoridad policial.-

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

3

Incendio y accidentes: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales y totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, granizo, vuelco, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o este estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

4 Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: 100% del valor del daño ocasionado.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

5 Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

6 Daños a accesorios por accidente  
6.1 Radio, antena. Por evento hasta Gs. 10.000.000 por cada vehículo
6.2 Aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. 100% del valor del daño ocasionado. Por evento hasta Gs. 5.000.000 por cada vehículo
7 Responsabilidad Civil  
7.1 Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por persona
7.2 Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por persona
7.3 Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente. Por cada evento hasta Gs. 50.000.000
7.4 Cobertura de gastos médicos para cada persona. Por cada evento hasta Gs. 10.000.000 por persona
8 Ocupantes del Vehículo Asegurado  
8.1 Por la indemnización a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personas en concepto de lesiones corporales, invalidez parcial o total o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
8.2 Cobertura de gastos médicos hasta 5 (cinco) ocupantes Por cada evento hasta Gs. 10.000.000 por ocupante.
8.3 Muerte o invalidez por robo y/o asalto hasta 5 (cinco) ocupantes. Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
8.4 Incapacidad permanente hasta 5 (cinco) ocupantes. Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
9 Otras coberturas requeridas  
9.1 Asistencia mecánica con grúa y cerrajería para cada vehículo por cada evento solicitado en todo el Territorio Nacional. Por evento.
9.2 Contra fenómenos naturales, incluye granizos y raudales. Por evento.
9.3 Grúa a cualquier parte del país sin costo adicional por cualquier motivo al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje 24hs. Por evento.
9.4 Asistencia de ambulancia para accidentes de los ocupantes del vehículo de máximo 5 (cinco) ocupantes. Por evento.
9.5 Asistencia de ambulancia para accidentes ocasionados a terceras personas. Por evento.
9.6 Asesoramiento legal en siniestros por cada evento. Por evento.
9.7 Cobertura jurídica por cada evento. Por evento.
9.8 Especificar otras coberturas ofrecidas. Por cada vehículo.

Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas.

VALORES A RIESGO

 Caso: Incendio

Accidente y Robo Incendio y Accidentes: El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, vuelco, daños por temporales y/o granizo, despeñamiento, inmersión, roce, choque de/o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Robo y/o Hurto: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.

Daños por Tumulto y/o Alboroto Popular y/o Huelga: Cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que, revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos.

Daño de los accesorios: Los accesorios como ser: radio, antena y aire acondicionado:

  • Radio y Antena: Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones);
  • Aire Acondicionado: Gs. 5.000.000 (guaraníes cinco millones)

LA COBERTURA DEBE INCLUIR:

  • Cobertura cualquier conductor.
  • Carta Verde sin costo.
  • Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero (sin costo).
  • Cobertura sin franquicias.
  • Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidentes y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo.

OBSERVACIONES:

  • La Carta Verde será solicitada por la convocante cuando así sea requerido y la vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • La Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero será solicitada por la convocante cuando sea requerido un viaje internacional de uno de los vehículos detallados. La vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los treinta días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
  • En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características, quedando a cargo exclusivo del asegurador los pagos de gastos de transferencia y otros accesorios necesarios al efecto.

ACCIDENTES PERSONALES

El asegurador deberá indemnizar en el caso de que los ocupantes (Conductor y Acompañantes) del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. A los efectos de ésta cobertura se entiende por:

Ocupante: Es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.

Accidente: Se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

RESPONSABILIDAD CIVIL:

Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de Daños personales y/o materiales causados a terceros transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a lo siguiente:

a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona.

b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas.

c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.

PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN PARA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Muerte o incapacidad total de por vida-Físico o mental: 100%
  • Pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos: 100%
  • Pérdida de una mano o de un pie y la vista de un ojo: 100%
  • Pérdida total de la audición de ambos oídos: 80%
  • Pérdida total de una mano o de un pie: 80%
  • Pérdida total de un sentido o un órgano no especificado: 50%
  • Pérdida total de la vista de un ojo: 50% 
  • Deformación del rostro: 50%
  • Debilitamiento permanente de un órgano o de un sentido no especificado.: 50%
  • Pérdida total del pulgar y del índice de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total del pulgar de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total de cualquiera de los demás dedos de las manos: 30%
  • Pérdida total de cualquiera de los dedos de un pie: 30%

Por pérdida total: Se entiende aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación funcional total y definitiva del miembro u órgano lesionado.

La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional.

Con la pérdida parcial de los miembros u órganos, se sumarán los porcentajes correspondientes a cada miembro u órgano perdido, sin que la indemnización total pueda exceder el 100% de la indemnización máxima.

Para otros casos de incapacidad no previstos en lo mencionado anteriormente, será establecido según diagnóstico médico.

El asegurador se hará cargo de los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios incurridos o debidos por el asegurado, realizados para la curación de las heridas o lesiones sufridas por el (los) ocupantes(s) como consecuencia de algún daño cubierto, hasta el límite de la suma asegurada para asistencia médica.

PLAN DE ENTREGA: Una vez recibida la orden de servicio por parte del proveedor tendrá 5 (cinco) días hábiles para la presentación de las pólizas.


[1] Si corresponde.

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

No.de ArtículoNo.de Artículo

NormasDetalle

Presentación Cobertura
1 Casco
1.1 Daños Propios Parciales Hasta el total de la suma asegurada por vehículo
1.2 Daños Propios Totales Hasta el total de la suma asegurada por vehículo
1 2 ROBO Y/O HURTO:Robo y/o Hurto: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante la denuncia formulada ante la autoridad policial.- Por evento.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

2 3

INCENDIO Y ACCIDENTES:Incendio y accidentes: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales y totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, granizo, vuelco, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o este estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Por evento.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

3 4 DAÑOS POR TUMULTO Y/O ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA:Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: 100% del valor del daño ocasionado. Por evento.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

4 5 Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. Por evento.

Hasta el total de la suma asegurada por vehículo

5 DAÑOS A ACCESORIOS POR ACCIDENTE
5.1 Radio, antena. Por evento.
5.2 Aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. 100% del valor del daño ocasionado. Por evento.
6 RESPONSABILIDAD CIVIL
6 Daños a accesorios por accidente

6.1

El Asegurador deberá indemnizar a terceras personas en el caso de sufrir lesiones corporalesRadio, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre el vehículo aseguradoantena.

Por evento hasta Gs. 5010.000.000 por persona cada vehículo

6.2

Daños a cosas de tercerosAire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. 100% del valor del daño ocasionado.

Por evento hasta Gs. Por el valor del daño causado5. 000.000 por cada vehículo

6.3 Cobertura de gastos médicos para cada persona. Hasta Gs. 10.000.000 cada uno.
7 OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO
7 Responsabilidad Civil

7.1

El Asegurador deberá indemnizar a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personasPor la indemnización en el casoconcepto de sufrir lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado una persona

Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por cada ocupante. persona

7.2

Gastos médicosPor la indemnización en concepto de hasta máximo 5 (cinco) ocupantes lesiones corporales o muerte a dos o más personas

Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por persona

7.3

MuertePor toda indemnización en concepto de daños o invalidezroturas causados a cosas de terceros, ocasionados por robo y/o Asalto para 5 (cinco) ocupantesel vehículo asegurado, por cada accidente.

Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por cada ocupante.

7.4

Incapacidad permanente porCobertura de gastos médicos para cada ocupantepersona.

Por cada evento hasta Gs. 5010.000.000 por cada ocupante. persona

8 Ocupantes del Vehículo Asegurado

8 .1

DEMÁS COBERTURAS REQUERIDAS Por la indemnización a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personas en concepto de lesiones corporales, invalidez parcial o total o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
8.2 Cobertura de gastos médicos hasta 5 (cinco) ocupantes Por cada evento hasta Gs. 10.000.000 por ocupante.
8.3 Muerte o invalidez por robo y/o asalto hasta 5 (cinco) ocupantes. Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
8.4 Incapacidad permanente hasta 5 (cinco) ocupantes. Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante.
9 Otras coberturas requeridas
89.1

Asistencia mecánica con grúa y cerrajería para cada vehículo por cada evento solicitado en todo el Territorio Nacional.

Por evento.

89.2

Contra fenómenos naturales, incluye granizos y raudales.

Por evento.

89.3

Grúa a cualquier parte del país sin costo adicional por cualquier motivo al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje 24hs.

Por evento.

89.4

Asistencia de ambulancia para accidentes de los ocupantes del vehículo de máximo 5 (cinco) ocupantes.

Por evento.

89.5

Asistencia de ambulancia para accidentes ocasionados a terceras personas.

Por evento.

89.6

Asesoramiento legal en siniestros por cada evento.

Por evento.

89.7

Cobertura jurídica por cada evento.

Por evento.

89.8

Especificar otras coberturas ofrecidas.

Por cada vehículo.

Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas.

VALORES A RIESGO

Caso: Incendio

Accidente y Robo Incendio y Accidentes: El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, vuelco, daños por temporales y/o granizo, despeñamiento, inmersión, roce, choque de/o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

Robo y/o Hurto: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.

Daños por Tumulto y/o Alboroto Popular y/o Huelga: Cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que, revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos.

Daño de los accesorios: Los accesorios como ser: radio, antena y aire acondicionado:

  • Radio y Antena: Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones);
  • Aire Acondicionado: Gs. 5.000.000 (guaraníes cinco millones)

LA COBERTURA DEBE INCLUIR:

  • Cobertura cualquier conductor.
  • Carta Verde sin costo.
  • Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero (sin costo).
  • Cobertura sin franquicias.
  • Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidentes y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo.

OBSERVACIONES:

  • La Carta Verde será solicitada por la convocante cuando así sea requerido y la vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • La Carta RC Carretero Internacional - Accidente a Pasajero será solicitada por la convocante cuando sea requerido un viaje internacional de uno de los vehículos detallados. La vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.
  • Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los treinta días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
  • En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características, quedando a cargo exclusivo del asegurador los pagos de gastos de transferencia y otros accesorios necesarios al efecto.

ACCIDENTES PERSONALES

El asegurador deberá indemnizar en el caso de que los ocupantes (Conductor y Acompañantes) del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. A los efectos de ésta cobertura se entiende por:

Ocupante: Es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.

Accidente: Se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

RESPONSABILIDAD CIVIL:

Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de Daños personales y/o materiales causados a terceros transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a lo siguiente:

a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona.

b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas.

c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.

PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN PARA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Muerte o incapacidad total de por vida-Físico o mental: 100%
  • Pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos: 100%
  • Pérdida de una mano o de un pie y la vista de un ojo: 100%
  • Pérdida total de la audición de ambos oídos: 80%
  • Pérdida total de una mano o de un pie: 80%
  • Pérdida total de un sentido o un órgano no especificado: 50%
  • Pérdida total de la vista de un ojo: 50%
  • Deformación del rostro: 50%
  • Debilitamiento permanente de un órgano o de un sentido no especificado.: 50%
  • Pérdida total del pulgar y del índice de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total del pulgar de cualquiera de las manos: 50%
  • Pérdida total de cualquiera de los demás dedos de las manos: 30%
  • Pérdida total de cualquiera de los dedos de un pie: 30%

Por pérdida total: Se entiende aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación funcional total y definitiva del miembro u órgano lesionado.

La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional.

Con la pérdida parcial de los miembros u órganos, se sumarán los porcentajes correspondientes a cada miembro u órgano perdido, sin que la indemnización total pueda exceder el 100% de la indemnización máxima.

Para otros casos de incapacidad no previstos en lo mencionado anteriormente, será establecido según diagnóstico médico.

El asegurador se hará cargo de los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios incurridos o debidos por el asegurado, realizados para la curación de las heridas o lesiones sufridas por el (los) ocupantes(s) como consecuencia de algún daño cubierto, hasta el límite de la suma asegurada para asistencia médica.

PLAN DE ENTREGA: Una vez recibida la orden de servicio por parte del proveedor tendrá 5 (cinco) días hábiles para la presentación de las pólizas.


[1] Si corresponde.