Buenas tardes!
Consulta dirigida a nomenclatura asignada al pliego de bases y condiciones específicamente en los términos utilizados en la sección III de REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS en las especificaciones técnicas que expresa en los ITEMS: desde el número 1 al ítem 96.
en el cual dice; TONER PARA IMPRESORA COLOR (ORIGINAL / NO COMPATIBLE / NO REMANUFACTURADO). Podrían aclarar a que se refieren cuando argumentan, como especificación técnica los términos, NO / COMPATIBLE y si existe algún argumento técnico que avalen estos términos para la exclusión de las ofertas.
· Que se considera / No Compatible.
Por compatible entendemos: que puede funcionar directamente con otro dispositivo aparato o programa. Que tiene afinidad. Capaz de unirse con algo.
Debemos considerar lo siguiente: un cartucho (cualquier tipo que sea) no es parte integral de la impresora. Los cartuchos son diseñados para ser reemplazados y por lo tanto son considerados SUMINISTROS.
Gracias!
Buenas tardes!
Consulta dirigida a nomenclatura asignada al pliego de bases y condiciones específicamente en los términos utilizados en la sección III de REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS en las especificaciones técnicas que expresa en los ITEMS: desde el número 1 al ítem 96.
en el cual dice; TONER PARA IMPRESORA COLOR (ORIGINAL / NO COMPATIBLE / NO REMANUFACTURADO). Podrían aclarar a que se refieren cuando argumentan, como especificación técnica los términos, NO / COMPATIBLE y si existe algún argumento técnico que avalen estos términos para la exclusión de las ofertas.
· Que se considera / No Compatible.
Por compatible entendemos: que puede funcionar directamente con otro dispositivo aparato o programa. Que tiene afinidad. Capaz de unirse con algo.
Debemos considerar lo siguiente: un cartucho (cualquier tipo que sea) no es parte integral de la impresora. Los cartuchos son diseñados para ser reemplazados y por lo tanto son considerados SUMINISTROS.
La Convocante solicita cartuchos de tintas y toners originales del fabricante. Se aclara que esto implica por ende, que los mismos no deben ser recargados, no deben ser remanufacturados, ni reacondicionados, como así tampoco NO DEBERÁN SER COMPATIBLES. Aceptar productos que sean compatibles establecería aceptar insumos que no son originales.
Lo solicitado en el pliego de bases y condiciones Sección III Requisitos de los Bienes Requeridos es con el fin de que todos los potenciales oferentes tengan la posibilidad de participar en igualdad de condiciones y con reglas claras, puesto que existen en la actualidad consumibles compatibles y/o remanufacturados que no son de las marcas de las impresoras o fotocopiadoras, y por ende no autorizados por los fabricantes de los equipos, poniendo en riesgo la performance, vida útil y buen desempeño de los mismos, porque dañan los cabezales y otros repuestos cuyo costo son superiores. A la vez, en muchos de los cartuchos se incluye el cabezal, por lo que si se reutiliza el cartucho, se estaría reutilizando el cabezal mucho más tiempo de lo aconsejado, lo que tarde o temprano recaería en problemas para las impresoras con que cuenta esta Institución.
Así también, la garantía de los consumibles originales correctamente identificados por su número de serie cada uno de ellos, permite garantizarlos hasta que se agote la tinta o llegue la fecha de la vigencia de la garantía. De esto se desprende otro de los problemas de los cartuchos no originales, el cual es que no se sabe exactamente cuanta tinta le queda, mientras que los originales coinciden lo que muestra con lo que realmente queda; esto, teniendo en cuenta que los chips de los cartuchos recargados, remanufacturados, reacondicionados o compatibles no transmite siempre la información de forma correcta.
En este sentido, es conveniente también saber que los cartuchos originales preservan la garantía de los equipos, por lo que al utilizar productos compatibles, se correría el riesgo de anular las mismas. Sobre este punto se aclara que el Ministerio Público cuenta actualmente con muchas máquinas adquiridas que aún conservan dichas garantías.
Se deja constancia que la Convocante no limita las posibilidades de participación o concurrencia, puesto que en la Sección VII Anexo Nº 1 del PBC se establece que cualquier potencial oferente que pueda demostrar la cadena de autorizaciones, a través de la Autorización del Fabricante según se establece en el Art. 49 del Decreto Reglamentario, a fin de garantizar al Estado la adquisición de los mejores productos que satisfagan las necesidades de la Institución , se encuentra con total posibilidades de competir y por ende ser adjudicado.
Finalmente, la Convocante se ratifica en los términos establecidos en el pliego de bases y condiciones.
2
Consulta
Para una mayor participación de Empresas que oferten productos, solicitamos que los insumos cotizados sean: ORIGINALES, con garantía inclusive de 24 meses, cuyos insumos cuenten con Representación Oficial en Paraguay y autorización del Fabricante, con número serial de cada producto.
Para una mayor participación de Empresas que oferten productos, solicitamos que los insumos cotizados sean: ORIGINALES, con garantía inclusive de 24 meses, cuyos insumos cuenten con Representación Oficial en Paraguay y autorización del Fabricante, con número serial de cada producto.
Se aclara que las especificaciones tecnicas insertas en el pliego de bases y condiciones establece claramente que los bienes SERAN ORIGINALES y deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas, citando a modo de ejemplo el requerimiento del ítem 1:
Tinta p/ imp. Deskjet 825c/810c/840c/845c HP Nº 15 Negro. C6615D ORIGINAL del fabricante, no recargado, no remanufacturado, ni reacondicionado, no compatible y CON GARANTÍA DE 12 MESES.
Con esa descripción se entiende claramente y no deja dudas que la Convocante no aceptará consumibles compatibles de marcas distintas de las impresoras de la marca requerida.
Con el fin de que todos los potenciales oferentes tengan la posibilidad de participar en igualdad de condiciones y a fin de motivar una mayor participación de potenciales oferentes el pliego de bases y condiciones establece la documentación requerida para acreditar la autorización del fabricante, de acuerdo al artículo 49 del decreto 21909. Tales requisitos pueden ser corroborados en la Sección VII Anexo Nº 1 del PBC.
Finalmente, la Convocante se ratifica en los términos establecidos en el pliego de bases y condiciones.
3
Consulta sobre Productos originales. MINISTERIO PÚBLICO- ID 282637
.Consulta dirigida a nomenclatura asignada al pliego de bases y condiciones específicamente en los términos utilizados en la sección III de REQUISITOS DE LOS BIENES no son claras las especificaciones técnicas que expresa en los ITEMS solicitados a cotizar en los cuales dicen; ORIGINAL DEL FABRICANTE, NO REMANUFACTURADO, NI REACONDICIONADOS, NO COMPATIBLE.. Podrían aclarar a que se refieren cuando argumentan, como especificación técnica los términos, NO / COMPATIBLE y si existe algún DOCUMENTO TÉCNICO que avalen estos términos para la exclusión de las ofertas.
Por lo que solicitamos excluyan la palabra NO / COMPATIBLE a los efectos de no limitar las posibilidades de concurrencias de posibles proveedores a las ofertas. La LEY Nro. 2051/03. Articulo Nro. 20, EXPRESA CLARAMENTE: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, servicios u obras Públicas, no se podrán exigir a los participante requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, sin con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas
.Debemos considerar lo siguiente: un cartucho (cualquier tipo que sea) no es parte integral de la impresora. Los cartuchos son diseñados para ser reemplazados y por lo tanto son considerados SUMINISTROS.
Podrían insertar la exigencia de que los cartuchos posean una garantía escrita por 2 años.
Aguardando una respuesta favorable a la presente, nos despedimos Atentamente.
13-01-2015
22-01-2015
Consulta sobre Productos originales. MINISTERIO PÚBLICO- ID 282637
.Consulta dirigida a nomenclatura asignada al pliego de bases y condiciones específicamente en los términos utilizados en la sección III de REQUISITOS DE LOS BIENES no son claras las especificaciones técnicas que expresa en los ITEMS solicitados a cotizar en los cuales dicen; ORIGINAL DEL FABRICANTE, NO REMANUFACTURADO, NI REACONDICIONADOS, NO COMPATIBLE.. Podrían aclarar a que se refieren cuando argumentan, como especificación técnica los términos, NO / COMPATIBLE y si existe algún DOCUMENTO TÉCNICO que avalen estos términos para la exclusión de las ofertas.
Por lo que solicitamos excluyan la palabra NO / COMPATIBLE a los efectos de no limitar las posibilidades de concurrencias de posibles proveedores a las ofertas. La LEY Nro. 2051/03. Articulo Nro. 20, EXPRESA CLARAMENTE: Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, servicios u obras Públicas, no se podrán exigir a los participante requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, sin con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas
.Debemos considerar lo siguiente: un cartucho (cualquier tipo que sea) no es parte integral de la impresora. Los cartuchos son diseñados para ser reemplazados y por lo tanto son considerados SUMINISTROS.
Podrían insertar la exigencia de que los cartuchos posean una garantía escrita por 2 años.
Aguardando una respuesta favorable a la presente, nos despedimos Atentamente.
La Convocante solicita cartuchos de tintas y toners originales del fabricante. Se aclara que esto implica por ende, que los mismos no deben ser recargados, no deben ser remanufacturados, ni reacondicionados, como así tampoco NO DEBERÁN SER COMPATIBLES. Aceptar productos que sean compatibles establecería aceptar insumos que no son originales.
Lo solicitado en el pliego de bases y condiciones Sección III Requisitos de los Bienes Requeridos es con el fin de que todos los potenciales oferentes tengan la posibilidad de participar en igualdad de condiciones y con reglas claras, puesto que existen en la actualidad consumibles compatibles y/o remanufacturados que no son de las marcas de las impresoras o fotocopiadoras, y por ende no autorizados por los fabricantes de los equipos, poniendo en riesgo la performance, vida útil y buen desempeño de los mismos, porque dañan los cabezales y otros repuestos cuyo costo son superiores. A la vez, en muchos de los cartuchos se incluye el cabezal, por lo que si se reutiliza el cartucho, se estaría reutilizando el cabezal mucho más tiempo de lo aconsejado, lo que tarde o temprano recaería en problemas para las impresoras con que cuenta esta Institución.
Así también, la garantía de los consumibles originales correctamente identificados por su número de serie cada uno de ellos, permite garantizarlos hasta que se agote la tinta o llegue la fecha de la vigencia de la garantía. De esto se desprende otro de los problemas de los cartuchos no originales, el cual es que no se sabe exactamente cuanta tinta le queda, mientras que los originales coinciden lo que muestra con lo que realmente queda; esto, teniendo en cuenta que los chips de los cartuchos recargados, remanufacturados, reacondicionados o compatibles no transmite siempre la información de forma correcta.
En este sentido, es conveniente también saber que los cartuchos originales preservan la garantía de los equipos, por lo que al utilizar productos compatibles, se correría el riesgo de anular las mismas. Sobre este punto se aclara que el Ministerio Público cuenta actualmente con muchas máquinas adquiridas que aún conservan dichas garantías.
Se deja constancia que la Convocante no limita las posibilidades de participación o concurrencia, puesto que en la Sección VII Anexo Nº 1 del PBC se establece que cualquier potencial oferente que pueda demostrar la cadena de autorizaciones, a través de la Autorización del Fabricante según se establece en el Art. 49 del Decreto Reglamentario, a fin de garantizar al Estado la adquisición de los mejores productos que satisfagan las necesidades de la Institución , se encuentra con total posibilidades de competir y por ende ser adjudicado.
Finalmente, la Convocante se ratifica en los términos establecidos en el pliego de bases y condiciones.
4
Item 47
Con relación al ítem 47. Donde el PBC solicita tóner para impresora Lexmark E120 con número de parte E12018SL. Solicitamos ser aceptados tóner para impresora E120 con numero de parte 12018SL con capacidad para 2.000 impresiones, considerando que es el mismo al solicitado y es el que se encuentra actualmente en circulación en el mercado.
Con relación al ítem 47. Donde el PBC solicita tóner para impresora Lexmark E120 con número de parte E12018SL. Solicitamos ser aceptados tóner para impresora E120 con numero de parte 12018SL con capacidad para 2.000 impresiones, considerando que es el mismo al solicitado y es el que se encuentra actualmente en circulación en el mercado.
Se acepta el toner para impresora Lexmark E120 con número de parte 12018SL. Ver Adenda 2.
5
Item 48
Con relación al ítem 48 donde el PBC solicita tóner para impresora Lexmark E260 con número de parte E260A11E con capacidad para 3.500 impresiones. Solicitamos ser aceptados tóner de capacidad 3.500 impresiones para impresoras E260 con número de parte E260A11L considerando que estamos ofreciendo el mismo al solicitado y es el que se encuentra actualmente en circulación en el mercado.
Con relación al ítem 48 donde el PBC solicita tóner para impresora Lexmark E260 con número de parte E260A11E con capacidad para 3.500 impresiones. Solicitamos ser aceptados tóner de capacidad 3.500 impresiones para impresoras E260 con número de parte E260A11L considerando que estamos ofreciendo el mismo al solicitado y es el que se encuentra actualmente en circulación en el mercado.
Se acepta el toner para impresora Lexmark E260 con número de parte E260A11L. Ver Adenda 2.
6
ITem 49
Con relación al ítem 49, donde el PBC solicita tóner para impresora MX710. Solicitamos aclaración si el número de parte solicitado es de 62D4H00 con capacidad de 25.000 copias
Con relación al ítem 49, donde el PBC solicita tóner para impresora MX710. Solicitamos aclaración si el número de parte solicitado es de 62D4H00 con capacidad de 25.000 copias
El ítem N° 59: toner para fotocopiadora Lexmark MX710 tiene capacidad de impresión de 25.000. copias. El ítem N° 49: toner para impresora Lexmark E352dn, su número de parte es efectivamente E352H11L. Ver Adenda 2.
7
Item 61
Con relación al ítem 61, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color negro con número de parte C500S2KG con capacidad de 2.500 impresiones. Solicitamos ser aceptados tóner color negro para impresora C500 con número de parte C500H2KG con capacidad de 5.000 impresiones, considerando que estamos ofreciendo un insumo de mayor rendimiento al solicitado para la misma impresora.
Con relación al ítem 61, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color negro con número de parte C500S2KG con capacidad de 2.500 impresiones. Solicitamos ser aceptados tóner color negro para impresora C500 con número de parte C500H2KG con capacidad de 5.000 impresiones, considerando que estamos ofreciendo un insumo de mayor rendimiento al solicitado para la misma impresora.
En relación al ítem N° 61 toner para impresora C500 color negro, nos ratificamos con las especificaciones técnicas estipuladas en este Pliego.
8
Item 62
Con relación al ítem 62, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Cyan con número de parte C500S2CG.Solcitiamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Cyan con número de parte C500H2CG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
Con relación al ítem 62, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Cyan con número de parte C500S2CG.Solcitiamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Cyan con número de parte C500H2CG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
En relación al ítem 62, toner para impresora Lexmark C500 Cyan, nos ratificamos en las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego. Ver Adenda 2.
9
Item 63
Con relación al ítem 63, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Magenta con número de parte C500S2MG.Solcitiamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Magenta con número de parte C500H2MG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
Con relación al ítem 63, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Magenta con número de parte C500S2MG.Solcitiamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Magenta con número de parte C500H2MG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
En relación al ítem 63 toner para impresora C500 Magenta, nos ratificamos en las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego. Ver Adenda 2.
10
Item 64
Con relación al ítem 64, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Yellow con número de parte C500S2YG.Solcitamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Yellow con numero de parte C500H2YG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
Con relación al ítem 64, donde el PBC solicita tóner para impresora C500 color Yellow con número de parte C500S2YG.Solcitamos ser aceptados tóner para impresora C500 color Yellow con numero de parte C500H2YG considerando que es el tóner que actualmente se encuentra en circulación dentro del mercado.
En relación al ítem 64 toner para impresora Lexmark C500 Yellow, nos ratificamos en las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego. Ver Adenda 2.