Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN 5. El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, será válido para su utilización en todos los CENTROS HABILITADOS (Sanatorios y Farmacias, etc.) en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. 6. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario (titular, miembro del Grupo Familiar y/ o Adherentes), sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS. Consulta: Solicitamos que se aclare que dicho proceder se aplica únicamente para los servicios de consultas y de urgencias. En cuanto a los eventos programados y ambulatorios se deberá de requerir previamente la visación del servicio, como en todos los servicios de Medicina Pre-paga porque, si se prescinde de esto sería imposible determinar quien está habilitado para acceder al servicio y quién no. 28-04-2015 04-05-2015
12 CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN 7. Para los implantes de prótesis la Prestadora de Servicios está obligado a la presentación de constancias de la calidad de los materiales a utilizar, es decir la misma deberá ser de la mejor calidad independientemente del precio, informando al paciente o familiar de esta situación, con los documentos comprobatorios, quienes se reservan el derecho de aceptarlos. Consulta; Atendiendo que la cobertura establece un monto especifico para materiales protésicos y que estas difieren en precios entre una y otra cláusula de las Especificaciones Técnicas, resultando que no establece que corresponda una cobertura del 100%, solicitamos se excluya la responsabilidad de la prestadora de servicios en proveer las prótesis ya que parte del gasto será asumido por el asegurado, conforme a lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones del MOPC 28-04-2015 04-05-2015
13 CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN 16. La prestadora de servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una ellas cubiertas durante la vigencia del presente contrato. Consulta; Solicitamos nos aclaren si las especialidades a las que refieren, son las citadas en el ítem B del PBC. 28-04-2015 04-05-2015
14 COBERTURA: Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección de los Sanatorios, Centros de Diagnósticos (dentro de la lista de prestadores debidamente habilitados y ofrecidos por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (consultas, internaciones, cirugías, urgencias, emergencias, tomografías, radiología, análisis clínicos, resonancia magnética). Consultas: Solicitamos se aclare que los servicios subrayados, serán prestados siempre y cuando el servicio se encuentre habilitado en los centros propuestos por el oferente?, a fin de guardar concordancia lo requerido en el PBC, atendiendo que la cobertura requerida en el Ítem de Centros Asistenciales en el Interior, se visualiza la exigencia de consultas, internaciones, estudios laboratoriales y estudios por imágenes. 28-04-2015 04-05-2015
15 COBERTURA: Para los Centros de Diagnósticos y Laboratorios de Análisis Clínicos: Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar con un mínimo de 5 laboratorios y 5 centros de diagnósticos (Deberán ser de reconocida trayectoria) en todo momento, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE. Consultas; Solicitamos nos aclaren que el servicio a domicilio, se refiere de forma exclusiva a los servicios de laboratorio, para pacientes que se encuentren imposibilitado a acudir a los centros asistenciales, conforme a un certificado expedido por el médico tratante? 28-04-2015 04-05-2015
16 CAPACIDAD DE SERVICIO: Filadelfia – Boquerón. Consulta; Solicitamos nos aclaren si es correcta la interpretación que se entiende que la Adenda exige la presentación de un centro asistencial en la ciudad de Filadelfia o en otra ciudad siempre y cuando se encuentre ubicada dentro del departamento de Boquerón? Este es el nuevo significado del Pliego de Bases y Condiciones? 28-04-2015 04-05-2015
17 CAPACIDAD DE SERVICIO: Debe contar con un mínimo de 5 laboratorios y 5 centros de diagnósticos en el Gran Asunción. Consulta; Solicitamos nos aclaren si es correcta la interpretación, que la cantidad requerida se refiere para Asunción y Gran Asunción? 28-04-2015 04-05-2015
18 A) INTERNACIONES: Se deberá incluir para el acompañante sin costo alguno para el paciente (almuerzo y cena) deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas además de la utilización del Electrocardiógrafo, Rayos X del Sanatorio, Colchones de Aire, Agua, Monitor cardiaco, monitor fetal, cuna térmica, video, nebulizaciones, aplicaciones de ultra sonidos, infrarrojo, fisioterapia. Consulta; Solicitamos se excluya la exigencia de incluir para el acompañante sin costo alguno el servicio de (almuerzo y cena) y los derechos operatorios en todo tipo de internaciones, atendiendo que dicho requisito desvirtúa todo el esquema de conformación familiar establecido y el sentido de las Especificaciones Técnicas, ya que el acompañante se podrá tratar de cualquier persona que no conforme el grupo familiar y sumando a esto que las Especificaciones Técnicas se encuentran elaboradas para la atención de beneficiarios que acudan con una patología determinada y no así para la atención de PERSONAS SANAS AJENAS AL SEGURO como en este caso es el acompañante del paciente. 28-04-2015 04-05-2015
19 F) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE En Internaciones y Servicios de Guardia: Consulta; Solicitamos se aclare que los servicios citados en el presente ítem, son exclusivamente para el servicio de guardia sanatorios y/o salas de observación de urgencias sanatoriales, atendiendo que en la misma se visualiza servicios con 100% de cobertura, como es el caso de los medicamentos y descartables, teniendo una incoherencia con el monto establecido en el ítem de Internaciones? 28-04-2015 04-05-2015
20 J) MEDICOS CONSULTORES = INTERCONSULTORES Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante en las internaciones con un 100% de cobertura y sin límites con el plantel de médicos habilitados, por evento. Y hasta tres consultas por evento con profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pudiendo ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo de EL SANATORIO. Consulta: solicitamos se aclare que las interconsultas con profesionales no habilitados por la prestadora de servicios, serán cubiertas por el sistema de reintegro conforme a los costos establecidos por las sociedades científicas? 28-04-2015 04-05-2015
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