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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Decreto Nº 15685/96 Programa Nacional de Control de Residuos de Carnes y derivados). Solo para frigoríficos y mataderos. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 42, 43 y 44)
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 42, 43 y 44).

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la apertura .Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura .Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados .Según especificaciones técnicas.
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 44, 45 y 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63) Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.

 

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Decreto Nº 15685/96 Programa Nacional de Control de Residuos de Carnes y derivados). Solo para frigoríficos y mataderos. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 44, 45 y 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63) Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 42, 43 y 44)
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 42, 43 y 44).

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados. Según especificaciones técnicas.
  • Certificado del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Decreto Nº 15685/96 Programa Nacional de Control de Residuos de Carnes y derivados). Solo para frigoríficos y mataderos. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 42, 43 y 44)
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 42, 43 y 44).

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la apertura .Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura .Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados .Según especificaciones técnicas.
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 44, 45 y 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63) Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

  • Planilla de Datos Garantizados. Para todos los ítems.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA), expedido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto Nº 1635 del 12 de enero de 1999). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Registro de Establecimiento (R.E.), expedido por Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura (presentar para cada ítem ofertado). Según especificaciones técnicas.
  • Declaración jurada de poseer vehículos apropiados para el transporte de los productos ofertados. Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del establecimiento, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de habilitación del transporte (vehículos), expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la apertura Debe estar vigente al momento de la apertura Según especificaciones técnicas.
  • Certificado de origen nacional de la leche, expedida por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). Debe estar vigente al momento de la aperturaDebe estar vigente al momento de la apertura. Aplica para leche y derivados . Según especificaciones técnicas.
  • Certificado del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Decreto Nº 15685/96 Programa Nacional de Control de Residuos de Carnes y derivados). Solo para frigoríficos y mataderos. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 44, 45 y 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Fotocopia autenticada de la constancia de habilitación de Matadero emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el Director habilitado. (aplica para los ítems 42, 43 y 44).
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63) Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • Certificado de registro de firmas y certificado de habilitación oficial del o los mataderos de origen animal dependiente del SENACSA. (aplica para los ítems 42, 43 y 44)
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 44, 45 , 46, 49 y 63). Debe estar vigente al momento de la apertura.
  • El establecimiento debe estar incluido en el SITRAP (Sistema De Trazabilidad del Paraguay). (aplica para los ítems 42, 43 y 44).