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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítems

Descripción

Especificaciones Técnicas N°

1

Transformador monofásico de distribución de 25 kVA.

04.13.25 Rev.3

2

Transformador trifásico de distribución de 100 kVA.

04.14.14 Rev.6

Observaciones:

- Todos los transformadores deberán suministrarse con sus números de fábrica correlativos, desde la primera unidad hasta la última unidad en cada ítem.

- No formarán parte de los suministros la provisión de repuestos, indicados en el Numeral 6.1 de las Especificaciones Técnicas 04.13.25 Rev. 3 y en el Numeral 6.2 de las Especificaciones Técnicas 04.14.14 Rev. 6 respectivamente.

Se adjuntan las especificaciones técnicas respectiva en el apartado -Documentos- del SICP de la DNCP.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítems

Descripción

Especificaciones Técnicas N°

1

Transformador monofásico de distribución de 25 kVA.

04.13.25 Rev.3

2

Transformador trifásico de distribución de 100 kVA.

04.14.14 Rev.6

Observaciones:

- Todos los transformadores deberán suministrarse con sus números de fábrica correlativos, desde la primera unidad hasta la última unidad en cada ítem.

- No formarán parte de los suministros la provisión de repuestos, indicados en el Numeral 6.1 de las Especificaciones Técnicas 04.13.25 Rev. 3 y en el Numeral 6.2 de las Especificaciones Técnicas 04.14.14 Rev. 6 respectivamente.

- No formaran parte de los suministros, para fabricantes nacionales, lo indicado en el Numeral 7 de las Especificaciones Técnicas N° 04.13.25-Rev.3 y N° 04.14.14-Rev.6.

Se adjuntan las especificaciones técnicas respectiva en el apartado -Documentos- del SICP de la DNCP.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítems

Descripción

Especificaciones Técnicas N°

1

Transformador monofásico de distribución de 25 kVA.

04.13.25 Rev.3

2

Transformador trifásico de distribución de 100 kVA.

04.14.14 Rev.6

Observaciones:

- Todos los transformadores deberán suministrarse con sus números de fábrica correlativos, desde la primera unidad hasta la última unidad en cada ítem.

- No formarán parte de los suministros la provisión de repuestos, indicados en el Numeral 6.1 de las Especificaciones Técnicas 04.13.25 Rev. 3 y en el Numeral 6.2 de las Especificaciones Técnicas 04.14.14 Rev. 6 respectivamente.

Se adjuntan las especificaciones técnicas respectiva- No formaran parte de los suministros, para fabricantes nacionales, lo indicado en el apartado -Documentos- del SICPNumeral 7 de la DNCPlas Especificaciones Técnicas N° 04.13.25-Rev.3 y N° 04.14.14-Rev.6.

Se adjuntan las especificaciones técnicas respectiva en el apartado -Documentos- del SICP de la DNCP.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante. Las y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas.

Una vez obtenida la aprobación por parte del Departamento de Supervisión y Seguimiento Ambiental con
relación a los documentos del aceite aislante, se deberá realizar la siguiente Notificación para las Inspecciones y pruebas descritas abajo.

Notificación de las Inspecciones y Pruebas, en caso de ser realizadas.

El Proveedor deberá notificar a la Contratante con quince (15) días de anticipación, donde y cuando los bienes estarán disponibles para inspección y prueba.

Los costos de la visita del Inspector de la Contratante (transporte, hospedaje, alimentación, horas-hombre y administrativos) estarán acargo del Proveedor en los siguientes casos:

a. Si en la fecha indicada en la solicitud de inspección, el material no estuviere completo;
b. Reinspección del material por motivos de rechazo;
c. Si el material suministrado necesita de acompañamiento de fabricación o inspección en un proveedor
contratado por el fabricante, en una localidad diferente a la sede del fabricante.

El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.

Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos.

Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py

Inspecciones en el Depósito de la Contratante
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.

Documentos de Recepción Provisional y Definitiva

La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.

A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.

Al término de dicho plazo, correspondiente a la última entrega, la Contratante, a través de la Unidad
Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido
satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes
treinta (30) días hábiles, el Acta de Recepción Definitiva.

Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones. La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante. Las y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas.

Una vez obtenida la aprobación por parte del Departamento de Supervisión y Seguimiento Ambiental con
relación a los documentos del aceite aislante, se deberá realizar la siguiente Notificación para las Inspecciones y pruebas descritas abajo.

Notificación de las Inspecciones y Pruebas, en caso de ser realizadas.

El Proveedor deberá notificar a la Contratante con quince (15) días de anticipación, donde y cuando los bienes estarán disponibles para inspección y prueba.

En caso de no poder realizarse la verificación en la fábrica para la ejecución de los ensayos en modo presencial por motivos externos y/o de fuerza mayor, podrá realizarse dicha exigencia mediante la modalidad de teleconferencia en tiempo real, cuyo cronograma y aprobación quedará a cargo de la Convocante.

Los costos de la visita del Inspector de la Contratante (transporte, hospedaje, alimentación, horas-hombre y administrativos) estarán acargo del Proveedor en los siguientes casos:

a. Si en la fecha indicada en la solicitud de inspección, el material no estuviere completo;
b. Reinspección del material por motivos de rechazo;
c. Si el material suministrado necesita de acompañamiento de fabricación o inspección en un proveedor
contratado por el fabricante, en una localidad diferente a la sede del fabricante.

El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.

Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos.

Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py

Inspecciones en el Depósito de la Contratante
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.

Documentos de Recepción Provisional y Definitiva

La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.

A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.

Al término de dicho plazo, correspondiente a la última entrega, la Contratante, a través de la Unidad
Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido
satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes
treinta (30) días hábiles, el Acta de Recepción Definitiva.

Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones. La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante. Las y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas.

Una vez obtenida la aprobación por parte del Departamento de Supervisión y Seguimiento Ambiental con
relación a los documentos del aceite aislante, se deberá realizar la siguiente Notificación para las Inspecciones y pruebas descritas abajo.

Notificación de las Inspecciones y Pruebas, en caso de ser realizadas.

El Proveedor deberá notificar a la Contratante con quince (15) días de anticipación, donde y cuando los bienes estarán disponibles para inspección y prueba.

En caso de no poder realizarse la verificación en la fábrica para la ejecución de los ensayos en modo presencial por motivos externos y/o de fuerza mayor, podrá realizarse dicha exigencia mediante la modalidad de teleconferencia en tiempo real, cuyo cronograma y aprobación quedará a cargo de la Convocante.

Los costos de la visita del Inspector de la Contratante (transporte, hospedaje, alimentación, horas-hombre y administrativos) estarán acargo del Proveedor en los siguientes casos:

a. Si en la fecha indicada en la solicitud de inspección, el material no estuviere completo;
b. Reinspección del material por motivos de rechazo;
c. Si el material suministrado necesita de acompañamiento de fabricación o inspección en un proveedor
contratado por el fabricante, en una localidad diferente a la sede del fabricante.

El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.

Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos.

Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py

Inspecciones en el Depósito de la Contratante
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.

Documentos de Recepción Provisional y Definitiva

La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.

A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.

Al término de dicho plazo, correspondiente a la última entrega, la Contratante, a través de la Unidad
Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido
satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes
treinta (30) días hábiles, el Acta de Recepción Definitiva.

Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones. La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.