Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
30 Item 4 En relación con el peso máximo/referencia de 7,2 kg, ¿podrían confirmar si este parámetro constituye una condición técnica indispensable para la operación de la UPS? Considerando que el peso es una característica constructiva propia del diseño de cada fabricante y puede variar según la capacidad y configuración del equipo, se considera que establecer un límite específico podría constituir una limitación innecesaria a la participación de potenciales oferentes. ¿Se aceptarán equipos con un peso superior, siempre que cumplan con las dimensiones, instalación tipo torre y demás prestaciones técnicas requeridas? 25-08-2026 26-08-2026
31 Item 4 Respecto al rango de temperatura de almacenamiento de 15–45 °C, ¿podrían considerar la aceptación de equipos con un rango de almacenamiento de -15 °C a 40 °C? Considerando que dicho rango contempla un espectro más amplio de temperaturas y que la temperatura de operación exigida se encuentra plenamente cubierta, solicitamos permitir esta alternativa, a fin de evitar una limitación innecesaria y favorecer una mayor participación de potenciales oferentes. 25-08-2026 26-08-2026
32 Item 4 Respecto al requisito de disipación de calor de aproximadamente 170 BTU/h a plena carga, ¿podrían aclarar si dicho valor corresponde a un valor máximo admisible o a un valor de referencia? Asimismo, en caso de que el fabricante no declare expresamente este parámetro en la ficha técnica del equipo, ¿se aceptará una carta del fabricante en la que se confirme y/o admita el cumplimiento de dicho parámetro, como documentación válida para acreditar este requisito? Lo solicitado permitiría ampliar la participación de potenciales oferentes y contar con alternativas que aseguren el cumplimiento del plazo de entrega, sin superar el precio referencial. 25-08-2026 26-08-2026
33 Item 4 Respecto al requisito de cumplimiento de la norma IEC/EN 62040-3, considerando que dicha norma establece requisitos de desempeño y métodos de ensayo aplicables a sistemas UPS, ¿se aceptará como medio válido para acreditar su cumplimiento la presentación de documentación técnica del fabricante, certificado de conformidad, informe de ensayo o declaración del fabricante? solicitamos permitir esta alternativa, a fin de evitar una limitación innecesaria y favorecer una mayor participación de potenciales oferentes. 25-08-2026 26-08-2026
34 Item 4 Para los requisitos de cumplimiento REACH y WEEE, ¿se aceptarán declaraciones de conformidad, certificados o documentación equivalente emitida por el fabricante que permita acreditar el cumplimiento de dichas directivas, aun cuando estos documentos sean presentados como documentación complementaria a la Declaración UE de Conformidad? solicitamos permitir esta alternativa, a fin de evitar una limitación innecesaria y favorecer una mayor participación de potenciales oferentes. 25-08-2026 26-08-2026
35 Item 4 Respecto al requisito de nivel de ruido inferior a 40 dBA a 1 metro, ¿podrían considerar la aceptación de equipos con un nivel de ruido inferior a 45 dBA a 1 metro? Considerando que la diferencia solicitada es mínima y no representa una variación significativa en las condiciones de operación del equipo, solicitamos considerar esta alternativa, a fin de evitar una limitación innecesaria y favorecer una mayor participación de potenciales oferentes. 25-08-2026 26-08-2026
36 EXPERIENCIA En la sección “Experiencia”, se establece como requisito: “Demostrar pertenecer a rubros relacionados a Tecnologías de la Información y Comunicación, específicamente a software. Esto deberá verificarse en el objeto de su Constitución, siendo una de las actividades principales.” Al respecto, considerando que el objeto principal del presente llamado corresponde a la “Adquisición de Equipos Informáticos ”, solicitamos amablemente a la Convocante aceptar empresas cuyo objeto social contemple actividades relacionadas con la comercialización, provisión y/o venta de equipos informáticos y tecnológicos y/o software, aun cuando dichas actividades no se encuentren establecidas como actividad principal en su objeto de constitución. Asimismo, solicitamos que la pertenencia a dichos rubros pueda ser acreditada mediante otros documentos oficiales que permitan demostrar fehacientemente la actividad desarrollada por el oferente, tales como la Constancia de RUC y sus actividades económicas declaradas, entre otros documentos respaldatorios que la Convocante considere pertinentes. Consideramos que esta flexibilización resulta razonable y guarda relación directa con el objeto del llamado, permitiendo la participación de empresas con experiencia comprobable en la provisión de equipamiento y soluciones informáticas, favoreciendo de esta manera una mayor concurrencia y participación de potenciales oferentes. 25-08-2026 26-08-2026
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