Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 Capacidad Financiera Capacidad Financiera – Balance General años 2018, 2019 y 2020 Consultamos si será aceptado mediante la presentación de la constancia del SIPE, en el cual los balances figuren como Activo o Histórico? 01-11-2021 04-11-2021
22 *- Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Potencia PoE disponible ≥ 390 Watts Al respecto, se solicita a la convocante aceptar valores de potencia PoE como mínimo de 370 W, teniendo en cuenta que por el estándar IEEE 802.3af cada puerto puede suministrar un máximo 15.4 W, multiplicando este valor por la densidad de puertos de cobre disponemos de un aproximado de 369.6 W de consumo utilizando todos los puertos a esa potencia, por tanto y teniendo en cuenta que el valor solicitado en los términos iniciales de esta convocatoria excede sin una consideración técnica real al que se maneja por estándar para este tipo de equipos, y se considera que el parámetro técnicamente recomendado por esta consulta es un valor suficiente para que el equipo siga estando en disponibilidad para su buen y correcto funcionamiento, y con la Potencia propuesta no se altera o disminuye el equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la convocante, y un requerimiento mayor a eso, limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
23 *- Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Ventiladores ≥ 3 ventiladores o superior Al respecto, se solicita a la convocante aceptar la cantidad de 2 ventiladores o superior, teniendo en cuenta que no corresponde a un valor técnicamente indispensable la cantidad dispuesta en el PBC, siendo que los fabricantes diseñan sus equipos con los ventiladores necesarios para la refrigeración correcta y esto varía entre marcas, por lo cual requerir equipos con mayor cantidad de ventiladores es una limitante a marcas del mercado renombradas. Lo propuesto no altera o disminuye el equipo en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante, y un requerimiento mayor a eso, limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
24 *- Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1 se solicita: Prevención de congestión: E2E- HOL blocking protection Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye con el cambio propuesto en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo cual limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
25 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Algoritmos de agendamiento configurables: SPQ, WRR y DRR como mínimo Al respecto, se solicita a la convocante disponer SPQ y DRR como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo cual limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
26 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Recomendaciones ITU-T = Y.1731 Funciones y mecanismos de operación, administración y mantenimiento para redes basadas en Ethernet Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo cual limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
27 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Cumplimiento de RFCs: RFC 2284, RFC 3021, RFC 3056, RFC 2668, RFC 2616, RFC 959, RFC 1305, RFC 2697, RFC 2251, RFC 2228, RFC 1213, RFC 1722, RFC 2737, RFC 1151, RFC 2292, RFC 3635, RFC 1518, RFC 3542, RFC 1024, RFC 3060, RFC 2030, RFC 2867, RFC 2365, RFC 2620, RFC 3636 Al respecto, se solicita a la convocante disponer estos requisitos como opcionales, teniendo en cuenta que no son técnicamente indispensables para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante, teniendo en cuenta de que algunos ya se encuentran técnicamente obsoletos y ya no son implementados en la actualidad. Además se menciona que dichas especificaciones fueron tomadas de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
28 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Gestión = Permite la configuración por medio de archivos de configuración basados en ASCII para edición offline Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
29 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Estándares IEEE = IEEE 802.3ac Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
30 *- ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos En el Pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 6, Switch Poe 24 Puertos, conforme a la Adenda N° 1, se solicita: Estándares IEEE = IEEE 802.1ag Al respecto, se solicita a la convocante disponer este requisito como opcional, teniendo en cuenta que no es técnicamente indispensable para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante. Además se menciona que dicha especificación fue tomada de la marca y modelo Alcatel-Lucent OmniSwitch 6450 que puede ser verificado desde el catalogo Técnico de esta marca, https://www.al-enterprise.com/-/media/assets/internet/documents/omniswitch-6450-24-48-datasheet-en.pdf Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-11-2021 04-11-2021
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