FAVOR AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
2
Item 5 UPS de 1000 VA
Certificaciones de Calidad ISO 9001 y 14001. Favor aclarar si la certificación ISO 14001 es de carácter sustancial debido a que los productos por Nosotros representados cuenta solo con certificacion ISO 9001
Certificaciones de Calidad ISO 9001 y 14001. Favor aclarar si la certificación ISO 14001 es de carácter sustancial debido a que los productos por Nosotros representados cuenta solo con certificacion ISO 9001
Los oferentes deberán presentar todos los documentos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones y sus respectivas Adendas.
3
Item 1
"A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones
Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en
adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes
requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no
resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a
eventuales proveedores o contratistas.
Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en
cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación
regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto":
Hemos notado que las configuraciones solicitadas son propias de la marca DELL. Solicitamos se
revea los siguientes puntos para dar oportunidad a los demás oferentes:
PUNTO 1
La entidad solicita:
Factor de Forma: Mini torre
Fuente: 275W como máximo
La única marca en el mercado que cumple con estos requisitos es la marca DELL.
Van los datos:
DELL HP LENOVO
Factor de Forma: Microtorre Factor de Forma: Microtorre Factor de Forma: Microtorre
Fuente: 275W Fuente: 320W Fuente: 280W
Claramente, al colocar la palabra como máximo 275W dejan a fuera a las dos marcas.
PUNTO 2
La entidad solicita:
2 Display Port
Va el comparativo de los puertos que integran HP, Lenovo, DELL:
HP DELL LENOVO
1 VGA / 1 DisplayPort 1 VGA / 2 DisplayPort 1 VGA / 1 DisplayPort
Claramente, al solicitar estos dos puertos dejan fuera a las dos marcas.
- PROCESADOR: Cuatro núcleos velocidad de reloj de 3.3 GHz o superior
Solicitamos que sean aceptados equipos con procesadores de cuatro núcleos, con velocidad de
reloj de 3.2 GHz con la tecnología de incremento dinámico de velocidad capaz de aumentar la
velocidad de reloj hasta 3.6 GHz. El incremento dinámico es una tecnologia que integran los
procesadores de ultima generación. Esta tecnología regula la velocidad del reloj del CPU y la
incrementa en la medida que el equipo asi lo requiera. Consideramos que el procesador que
estamos solicitando sea aceptado es superior ya que puede incrementar su velocidad hasta 3.6
GHz.
- RANURAS DE EXPANSIÓN: 2 PCIe x 16,1 PCle x1. Como mínimo
Solicitamos que sean aceptados equipos con 1 PCI, 2 PCI Express x1 y 1 PCI Express x16;
permitiendo así a más oferentes presentar sus ofertas. Las ranuras PCIe x16 se utilizan para las
tarjetas gráficas. Al tener dos ranuras, lo que permite es instalar una segunda tarjeta. Este tipo de
equipos es considerado de alta performance y se fabrican para campos como estudios de medicina
avanzada, sistemas de vigilancia en tiempo real, desarrollo cientifico avanzado, arquitectura y
diseño grafico con capacidad 3D y renderización, etc. También permiten la instalación de 4 o mas
monitores. Por lo tanto, consideramos no excluyente e innecesaria la segunda ranura PCIe x16
solicitada, ya que no fueron fabricadas para el rubro de la entidad.
- TECLADO: Estándar USB en Español de la misma marca.
Solicitamos que sean aceptados equipos con teclado con conector PS/2, ya que la mayoría de los
fabricantes incluyen en sus equipos los periféricos con el conector mencionado, permitiendo así
contar con mayor cantidad de puertos USB disponibles.
"A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones
Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en
adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes
requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no
resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a
eventuales proveedores o contratistas.
Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en
cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación
regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto":
Hemos notado que las configuraciones solicitadas son propias de la marca DELL. Solicitamos se
revea los siguientes puntos para dar oportunidad a los demás oferentes:
PUNTO 1
La entidad solicita:
Factor de Forma: Mini torre
Fuente: 275W como máximo
La única marca en el mercado que cumple con estos requisitos es la marca DELL.
Van los datos:
DELL HP LENOVO
Factor de Forma: Microtorre Factor de Forma: Microtorre Factor de Forma: Microtorre
Fuente: 275W Fuente: 320W Fuente: 280W
Claramente, al colocar la palabra como máximo 275W dejan a fuera a las dos marcas.
PUNTO 2
La entidad solicita:
2 Display Port
Va el comparativo de los puertos que integran HP, Lenovo, DELL:
HP DELL LENOVO
1 VGA / 1 DisplayPort 1 VGA / 2 DisplayPort 1 VGA / 1 DisplayPort
Claramente, al solicitar estos dos puertos dejan fuera a las dos marcas.
- PROCESADOR: Cuatro núcleos velocidad de reloj de 3.3 GHz o superior
Solicitamos que sean aceptados equipos con procesadores de cuatro núcleos, con velocidad de
reloj de 3.2 GHz con la tecnología de incremento dinámico de velocidad capaz de aumentar la
velocidad de reloj hasta 3.6 GHz. El incremento dinámico es una tecnologia que integran los
procesadores de ultima generación. Esta tecnología regula la velocidad del reloj del CPU y la
incrementa en la medida que el equipo asi lo requiera. Consideramos que el procesador que
estamos solicitando sea aceptado es superior ya que puede incrementar su velocidad hasta 3.6
GHz.
- RANURAS DE EXPANSIÓN: 2 PCIe x 16,1 PCle x1. Como mínimo
Solicitamos que sean aceptados equipos con 1 PCI, 2 PCI Express x1 y 1 PCI Express x16;
permitiendo así a más oferentes presentar sus ofertas. Las ranuras PCIe x16 se utilizan para las
tarjetas gráficas. Al tener dos ranuras, lo que permite es instalar una segunda tarjeta. Este tipo de
equipos es considerado de alta performance y se fabrican para campos como estudios de medicina
avanzada, sistemas de vigilancia en tiempo real, desarrollo cientifico avanzado, arquitectura y
diseño grafico con capacidad 3D y renderización, etc. También permiten la instalación de 4 o mas
monitores. Por lo tanto, consideramos no excluyente e innecesaria la segunda ranura PCIe x16
solicitada, ya que no fueron fabricadas para el rubro de la entidad.
- TECLADO: Estándar USB en Español de la misma marca.
Solicitamos que sean aceptados equipos con teclado con conector PS/2, ya que la mayoría de los
fabricantes incluyen en sus equipos los periféricos con el conector mencionado, permitiendo así
contar con mayor cantidad de puertos USB disponibles.
RESPUESTA PUNTO 1: La política de la Institución es reducir los costos por el consumo de la energía eléctrica, motivo por el cual se requiere adquirir equipos que tengan menor consumo de energía eléctrica. Por dicho motivo, solicitamos ajustarse a las Especificaciones Técnicas.
RESPUESTA PUNTO 2: Por razones técnicas de nuestra institución se necesitan dos puertos Display Port para la interconexión de mas de un dispositivo digital en forma simultanea por lo tanto ajustase a lo solicitado en el pliego de Bases y Condiciones.
RESPUESTA PUNTO 3: La velocidad del procesador debe ser del reloj oficial y no con incrementación vía overclocking.
RESPUESTA PUNTO 4: FAVOR AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
RESPUESTA PUNTO 5: FAVOR AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Documentos Adjuntos:
4
Item No. 2 Escáner Documental de Producción para el Registro del Automotor
Con relación a la conectividad solicitada en las Especificaciones Técnicas: Puerto USB 2.0 y SCSI, consultamos si podrán ofertarse equipos con Puerto USB 2.0, considerando que este accesorio opcional encarece el producto y finalmente las PC´s en las cuales serán implementadas no disponen del puerto SCSI solicitado para lograr la conectividad requerida?
25-06-2013
19-11-2013
Item No. 2 Escáner Documental de Producción para el Registro del Automotor
Con relación a la conectividad solicitada en las Especificaciones Técnicas: Puerto USB 2.0 y SCSI, consultamos si podrán ofertarse equipos con Puerto USB 2.0, considerando que este accesorio opcional encarece el producto y finalmente las PC´s en las cuales serán implementadas no disponen del puerto SCSI solicitado para lograr la conectividad requerida?
FAVOR AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
5
Item No. 3 Servidor de Alta Disponibilidad para el Registro del Automotor
Con relación a los Slots de expansión PCI-Express 2.0 x8 / x16 y PCI-X requeridos en las Especificaciones Técnicas, consultamos si podrán ofertarse equipos PCI-Express 3.0 x8 / x16, confirmando que cumple con cualquier requerimiento de expansión necesaria para la implementación correcta del dispositivo?
25-06-2013
19-11-2013
Item No. 3 Servidor de Alta Disponibilidad para el Registro del Automotor
Con relación a los Slots de expansión PCI-Express 2.0 x8 / x16 y PCI-X requeridos en las Especificaciones Técnicas, consultamos si podrán ofertarse equipos PCI-Express 3.0 x8 / x16, confirmando que cumple con cualquier requerimiento de expansión necesaria para la implementación correcta del dispositivo?
Las Especificaciones Técnicas solicitadas, como lo establece el titulo, son MíNIMAS, pudiendo los oferentes ofertar Especificaciones Superiores a las solicitadas.
6
Item No. 3 Servidor de Alta Disponibilidad para el Registro del Automotor
Con relación al punto de Comunicación se requiere un Adaptador adicional dual port multifunción gigabit, consultamos si podrá ofertarse Servidores con Puerto Ethernet 10/100/1000 Mbps, integrados a la placa madre, dual port con conectores RJ45, cumpliendo sobradamente con cualquier requerimiento de comunicación?
25-06-2013
19-11-2013
Item No. 3 Servidor de Alta Disponibilidad para el Registro del Automotor
Con relación al punto de Comunicación se requiere un Adaptador adicional dual port multifunción gigabit, consultamos si podrá ofertarse Servidores con Puerto Ethernet 10/100/1000 Mbps, integrados a la placa madre, dual port con conectores RJ45, cumpliendo sobradamente con cualquier requerimiento de comunicación?
Las Especificaciones Técnicas solicitadas, como lo establece el titulo, son MíNIMAS, pudiendo los oferentes ofertar Especificaciones Superiores a las solicitadas.
7
Ítem 1: Computadoras Personales
En el punto Interfaces de Periféricos, se solicita que el equipo cuente con 2 DisplayPort y además Un puerto de video VGA.
Solicitamos la modificación de este requerimiento, atendiendo que el estándar en este tipo de productos es que el equipo cuente con Un puerto de video VGA (analógico) y 1 DisplayPort (digital). Además es de fácil demostración que la solicitud de 2 DisplayPort por equipo es claramente con la intención de beneficiar a una sola marca de computadoras, esto es DELL. Lo mencionado anteriormente puede ser verificado en la Web de este fabricante en donde se menciona que los modelos OptiPlex 7010, OptiPlex 9010 y OptiPlex 9020 cuentan con los puertos requeridos en el PBC (http://www.dell.com/py/empresas/p/optiplex-9010/pd.aspx?c=py&cs=pybsdt1&l=es&s=bsd&~ck=mn). De esta manera se limita la participación de otras marcas reconocidas internacionalmente y otros posibles oferentes que no comercialicen la marca DELL en el Paraguay
En el punto Interfaces de Periféricos, se solicita que el equipo cuente con 2 DisplayPort y además Un puerto de video VGA.
Solicitamos la modificación de este requerimiento, atendiendo que el estándar en este tipo de productos es que el equipo cuente con Un puerto de video VGA (analógico) y 1 DisplayPort (digital). Además es de fácil demostración que la solicitud de 2 DisplayPort por equipo es claramente con la intención de beneficiar a una sola marca de computadoras, esto es DELL. Lo mencionado anteriormente puede ser verificado en la Web de este fabricante en donde se menciona que los modelos OptiPlex 7010, OptiPlex 9010 y OptiPlex 9020 cuentan con los puertos requeridos en el PBC (http://www.dell.com/py/empresas/p/optiplex-9010/pd.aspx?c=py&cs=pybsdt1&l=es&s=bsd&~ck=mn). De esta manera se limita la participación de otras marcas reconocidas internacionalmente y otros posibles oferentes que no comercialicen la marca DELL en el Paraguay
RESPUESTA PUNTO 2: Por razones técnicas de nuestra institución se necesitan dos puertos Display Port para la interconexión de mas de un dispositivo digital en forma simultanea por lo tanto ajustase a lo solicitado en el pliego de Bases y Condiciones.
Documentos Adjuntos:
8
Ítem 1: Computadoras Personales
En el punto Fuente de Alimentación, se solicita 275 Watt como máximo, Voltaje de 220 AC y 50 Hz. original de fábrica con certificación ENERGY STAR.
Atendiendo que se solicita Computadoras con Factor de Forma Mini Torre, la solicitud de consumo de Watt como máximo, impide la participación de otras marcas que no sean del fabricante DELL, pues como se puede constatar en la Web de este fabricante, así como en los catálogos de sus equipos, las PCS Mini Torres de este fabricante son los únicos que cuentan con ese consumo de energía. El resto de los fabricantes como HP, LENOVO, ACER, por citar algunos cuentan con 300 Watt de consumo como mínimo en este tipo de Computadoras con Formato Mini Torre. Por lo antes expuesto, solicitamos sea modificado este requerimiento, quedando de la siguiente manera: 320 Watt como máximo, Voltaje de 220 AC y 50 Hz. original de fábrica con certificación ENERGY STAR, este cambio permitirá la participación de otras marcas reconocidas nacional e internacionalmente, así como de otros posibles oferentes que no comercialicen exclusivamente la marca DELL.
En el punto Fuente de Alimentación, se solicita 275 Watt como máximo, Voltaje de 220 AC y 50 Hz. original de fábrica con certificación ENERGY STAR.
Atendiendo que se solicita Computadoras con Factor de Forma Mini Torre, la solicitud de consumo de Watt como máximo, impide la participación de otras marcas que no sean del fabricante DELL, pues como se puede constatar en la Web de este fabricante, así como en los catálogos de sus equipos, las PCS Mini Torres de este fabricante son los únicos que cuentan con ese consumo de energía. El resto de los fabricantes como HP, LENOVO, ACER, por citar algunos cuentan con 300 Watt de consumo como mínimo en este tipo de Computadoras con Formato Mini Torre. Por lo antes expuesto, solicitamos sea modificado este requerimiento, quedando de la siguiente manera: 320 Watt como máximo, Voltaje de 220 AC y 50 Hz. original de fábrica con certificación ENERGY STAR, este cambio permitirá la participación de otras marcas reconocidas nacional e internacionalmente, así como de otros posibles oferentes que no comercialicen exclusivamente la marca DELL.
La política de la Institución es reducir los costos por el consumo de la energía eléctrica, motivo por el cual se requiere adquirir equipos que tengan menor consumo de energía eléctrica. Por dicho motivo, solicitamos ajustarse a las Especificaciones Técnicas.
9
Ítem 1: Computadoras Personales
En el punto Garantía (Escrita), se solicita Para garantizar a la institución, dicha garantía así como la asistencia técnica especializada será requisito indispensable para el oferente contar con al menos 5 (CINCO) técnicos certificados por el fabricante. La Empresa Oferente deberá contar con técnicos certificados los mismos deberán cumplir con lo establecido en la Ley 213/93 Arts. 382 y 383 demostrándose tal condición con la planilla del ente previsional y en caso de no contar dentro de su plantel fijo de personal con los técnicos certificados solicitados precedentemente, el oferente podrá presentar una Declaración Jurada emitida por cada uno de los Técnicos Certificados, por medio de la cual se comprometen a contratar con la firma oferente, en caso de que esta resulte adjudicada. Dicha Declaración Jurada deberá ser acompañada por el Curriculum Vitae con los documentos que demuestren principalmente la certificación otorgada por el fabricante.
Como ya se ha demostrado en llamados anteriores, tanto de esta misma institución, así como de otras instituciones públicas del Gobierno Paraguayo, esta solicitud carece totalmente de coherencia, así como marca claramente la intención de beneficiar única y exclusivamente a una sola empresa de nuestro mercado, la cual, de manera casual, comercializa la marca de computadoras DELL, cuyas especificaciones técnicas se encuentran muy detalladas en el Pliego de este llamado. Pero dejando de lado lo antes mencionado, solicitamos que este requerimiento sea modificado, para de esta manera dar posibilidad de participación a otros oferentes que no comercialicen la marca DELL, quedando como requisito que la marca ofertada cuente con al menos un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, para de esta manera brindar una pronta respuesta por Garantía y con Asistencia Técnica Especializada.
En el punto Garantía (Escrita), se solicita Para garantizar a la institución, dicha garantía así como la asistencia técnica especializada será requisito indispensable para el oferente contar con al menos 5 (CINCO) técnicos certificados por el fabricante. La Empresa Oferente deberá contar con técnicos certificados los mismos deberán cumplir con lo establecido en la Ley 213/93 Arts. 382 y 383 demostrándose tal condición con la planilla del ente previsional y en caso de no contar dentro de su plantel fijo de personal con los técnicos certificados solicitados precedentemente, el oferente podrá presentar una Declaración Jurada emitida por cada uno de los Técnicos Certificados, por medio de la cual se comprometen a contratar con la firma oferente, en caso de que esta resulte adjudicada. Dicha Declaración Jurada deberá ser acompañada por el Curriculum Vitae con los documentos que demuestren principalmente la certificación otorgada por el fabricante.
Como ya se ha demostrado en llamados anteriores, tanto de esta misma institución, así como de otras instituciones públicas del Gobierno Paraguayo, esta solicitud carece totalmente de coherencia, así como marca claramente la intención de beneficiar única y exclusivamente a una sola empresa de nuestro mercado, la cual, de manera casual, comercializa la marca de computadoras DELL, cuyas especificaciones técnicas se encuentran muy detalladas en el Pliego de este llamado. Pero dejando de lado lo antes mencionado, solicitamos que este requerimiento sea modificado, para de esta manera dar posibilidad de participación a otros oferentes que no comercialicen la marca DELL, quedando como requisito que la marca ofertada cuente con al menos un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, para de esta manera brindar una pronta respuesta por Garantía y con Asistencia Técnica Especializada.
Los oferentes deberán presentar los documentos tal como se solicita en el Pliego de Bases y Condiciones y sus respectivas Adendas.
10
Ítem 1: Computadoras Personales
Solicitamos que el producto UPS, cuyas especificaciones técnicas se encuentran bien delineadas posteriormente a las especificaciones de las Computadoras, casi como un ítem independiente, sea separado totalmente en otro ítem, es decir, quedando las Computadoras Personales como ítem 1 y las UPS como ítem 2. Este cambio resultará beneficioso para vuestra institución, atendiendo que existen empresas en nuestro mercado dedicados exclusivamente a la comercialización de UPS, así como empresas que comercializan Computadoras, pero no así UPS. Las especificaciones técnicas tal como se encuentran escritas hoy en el PBC solo benefician a la empresa que cuente con la Distribución autorizada de estos dos tipos de productos y de marcas diferentes, lo cual limita la participación de la mayoría, por no decir, del resto de las empresas de informática de nuestro mercado, dejando a pocas empresas, por no decir, una sola empresa con la posibilidad de participación.
Solicitamos que el producto UPS, cuyas especificaciones técnicas se encuentran bien delineadas posteriormente a las especificaciones de las Computadoras, casi como un ítem independiente, sea separado totalmente en otro ítem, es decir, quedando las Computadoras Personales como ítem 1 y las UPS como ítem 2. Este cambio resultará beneficioso para vuestra institución, atendiendo que existen empresas en nuestro mercado dedicados exclusivamente a la comercialización de UPS, así como empresas que comercializan Computadoras, pero no así UPS. Las especificaciones técnicas tal como se encuentran escritas hoy en el PBC solo benefician a la empresa que cuente con la Distribución autorizada de estos dos tipos de productos y de marcas diferentes, lo cual limita la participación de la mayoría, por no decir, del resto de las empresas de informática de nuestro mercado, dejando a pocas empresas, por no decir, una sola empresa con la posibilidad de participación.
La Corte Suprema siempre ha solicitado las Computadoras Personales conjuntamente con las UPS por razones justificadas y que a continuación se detalla:
1. Alta disponibilidad de los equipos informáticos. Estos equipos tienden a ser conectados a circuitos eléctricos readecuados para oficinas y que requieren una protección adicional que recae sobre una UPS. Para la CSJ la disponibilidad de los equipos es fundamental considerando que no disponemos de lotes para reemplazar equipos en caso de falla y los tiempos de reposición de equipo son críticos.
2. Precautelando la garantía de la CPU. Es importante comprender que la seguridad eléctrica de la CPU (Computadoras Personales) depende de la energía que es alimentada a través de la UPS y que la Garantía de la Computadora Personal es gestionada por el Representante/Distribuidor.
Por ambas razones, consideramos que al ser suministrado ambos equipos por un Oferente específico, la C.S.J. tendrá mayor agilización en los trámites de reposición ya que ambos equipos para su buen funcionamiento dependen uno de otro (CPU/UPS).
Este hecho no representa ninguna medida arbitraria ni limitativa ya que los Oferentes, tienen las posibilidades de presentarse cotizando el ítem, siempre que sus productos cumplan con las exigencias técnicas, las documentaciones legales exigidas para garantizar un correcto servicio de post-venta otorgando la garantía fabricante exigido y la asistencia técnica especializada para equipos de esta naturaleza; más bien sería una centralización de responsabilidad sobre el Oferente.
Es importante recordar que existen varios antecedentes donde un importante número de Oferentes han presentado cotización de éstos equipos: Computadoras Personales y UPS, por lo que no existe limitaciones comerciales, técnicas, ni administrativas, que contravenga al Art. 4, inciso c) de la Ley de Contrataciones.
Del mismo modo, es importante señalar que el Art. 4 de la Ley No 2051/03 "DE CONTRATACTONES PUBLICAS", en su artículo a) expresa como principio la Economía y Eficiencia que las entidades se ven obligados a planificar y programar.