En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 2 > Factor de Forma > Dimensiones 416x210x454mm". Se solicita a la convocante aclarar si estos son los límites superiores o inferiores de tamaño que solicitan, es decir, si es que el equipo puede ser más grande, o más chico.
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 2 > Factor de Forma > Dimensiones 416x210x454mm". Se solicita a la convocante aclarar si estos son los límites superiores o inferiores de tamaño que solicitan, es decir, si es que el equipo puede ser más grande, o más chico.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 6 Procesador dice:
“Radiador, dimensión 151x120x27mm.”
Solicitamos a la convocante que dicho requisito sea opcional, ya que este requerimiento no afectará la funcionalidad del equipo y la mayoría de los fabricantes no incluyen dicho requerimiento en todas sus soluciones (equipos de mayor rendimiento) debido que ofrecen otras opciones para mantener la temperatura óptima de operación del equipamiento. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 6 Procesador dice:
“Radiador, dimensión 151x120x27mm.”
Solicitamos a la convocante que dicho requisito sea opcional, ya que este requerimiento no afectará la funcionalidad del equipo y la mayoría de los fabricantes no incluyen dicho requerimiento en todas sus soluciones (equipos de mayor rendimiento) debido que ofrecen otras opciones para mantener la temperatura óptima de operación del equipamiento. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Mouse / Ratón > Mouse óptico con rueda de scroll, conexión USB. La marca deberá ser igual al servidor y monitor.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor y al monitor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con mouses de la misma marca que el servidor y el monitor. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Mouse / Ratón > Mouse óptico con rueda de scroll, conexión USB. La marca deberá ser igual al servidor y monitor.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor y al monitor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con mouses de la misma marca que el servidor y el monitor. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
Se podrán aceptar marcas distintas al servidor y al monitor. VER ADENDA 2
24
Item 1 - Servidor tipo 1
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Teclado > Standard para Windows, español, conexión USB. La marca deberá ser igual al servidor y monitor.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor y al monitor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con teclados de la misma marca que el servidor y el monitor. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Teclado > Standard para Windows, español, conexión USB. La marca deberá ser igual al servidor y monitor.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor y al monitor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con teclados de la misma marca que el servidor y el monitor. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
Se podrán aceptar marcas distintas al servidor y al monitor. VER ADENDA N° 2
25
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 11 Fuente de Alimentación dice:
“Fuentes de poder Redundante de al menos 850 Watts cada uno como mínimo.”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados como mínimo fuentes de poder de al menos 700 Watts, ya que este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y para las prestaciones que solicitan no es necesario más de 700 Watts (incluyendo el consumo de la GPU requerida). Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 11 Fuente de Alimentación dice:
“Fuentes de poder Redundante de al menos 850 Watts cada uno como mínimo.”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados como mínimo fuentes de poder de al menos 700 Watts, ya que este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y para las prestaciones que solicitan no es necesario más de 700 Watts (incluyendo el consumo de la GPU requerida). Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Esta especificación fue requerida de acuerdo a las funciones que desempeñará el equipo (controlar equipos de monitoreo, control de accesos, y otros sistemas en simultáneo). Favor atenerse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
26
Item 1 - Servidor tipo 1
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Monitor > De la misma marca que el servidor, pantalla plana, voltaje requerido 100/240V 50/60Hz (No se aceptarán monitores con fuente externa). Monitor tipo LED de 17” pulgadas como mínimo, hasta 22” pulgadas como máximo, widescreen, resolución 1280x800 o superior.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con monitor de la misma marca. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
En el PBC se pide "SERVIDOR TIPO 1 > Monitor > De la misma marca que el servidor, pantalla plana, voltaje requerido 100/240V 50/60Hz (No se aceptarán monitores con fuente externa). Monitor tipo LED de 17” pulgadas como mínimo, hasta 22” pulgadas como máximo, widescreen, resolución 1280x800 o superior.". Se solicita a la convocante permitir proveer periféricos de marcas distintas al servidor, ya que no se reconoce un beneficio de contar con monitor de la misma marca. Además, esto sugiere que se esté direccionando a ciertas marcas del mercado (HP, Dell, Lenovo) las cuales producen sus propios periféricos, no permitiendo la participación de otras marcas especializadas en producción de servidores, pero no así en periféricos. Por último, como es una especificación estándar de computadoras de escritorio de la MITIC, cuyo precio de mercado es vastamente inferior al referencial, se sospecha de una sobrefacturación de los bienes a proveer. Al remover esta especificación técnica, se estaría proveyendo un plano justo de participación para todos los oferentes interesados en presentar su oferta, lo que aumentaría el número de potenciales oferentes, para beneficio de la convocante.
Se aceptaran de marca distinta al servidor . VER ADENDA N° 2
27
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 11 Fuente de Alimentación dice:
“Fuentes de poder Redundante.”
Solicitamos a la convocante que sea opcional el requerimiento de fuente de poder redundante, ya que este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y para las prestaciones que solicitan no es necesario más de una fuente de poder siendo que el equipo contará con un sistema operativo Windows 10 Pro y no un sistema operativo para servidores. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 11 Fuente de Alimentación dice:
“Fuentes de poder Redundante.”
Solicitamos a la convocante que sea opcional el requerimiento de fuente de poder redundante, ya que este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo y para las prestaciones que solicitan no es necesario más de una fuente de poder siendo que el equipo contará con un sistema operativo Windows 10 Pro y no un sistema operativo para servidores. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Atendiendo que los ítems solicitados no son iguales, es decir, el ítem 1 es un Servidor y el ítem 2 aunque está nombrado como Servidor realmente es una Computadora de Escritorio tipo Workstations, solicitamos que el Sistema de Adjudicación sea por Ítem.
Esta modificación brindará la posibilidad de participación a mayor cantidad de posibles oferentes.
Atendiendo que los ítems solicitados no son iguales, es decir, el ítem 1 es un Servidor y el ítem 2 aunque está nombrado como Servidor realmente es una Computadora de Escritorio tipo Workstations, solicitamos que el Sistema de Adjudicación sea por Ítem.
Esta modificación brindará la posibilidad de participación a mayor cantidad de posibles oferentes.
En los equipos tipo Servidores realmente no hace diferencia que los perifericos como Monitor, Teclado y Mouse sean de la misma marca que el Servidor. De hecho, existen marcas reconocidas internacionalmente en rubro de Servidores que no fabrican Monitores ni teclados y Mouse.
Por tal motivo solicitamos que en el mencionado ítem se permita cotizar Monitor, Teclado y Mouse de primera calidad que cumplan con las características requeridas sin que la marca sea una exigencia descalificatoria.
En los equipos tipo Servidores realmente no hace diferencia que los perifericos como Monitor, Teclado y Mouse sean de la misma marca que el Servidor. De hecho, existen marcas reconocidas internacionalmente en rubro de Servidores que no fabrican Monitores ni teclados y Mouse.
Por tal motivo solicitamos que en el mencionado ítem se permita cotizar Monitor, Teclado y Mouse de primera calidad que cumplan con las características requeridas sin que la marca sea una exigencia descalificatoria.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 9 Placa de video dice:
“15500MHz.”
Solicitamos a la convocante aclare el valor de frecuencia de la placa de video solicitada ya que las placas de video dedicada de última generación no alcanzan ese valor de frecuencia.
En el Pliego de Bases y Condiciones. Anexo C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Especificaciones técnicas, ítem 2, Nº 9 Placa de video dice:
“15500MHz.”
Solicitamos a la convocante aclare el valor de frecuencia de la placa de video solicitada ya que las placas de video dedicada de última generación no alcanzan ese valor de frecuencia.