Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 6 Procesador dice: “Caché: 32 MB.” Fue solicitado un procesador de 8 núcleos, 12 hilos, 32 MB de cache, conjunto 64 bits, tipo de memoria DDR4, 2 canales de memoria, frecuencia base de 3.60 GHz y frecuencia máxima 4.90 GHz, de lo expuesto solicitamos a la convocante sean aceptados también procesadores (última generación del fabricante ref: https://ark.intel.com/content/www/us/en/ark/products/198019/intel-core-i9-10900x-x-series-processor-19-25m-cache-3-70-ghz.html) de 10 núcleos, 20 hilos, 19.25 MB de cache, conjunto 64 bits, tipo de memoria DDR4, 4 canales de memoria, frecuencia base de 3.70 GHz y frecuencia máxima 4.50 GHz, el cual es claramente superior a lo solicitado, tanto en núcleos, hilos, canales de memoria y frecuencia base. La mayoría de los fabricantes optimizan al máximo la utilización de la memoria cache en sus procesadores de última generación y por esa razón no alcanzan valores tan altos como lo solicitado, aun así, son superiores en todos los aspectos en líneas generales. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 26-03-2021 12-04-2021
32 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 9 Placa de video dice: “15500MHz.” Solicitamos a la convocante sean aceptados placas de video con tamaño de memoria de 8 GB GDDR6 y 1400 MHz como mínimo, lo solicitado no afectaría las funcionalidades del equipo. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 26-03-2021 12-04-2021
33 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 9 Placa de video dice: “Conectores de poder, como mínimo 8Pinx2 Solicitamos a la convocante sean aceptados placas de video con conectores de poder de: 1 (uno) de 8 pines y 1 (uno) de 6 pines como mínimo, lo solicitado no afectaría las funcionalidades del equipo y según las especificaciones requeridas para la Placa de video la mayoría de los fabricantes más reconocidos (nvidia y AMD) proveen dos conectores de poder con las características mencionadas (uno de 8 pines y otro de 6 pines) ref: https://www.amd.com/es/products/professional-graphics/radeon-pro-w5700 https://www.nvidia.com/en-us/geforce/graphics-cards/rtx-2080/ . Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 29-03-2021 12-04-2021
34 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En la Adenda Nº 2, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 5 Factor de Forma dice: “Debe incluir como mínimo un Radiador….” Solicitamos a la convocante que sea opcional el requerimiento solicitado ya que el mismo no afectará las funcionalidades del equipo y la mayoría de los fabricantes tienen homologado sus equipos para operar de manera óptima (al máximo desempeño posible) utilizando sistemas de disipación y extracción de calor con tecnologías avanzadas (tanto en componentes, ventiladores, disipadores y factor de forma del chasis para el flujo de entrada del aire frío y salida del aire caliente) sin necesidad de contar con este tipo de equipamiento, cabe resaltar que el equipo solicitado se utilizará en las instalaciones de un laboratorio donde se encuentran estandarizados las temperaturas de operación (promedio 18 grados a 20 grados Celsius). Este requerimiento es utilizado comúnmente en equipos del tipo gaming (equipos para videojuegos) de uso doméstico. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 29-03-2021 12-04-2021
35 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En la Adenda Nº 2, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 6 Procesador dice: “Radiador, la dimensión podrá ser opcional 151x120x27mm” Solicitamos a la convocante que sea opcional el requerimiento solicitado ya que el mismo no afectará las funcionalidades del equipo y la mayoría de los fabricantes tienen homologado sus equipos para operar de manera óptima (al máximo desempeño posible) utilizando sistemas de disipación y extracción de calor con tecnologías avanzadas (tanto en componentes, ventiladores, disipadores y factor de forma del chasis para el flujo de entrada del aire frío y salida del aire caliente) sin necesidad de contar con este tipo de equipamiento, cabe resaltar que el equipo solicitado se utilizará en las instalaciones de un laboratorio donde se encuentran estandarizados las temperaturas de operación (promedio 18 grados a 20 grados Celsius). Este requerimiento es utilizado comúnmente en equipos del tipo gaming (equipos para videojuegos) de uso doméstico. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 29-03-2021 12-04-2021
36 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En la Adenda Nº 2, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 6 Procesador dice: “Debe contar con sistema de refrigeración líquida” Solicitamos a la convocante que sea opcional el requerimiento solicitado ya que el mismo no afectará las funcionalidades del equipo y la mayoría de los fabricantes tienen homologado sus equipos para operar de manera óptima (al máximo desempeño posible) utilizando sistemas de disipación y extracción de calor con tecnologías avanzadas (tanto en componentes, ventiladores, disipadores y factor de forma del chasis para el flujo de entrada del aire frío y salida del aire caliente) sin necesidad de contar con este tipo de equipamiento, cabe resaltar que el equipo solicitado se utilizará en las instalaciones de un laboratorio donde se encuentran estandarizados las temperaturas de operación (promedio 18 grados a 20 grados Celsius). Este requerimiento es utilizado comúnmente en equipos del tipo gaming (equipos para videojuegos) de uso doméstico. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 29-03-2021 12-04-2021
37 Item 1. Servidor Tipo 1 Se solicita que el Servidor soporte Sistema Operativo Microsoft Windows Server 2012 y 2012 R2. Este Sistema Operativo ya no cuenta con soporte siquiera del fabricante Microsoft, por lo tanto los fabricantes de Hardware ya no brindan soporte para esta versión de Windows Server. Para encontrar un Servidor que soporte dicha versión se debe de cotizar un equipo NO nuevo y probablemente también obsoleto. Los servidores de comercialización actual soportan Windows Server 2016 y 2019. Favor modificar este punto. 31-03-2021 12-04-2021
38 Item 1. Servidor Tipo 1 Se solicitan 4 Puertos USB, de los cuales 2 puertos deberán ser de USB 2.0 y 2 puertos de USB 3.0 como mínimo. Consultamos si serán aceptados Servidores con Puertos USB 3.0 en su totalidad, atendiendo que esta es la tecnología de puertos USB actualmente más utilizada y que mejora ampliamente la velocidad de transferencia de datos. 31-03-2021 12-04-2021
39 *-ESPECIFICACIONES TECNICAS En la Adenda Nº 2, Especificaciones técnicas, ítem 2, Servidor Tipo 2, Nº 10 Interfaces de periféricos dice: “Puertos USB: 4 como mínimo, de los cuales 2 puertos deberán ser de USB 2.0 y 2 puertos de USB 3.0 como mínimo.” Solicitamos a la convocante sea opcional la cantidad de puertos USB 2.0 y en su lugar permitan presentar 2 puertos USB 3.0 adicionales, sin modificar la cantidad total de puertos requeridos (4 puertos USB como mínimo), lo solicitado no afectaría las funcionalidades del equipo, al contrario, proporcionará mayor tasa de transferencia y la mayoría de los fabricantes provisionan solamente 1 puerto USB 2.0 y los demás puertos USB 3.0. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 31-03-2021 12-04-2021
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