En la Consulta Nº 135 se solicitaron se aclare sobre la función de reconocimiento de rostros.
La respuesta dada indica que se requiere funciones de analíticas pero no se requiere funciones de detección o comparación de rostros.
Una de las funciones analíticas requeridas es Proveer la capacidad de búsqueda por uno o varios atributos de características de personas como: Calvicie, gafas, gafas desol, color de la cara, tono de piel, búsqueda por combinación de tri-color y textura en el área de torso con mínimo una paleta de 13 colores.
Se aclaró además que estas capacidades de búsqueda solo pueden resultar útiles en caso de que se implemente las funciones de detección y comparación de rostros
La ratificación por parte de la convocante de estas opciones sin el requerimiento de detección y comparación de rostros, carece de utilidad ya que solo son útiles única y exclusivamente cuando son requeridas las funciones de detección y comparación de rostros.
En base a que la función de detección y reconocimiento de rostros, no está incluida como requisito, se tiene que las funciones de búsquedas carecen de aplicación real por lo que Solicitamos que las funciones de búsqueda mencionados, sean eliminados del pliego
La solicitud previamente extendida encuentra su sustento en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE DE COMPETENCIA, que, conforme lo dispone el Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS debe regir las contrataciones públicas, ya que puntualmente establece en su inciso b): Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Que, de igual manera consideramos prudente el hacer mención a lo establecido en el Art. 20 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 3439/07 - , el cual establece lo siguiente: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto. Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante .
En la Consulta Nº 135 se solicitaron se aclare sobre la función de reconocimiento de rostros.
La respuesta dada indica que se requiere funciones de analíticas pero no se requiere funciones de detección o comparación de rostros.
Una de las funciones analíticas requeridas es Proveer la capacidad de búsqueda por uno o varios atributos de características de personas como: Calvicie, gafas, gafas desol, color de la cara, tono de piel, búsqueda por combinación de tri-color y textura en el área de torso con mínimo una paleta de 13 colores.
Se aclaró además que estas capacidades de búsqueda solo pueden resultar útiles en caso de que se implemente las funciones de detección y comparación de rostros
La ratificación por parte de la convocante de estas opciones sin el requerimiento de detección y comparación de rostros, carece de utilidad ya que solo son útiles única y exclusivamente cuando son requeridas las funciones de detección y comparación de rostros.
En base a que la función de detección y reconocimiento de rostros, no está incluida como requisito, se tiene que las funciones de búsquedas carecen de aplicación real por lo que Solicitamos que las funciones de búsqueda mencionados, sean eliminados del pliego
La solicitud previamente extendida encuentra su sustento en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE DE COMPETENCIA, que, conforme lo dispone el Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS debe regir las contrataciones públicas, ya que puntualmente establece en su inciso b): Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Que, de igual manera consideramos prudente el hacer mención a lo establecido en el Art. 20 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 3439/07 - , el cual establece lo siguiente: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto. Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante .
Se requiere que el módulo de analítica posea reconocimiento facial. La misma no funcionará con base de datos existentes. No es exigido que la base de datos que pueda crear el módulo solicitado interactúe con otras. REMITIRSE A LA ADDENDA N° 06
172
Autorizaciones de fábrica
Solicitamos que sea permitido y se considere válido la presentación de autorizaciones de parte de la fábrica que no estén consularizadas y legalizadas. Este requisito debe ser exigido para la firma del contrato a la empresa que fuese adjudicada. El proceso indicado lleva más de 30 días en origen y por consiguiente, este requisito debe ser modificado para permitir la participación y la libre competencia entre las empresas oferentes que califiquen para el proceso.
Solicitamos que sea permitido y se considere válido la presentación de autorizaciones de parte de la fábrica que no estén consularizadas y legalizadas. Este requisito debe ser exigido para la firma del contrato a la empresa que fuese adjudicada. El proceso indicado lleva más de 30 días en origen y por consiguiente, este requisito debe ser modificado para permitir la participación y la libre competencia entre las empresas oferentes que califiquen para el proceso.
la convocante se mantiene en lo establecido en el PBC.
173
Media Gateway
Solicitamos aclaración de parte de la Convocante en relación al ítem citado. Exactamente qué se quiere lograr con el equipo indicado? Favor remitir incluso un esquema de conexión u arquitectura de funcionamiento del sitio de cómo entienden o lo que estarían buscando con la implementación de lo citado (las cámaras que existen en el lugar serán re utilizadas? se deben integrar?)
Solicitamos aclaración de parte de la Convocante en relación al ítem citado. Exactamente qué se quiere lograr con el equipo indicado? Favor remitir incluso un esquema de conexión u arquitectura de funcionamiento del sitio de cómo entienden o lo que estarían buscando con la implementación de lo citado (las cámaras que existen en el lugar serán re utilizadas? se deben integrar?)
La convocante mantiene lo establecido en el pliego de bases y condiciones, 3. Especificaciones técnicas del sistema requerido y sus componentes, específicamente en el 3.1. Convertidor de Señales de video (media-gateway) ? Descripción general, como así también lo indicado mediante Adenda N° 3
se refiere a soluciones de sistema de información geográfica (GIS). Tal como se indica en la addenda N° 3
175
Garantía de equipos
Solicitamos que la garantía mínima de los equipos expedida por la fábrica sea de 3 años. Esto garantizará y sobre todo proporcionará a la Convocante la participación de marcas reconocidas en el mercado mundial que den su apoyo a sus productos por el tiempo mencionado. Consideramos que la inversión justifica el tiempo de garantía indicado.
Solicitamos que la garantía mínima de los equipos expedida por la fábrica sea de 3 años. Esto garantizará y sobre todo proporcionará a la Convocante la participación de marcas reconocidas en el mercado mundial que den su apoyo a sus productos por el tiempo mencionado. Consideramos que la inversión justifica el tiempo de garantía indicado.
Soicitan cámaras FULL HD y la grabación será sólo en HD. Favor aclarar entonces si es posible considerar cámaras HD o en su defecto que la grabación se realice en FULL HD y que cada oferente presente por medio de un Sistema de Diseño de Proyecto avalado por la fábrica que cumple con lo requerido (días de grabación) por la convocante y que la calidad de imagen está garantizada
Soicitan cámaras FULL HD y la grabación será sólo en HD. Favor aclarar entonces si es posible considerar cámaras HD o en su defecto que la grabación se realice en FULL HD y que cada oferente presente por medio de un Sistema de Diseño de Proyecto avalado por la fábrica que cumple con lo requerido (días de grabación) por la convocante y que la calidad de imagen está garantizada
La cámara que se instalá en el RACK debe ser igual a la cámara del tipo 1? atendiendo que el ambiente en el cual se instalará la misma, solicitamos que se permita a la empresa oferente presentar otras opciones de modelo de cámaras mantieniendo sí la resolución correspondiente. Consideramos innecesario que el mismo modelo se coloque en el sector indicado.
La cámara que se instalá en el RACK debe ser igual a la cámara del tipo 1? atendiendo que el ambiente en el cual se instalará la misma, solicitamos que se permita a la empresa oferente presentar otras opciones de modelo de cámaras mantieniendo sí la resolución correspondiente. Consideramos innecesario que el mismo modelo se coloque en el sector indicado.
Solicitamos que las analíticas ofrecidas como solución cuentan con la certificación de ITS (intelligent Transportation Systems) y también cuenten con el AID - Control de Accidentes.
esto garantizará que la solución ofertada realmente está probada en su aplicación.
Solicitamos que las analíticas ofrecidas como solución cuentan con la certificación de ITS (intelligent Transportation Systems) y también cuenten con el AID - Control de Accidentes.
esto garantizará que la solución ofertada realmente está probada en su aplicación.
Solicitamos a la Convocante que pueda describir el objetivo principal de la implentación de la solución solicitada en el PBC. Requerimos la aprobación para que podamos presentar una solución de arquitectura similar en cuanto al funcionamiento y con mejores prestaciones técnicas que se pueda lograr con menos equipos instalados. La solución ya se encuentra instalada y probada en otros países, por lo que consideramos oportuno que la Convocante pueda permitirse evaluar alternativas que estén mejor diseñadas a la expuesta en el PBC.
Solicitamos a la Convocante que pueda describir el objetivo principal de la implentación de la solución solicitada en el PBC. Requerimos la aprobación para que podamos presentar una solución de arquitectura similar en cuanto al funcionamiento y con mejores prestaciones técnicas que se pueda lograr con menos equipos instalados. La solución ya se encuentra instalada y probada en otros países, por lo que consideramos oportuno que la Convocante pueda permitirse evaluar alternativas que estén mejor diseñadas a la expuesta en el PBC.
Microsoft® Windows Server 2008 o
superior , Red Hat Enterprise Linux® 5 o superior,
SUSE Linux Enterprise Server 10 o
superior y VMware ESXi 4.1 o superior
Exigido
Solicitamos que se debe el sistema operativo como referencia y no en carácter de exigido. Existen soluciones que no requieren de este tipo de Sistema para su funcionamiento.
Microsoft® Windows Server 2008 o
superior , Red Hat Enterprise Linux® 5 o superior,
SUSE Linux Enterprise Server 10 o
superior y VMware ESXi 4.1 o superior
Exigido
Solicitamos que se debe el sistema operativo como referencia y no en carácter de exigido. Existen soluciones que no requieren de este tipo de Sistema para su funcionamiento.