Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 *- SWITCH TIPO II En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 8, SWITCH TIPO II, MTBF Mínimo Requerido, se solicita: MTBF = 200.000 Hs. Al respecto, se solicita a la convocante ELIMINAR este parámetro teniendo en cuenta que el MTBF no es un requisito técnicamente indispensable para el buen y correcto funcionamiento del equipo, se menciona que el Factor MTBF (son las siglas Mean Time Between Failures y representa el tiempo medio entre fallos) lo cual cada fabricante establece los métodos de cálculo aproximado de este valor y no representa al estándar de la industria, cada fabricante establece las variables que más favorezcan a sus productos. La razón de los números MTBF elevados es que se basan principalmente en la tasa de fallos del activo cuando éste aún está en su vida normal o útil, asumiendo que fallará a esa tasa para siempre. Por esta razón, no debería haber ninguna correlación entre la vida útil y el MTBF. Se puede tener un equipo con un MTBF muy alto pero una vida útil esperada baja. Según lo mencionado al no considerarse un parámetro técnico real al que se maneja por estándar para este tipo de equipos limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 10-12-2021
22 *- SWITCH TIPO II En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 8, SWITCH TIPO II, Protocolos y Estándares, se solicita: Al menos: RFC 3826 AES cifrado basado en usuarios, RFC 4234 para especificaciones con sintaxsis ABNF, RFC 4251 Arquitectura de shell seguro, RFC 4252 Autenticación de shell seguro, RFC 2620 RADIUS Accounting MIB, RFC 2667 IP Tunnel MIB, RFC 2668 802.3 MAU MIB Al respecto, se solicita a la convocante disponer estos requisitos como opcionales, teniendo en cuenta que no son técnicamente indispensables para el buen funcionamiento del equipo y no se altera o disminuye en cuanto a su funcionalidad y calidad de acuerdo a las necesidades de la Convocante, teniendo en cuenta de que algunos ya se encuentran obsoletos y no son implementados en la actualidad. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 10-12-2021
23 *- SWITCH TIPO II En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS, ITEM N° 8, SWITCH TIPO II, Memoria, se solicita: Al menos: RAM: 1.5 GB, FLASH: 1.3 GB Al respecto, se solicita a la convocante disponer como opcionales los puntos RAM Y FLASH, teniendo en cuenta que los fabricantes disponen los valores necesarios para que el Sistema Operativo y el Hardware funcionen adecuadamente, lo cual es variable para cada fabricante no siendo así un estándar en este tipo de equipamiento, por tanto son valores no indispensables para el buen funcionamiento de la solución ofertada lo que limitaría injusta e innecesariamente la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 10-12-2021
24 *- SWITCH TIPO II En el Pliego de bases y condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM N° 8, SWITCH TIPO II, Medio ambiente, se solicita: WEEE Al respecto, solicitamos a la convocante aceptar certificaciones Medio ambientales similares a la dispuesta. 10-12-2021
25 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Procesador, Características de cada procesador, Frecuencia, se solicita: 3.0 GHz como mínimo. Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si la cantidad solicitada (3.0 GHz como mínimo) se refiere a la frecuencia base del procesador o si dicho valor puede ser alcanzado mediante funciones como turbo. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 14-12-2021
26 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Almacenamiento, se solicita: Capacidad de albergar hasta 8 discos SFF como inicialmente y con capacidad de soportar con upgrades hasta 16 bahías de discos SFF como mínimo. Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si serán aceptados a su vez equipos con la cantidad de discos solicitado (8 discos inicialmente) pero del tipo LFF. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 14-12-2021
27 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Almacenamiento, se solicita: Deberá contar con almacenamiento base de al menos 2 discos SSD de 240 TB en Raid 1 para el sistema operativo. Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si los discos solicitados deberían ser 2 (dos) discos SSD de 240GB en RAID1 como mínimo y NO 240TB. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 14-12-2021
28 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Ranuras de Expansión, se solicita: 4 slots PCIe, con posibilidad de ampliar a 1 slots PCIe a futuro como mínimo. Solicitamos a la convocante que sean aceptados a su vez equipos con 3 (tres) slots PCIe, este cambio no afectará la funcionalidad que se tiene destinado para el servidor deviniendo dicho requisito en técnicamente no indispensable; también permitirá un mayor número de oferentes en beneficio de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 14-12-2021
29 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Sistemas Operativos Soportados, se solicita: Nigsi Linux Solicitamos a la convocante que este requerimiento sea opcional, como el servidor se solicita con el sistema operativo Windows Server, no es técnicamente necesario este requerimiento y tampoco afectará la funcionalidad que se tiene destinado para el mismo deviniendo dicho requisito en técnicamente no indispensable. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 14-12-2021
30 * - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, 3. SERVIDOR TIPO I (ÍTEM 5), Garantía, se solicita: 3 (tres) años On Site. El servicio de garantía deberá ser realizado por técnicos certificados del CAS (Centro Autorizado de Servicios) avalado por el Fabricante. Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si la garantía solicitada es del tipo básico 5x8 con atención al día siguiente laboral. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 14-12-2021
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