Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 18 de Octubre de 2021.-
Ref.: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MAG N° 11/2021 Seguro médico sanatorial y servicios de emergencia, urgencia y ambulancia para funcionarios del mag CONTRATO ABIERTO PLURIANUAL, ID N° 396.424
Señor/es
Dirección de Contrataciones Públicas (DNCP)
Potencial/es/Oferente/s
Presente
ADENDA 1
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PUNTO 01:
1. Beneficiarios directos (no adherentes)
Donde dice:
Se entenderá por Grupos Familiares: al Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho debidamente documentada), sus hijos/as hasta el día en que cumplan 24 años de edad, e hijos con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad. Además, los hijos del cónyuge hasta el día que cumplan 24 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Así mismo, para los Titulares Solteros/as: serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre, madre (sin límite de edad), hijos/as hasta el día que cumplan 24 años, e hijos/as con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad.
Para los Titulares Solteros/as y Divorciados/as : serán tomados como miembros y/o Grupo Familiar a su padre y/o madre e hijos/as hasta el día que cumplan 24 años de edad.
En el caso de funcionarios, Nombrados, que sean cónyuges : ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho (ambos titulares) uno de ellos puede solicitar incluir como beneficiario a su/s hijo/s hasta el día que cumplan 24 años de edad. Su cónyuge puede incluir como beneficiario a su/s padre/s, sin límite de edad
Debe decir:
Se entenderá por Grupos Familiares: al Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho debidamente documentada), sus hijos/as hasta el día en que cumplan 25 años de edad, e hijos con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad. Además, los hijos del cónyuge hasta el día que cumplan 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Así mismo, para los Titulares Solteros/as: serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre, madre (sin límite de edad), hijos/as hasta el día que cumplan 25 años, e hijos/as con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad.
Para los Titulares Solteros/as y Divorciados/as : serán tomados como miembros y/o Grupo Familiar a su padre y/o madre e hijos/as hasta el día que cumplan 25 años de edad.
En el caso de funcionarios, Nombrados, que sean cónyuges : ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho (ambos titulares) uno de ellos puede solicitar incluir como beneficiario a su/s hijo/s hasta el día que cumplan 25 años de edad. Su cónyuge puede incluir como beneficiario a su/s padre/s, sin límite de edad
PUNTO 02:
1. BENEFICIARIOS ADHERENTES:
Donde dice:
Adherente: CADA BENEFICIARIO TITULAR (FUNCIONARIO PERMANENTE) P O D R Á SOLICITAR LA INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS ADHERENTES CON LOS MISMOS BENEFICIOS Y EN UN PLAZO DE (60) sesenta DÍAS CON IGUAL COBERTURA QUE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS TITULARES.
Personas mayores de edad: se entenderá taxativamente a los Padres, Madres, Hijos solteros de 24 años de edad en adelante (24 años más un día), quienes abonarán directamente al contratista, en caso de hijos mayores una prima del 35% (treinta por ciento) por persona, y en caso de padres, una prima del 40% del valor abonado por cada titular, en todos los casos sin límites de edad.
Debe decir
Adherente: CADA BENEFICIARIO TITULAR (FUNCIONARIO PERMANENTE) P O D R Á SOLICITAR LA INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS ADHERENTES SIN LIMITES DE EDAD, CON LOS MISMOS BENEFICIOS Y EN UN PLAZO DE (60) sesenta DÍAS CON IGUAL COBERTURA QUE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS TITULARES.
Personas mayores de edad: se entenderá taxativamente a los Padres, Madres, Hijos solteros de 25 años de edad en adelante (25 años más un día), quienes abonarán directamente al contratista, en caso de hijos mayores una prima del 35% (treinta por ciento) por persona, y en caso de padres, una prima del 40% del valor abonado por cada titular, en todos los casos sin límites de edad.
PUNTO 03:
LA IDENTIFICACIÓN
Donde dice:
Los funcionarios del Ministerio de Agricultura se encuentran en la ciudad de Asunción y Gran Asunción e interior del País. La distribución geográfica de los funcionarios se expresa en la planilla adjunta:
OBSERVACIÓN: La Dirección de Gestión de Talento Humano proveerá a la PRESTADORA el Registro mensual de funcionarios activos sobre el cual se efectuará el pago mensual correspondiente.
Los servicios medico sanatoriales, urgencias, imágenes y laboratoriales. serán brindados por la PRESTADORA DE SERVICIOS bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato en todos los centro asistenciales ofrecidos, no obstante, se deberá obtener autorización (VISACION) correspondiente por parte de la empresa prestadora del servicio, a modo tal de corroborar la cobertura médica, lugar donde se realizara los servicios médicos, sanatoriales, medicina por imágenes, laboratoriales, diagnóstico y demás servicios establecidos en el pbc, dicha visación deberá realizarse en forma previa, salvo los caos de urgencia y emergencia.
Debe decir:
Los funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería se encuentran en la ciudad de Asunción y Gran Asunción e interior del País. La distribución geográfica de los funcionarios se expresa en la planilla adjunta:
OBSERVACIÓN: La Dirección de Gestión de Talento Humano del MAG proveerá a la PRESTADORA el Registro mensual de funcionarios activos sobre el cual se efectuará el pago mensual correspondiente.
Los servicios medico sanatoriales, urgencias, imágenes y laboratoriales. serán brindados por la PRESTADORA DE SERVICIOS bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato en todos los centro asistenciales ofrecidos, no obstante, se deberá obtener autorización (VISACION) correspondiente por parte de la empresa prestadora del servicio, a modo tal de corroborar la cobertura médica, lugar donde se realizara los servicios médicos, sanatoriales, medicina por imágenes, laboratoriales, diagnóstico y demás servicios establecidos en el PBC, dicha visación deberá realizarse en forma previa, salvo los casos de urgencia y emergencia. No se aceptarán centralización de prestación de servicios por parte de la prestadora.
PUNTO 04:
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Donde dice:
B ) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. ADEMÁS, todos los sanatorios propuestos por el oferente, deberán otorgar la cobertura en forma íntegra conforme a las EETT establecidas en el presente contrato.
C ) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros y sanatorios Habilitados.
F ) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato, previa visación por parte de la Prestadora, la elección será de libre decisión del beneficiario titular y/o adherente, sin que sea requisito previo recurrir a la prestadora de servicios
Debe decir:
B ) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. ADEMÁS, todos los sanatorios propuestos por el oferente, deberán otorgar la cobertura en forma íntegra conforme a las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente contrato.
C ) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros y Sanatorios Habilitados.
F ) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato, previa visación por parte de la prestadora, la elección será de libre decisión del beneficiario titular y/o adherente, sin que sea requisito previo recurrir a la prestadora de servicios, por la que se entiende que el usuario dispondrá de todos los servicios que cuentan los sanatorios propuestos por la Prestadora conforme a los requerimientos establecidos en el PBC.
PUNTO 05:
COBERTURA TOTAL:
Donde decir:
Se entenderá por COBERTURA TOTAL (100%) CIEN PORCIENTO en ESTUDIOS Y PRÁCTICAS, LABORATORIOS, HONORARIOS MÉDICOS Y HABITACIÓN INDIVIDUAL: la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos. Además, previa visación via correo electrónico y de forma física por parte de la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC.
No serán considerados sanatorios propuestos, que limiten la utilización de los servicios requeridos en el presente PBC. Es decir si un sanatorio es propuesto por el oferente, los beneficiarios podrán utilizar las instalaciones y servicios prestados por la misma conforme a establecido en el presente PBC
Conforme al Listado de Centros Asistenciales y en el Gran Asunción (Asunción y Municipios vecinos), debe contar con un mínimo de (5) CINCO laboratorios y (5) CINCO Centros de Diagnósticos , en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs. de anticipación.
Debe decir:
Se entenderá por COBERTURA TOTAL (100%) CIEN PORCIENTO en, MEDICAMENTOS, MATERIALES DESCARTABLES, ESTUDIOS Y PRÁCTICAS, LABORATORIOS, HONORARIOS MÉDICOS Y HABITACIÓN INDIVIDUAL: la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos. Además, previa visación via correo electrónico u otro medio tecnologico y de forma física por parte de la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC. De profesionales, Centros de diagnosticos y servicios sanatoriales para capital e interior del país (Consulta de rutina urgencias, emergencias e internaciones), entiéndase que el usuario podrá disponer y usufructuar todos los servicios habilitados en los sanatorios propuestos por la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC.
No serán considerados sanatorios propuestos, que limiten la utilización de los servicios requeridos en el presente PBC. Es decir si un sanatorio es propuesto por el oferente, los beneficiarios podrán utilizar las instalaciones y servicios prestados por la misma conforme a lo establecido en el presente PBC
Conforme al Listado de Centros Asistenciales y en el Gran Asunción (Asunción y Municipios vecinos), debe contar con un mínimo de (5) CINCO laboratorios y (5) CINCO Centros de Diagnósticos , en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs. de anticipación, la cual manifestará su no objeción o rechazo.
PUNTO 06:
CALIDAD DE SERVICIO:
Donde dice:
Con COBERTURA INMEDIATA: en por lo menos (6) seis Centros Asistenciales:
Debe decir:
Con COBERTURA INMEDIATA: en por lo menos (7) siete Centros Asistenciales:
PUNTO 07:
REQUERIMIENTOS DE CENTROS ASISTENCIALES PARA ASUNCIÓN, GRAN ASUNCIÓN Y CIUDAD DEL ESTE:
Donde dice:
A. Tres (3) centros asistenciales de Nivel 3- Alta Complejidad, según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, ubicados en la ciudad de Asunción.
B)Tres (3) establecimientos con categoría correspondiente al Nivel 2- Mediana Complejidad según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, distribuidos entre la Ciudad de Asunción, Gran Asunción
Debe decir:
A. Tres (3) centros asistenciales de Nivel 3- Alta Complejidad, según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, ubicados en la ciudad de Asunción.
OBS: Por lo menos 1(uno) de los Sanatorios del Nivel 3 deben contar con Terapia Intensiva para Adultos, Niños y Neonatal y al menos (1) uno de ellos deberá contar con Tomógrafo instalado.
B ) Cuatro (4) establecimientos con categoría correspondiente al Nivel 2- Mediana Complejidad según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, distribuidos entre la Ciudad de Asunción, Gran Asunción y Ciudad del Este
PUNTO 08:
INTERNACIONES:
Donde dice:
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios
Listado de centros asistenciales deberán ser presentados al momento de la presentación de la oferta.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. Deberán estar cubiertas las internaciones para la realización de estudios, en caso de ser necesario, a solicitud del médico tratante.
Cobertura de medicamentos, Oxígeno en todas sus aplicaciones, (Kit de gastrostomía) por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por evento, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y demás eventos médicos, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes.
Material descartable utilizado por valor de Diez millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por evento
Materiales de Osteosíntesis en general: por VALOR DE Gs. (8.000.000.-) OCHO MILLONES de guaraníes, por evento.
Materiales Protésicos para hernias Inguinales, umbilicales e Incisionales por VALOR DE Gs. (5.000.000) CINCO MILLONES de guaraníes por evento.
Debe decir:
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.
Listado de centros asistenciales deberán ser presentados al momento de la presentación de la oferta, conforme al PBC.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. Deberán estar cubiertas las internaciones para la realización de estudios, en caso de ser necesario, a solicitud del médico tratante.
En caso de brote epidémico o por otro tipo de eventualidad la prestadora de sevicios deberá contar y poner a disposición de los beneficiarios del MAG como mínimo 5 habitaciones en el Sanatorio indicado por el prestador de servicios
Cobertura de medicamentos, Oxígeno en todas sus aplicaciones, (Kit de gastrostomía) por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por internación, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y demás eventos médicos, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes.
Material descartable utilizado por valor de Diez millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por internación
Materiales de Osteosíntesis en general: por VALOR DE Gs. (8.000.000.-) OCHO MILLONES de guaraníes, por internación.
Materiales Protésicos para hernias Inguinales, umbilicales e Incisionales por VALOR DE Gs. (5.000.000) CINCO MILLONES de guaraníes por internación.
PUNTO 09:
- HONORARIOS PROFESIONALES:
Donde dice:
6 |
Cateterismo cardíaco |
7 |
Cirugía General menor, mayor efectuadas en nuestro país (incluido derecho operatorio) |
17 |
Ejercicios y Fisioterapias en general. (Rehabilitación) hasta 30 sesiones |
21 |
Fisioterapia Neurológica (Rehabilitación) hasta 20 sesiones/Beneficiario. |
23 |
Flebología. Cirugías y Várices. |
37 |
Neurología |
38 |
Nutricionista Dietología. Consultas., Estudios y Tratamiento. Nutrición en Obesidad. Consultas, Estudios, Tratamiento. |
39 |
Oftalmología: Consultas, Cirugías en general, Estudios, Tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de Pupila, curva de presión, Fondo de Ojos y cataratas con implante de lente intraocular ( lio a cargo de la prestadora hasta U$S400 ( dólares americanos cuatrocientos), Tratamientos quirúrgico del glaucoma, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas , Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos, cirugías en general con láser, análisis ortóptico), Campimetría computarizada, Facoemulsificación. . En cirugías oftalmológicas sustancia viscolastica a cargo del beneficiario. La cirugía oftalmológica con eximer laser deben ser realizadas exclusivamente con una condición médica y una patología no estética, para eso se debería disponer que esta cirugía sea a partir de 5 (cinco) dioptrias y no más de dos cirugías por grupo familiar durante el año de contrato. La Prestadora de Servicios deberá presentar convenios por lo menos una óptica otorgando descuentos del 50% en cristales y armazones según prescripción médica, por integrante por año. |
40 |
Oncología + test alérgicos: Consultas, Cirugía, Estudios, Quimioterapia, cobertura total de honorarios profesionales de las primeras 15 sesiones por asegurado. Medicamentos y drogas oncológicas hasta Gs. 15.000.000 (quince millones) por asegurado por año |
42 |
Osteosíntesis: Cobertura de hasta guaraníes 8.000.000 por evento (Ocho Millones de Guaranies), incluye materiales. |
45 |
Psicología clínica y laboral: (Hasta 3 consultas o sesiones por Asegurado/año) |
46 |
Psiquiatría, consultorio (hasta 3 consultas por Asegurado/año) |
52 |
Tratamiento con Quimioterapia, de hasta 15 sesiones por año, por asegurado |
54 |
Urología. Consultas, endoscopia urológica - quirúrgica, litotripcia ultrasónica Estudios, Diagnósticos, Cirugías de Próstatas, RTU no Laserterapia, Postectomía. |
Se podrá eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 20 (veinte) veces al año por grupo familiar y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 150.000 (GUARANIES CIENTO CINCUENTA MIL) POR CONSULTA, para lo cual deberá presentar factura original y la misma deberá estar a nombre de la prestadora de servicios, especificando el RUC, consignando en ella el nombre del paciente. El pago del reembolso se realizará hasta los 30 días posteriores a la entrega de la solicitud. La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 10 (diez) días posteriores a la consulta.
Debe decir:
6 |
Cateterismo cardíaco y de Alta Complejidad |
7 |
Cirugía General menor, mayor y de alta complejidad efectuadas en nuestro país (incluido derecho operatorio) |
17 |
Ejercicios y Fisioterapias en general. (Rehabilitación) hasta 30 sesiones por periodo de 6 meses |
21 |
Fisioterapia Neurológica (Rehabilitación) hasta 20 sesiones/mes/Beneficiario. |
23 |
Flebología. Cirugías y Várices. Tratamientos. |
37 |
Neurología y los de alta complejidad. |
38 |
Nutricionista Dietología. Consultas., Estudios y Tratamiento. Nutrición en Obesidad. Consultas, Estudios, Tratamiento. |
39 |
Oftalmología: Consultas, Cirugías en general, Estudios, Tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de Pupila, curva de presión, Fondo de Ojos y cataratas con implante de lente intraocular ( lio a cargo de la prestadora hasta U$S400 ( dólares americanos cuatrocientos), Tratamientos quirúrgico del glaucoma, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas , Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos, cirugías en general con láser, análisis ortóptico), Campimetría computarizada, Facoemulsificación. . En cirugías oftalmológicas sustancia viscolastica a cargo del beneficiario. La cirugía oftalmológica con eximer laser deben ser realizadas exclusivamente con una condición médica y una patología no estética, para eso se debería disponer que esta cirugía sea a partir de 5 ( cinco) dioptrias y no más de dos cirugías por grupo familiar durante el año La Prestadora de Servicios deberá presentar convenios por lo menos una óptica otorgando descuentos del 20% en cristales y armazones según prescripción médica, por integrante por año. |
40 |
Oncología + test alérgicos: Consultas, Cirugía, Estudios, Quimioterapia, cobertura total de honorarios profesionales de las primeras 20 sesiones por asegurado. Medicamentos y drogas oncológicas hasta Gs. 20.000.000 (veinte millones) por asegurado por año |
42 |
Osteosíntesis: Cobertura de hasta guaraníes 8.000.000 por internación (Ocho Millones de Guaranies), incluye materiales. |
45 |
Psicología clínica y laboral: (Hasta 10 consultas o sesiones por Asegurado/año) |
46 |
Psiquiatría, consultorio (hasta 10 consultas por Asegurado/año) |
52 |
Tratamiento con Quimioterapia, de hasta 20 sesiones por año, por asegurado |
54 |
Urología. Consultas, endoscopia urológica - quirúrgica, litotripcia ultrasónica (según alta complejidad) Estudios, Diagnósticos, Cirugías de Próstatas, RTU no Laserterapia, Postectomía. |
59 |
Medicina del trabajo |
60 |
Pedagogía hasta 10 consultas o sesiones por asegurado al año. |
Se podrá eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 20 (veinte) veces al año por grupo familiar y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 200.000 (GUARANIES DOSCIENTOS MIL) POR CONSULTA, para lo cual deberá presentar factura original y la misma deberá estar a nombre de la prestadora de servicios, especificando el RUC, consignando en ella el nombre del paciente. El pago del reembolso se realizará hasta los 30 días posteriores a la entrega de la solicitud. La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 10 (diez) días posteriores a la consulta.
PUNTO 10:
TERAPIA INTERMEDIA:
Donde dice:
C. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
Cobertura de medicamentos por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por evento, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes. Material descartable utilizado por valor de DIEZ millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por evento. (Cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluye oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud sin excepción, e inmunoterapia), en las internaciones ya sean clínicas, quirúrgicas, parto y/o cesárea (madre y por cada hijo/s recién nacidos); Urgencias; casos de terapia intensiva e intervenciones quirúrgicas que no requieran internación, para el beneficiario titular, familiar y adherentes.
Debe decir:
C. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
Cobertura de medicamentos por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por internación, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes. Material descartable utilizado por valor de DIEZ millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por internación. (Cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluye oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud sin excepción, e inmunoterapia), en las internaciones ya sean clínicas, quirúrgicas, parto y/o cesárea (madre y por cada hijo/s recién nacidos); Urgencias; casos de terapia intensiva e intervenciones quirúrgicas que no requieran internación, para el beneficiario titular, familiar y adherentes. Para los casos de alta complejidad (cardiocirugia vascular periférico y neurocirugía). La cobertura de medicamentos y materiales descartables se regirá por el anexo correspondiente.
PUNTO 11:
A. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Donde dice:
N° |
LOCALIDAD |
CANTIDAD MÍNIMA DE CENTROS ASISTENCIALES |
Región Oriental |
||
6 |
Itapúa |
como mínimo: 2 Encarnación, 1 Hohenau |
12 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
13 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
15 |
Misiones |
como mínimo: 1 San Ignacio |
16 |
Presidente |
como mínimo: 1 |
Debe decir:
N° |
LOCALIDAD |
CANTIDAD MÍNIMA DE CENTROS ASISTENCIALES |
Región Oriental |
||
6 |
Itapúa |
como mínimo 2: 1 Encarnación, 1 Hohenau |
12 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
13 |
Item 13 se elimina por duplicación en el Item 12 |
|
15 |
Misiones |
como mínimo: 1 San Ignacio |
Región Occidental |
||
16 |
Presidente |
como mínimo: 1 |
PUNTO 12:
j. COBERTURA FARMACEUTICA AMBULATORIA:
Donde dice:
1. Descuento del 30% (TREINTA POR CIENTO) sobre los Precios de Lista de Farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales y del 20% (VEINTE POR CIENTO) en Importados (Preventivo y Curativo) sin límite contra forma de pago efectivo, en al menos 2 cadenas de farmacias. Además una (1) farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, dichos descuento serán considerado en medicamentos preventivos y curativos.
Debe decir:
- Descuento del 30% (TREINTA POR CIENTO) sobre los Precios de Lista de Farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales y del 20% (VEINTE POR CIENTO) en Importados (Preventivo y Curativo) sin límite contra forma de pago efectivo. La Prestadora de Servicios deberá presentar un Listado con la Lista de por lo menos 1 cadena de Farmacias en acuerdo o Convenio con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, Periferias y/o Interior del país y una (1) farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, dichos descuento serán considerado en medicamentos preventivos y curativos.
PUNTO 13:
Donde dice:
Estudios Radiológicos Simples y Especializados según el siguiente listado Cobertura Total
Debe decir:
Estudios Radiológicos Simples y Especializados según el siguiente listado Cobertura Total
- Anticuerpos anti-transglutaminasa tisular IgA (tTG-IgA). (agregar)
LIC. ANDRES BENITEZ TORRES
DIRECTOR DE CONTRATACIONES
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/396424-seguro-medico-sanatorial-servicios-emergencia-urgencia-ambulancia-funcionarios-mag-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 18 de Octubre de 2021.-
Ref.: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MAG N° 11/2021 Seguro médico sanatorial y servicios de emergencia, urgencia y ambulancia para funcionarios del mag CONTRATO ABIERTO PLURIANUAL, ID N° 396.424
Señor/es
Dirección de Contrataciones Públicas (DNCP)
Potencial/es/Oferente/s
Presente
ADENDA 1
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PUNTO 01:
1. Beneficiarios directos (no adherentes)
Donde dice:
Se entenderá por Grupos Familiares: al Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho debidamente documentada), sus hijos/as hasta el día en que cumplan 24 años de edad, e hijos con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad. Además, los hijos del cónyuge hasta el día que cumplan 24 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Así mismo, para los Titulares Solteros/as: serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre, madre (sin límite de edad), hijos/as hasta el día que cumplan 24 años, e hijos/as con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad.
Para los Titulares Solteros/as y Divorciados/as : serán tomados como miembros y/o Grupo Familiar a su padre y/o madre e hijos/as hasta el día que cumplan 24 años de edad.
En el caso de funcionarios, Nombrados, que sean cónyuges : ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho (ambos titulares) uno de ellos puede solicitar incluir como beneficiario a su/s hijo/s hasta el día que cumplan 24 años de edad. Su cónyuge puede incluir como beneficiario a su/s padre/s, sin límite de edad
Debe decir:
Se entenderá por Grupos Familiares: al Titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho debidamente documentada), sus hijos/as hasta el día en que cumplan 25 años de edad, e hijos con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad. Además, los hijos del cónyuge hasta el día que cumplan 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Así mismo, para los Titulares Solteros/as: serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre, madre (sin límite de edad), hijos/as hasta el día que cumplan 25 años, e hijos/as con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad.
Para los Titulares Solteros/as y Divorciados/as : serán tomados como miembros y/o Grupo Familiar a su padre y/o madre e hijos/as hasta el día que cumplan 25 años de edad.
En el caso de funcionarios, Nombrados, que sean cónyuges : ya sea por matrimonio formal o por Unión de hecho (ambos titulares) uno de ellos puede solicitar incluir como beneficiario a su/s hijo/s hasta el día que cumplan 25 años de edad. Su cónyuge puede incluir como beneficiario a su/s padre/s, sin límite de edad
PUNTO 02:
1. BENEFICIARIOS ADHERENTES:
Donde dice:
Adherente: CADA BENEFICIARIO TITULAR (FUNCIONARIO PERMANENTE) P O D R Á SOLICITAR LA INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS ADHERENTES CON LOS MISMOS BENEFICIOS Y EN UN PLAZO DE (60) sesenta DÍAS CON IGUAL COBERTURA QUE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS TITULARES.
Personas mayores de edad: se entenderá taxativamente a los Padres, Madres, Hijos solteros de 24 años de edad en adelante (24 años más un día), quienes abonarán directamente al contratista, en caso de hijos mayores una prima del 35% (treinta por ciento) por persona, y en caso de padres, una prima del 40% del valor abonado por cada titular, en todos los casos sin límites de edad.
Debe decir
Adherente: CADA BENEFICIARIO TITULAR (FUNCIONARIO PERMANENTE) P O D R Á SOLICITAR LA INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS ADHERENTES SIN LIMITES DE EDAD, CON LOS MISMOS BENEFICIOS Y EN UN PLAZO DE (60) sesenta DÍAS CON IGUAL COBERTURA QUE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS TITULARES.
Personas mayores de edad: se entenderá taxativamente a los Padres, Madres, Hijos solteros de 25 años de edad en adelante (25 años más un día), quienes abonarán directamente al contratista, en caso de hijos mayores una prima del 35% (treinta por ciento) por persona, y en caso de padres, una prima del 40% del valor abonado por cada titular, en todos los casos sin límites de edad.
PUNTO 03:
LA IDENTIFICACIÓN
Donde dice:
Los funcionarios del Ministerio de Agricultura se encuentran en la ciudad de Asunción y Gran Asunción e interior del País. La distribución geográfica de los funcionarios se expresa en la planilla adjunta:
OBSERVACIÓN: La Dirección de Gestión de Talento Humano proveerá a la PRESTADORA el Registro mensual de funcionarios activos sobre el cual se efectuará el pago mensual correspondiente.
Los servicios medico sanatoriales, urgencias, imágenes y laboratoriales. serán brindados por la PRESTADORA DE SERVICIOS bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato en todos los centro asistenciales ofrecidos, no obstante, se deberá obtener autorización (VISACION) correspondiente por parte de la empresa prestadora del servicio, a modo tal de corroborar la cobertura médica, lugar donde se realizara los servicios médicos, sanatoriales, medicina por imágenes, laboratoriales, diagnóstico y demás servicios establecidos en el pbc, dicha visación deberá realizarse en forma previa, salvo los caos de urgencia y emergencia.
Debe decir:
Los funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería se encuentran en la ciudad de Asunción y Gran Asunción e interior del País. La distribución geográfica de los funcionarios se expresa en la planilla adjunta:
OBSERVACIÓN: La Dirección de Gestión de Talento Humano del MAG proveerá a la PRESTADORA el Registro mensual de funcionarios activos sobre el cual se efectuará el pago mensual correspondiente.
Los servicios medico sanatoriales, urgencias, imágenes y laboratoriales. serán brindados por la PRESTADORA DE SERVICIOS bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato en todos los centro asistenciales ofrecidos, no obstante, se deberá obtener autorización (VISACION) correspondiente por parte de la empresa prestadora del servicio, a modo tal de corroborar la cobertura médica, lugar donde se realizara los servicios médicos, sanatoriales, medicina por imágenes, laboratoriales, diagnóstico y demás servicios establecidos en el PBC, dicha visación deberá realizarse en forma previa, salvo los casos de urgencia y emergencia. No se aceptarán centralización de prestación de servicios por parte de la prestadora.
PUNTO 04:
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Donde dice:
B ) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. ADEMÁS, todos los sanatorios propuestos por el oferente, deberán otorgar la cobertura en forma íntegra conforme a las EETT establecidas en el presente contrato.
C ) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros y sanatorios Habilitados.
F ) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato, previa visación por parte de la Prestadora, la elección será de libre decisión del beneficiario titular y/o adherente, sin que sea requisito previo recurrir a la prestadora de servicios
Debe decir:
B ) Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. ADEMÁS, todos los sanatorios propuestos por el oferente, deberán otorgar la cobertura en forma íntegra conforme a las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente contrato.
C ) Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros y Sanatorios Habilitados.
F ) Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato, previa visación por parte de la prestadora, la elección será de libre decisión del beneficiario titular y/o adherente, sin que sea requisito previo recurrir a la prestadora de servicios, por la que se entiende que el usuario dispondrá de todos los servicios que cuentan los sanatorios propuestos por la Prestadora conforme a los requerimientos establecidos en el PBC.
PUNTO 05:
COBERTURA TOTAL:
Donde decir:
Se entenderá por COBERTURA TOTAL (100%) CIEN PORCIENTO en ESTUDIOS Y PRÁCTICAS, LABORATORIOS, HONORARIOS MÉDICOS Y HABITACIÓN INDIVIDUAL: la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos. Además, previa visación via correo electrónico y de forma física por parte de la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC.
No serán considerados sanatorios propuestos, que limiten la utilización de los servicios requeridos en el presente PBC. Es decir si un sanatorio es propuesto por el oferente, los beneficiarios podrán utilizar las instalaciones y servicios prestados por la misma conforme a establecido en el presente PBC
Conforme al Listado de Centros Asistenciales y en el Gran Asunción (Asunción y Municipios vecinos), debe contar con un mínimo de (5) CINCO laboratorios y (5) CINCO Centros de Diagnósticos , en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs. de anticipación.
Debe decir:
Se entenderá por COBERTURA TOTAL (100%) CIEN PORCIENTO en, MEDICAMENTOS, MATERIALES DESCARTABLES, ESTUDIOS Y PRÁCTICAS, LABORATORIOS, HONORARIOS MÉDICOS Y HABITACIÓN INDIVIDUAL: la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos. Además, previa visación via correo electrónico u otro medio tecnologico y de forma física por parte de la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC. De profesionales, Centros de diagnosticos y servicios sanatoriales para capital e interior del país (Consulta de rutina urgencias, emergencias e internaciones), entiéndase que el usuario podrá disponer y usufructuar todos los servicios habilitados en los sanatorios propuestos por la prestadora conforme a la cobertura médica establecida en el PBC.
No serán considerados sanatorios propuestos, que limiten la utilización de los servicios requeridos en el presente PBC. Es decir si un sanatorio es propuesto por el oferente, los beneficiarios podrán utilizar las instalaciones y servicios prestados por la misma conforme a lo establecido en el presente PBC
Conforme al Listado de Centros Asistenciales y en el Gran Asunción (Asunción y Municipios vecinos), debe contar con un mínimo de (5) CINCO laboratorios y (5) CINCO Centros de Diagnósticos , en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs. de anticipación, la cual manifestará su no objeción o rechazo.
PUNTO 06:
CALIDAD DE SERVICIO:
Donde dice:
Con COBERTURA INMEDIATA: en por lo menos (6) seis Centros Asistenciales:
Debe decir:
Con COBERTURA INMEDIATA: en por lo menos (7) siete Centros Asistenciales:
PUNTO 07:
REQUERIMIENTOS DE CENTROS ASISTENCIALES PARA ASUNCIÓN, GRAN ASUNCIÓN Y CIUDAD DEL ESTE:
Donde dice:
A. Tres (3) centros asistenciales de Nivel 3- Alta Complejidad, según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, ubicados en la ciudad de Asunción.
B)Tres (3) establecimientos con categoría correspondiente al Nivel 2- Mediana Complejidad según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, distribuidos entre la Ciudad de Asunción, Gran Asunción
Debe decir:
A. Tres (3) centros asistenciales de Nivel 3- Alta Complejidad, según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, ubicados en la ciudad de Asunción.
OBS: Por lo menos 1(uno) de los Sanatorios del Nivel 3 deben contar con Terapia Intensiva para Adultos, Niños y Neonatal y al menos (1) uno de ellos deberá contar con Tomógrafo instalado.
B ) Cuatro (4) establecimientos con categoría correspondiente al Nivel 2- Mediana Complejidad según categorización de la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, distribuidos entre la Ciudad de Asunción, Gran Asunción y Ciudad del Este
PUNTO 08:
INTERNACIONES:
Donde dice:
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios
Listado de centros asistenciales deberán ser presentados al momento de la presentación de la oferta.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. Deberán estar cubiertas las internaciones para la realización de estudios, en caso de ser necesario, a solicitud del médico tratante.
Cobertura de medicamentos, Oxígeno en todas sus aplicaciones, (Kit de gastrostomía) por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por evento, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y demás eventos médicos, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes.
Material descartable utilizado por valor de Diez millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por evento
Materiales de Osteosíntesis en general: por VALOR DE Gs. (8.000.000.-) OCHO MILLONES de guaraníes, por evento.
Materiales Protésicos para hernias Inguinales, umbilicales e Incisionales por VALOR DE Gs. (5.000.000) CINCO MILLONES de guaraníes por evento.
Debe decir:
Con cobertura inmediata, en los SANATORIOS habilitados por la prestadora de servicios a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.
Listado de centros asistenciales deberán ser presentados al momento de la presentación de la oferta, conforme al PBC.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. Deberán estar cubiertas las internaciones para la realización de estudios, en caso de ser necesario, a solicitud del médico tratante.
En caso de brote epidémico o por otro tipo de eventualidad la prestadora de sevicios deberá contar y poner a disposición de los beneficiarios del MAG como mínimo 5 habitaciones en el Sanatorio indicado por el prestador de servicios
Cobertura de medicamentos, Oxígeno en todas sus aplicaciones, (Kit de gastrostomía) por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por internación, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y demás eventos médicos, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes.
Material descartable utilizado por valor de Diez millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por internación
Materiales de Osteosíntesis en general: por VALOR DE Gs. (8.000.000.-) OCHO MILLONES de guaraníes, por internación.
Materiales Protésicos para hernias Inguinales, umbilicales e Incisionales por VALOR DE Gs. (5.000.000) CINCO MILLONES de guaraníes por internación.
PUNTO 09:
- HONORARIOS PROFESIONALES:
Donde dice:
6 |
Cateterismo cardíaco |
7 |
Cirugía General menor, mayor efectuadas en nuestro país (incluido derecho operatorio) |
17 |
Ejercicios y Fisioterapias en general. (Rehabilitación) hasta 30 sesiones |
21 |
Fisioterapia Neurológica (Rehabilitación) hasta 20 sesiones/Beneficiario. |
23 |
Flebología. Cirugías y Várices. |
37 |
Neurología |
38 |
Nutricionista Dietología. Consultas., Estudios y Tratamiento. Nutrición en Obesidad. Consultas, Estudios, Tratamiento. |
39 |
Oftalmología: Consultas, Cirugías en general, Estudios, Tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de Pupila, curva de presión, Fondo de Ojos y cataratas con implante de lente intraocular ( lio a cargo de la prestadora hasta U$S400 ( dólares americanos cuatrocientos), Tratamientos quirúrgico del glaucoma, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas , Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos, cirugías en general con láser, análisis ortóptico), Campimetría computarizada, Facoemulsificación. . En cirugías oftalmológicas sustancia viscolastica a cargo del beneficiario. La cirugía oftalmológica con eximer laser deben ser realizadas exclusivamente con una condición médica y una patología no estética, para eso se debería disponer que esta cirugía sea a partir de 5 (cinco) dioptrias y no más de dos cirugías por grupo familiar durante el año de contrato. La Prestadora de Servicios deberá presentar convenios por lo menos una óptica otorgando descuentos del 50% en cristales y armazones según prescripción médica, por integrante por año. |
40 |
Oncología + test alérgicos: Consultas, Cirugía, Estudios, Quimioterapia, cobertura total de honorarios profesionales de las primeras 15 sesiones por asegurado. Medicamentos y drogas oncológicas hasta Gs. 15.000.000 (quince millones) por asegurado por año |
42 |
Osteosíntesis: Cobertura de hasta guaraníes 8.000.000 por evento (Ocho Millones de Guaranies), incluye materiales. |
45 |
Psicología clínica y laboral: (Hasta 3 consultas o sesiones por Asegurado/año) |
46 |
Psiquiatría, consultorio (hasta 3 consultas por Asegurado/año) |
52 |
Tratamiento con Quimioterapia, de hasta 15 sesiones por año, por asegurado |
54 |
Urología. Consultas, endoscopia urológica - quirúrgica, litotripcia ultrasónica Estudios, Diagnósticos, Cirugías de Próstatas, RTU no Laserterapia, Postectomía. |
Se podrá eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 20 (veinte) veces al año por grupo familiar y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 150.000 (GUARANIES CIENTO CINCUENTA MIL) POR CONSULTA, para lo cual deberá presentar factura original y la misma deberá estar a nombre de la prestadora de servicios, especificando el RUC, consignando en ella el nombre del paciente. El pago del reembolso se realizará hasta los 30 días posteriores a la entrega de la solicitud. La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 10 (diez) días posteriores a la consulta.
Debe decir:
6 |
Cateterismo cardíaco y de Alta Complejidad |
7 |
Cirugía General menor, mayor y de alta complejidad efectuadas en nuestro país (incluido derecho operatorio) |
17 |
Ejercicios y Fisioterapias en general. (Rehabilitación) hasta 30 sesiones por periodo de 6 meses |
21 |
Fisioterapia Neurológica (Rehabilitación) hasta 20 sesiones/mes/Beneficiario. |
23 |
Flebología. Cirugías y Várices. Tratamientos. |
37 |
Neurología y los de alta complejidad. |
38 |
Nutricionista Dietología. Consultas., Estudios y Tratamiento. Nutrición en Obesidad. Consultas, Estudios, Tratamiento. |
39 |
Oftalmología: Consultas, Cirugías en general, Estudios, Tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de Pupila, curva de presión, Fondo de Ojos y cataratas con implante de lente intraocular ( lio a cargo de la prestadora hasta U$S400 ( dólares americanos cuatrocientos), Tratamientos quirúrgico del glaucoma, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas , Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos, cirugías en general con láser, análisis ortóptico), Campimetría computarizada, Facoemulsificación. . En cirugías oftalmológicas sustancia viscolastica a cargo del beneficiario. La cirugía oftalmológica con eximer laser deben ser realizadas exclusivamente con una condición médica y una patología no estética, para eso se debería disponer que esta cirugía sea a partir de 5 ( cinco) dioptrias y no más de dos cirugías por grupo familiar durante el año La Prestadora de Servicios deberá presentar convenios por lo menos una óptica otorgando descuentos del 20% en cristales y armazones según prescripción médica, por integrante por año. |
40 |
Oncología + test alérgicos: Consultas, Cirugía, Estudios, Quimioterapia, cobertura total de honorarios profesionales de las primeras 20 sesiones por asegurado. Medicamentos y drogas oncológicas hasta Gs. 20.000.000 (veinte millones) por asegurado por año |
42 |
Osteosíntesis: Cobertura de hasta guaraníes 8.000.000 por internación (Ocho Millones de Guaranies), incluye materiales. |
45 |
Psicología clínica y laboral: (Hasta 10 consultas o sesiones por Asegurado/año) |
46 |
Psiquiatría, consultorio (hasta 10 consultas por Asegurado/año) |
52 |
Tratamiento con Quimioterapia, de hasta 20 sesiones por año, por asegurado |
54 |
Urología. Consultas, endoscopia urológica - quirúrgica, litotripcia ultrasónica (según alta complejidad) Estudios, Diagnósticos, Cirugías de Próstatas, RTU no Laserterapia, Postectomía. |
59 | Medicina del trabajo |
60 | Pedagogía hasta 10 consultas o sesiones por asegurado al año. |
Se podrá eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 20 (veinte) veces al año por grupo familiar y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta Gs. 200.000 (GUARANIES DOSCIENTOS MIL) POR CONSULTA, para lo cual deberá presentar factura original y la misma deberá estar a nombre de la prestadora de servicios, especificando el RUC, consignando en ella el nombre del paciente. El pago del reembolso se realizará hasta los 30 días posteriores a la entrega de la solicitud. La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 10 (diez) días posteriores a la consulta.
PUNTO 10:
TERAPIA INTERMEDIA:
Donde dice:
C. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
Cobertura de medicamentos por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por evento, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes. Material descartable utilizado por valor de DIEZ millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por evento. (Cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluye oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud sin excepción, e inmunoterapia), en las internaciones ya sean clínicas, quirúrgicas, parto y/o cesárea (madre y por cada hijo/s recién nacidos); Urgencias; casos de terapia intensiva e intervenciones quirúrgicas que no requieran internación, para el beneficiario titular, familiar y adherentes.
Debe decir:
C. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE
Cobertura de medicamentos por valor de Veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.-), por internación, servicio de urgencia o emergencia, sea Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas, para el beneficiario titular, Familiar y adherentes. Material descartable utilizado por valor de DIEZ millones de guaraníes (Gs. 10.000.000.-), por internación. (Cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluye oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud sin excepción, e inmunoterapia), en las internaciones ya sean clínicas, quirúrgicas, parto y/o cesárea (madre y por cada hijo/s recién nacidos); Urgencias; casos de terapia intensiva e intervenciones quirúrgicas que no requieran internación, para el beneficiario titular, familiar y adherentes. Para los casos de alta complejidad (cardiocirugia vascular periférico y neurocirugía). La cobertura de medicamentos y materiales descartables se regirá por el anexo correspondiente.
PUNTO 11:
A. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.
Donde dice:
N° |
LOCALIDAD |
CANTIDAD MÍNIMA DE CENTROS ASISTENCIALES |
Región Oriental | ||
6 |
Itapúa |
como mínimo: 2 Encarnación, 1 Hohenau |
12 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
13 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
15 | Misiones | como mínimo: 1 San Ignacio |
16 | Presidente | como mínimo: 1 |
Debe decir:
N° |
LOCALIDAD |
CANTIDAD MÍNIMA DE CENTROS ASISTENCIALES |
Región Oriental | ||
6 |
Itapúa |
como mínimo 2: 1 Encarnación, 1 Hohenau |
12 |
Canindeyú |
como mínimo 1: Puente kyhá |
13 |
Item 13 se elimina por duplicación en el Item 12 | |
15 | Misiones | como mínimo: 1 San Ignacio |
Región Occidental | ||
16 | Presidente | como mínimo: 1 |
PUNTO 12:
j. COBERTURA FARMACEUTICA AMBULATORIA:
Donde dice:
1. Descuento del 30% (TREINTA POR CIENTO) sobre los Precios de Lista de Farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales y del 20% (VEINTE POR CIENTO) en Importados (Preventivo y Curativo) sin límite contra forma de pago efectivo, en al menos 2 cadenas de farmacias. Además una (1) farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, dichos descuento serán considerado en medicamentos preventivos y curativos.
Debe decir:
- Descuento del 30% (TREINTA POR CIENTO) sobre los Precios de Lista de Farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales y del 20% (VEINTE POR CIENTO) en Importados (Preventivo y Curativo) sin límite contra forma de pago efectivo. La Prestadora de Servicios deberá presentar un Listado con la Lista de por lo menos 1 cadena de Farmacias en acuerdo o Convenio con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, Periferias y/o Interior del país y una (1) farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, dichos descuento serán considerado en medicamentos preventivos y curativos.
PUNTO 13:
Donde dice:
Estudios Radiológicos Simples y Especializados según el siguiente listado Cobertura Total
Debe decir:
Estudios Radiológicos Simples y Especializados según el siguiente listado Cobertura Total
- Anticuerpos anti-transglutaminasa tisular IgA (tTG-IgA). (agregar)
LIC. ANDRES BENITEZ TORRES
DIRECTOR DE CONTRATACIONES
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/396424-seguro-medico-sanatorial-servicios-emergencia-urgencia-ambulancia-funcionarios-mag-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscriptos. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.