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Diferencias entre las versiones 4 y 5

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

               Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018)

 

  1. Endeudamiento: pasivo total / activo total

               No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018)

 

  1. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al  Capital

               El promedio en los últimos 3 años (2016, 2017, 2018), no deberá ser negativo.

En caso de Consorcios: todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos en los puntos (a, b y c).

 

 

Para contribuyente de IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

 

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018).

 

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018).

 

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital

         El promedio en los últimos 3 años (2016, 2017 y 2018), no deberá ser negativo

 

Oferentes en Consorcio: cada firma integrante del Consorcio deberá cumplir con los ratios solicitados.

 

Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018.

 

Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018.

 

Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

        Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

               Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2017.2018.2019)

 

  1. Endeudamiento: pasivo total / activo total

               No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2017.2018.2019)

 

  1. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al  Capital

               El promedio en los últimos 3 años (2017.2018.2019), no deberá ser negativo.

En caso de Consorcios: todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos en los puntos (a, b y c).

 

 

Para contribuyente de IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

 

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2017.2018.2019).

 

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2017.2018.2019).

 

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital

         El promedio en los últimos 3 años (2017.2018.2019), no deberá ser negativo

 

Oferentes en Consorcio: cada firma integrante del Consorcio deberá cumplir con los ratios solicitados.

 

Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2017.2018.2019.

 

Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2017.2018.2019.

 

Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

        Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y .2018.2019)

  1. Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y .2018.2019)

  1. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital

El promedio en los últimos 3 años (2016, 2017, .2018.2019), no deberá ser negativo.

En caso de Consorcios: todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos en los puntos (a, b y c).

Para contribuyente de IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y .2018.2019).

Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2016, 2017 y .2018.2019).

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital

El promedio en los últimos 3 años (2016, 2017 y .2018.2019), no deberá ser negativo

Oferentes en Consorcio: cada firma integrante del Consorcio deberá cumplir con los ratios solicitados.

Para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2016, 2017 y .2018.2019.

Para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales 2016, 2017 y .2018.2019.

Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 6 (seis) meses

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

 

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente
  1. Balances General de los años 2016, 2017 y 2018
  1. Formulario 106 de los últimos tres años (2016, 2017 y 2018) para contribuyentes del IRPC.
  1. Formulario 104 de los últimos tres años (2016, 2017 y 2018) para contribuyentes de Renta Personal.
  1. Formulario 120 de los últimos seis (6)  meses para contribuyentes de IVA Impuesto al Valor Agregado

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

 

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente
  1. Balances General de los años 2017, 2018, 2019
  1. Formulario 106 de los últimos tres años ( 2017, 2018, 2019) para contribuyentes del IRPC.
  1. Formulario 104 de los últimos tres años ( 2017, 2018, 2019) para contribuyentes de Renta Personal.
  1. Formulario 120 de los últimos seis (6)  meses para contribuyentes de IVA Impuesto al Valor Agregado

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente
  1. Balances General de los años 20162017, 2017 y 2018, 2019
  1. Formulario 106 de los últimos tres años (2016 2017, 2017 y 2018, 2019) para contribuyentes del IRPC.
  1. Formulario 104 de los últimos tres años (2016 2017, 2017 y 2018, 2019) para contribuyentes de Renta Personal.
  1. Formulario 120 de los últimos seis (6) meses para contribuyentes de IVA Impuesto al Valor Agregado

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Las empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto N° 1635 del 12 de Enero de 1999) según corresponda:
  • Registro de Establecimiento (RE) VIGENTE de la empresa Oferente, del elaborador, del importador o fraccionador de los  productos y del distribuidor; en base a la RESOLUCIÓN S. G. N° 213 Por la cual se establece las condiciones y requisitos para la habilitación y otorgamiento del registro a establecimientos de alimentos, bebidas y aditivos, destinados al consumo, según corresponda. No se aceptaran registros en trámite.

 

  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) VIGENTE. No se aceptaran registros en trámite.

 

Las empresas oferentes importadoras o productoras de productos y subproductos de origen vegetal deberán presentar:

 

  • Registro Sanitario de producción del SENAVE (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas): VIGENTE (por lo menos de 6 meses de vigencia contados a partir de la apertura).

 

El oferente deberá demostrar su solvencia y capacidad técnica para contratar, a tal efecto deberá  contar con lo siguiente:

 

  • Los que oferten un monto total superior a los 5.000 hasta 10.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 1 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 10.000 hasta 20.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 3 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 20.000 hasta 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 5 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 7 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • A fin de comprobar dicho requisito deberá presentar planilla del IPS.

 

  • Listado de personal con que cuenta para gestiones administrativas y funciones operativas (deberá mencionar Nombres, Apellidos, Número de Cedula de Identidad y Cargos o funciones).
  • Presentar el Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social emitido por el IPS.
  • Patente Comercial Municipal vigente del Oferente.
  • Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta que: posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).
  • Autorización por escrito al Comité de Evaluación para realizar visitas a fin de confirmar de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso). Deberá detallarse en el documento: el Nombre y Apellido de/l responsable/s con Número de teléfono (línea baja y/o celular), a fin de realizar las coordinaciones pertinentes.
  • Croquis de Ubicación de las Oficinas Administrativas y de los Almacenes o Depósitos habilitados que posee para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).

En caso de Consorcios: el consorciado mayoritario debe reunir el 60% de las condiciones exigidas, los demás consorciados también el 40% de las condiciones exigidas.

Para Oferentes Distribuidores y Comercializadores de carne vacuna: Los siguientes Documentos

Deberán presentar los siguientes documentos:

1.   Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

2.   Registro de Establecimiento RE, del Oferente, vigente a la fecha de presentación de la oferta.

3.   Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.

4.   Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente.

5.   Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente.

6.   Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio.

Observaciones:

  1. En caso de adquirir animales de Ferias: Constancia de Ferias, donde conste la cantidad de animales adquiridos en los periodos 2017, 2018 y 2019 que represente por lo menos el 60% de los animales necesarios para cubrir la oferta de carne. Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.

        b, En caso de adquirir animales de Establecimiento Ganadero determinado:

  • Copia autenticada del Contrato respectivo para la provisión de animales en pie y documento expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta.
  • Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.
  • Copia Autenticada del Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento Ganadero.
  • Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el establecimiento ganadero.
  1. En caso de adquirir carne de Frigorífico o Matadero determinado:
  • Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.
  • Registro de Establecimiento RE, del Oferente, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
  • Registro del Establecimiento del Matadero y/o Frigorífico autorizante, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
  • Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.
  • Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.

Para Oferentes Comercializadores y Productores de carne vacuna: Deberán presentar los siguientes documentos:

1.   Señal y Boleta de Marca expedida por el Poder Judicial.

2.   Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento ganadero.

3.   Constancia expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta (Debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal).

4.   Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

5.   Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.

6.   Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el establecimiento productor de animales, propiedad del oferente cuya carne oferta, Matadero y/o Frigorífico que tenga la competencia de autorización.

7.   Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

8.   Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

9.   Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio.                                                                                                           

Para Oferentes de carne de pollo: deberán presentar:

  • Certificado de Habilitación de cámara frigorífica para carne de pollo expedido por SENACSA del productor. Se admitirán arrendamiento de cámaras habilitadas por SENACSA con su correspondiente habilitación al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los directores de los organismos competentes.

Para Oferentes de Harina de Trigo: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes de los Ítems N° 5 y 6, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 20830 de fecha 28 de abril de 1998, por el cual se declara obligatorio el Enriquecimiento de la Harina de Trigo, con hierro y vitaminas.

Para oferentes de aceite de soja: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes del Ítem N° 14, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de las siguientes especificaciones fisicoquímicas que mencionan a continuación:

En caso del Aceite, se tendrá en cuenta lo dispuesto por la Cámara Paraguaya de Procesadores y Exportadores de Oleaginosas y Cereales (CAPPRO), conforme al siguiente detalle de especificaciones fisicoquímicas:

ACEITE DE SOJA:

  • Parámetro Mínimo Máximo Metodología
  • Densidad relativa a 25°C/25°C 0,9100 0,9200
  • Índice de Refracción a 40"C 1,467 1,467 AOCS Cc7-25
  • Índice de Yodo (Wijs) 118 145 AOCS Cd l-25
  • Índice de Saponificación 188 194 AOCS Cd 3-25
  • Materia Saponificable Máx.: 1,5% AOCS Ca 6'40
  • Humedad y materia volátil a 105°C Máx.: 0,05% AOCS Ca 28-38
  • Índice de Peróxido, mEqo2/Kg Máx.: 10,0 AOCS Cd8-53
  • Insolubles en éter de petróleo 0,03% AOCS Ca 3a-46
  • Reacción de Halphen (-) AOCS CB 1-25
  • Jabones como oleato de sodio Máx.: 5mg/l AOCS Cc'17-95
  • Acidez expresado en ácido oleico Máx.:0,06% AOCS Ca 5a-40
  • Test de enfriamiento a 0°C 5,5 Hs AOCS Cc 11-53
  • Color (Lovibond Cubeta 133,3mm) Amarillo Máx.:15 AOCS Cc 138-45

Duración de los productos

Los productos alimenticios envasados no perecederos deberán tener una fecha mínima de vencimiento de 1 año contados a partir desde el momento de la recepción. Los productos alimenticios perecederos deberán ser entregados en el servicio en condiciones tales que puedan ser utilizados en buen estado hasta 7 días conforme al Plan de Entregas elaborado para el efecto.

Envase

Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente. El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.

Las Empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN:

  1. En caso de oferentes que sean empresas elaboradoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como elaborador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

 

  1. En caso de oferentes que sean empresas fraccionadoras del aceite ofertado deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como fraccionador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro de Establecimiento vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionador o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Autorización del fabricante.

 

  1. En caso de oferentes que sean empresas importadoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como importador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran en trámite.

Autorización del fabricante.

 

  1. En caso de oferentes que no sean elaboradores, importadores ni fraccionadores del aceite ofertado deberán presentar fotocopia simple pero legible de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente del elaborador, importador o fraccionador de aceite ofertado, según corresponda.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente.

Autorización del fabricante, importador o fraccionador del aceite ofertado, según corresponda, autorizando expresamente al Oferente, a ofertar los productos por ellos fabricados, importada o fraccionada, según corresponda.

En caso que el aceite ofertado corresponda al de una empresa fraccionadora o distribuidora de un producto importado, se deberá presentar además el Registro de Establecimiento (RE Nº) vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionado, como así también el certificado de origen visado en el país de origen y consularizado en el país de destino.

 

  • En el costo de los productos ofertados se tendrá en cuenta todas las formas de erogación, incluyendo el costo principal, el mantenimiento, las refacciones, los insumos para su operación, los fletes, los seguros, las comisiones, los costos financieros, los tributos, los derechos, las primas y cualquier otra suma que deba erogarse como consecuencia de la contratación. La estructura de costo correspondiente podrá solicitarse si se estima conveniente durante la etapa de evaluación, y en caso de ser solicitado formará parte integral de la oferta. De no ser arrimado en tiempo requerido, la oferta podrá ser rechazada.

 

  • En caso de fraccionadoras, cada producto con certificación de la INAN y la procedencia de los productos ofertados en la planilla de precios deberá coincidir con la procedencia declarada en la certificación.

 

  • Los oferentes deberán presentar el Certificado de Origen Nacional expedido por el Ministerio de Industria y Comercio, a fin de aplicar el margen de preferencia a los productos nacionales, con la finalidad de dar cumplimiento al Decreto 2992/19 que reglamenta la Ley 4.558/11.

 

  • La Convocante podrá rechazar las ofertas que no cumplan con el suministro de la documentación requerida.

 

  • Los documentos o Certificados presentados en el Acto de Licitación Pública o a presentar para la firma del Contrato, deberán estar vigente y en caso de no contar con fecha de expiración, deberán ser expedidos dentro de los treinta días calendario anterior a su presentación.

 

Para oferentes de productos lácteos: conforme a la Ley N° 5264 que en su Art 6º expresa:

Productos Lácteos (UAT, en polvo, vitaminada, deslactosada, fortificada y enriquecida) y derivados (yogurt, queso, dulce de leche), conforme los artículos 6 y 7 de la Ley 5264/14 De fomento de la cadena láctea, fortalecimiento de la producción Nacional y Promoción del Consumo de Productos Lácteos, deberán considerar que las mismas solo podrán ser de origen nacional.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Las empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto N° 1635 del 12 de Enero de 1999) según corresponda:
  • Registro de Establecimiento (RE) VIGENTE de la empresa Oferente, del elaborador, del importador o fraccionador de los  productos y del distribuidor; en base a la RESOLUCIÓN S. G. N° 213 Por la cual se establece las condiciones y requisitos para la habilitación y otorgamiento del registro a establecimientos de alimentos, bebidas y aditivos, destinados al consumo, según corresponda. No se aceptaran registros en trámite.

 

  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) VIGENTE. No se aceptaran registros en trámite.

 

Las empresas oferentes importadoras o productoras de productos y subproductos de origen vegetal deberán presentar:

 

  • Registro Sanitario de producción del SENAVE (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas): VIGENTE (por lo menos de 6 meses de vigencia contados a partir de la apertura).

 

El oferente deberá demostrar su solvencia y capacidad técnica para contratar, a tal efecto deberá  contar con lo siguiente:

 

  • Los que oferten un monto total superior a los 5.000 hasta 10.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 1 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 10.000 hasta 20.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 3 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 20.000 hasta 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 5 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 7 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • A fin de comprobar dicho requisito deberá presentar planilla del IPS.

 

  • Listado de personal con que cuenta para gestiones administrativas y funciones operativas (deberá mencionar Nombres, Apellidos, Número de Cedula de Identidad y Cargos o funciones).
  • Presentar el Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social emitido por el IPS.
  • Patente Comercial Municipal vigente del Oferente.
  • Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta que: posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).
  • Autorización por escrito al Comité de Evaluación para realizar visitas a fin de confirmar de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso). Deberá detallarse en el documento: el Nombre y Apellido de/l responsable/s con Número de teléfono (línea baja y/o celular), a fin de realizar las coordinaciones pertinentes.
  • Croquis de Ubicación de las Oficinas Administrativas y de los Almacenes o Depósitos habilitados que posee para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).

En caso de Consorcios: el consorciado mayoritario debe reunir el 60% de las condiciones exigidas, los demás consorciados también el 40% de las condiciones exigidas.

Para Oferentes Distribuidores y Comercializadores de carne vacuna:

Deberán presentar los siguientes documentos:

1.   Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

2.   Registro de Establecimiento RE, del Oferente, vigente a la fecha de presentación de la oferta.

4.   Certificado de Habilitación de Empresa expedido por SENACSA del oferente.

5.   Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente.

6.   Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio del oferente.

Observaciones:

  1. En caso de adquirir animales de Ferias: Constancia de Ferias, donde conste la cantidad de animales adquiridos en los periodos 2017, 2018 y 2019 que represente por lo menos el 60% de los animales necesarios para cubrir la oferta de carne. Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.

 

  1. En caso de adquirir animales de Establecimiento Ganadero determinado:
  • Copia autenticada del Contrato respectivo para la provisión de animales en pie y documento expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta.
  • Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.
  • Copia Autenticada del Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento Ganadero.
  • Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el Establecimiento Ganadero.
  1. En caso de adquirir carne de Frigorífico o Matadero:
  • Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.
  • Registro del Establecimiento del Matadero y/o Frigorífico autorizante, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
  • Certificado de Habilitación de Empresa expedido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.

Para Oferentes Comercializadores y Productores de carne vacuna: Deberán presentar los siguientes documentos:

1.   Señal y Boleta de Marca expedida por el Poder Judicial.

2.   Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento ganadero.

3.   Constancia expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta (Debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal).

4.   Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

5.   Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.

6.   Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el establecimiento productor de animales, propiedad del oferente cuya carne oferta, Matadero y/o Frigorífico que tenga la competencia de autorización.

7.   Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

8.   Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

9.   Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio.                                                                                                           

Para Oferentes de carne de pollo: deberán presentar:

  • Certificado de Habilitación de cámara frigorífica para carne de pollo expedido por SENACSA del productor. Se admitirán arrendamiento de cámaras habilitadas por SENACSA con su correspondiente habilitación al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los directores de los organismos competentes.

Para Oferentes de Harina de Trigo: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes de los Ítems N° 5 y 6, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 20830 de fecha 28 de abril de 1998, por el cual se declara obligatorio el Enriquecimiento de la Harina de Trigo, con hierro y vitaminas.

Para oferentes de aceite de soja: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes del Ítem N° 14, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de las siguientes especificaciones fisicoquímicas que mencionan a continuación:

En caso del Aceite, se tendrá en cuenta lo dispuesto por la Cámara Paraguaya de Procesadores y Exportadores de Oleaginosas y Cereales (CAPPRO), conforme al siguiente detalle de especificaciones fisicoquímicas:

ACEITE DE SOJA:

  • Parámetro Mínimo Máximo Metodología
  • Densidad relativa a 25°C/25°C 0,9100 0,9200
  • Índice de Refracción a 40"C 1,467 1,467 AOCS Cc7-25
  • Índice de Yodo (Wijs) 118 145 AOCS Cd l-25
  • Índice de Saponificación 188 194 AOCS Cd 3-25
  • Materia Saponificable Máx.: 1,5% AOCS Ca 6'40
  • Humedad y materia volátil a 105°C Máx.: 0,05% AOCS Ca 28-38
  • Índice de Peróxido, mEqo2/Kg Máx.: 10,0 AOCS Cd8-53
  • Insolubles en éter de petróleo 0,03% AOCS Ca 3a-46
  • Reacción de Halphen (-) AOCS CB 1-25
  • Jabones como oleato de sodio Máx.: 5mg/l AOCS Cc'17-95
  • Acidez expresado en ácido oleico Máx.:0,06% AOCS Ca 5a-40
  • Test de enfriamiento a 0°C 5,5 Hs AOCS Cc 11-53
  • Color (Lovibond Cubeta 133,3mm) Amarillo Máx.:15 AOCS Cc 138-45

Duración de los productos

Los productos alimenticios envasados no perecederos deberán tener una fecha mínima de vencimiento de 1 año contados a partir desde el momento de la recepción. Los productos alimenticios perecederos deberán ser entregados en el servicio en condiciones tales que puedan ser utilizados en buen estado hasta 7 días conforme al Plan de Entregas elaborado para el efecto.

Envase

Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente. El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.

Las Empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN:

  1. En caso de oferentes que sean empresas elaboradoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como elaborador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

 

  1. En caso de oferentes que sean empresas fraccionadoras del aceite ofertado deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como fraccionador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro de Establecimiento vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionador o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Autorización del fabricante.

 

  1. En caso de oferentes que sean empresas importadoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como importador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran en trámite.

Autorización del fabricante.

 

  1. En caso de oferentes que no sean elaboradores, importadores ni fraccionadores del aceite ofertado deberán presentar fotocopia simple pero legible de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente del elaborador, importador o fraccionador de aceite ofertado, según corresponda.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente.

Autorización del fabricante, importador o fraccionador del aceite ofertado, según corresponda, autorizando expresamente al Oferente, a ofertar los productos por ellos fabricados, importada o fraccionada, según corresponda.

En caso que el aceite ofertado corresponda al de una empresa fraccionadora o distribuidora de un producto importado, se deberá presentar además el Registro de Establecimiento (RE Nº) vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionado, como así también el certificado de origen visado en el país de origen y consularizado en el país de destino.

 

  • En el costo de los productos ofertados se tendrá en cuenta todas las formas de erogación, incluyendo el costo principal, el mantenimiento, las refacciones, los insumos para su operación, los fletes, los seguros, las comisiones, los costos financieros, los tributos, los derechos, las primas y cualquier otra suma que deba erogarse como consecuencia de la contratación. La estructura de costo correspondiente podrá solicitarse si se estima conveniente durante la etapa de evaluación, y en caso de ser solicitado formará parte integral de la oferta. De no ser arrimado en tiempo requerido, la oferta podrá ser rechazada.

 

  • En caso de fraccionadoras, cada producto con certificación de la INAN y la procedencia de los productos ofertados en la planilla de precios deberá coincidir con la procedencia declarada en la certificación.

 

  • Los oferentes deberán presentar el Certificado de Origen Nacional expedido por el Ministerio de Industria y Comercio, a fin de aplicar el margen de preferencia a los productos nacionales, con la finalidad de dar cumplimiento al Decreto 2992/19 que reglamenta la Ley 4.558/11.

 

  • La Convocante podrá rechazar las ofertas que no cumplan con el suministro de la documentación requerida.

 

  • Los documentos o Certificados presentados en el Acto de Licitación Pública o a presentar para la firma del Contrato, deberán estar vigente y en caso de no contar con fecha de expiración, deberán ser expedidos dentro de los treinta días calendario anterior a su presentación.

 

Para oferentes de productos lácteos: conforme a la Ley N° 5264 que en su Art 6º expresa:

Productos Lácteos (UAT, en polvo, vitaminada, deslactosada, fortificada y enriquecida) y derivados (yogurt, queso, dulce de leche), conforme los artículos 6 y 7 de la Ley 5264/14 De fomento de la cadena láctea, fortalecimiento de la producción Nacional y Promoción del Consumo de Productos Lácteos, deberán considerar que las mismas solo podrán ser de origen nacional.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Las empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto N° 1635 del 12 de Enero de 1999) según corresponda:
  • Registro de Establecimiento (RE) VIGENTE de la empresa Oferente, del elaborador, del importador o fraccionador de los productos y del distribuidor; en base a la RESOLUCIÓN S. G. N° 213 Por la cual se establece las condiciones y requisitos para la habilitación y otorgamiento del registro a establecimientos de alimentos, bebidas y aditivos, destinados al consumo, según corresponda. No se aceptaran registros en trámite.

  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) VIGENTE. No se aceptaran registros en trámite.

Las empresas oferentes importadoras o productoras de productos y subproductos de origen vegetal deberán presentar:

  • Registro Sanitario de producción del SENAVE (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas): VIGENTE (por lo menos de 6 meses de vigencia contados a partir de la apertura).

El oferente deberá demostrar su solvencia y capacidad técnica para contratar, a tal efecto deberá contar con lo siguiente:

  • Los que oferten un monto total superior a los 5.000 hasta 10.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 1 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 10.000 hasta 20.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 3 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a los 20.000 hasta 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 5 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • Los que oferten un monto total superior a 30.000 jornales diarios mínimos deben contar con una cantidad mínima de 7 personales inscriptos en la Dirección de Aporte de Obrero Patronal del IPS.
  • A fin de comprobar dicho requisito deberá presentar planilla del IPS.

  • Listado de personal con que cuenta para gestiones administrativas y funciones operativas (deberá mencionar Nombres, Apellidos, Número de Cedula de Identidad y Cargos o funciones).
  • Presentar el Certificado de Cumplimiento con el Seguro Social emitido por el IPS.
  • Patente Comercial Municipal vigente del Oferente.
  • Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta que: posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).
  • Autorización por escrito al Comité de Evaluación para realizar visitas a fin de confirmar de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso). Deberá detallarse en el documento: el Nombre y Apellido de/l responsable/s con Número de teléfono (línea baja y/o celular), a fin de realizar las coordinaciones pertinentes.
  • Croquis de Ubicación de las Oficinas Administrativas y de los Almacenes o Depósitos habilitados que posee para la elaboración, fraccionamiento almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados (según sea el caso).

En caso de Consorcios: el consorciado mayoritario debe reunir el 60% de las condiciones exigidas, los demás consorciados también el 40% de las condiciones exigidas.

Para Oferentes Distribuidores y Comercializadores de carne vacuna: Los siguientes Documentos

Deberán presentar los siguientes documentos:

1. Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

2. Registro de Establecimiento RE, del Oferente, vigente a la fecha de presentación de la oferta.

3. Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.

4. Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente.

5. Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente.

6. Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio del oferente.

Observaciones:

  1. En caso de adquirir animales de Ferias: Constancia de Ferias, donde conste la cantidad de animales adquiridos en los periodos 2017, 2018 y 2019 que represente por lo menos el 60% de los animales necesarios para cubrir la oferta de carne. Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.

b, En caso de adquirir animales de Establecimiento Ganadero determinado:

  1. En caso de adquirir animales de Establecimiento Ganadero determinado:
  • Copia autenticada del Contrato respectivo para la provisión de animales en pie y documento expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta.
  • Deberá ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal.
  • Copia Autenticada del Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento Ganadero.
  • Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el establecimiento ganaderoEstablecimiento Ganadero.
  1. En caso de adquirir carne de Frigorífico o Matadero determinado:
  • Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.
  • Registro de Establecimiento RE, del Oferente, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
  • Registro del Establecimiento del Matadero y/o Frigorífico autorizante, vigente a la fecha de presentación de la oferta.
  • Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.
  • Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.
  • Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio del oferente, del Matadero o Frigorífico autorizante.

Para Oferentes Comercializadores y Productores de carne vacuna: Deberán presentar los siguientes documentos:

1. Señal y Boleta de Marca expedida por el Poder Judicial.

2. Certificado de Habilitación expedido por SENACSA del Establecimiento ganadero.

3. Constancia expedida por SENACSA que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta (Debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal).

4. Fotocopia simple de la Constancia de habilitación del matadero respectivo emitida por la SENACSA o Constancia de Renovación y Habilitación de dicho matadero. En caso de no contar con matadero propio: deberá presentar copia autenticada del Contrato de Prestación de Servicios o compromiso debidamente firmado entre el Matadero y el oferente de formular Contrato, para el caso de ser adjudicado.

5. Fotocopia simple de la Constancia de Habilitación de las Cámaras Frigoríficas para la refrigeración de la carne con capacidad mínima de (60) sesenta reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámaras, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los Directores de los Organismos competentes. En caso de arrendamiento de Cámaras, deberá presentarse copia autenticada del Contrato.

6. Patente Municipal vigente, del municipio donde se encuentra el establecimiento productor de animales, propiedad del oferente cuya carne oferta, Matadero y/o Frigorífico que tenga la competencia de autorización.

7. Certificado de Habilitación de Empresa oferente expedido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

8. Certificado de Habilitación de Registro de Firmas emitido por SENACSA del oferente, del Matadero y/o Frigorífico autorizante.

9. Certificado de Marca expedido por el Ministerio de Industria y Comercio.

Para Oferentes de carne de pollo: deberán presentar:

  • Certificado de Habilitación de cámara frigorífica para carne de pollo expedido por SENACSA del productor. Se admitirán arrendamiento de cámaras habilitadas por SENACSA con su correspondiente habilitación al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los directores de los organismos competentes.

Para Oferentes de Harina de Trigo: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes de los Ítems N° 5 y 6, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 20830 de fecha 28 de abril de 1998, por el cual se declara obligatorio el Enriquecimiento de la Harina de Trigo, con hierro y vitaminas.

Para oferentes de aceite de soja: deberán presentar:

  • Las empresas oferentes del Ítem N° 14, deberán presentar el Informe de Ensayo expedido por el INTN, a fin de verificar el cumplimiento de las siguientes especificaciones fisicoquímicas que mencionan a continuación:

En caso del Aceite, se tendrá en cuenta lo dispuesto por la Cámara Paraguaya de Procesadores y Exportadores de Oleaginosas y Cereales (CAPPRO), conforme al siguiente detalle de especificaciones fisicoquímicas:

ACEITE DE SOJA:

  • Parámetro Mínimo Máximo Metodología
  • Densidad relativa a 25°C/25°C 0,9100 0,9200
  • Índice de Refracción a 40"C 1,467 1,467 AOCS Cc7-25
  • Índice de Yodo (Wijs) 118 145 AOCS Cd l-25
  • Índice de Saponificación 188 194 AOCS Cd 3-25
  • Materia Saponificable Máx.: 1,5% AOCS Ca 6'40
  • Humedad y materia volátil a 105°C Máx.: 0,05% AOCS Ca 28-38
  • Índice de Peróxido, mEqo2/Kg Máx.: 10,0 AOCS Cd8-53
  • Insolubles en éter de petróleo 0,03% AOCS Ca 3a-46
  • Reacción de Halphen (-) AOCS CB 1-25
  • Jabones como oleato de sodio Máx.: 5mg/l AOCS Cc'17-95
  • Acidez expresado en ácido oleico Máx.:0,06% AOCS Ca 5a-40
  • Test de enfriamiento a 0°C 5,5 Hs AOCS Cc 11-53
  • Color (Lovibond Cubeta 133,3mm) Amarillo Máx.:15 AOCS Cc 138-45

Duración de los productos

Los productos alimenticios envasados no perecederos deberán tener una fecha mínima de vencimiento de 1 año contados a partir desde el momento de la recepción. Los productos alimenticios perecederos deberán ser entregados en el servicio en condiciones tales que puedan ser utilizados en buen estado hasta 7 días conforme al Plan de Entregas elaborado para el efecto.

Envase

Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente. El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.

Las Empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN:

  1. En caso de oferentes que sean empresas elaboradoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como elaborador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

  1. En caso de oferentes que sean empresas fraccionadoras del aceite ofertado deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como fraccionador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro de Establecimiento vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionador o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Autorización del fabricante.

  1. En caso de oferentes que sean empresas importadoras del aceite ofertado, deberán presentar copias simples pero legibles de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente como importador de aceite o en proceso de renovación. No se aceptaran registros en trámite.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente o en proceso de renovación. No se aceptaran en trámite.

Autorización del fabricante.

  1. En caso de oferentes que no sean elaboradores, importadores ni fraccionadores del aceite ofertado deberán presentar fotocopia simple pero legible de:

Registro de Establecimiento (RE) vigente del elaborador, importador o fraccionador de aceite ofertado, según corresponda.

Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) vigente.

Autorización del fabricante, importador o fraccionador del aceite ofertado, según corresponda, autorizando expresamente al Oferente, a ofertar los productos por ellos fabricados, importada o fraccionada, según corresponda.

En caso que el aceite ofertado corresponda al de una empresa fraccionadora o distribuidora de un producto importado, se deberá presentar además el Registro de Establecimiento (RE Nº) vigente de la empresa proveedora del aceite fraccionado, como así también el certificado de origen visado en el país de origen y consularizado en el país de destino.

  • En el costo de los productos ofertados se tendrá en cuenta todas las formas de erogación, incluyendo el costo principal, el mantenimiento, las refacciones, los insumos para su operación, los fletes, los seguros, las comisiones, los costos financieros, los tributos, los derechos, las primas y cualquier otra suma que deba erogarse como consecuencia de la contratación. La estructura de costo correspondiente podrá solicitarse si se estima conveniente durante la etapa de evaluación, y en caso de ser solicitado formará parte integral de la oferta. De no ser arrimado en tiempo requerido, la oferta podrá ser rechazada.

  • En caso de fraccionadoras, cada producto con certificación de la INAN y la procedencia de los productos ofertados en la planilla de precios deberá coincidir con la procedencia declarada en la certificación.

  • Los oferentes deberán presentar el Certificado de Origen Nacional expedido por el Ministerio de Industria y Comercio, a fin de aplicar el margen de preferencia a los productos nacionales, con la finalidad de dar cumplimiento al Decreto 2992/19 que reglamenta la Ley 4.558/11.

  • La Convocante podrá rechazar las ofertas que no cumplan con el suministro de la documentación requerida.

  • Los documentos o Certificados presentados en el Acto de Licitación Pública o a presentar para la firma del Contrato, deberán estar vigente y en caso de no contar con fecha de expiración, deberán ser expedidos dentro de los treinta días calendario anterior a su presentación.

Para oferentes de productos lácteos: conforme a la Ley N° 5264 que en su Art 6º expresa:

Productos Lácteos (UAT, en polvo, vitaminada, deslactosada, fortificada y enriquecida) y derivados (yogurt, queso, dulce de leche), conforme los artículos 6 y 7 de la Ley 5264/14 De fomento de la cadena láctea, fortalecimiento de la producción Nacional y Promoción del Consumo de Productos Lácteos, deberán considerar que las mismas solo podrán ser de origen nacional.