Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 VISITA TÉCNICA Tratándose el proceso de una adquisición e instalación solicitamos se fije día y hora de visita técnica, como así también proporcionar planos, ubicación, distancia y demás datos substanciales para la correcta instalación y cotización ya que se trata de datos técnicamente necesarios 22-07-2021 27-07-2021
12 PLAZO DE ENTREGA Logisticamente el plazo razonable para fabricación, traslado e instalación es minimamente es de 90 días. En virtud al principio de libre concurrencia solicitamos la extensión del plazo de entrega al mencionado 22-07-2021 27-07-2021
13 PLAZO DE ENTREGA En dos puntos del pliego hay dos plazos de entrega uno refiere 30 y otro 45. Favor establecerlo en forma unificada a minimamamente 90 días 22-07-2021 27-07-2021
14 MULTA El porcentaje de la multa del 1% diaria no se corresponde a las tasas establecidas en el mercado. En un mes se estaría aplicando una multa del 30% o en 4 días 4%, sobrepasando los limites permitidos, solicitamos ajustar la misma como corresponde en forma mensual y de acuerdo a las tasas que corresponden 22-07-2021 27-07-2021
15 Planilla de Datos Garantizados Podría la Convocante adjuntar al llamado la Planilla de Datos Garantizados, ya que no se visualiza dicho documento 22-07-2021 27-07-2021
16 EXPERIENCIA En el pliego de base y condiciones “Experiencia requerida”- “Demostrar la experiencia en Provisión de Generador con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3(tres) años. 2018, 2019,2020.” Solicitamos amablemente a la convocante cambiar, la experiencia en provisión de equipos informáticos (montaje de data center, UPS, etc.). 22-07-2021 27-07-2021
17 *-Idioma de los Catálogos Técnicos. En el PBC, sección Datos de la Licitación, apartado “Idioma de la Oferta”, se solicita: “La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No aplica.” Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento legal en la Ley 2051/03, específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”… lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-07-2021 27-07-2021
18 *-Experiencia Requerida. En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Experiencia Requerida”, se solicita: “Demostrar la experiencia en Provisión de Generador con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3(tres) años. 2018, 2019,2020.” Al respecto solicitamos a la Convocante que pueda ser aceptada la experiencia de los 5 (cinco) últimos años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-07-2021 27-07-2021
19 *-Especificaciones Técnicas. En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Capacidad Técnica”, se solicita: “Referencias o Constancias de buen cumplimiento en la Provisión de GENERADORES, como mínimo de 3 (tres) instituciones del sector público y/o privado en los tres últimos años (2018, 2019, y 2020).” Al respecto solicitamos a la Convocante que puedan ser aceptadas las referencias o constancias de buen cumplimiento en la provisión de Generadores de los 5 (cinco) últimos años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-07-2021 27-07-2021
20 *-Especificaciones Técnicas. En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado Características Básicas Generales, se solicita: “Todo el conjunto, base, cabina, paneles de control, módulos, electrónica, tablero de transferencia deberán ser de un mismo fabricante del grupo generador y ensamblados en fábrica.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito o en su defecto que sea indicado como opcional, de manera a no restringir la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes, y además de modo a no favorecer indebidamente a una determinada marca u oferente. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-07-2021 27-07-2021
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