Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Especificaciones Tecnicas SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES REQUERIDOS ITEM N° 13 Cumplimos en informar que el número de cartucho correcto es el N° 16, favor modificar.- ITEM N° 14 Cumplimos en informar que el número de cartucho correcto es el N° 26, favor modificar.- ITEM N° 15 Cumplimos en informar que el número de parte correcto, para el cartucho utilizado en la impresora HP 1100, es el C4844A, favor modificar.- ITEM N° 31 Cumplimos en informar que el número de cartucho correcto es el N° 28 P/N C8728A, favor modificar.- ITEM N° 39 Cumplimos en informar que el número de parte correcto, para el cartucho utilizado en la impresora HP 1056, es el CH562W, favor modificar.- ITEM N° 47 Cumplimos en informar que el número de parte correcto, para el tóner utilizado en la impresora Lexmark E120, es el 12018SL, favor modificar.- ITEM N° 49 Cumplimos en informar que el número de parte correcto, para el cartucho utilizado en la impresora Lexmark E352DN, es el E352H11L, favor modificar.- 19-01-2015 03-02-2015
12 Especificaciones Tecnicas SECCIÓN IV. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC) - CGC 14.5 (EL CONTRATANTE DEBERÁ PAGAR INTERÉS AL PROVEEDOR) Se establece que “La tasa de interés que se aplicará es del 0,01 % (cero coma cero un por ciento) mensual, a ser calculado por el periodo de la demora hasta que haya sido efectuado el pago completo”, tasa de interés que entendemos es totalmente irrisoria, y se contrapone a lo establecido en la Ley 2051, Artículo 56 – Inc “c”, que establece como derecho de los proveedores y contratistas, “a que se les RECONOZCAN INTERESES FINANCIEROS”, en caso de que las contratantes incurran en mora…y en ese sentido la tasa de interés de 0,01 % mensual establecida por la convocante ni remotamente se aproximan tan siquiera, a los valores referenciales del costo del dinero que obra en la web del BCP, tanto para Intereses Bancarios, como para Intereses de las Financieras – Se adjunta tasa de interés promedio. Como puede apreciarse, el interés bancario del mes de noviembre/2014 posee un de tasa efectiva anual de 12,99, que en promedio hacen 1 % mensual, por lo que entonces el interés financiero que solicitamos sea incluido es del 1% mensual, y que sería una tasa razonable comparativamente con el marcado nacional. La no modificación de la mencionada tasa por parte de la convocante, se contrapondría a la Ley 2051 en el sentido ya señalado, a más de contraponerse también al artículo 671 del Código Civil que, en lo que a contratos concierne, establece lo que transcribimos a continuación: Art. 671.- Si uno de los contratantes obtiene una ventaja manifiestamente injustificada, desproporcionada con la que recibe el otro, explotando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de este, podrá el lesionado, dentro de dos años demandar la nulidad del contrato o su modificación equitativa. La notable desproporción entre las prestaciones hace presumir la explotación, salvo prueba en contrario. El demandado podrá evitar la nulidad ofreciendo esa modificación, que será judicialmente establecida, tomando en cuenta las circunstancias al tiempo del contrato y de su modificación. SECCIÓN IV. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC) - CGC 26.1 (MULTAS APLICABLES POR RETRASO EN EL SUMINISTRO DE LOS BIENES).- Se establece que “El valor de las multas será del 1% (un por ciento) por cada semana de atraso”, tasa y suma que entendemos es absoluta y totalmente de usura, desproporcionada, y ponen en peligro o riesgo de quiebra a cualquier firma que debido a no considerar estas condiciones, se exponen o nos exponemos a los altos riesgos de podrían con llevar el ejecutar estas cláusulas. Por lo que solicitamos que la tasa de la presente clausula quede establecida en 0.5 % (cero coma cinco por ciento) por cada semana de atraso, sobre el valor de los servicios no suministrados o en demora.- 19-01-2015 23-01-2015
13 ITEM 91 - Toner para Impresora Laser Monocromo Ricoh SP3510DN Con el afan de Cumplir plenamente con los contratos de abastecimietno en tiempo y forma que pudieran derivar de éste llamado, teniendo en cuenta que los productos de la marca RICOH son importados y la adquisición es directamente del fabricante, habiendo experimentado retrasos en el abastecimiento de ciertos productos de la marca, precisamente porque las cantidades solicitadas exceden el potencial de entrega practicamente inmediata del fabricante obligandonos indefectiblemente a caer en retrasos. Solicitamos a la convocante considere extender el plazo de entrega habriendo la posibilidad de la entrega del 50% dentro de los 60 (sesenta) días calendarios, a partir de la firma del contrato por ambas partes. Y la segunda entrega del 50% Dentro de los 120 (ciento veinte) días calendarios, a partir de la firma del contrato por ambas partes. 06-02-2015 06-02-2015
14 Sistema de Adjudicación Consultamos sobre el sistema de adjudicación si se puede cambiar, que sea por ítem para que puedan participar mas oferentes 16-02-2015 17-02-2015
15 Consulta Consultamos sobre el punto B de la Pag. 49 del PBC- Documentos Legales Si la Autorización para los Distribuidor y/o Resellers, sub Distribuidores de igual forma deberán provenir directamente del fabricante de la marca. 18-02-2015 19-02-2015
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