Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 *-EXPERIENCIA En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, se solicita: El oferente deberá demostrar haber implementado proyectos que impliquen provisión de equipos de Tics y su instalación en varios sitios distribuidos a nivel país. Al menos 3 (tres) proyectos dentro del periodo evaluado. Se considerarán proyectos de al menos 5 (cinco) sitios dentro de los últimos: 5 (cinco) (2016 2017 2018 2019 2020) años. Se deberá demostrar a través de la presentación de copia de contratos y/o facturas. Considerando lo específico del requerimiento y que el mismo en los términos expuestos en el pliego de bases y condiciones solo lo cumple la empresa COMTEL, lo cual implica una arbitraria exclusión de participación de otros potenciales oferentes con experiencia en el tipo de servicios licitados, motivo por el cual se solicita a la convocante que se modifique este requisito y que se acepte como experiencia haber proveído Equipos de Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica y/o TIC´s, a fin de dar cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia y evitar la imposición de un monopolio constitucionalmente prohibido. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
2 *-EXPERIENCIA En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice: Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 40 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2016 2017 2018 2019 2020) años. En caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, Al respecto, se solicita a la convocante que se acepte como experiencia haber proveído SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA y /o Equipos de Tics y/o Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 40 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2016 2017 2018 2019 2020) años; de esta manera podrán participar otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
3 *- Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice: A. El oferente deberá contar con certificación de calidad ISO 9001 o similar vigente, de manera a garantizar la calidad en la prestación de sus servicios de instalación y postventa de soluciones de TICs. Deberá presentar copia de certificado vigente. Al respecto, se solicita a la convocante elimine este requerimiento, considerando de que el mismo no deviene como un requisito técnicamente indispensable a efectos de satisfacer a sus necesidades, y que además, es claramente una limitante; dado que si se analiza con detenimiento y con base en fuentes existentes, la Certificación ISO tal como lo indican sus siglas en inglés lnternational Organization for Standardization , en español Organización Internacional de Estandarización, contempla normas de aplicación de la gestión de calidad, en donde se establecen estándares para áreas específicas y concretas en donde se quiere garantizar la calidad de un producto o servicio determinado inherente al producto. AI no ser de producción Nacional los bienes sobre los cuales versa la ampliación y mantenimiento en este llamado, la validez relevante debe ser el cumplimiento de la Certificación ISO 9001 y todas las demás normas por parte del Fabricante de los equipos. Amén de esto; la certificación ISO o su adopción por una empresa, si bien es una Certificación que avala la calidad en los procesos que una determinada empresa requiere que sean validados, está certificación es opcional y no deviene de alguna imposición legal a la cual las empresas del rubro estén constreñidas indefectiblemente, por lo que no se puede considerar la obligatoriedad de contar con la certificación en cuestión. De mantener este requisito, la Convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales para empresas con trayectoria no solo en el ámbito de la Provisión de Sistemas de CCTV sino que en la MARCADA EXPERIENCIA DE PROVISIÓN DE EQUIPOS, lo cual sirve como un sustento y aval suficiente para demostrar la capacidad y calidad en la ejecución de un proyecto de la magnitud del presente llamado. Por lo expuesto, de insistir con mantener dicho requisito no se aplicaría lo establecido en el Artículo 4to. Inciso b) Igualdad y Libre Competencia, donde se indica claramente cuanto sigue: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones ADMINISTRATIVAS, este en posibilidad de participar SIN RESTRICCION Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PUBLICA. Por lo tanto, exponemos cuanto sigue: Al exigir ISO 9001 al oferente, no se cumple con lo dispuesto en el Art. 4to inciso b), pues es una disposición administrativa limitativa que busca beneficiar a un oferente específico y no sería legal, pues no existe una ley que indique que si un oferente no cumple con una norma ISO no puede presentarse a una contratación pública con el Estado Paraguayo, contrariando lo establecido en normativa vigente de contrataciones públicas y hasta en la misma Constitución Nacional, la cual prohíbe el monopolio comercial. Por tanto, se solicita la eliminación de dicho requisito. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
4 .*- Capacidad Técnica: En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice: F. Poseer experiencia comprobable en el sector público o privado ejecutando contratos de provisión y/o mantenimiento de sistemas de video vigilancia IP compuestos en cantidad por al menos 120 cámaras y que se encuentren soportados por sistemas VMS, servidores y sistemas de almacenamiento. Al menos 1 (un) contrato. Se deberá presentar copia de contratos y/o facturas. SOLICITAMOS a la convocante sean aceptadas la experiencia en provisión y/o mantenimiento de sistemas de video vigilancia IP compuestos en cantidad por al menos 100 cámaras y que se encuentren soportados por sistemas VMS, servidores y sistemas de almacenamiento. Al menos 1 (un) contrato en los últimos 5 años. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
5 *- Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, dice: G. Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa sistemas de video vigilancia que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de matrículas a instituciones públicas o privadas. Al menos 1 (un) contrato. Se deberá presentar copia de contratos y/o facturas. Al respecto se solicita a la convocante este requerimiento sea considerado como opcional. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
6 *- Capacidad Técnica: En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica dice: Para 2) y el Representante Local, la documentación requerida es el formulario incluido en la Sección Formularios. Este formulario podrá ser reemplazado por la documentación que pruebe fehacientemente que el oferente es Representante o Distribuidor autorizado del bien que oferta. Asimismo, la documentación podrá ser presentada en copia simple, no obstante, para la firma del Contrato la misma deberá estar legalizada por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. El requerimiento de documentación legalizada por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay es un trámite que actualmente por la situación de la pandemia demora bastante tiempo, y solo el oferente que ya tiene el documento solicitado podrá presentar satisfactoriamente ésta exigencia; dicho esto, este requerimiento es altamente excluyente para otros oferentes. SOLICITAMOS por tanto a la convocante este requerimiento sea eliminado de manera que con esto se permita la participación de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
7 *-Capacidad Técnica En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, dice: 3- Si el oferente es Distribuidor del Representante Local del Fabricante, deberá presentar un poder o autorización otorgado por este último. No obstante, se deberá acompañar copia de la Autorización del Fabricante otorgada al Representante Local. Este requerimiento es altamente limitante para otros oferentes que no sean el Distribuidor y/o el Representante Local de los Fabricantes. Por razones comerciales, el Representante Local NO EXTENDERÁ Autorización a otros oferentes, ya que únicamente otorgará el documento exigido para sí mismo. SOLICITAMOS por tanto a la convocante este requerimiento sea eliminado de manera que con esto se permita la participación de otros potenciales oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
8 *- Actualización de VMS existente En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS, Ítem 2, dice: Ítem 2 – Actualización de VMS existente. Luego, más adelante En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas – 2. ADQUISICION DE SOPORTE Y ACTUALIZACION DEL IVMS POR 24 MESES (ÍTEM 2) ,dice: La convocante cuenta actualmente con un sistema de video vigilancia el cual precisa de la renovación del soporte y la actualización del mismo. SOLICITAMOS a la convocante que indique cual es el nombre y fabricante del Software VMS/IVMS que está instalado actualmente y cuál es la versión de la misma. Esta información es necesaria a fin de poder preparar la oferta apropiadamente, amparados en el principio de publicidad y transparencia. 10-12-2021
9 *- Sistema de Analitica de Video En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS, Ítem 3, dice: Ítem 3 – Sistema de analítica de video. Luego, más adelante En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas – 3. SISTEMA DE ANALITICA DE VIDEO (ÍTEM 3) dice: La convocante requiere de sistemas que puedan realizar análisis de reconocimiento facial y análisis de reconocimiento de matrículas para incrementar el control en las inmediaciones. ENTENDEMOS que la convocante no cuenta actualmente con un sistema de analítica de video para reconocimiento facial ni para el reconocimiento de matrículas. Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta. De ser afirmativa nuestra apreciación, solicitamos que la convocante reformule los requerimientos a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar la instalación de un nuevo VMS con la analítica de video requerida; y no solo la renovación de licencias para el VMS existente ya que esto es una exigencia altamente limitante ya que solo la empresa representante del VMS instalado podrá tener las Cartas de Autorización requerida. 10-12-2021
10 *- Cámaras En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas – 4. CAMARA TIPO I (ÍTEM 14), 2. CAMARAS TIPO II (ÍTEM 15), 3. CAMARAS TIPO III (ITEM 16), 4. CAMARAS TIPO IV (ÍTEM 17), dice: Carta del Fabricante: La empresa oferente deberá ser Representante Autorizado de la marca ofertada, para tal efecto deberá contar con una carta donde el fabricante autorice a proveer, instalar y soportar los equipos adquiridos. Exigido. SOLICITAMOS a la convocante este requisito sea considerado opcional; y que sean aceptadas las Cartas de Autorización de los Fabricantes como documento aval de poseer el respaldo y la garantía de los equipos ofertados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 10-12-2021
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