Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Garantía - item 1 En las Especificaciones Técnicas del ítem 1 – Servidor, apartado Garantía, se establece que el fabricante deberá contar con al menos dos (2) Centros Autorizados de Servicio en el país. Entendemos la necesidad de la Convocante de asegurar la correcta ejecución de la garantía y disponer de respaldo técnico local durante los 36 meses previstos. No obstante, la exigencia de dos (2) Centros Autorizados de Servicio dentro del territorio nacional podría limitar la participación de fabricantes que cuentan con presencia oficial, representación autorizada, personal certificado y capacidad comprobada de atención local, pero que operan mediante un único Centro Autorizado de Servicio. La existencia de un (1) Centro Autorizado de Servicio, acompañada de la garantía conjunta del fabricante y del oferente, la autorización específica del fabricante, la disponibilidad de repuestos y el compromiso de cumplir los tiempos de atención establecidos en el PBC, resulta suficiente para asegurar el soporte técnico y la continuidad operativa de los tres servidores requeridos. Considerando la reducida cantidad de equipos del ítem y los demás mecanismos de respaldo exigidos, el requisito de dos centros podría resultar desproporcionado respecto del objeto de la contratación y restringir innecesariamente la concurrencia de marcas y oferentes, sin aportar un beneficio técnico adicional equivalente para la Convocante. Por lo expuesto, solicitamos modificar el requisito y permitir que el fabricante cuente con al menos un (1) Centro Autorizado de Servicio en el país. 25-08-2026 26-08-2026
12 Personal técnico - item 1 En las Especificaciones Técnicas del ítem 1 – Servidor, apartado Personal Técnico, se establece que el oferente deberá contar con tres (3) profesionales certificados para la marca ofertada. Al respecto, considerando que la cantidad requerida es de tres servidores y que el PBC ya exige autorización del fabricante y del distribuidor, garantía de 36 meses brindada por el fabricante y el oferente, así como la existencia de Centros Autorizados de Servicio en el país, entendemos que la exigencia de tres profesionales certificados directamente por el oferente resulta elevada en relación con la cantidad de equipos y con los demás mecanismos de respaldo técnico previstos. La capacidad de instalación, configuración, soporte y ejecución de la garantía puede ser acreditada suficientemente mediante un (1) profesional certificado perteneciente al plantel del oferente. Alternativamente, podría admitirse un profesional certificado perteneciente al Centro Autorizado de Servicio de la marca ofertada, siempre que se presente documentación que acredite la vinculación y disponibilidad del técnico para la ejecución del contrato. Esta modificación mantendría el nivel de respaldo técnico requerido, permitiría la participación de un mayor número de oferentes y evitaría una exigencia que podría limitar la concurrencia sin aportar un beneficio adicional proporcional para la Convocante. Por lo expuesto, solicitamos reducir el requisito de tres (3) a un (1) profesional certificado para la marca ofertada, permitiendo alternativamente acreditar dicho profesional a través del Centro Autorizado de Servicio reconocido por el fabricante. 25-08-2026 26-08-2026
13 Plan de entrega de los bienes En el apartado Plazo de Entrega se establece que los bienes deberán ser entregados dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la recepción efectiva de la orden de compra. Considerando las cantidades requeridas, las configuraciones específicas de los equipos, la necesidad de provisión de productos nuevos y originales, la instalación de componentes, la activación de garantías y licencias, la preparación de la documentación técnica y, en determinados casos, la importación y logística internacional, el plazo de veinte días hábiles podría resultar insuficiente para asegurar la provisión ordenada de la totalidad de los bienes. En particular, los servidores requieren una configuración específica de procesador, memoria, almacenamiento en RAID, interfaces de red, fuentes redundantes, licenciamiento de administración remota y accesorios de montaje. De igual manera, las 146 computadoras, monitores, UPS y licencias requieren coordinación de fabricación, disponibilidad regional, transporte y preparación previa a la entrega. La ampliación del plazo permitiría la participación de fabricantes y distribuidores que realizan la provisión contra pedido, reduciría el riesgo de que solamente puedan participar empresas con existencia previa de una configuración determinada y favorecería la presentación de ofertas económicamente más competitivas. Esta modificación no afectaría la calidad de los bienes ni las obligaciones de garantía y soporte. Por lo expuesto, solicitamos ampliar el plazo de entrega de veinte (20) a cuarenta y cinco (60) días hábiles, contados desde la recepción efectiva de la orden de compra por parte del proveedor. 25-08-2026 26-08-2026
14 Autorización del Fabricante - ítem 1, Servidores La página 12 del PBC establece que, para los ítems 1 al 4, el oferente podrá presentar una autorización del distribuidor, siempre que acredite la cadena de autorizaciones hasta el fabricante. Asimismo, exige que las autorizaciones identifiquen a la Convocante, la licitación y el ítem correspondiente. Por su parte, el numeral 22 de las especificaciones técnicas del ítem 1 requiere que el oferente cuente con “Autorización del Fabricante y del Distribuidor de la marca ofertada, dirigida a la Institución con referencia al proceso”. En ese sentido, Considerando que los fabricantes comercializan habitualmente sus productos mediante representantes y distribuidores oficiales, consultamos si el requisito podrá cumplirse mediante la presentación de los siguientes documentos: - Carta del fabricante que acredite a la empresa distribuidora como distribuidor oficial de la marca ofertada; y - Carta del distribuidor oficial autorizando al oferente a participar y proveer los equipos del ítem 1, dirigida a la DNM y con referencia específica a la presente licitación. Entendemos que esta modalidad cumple la finalidad del requisito, debido a que acredita el origen legítimo de la autorización, la participación del canal oficial de distribución y el vínculo entre el fabricante, el distribuidor y el oferente. Además, guarda concordancia con la forma alternativa de cumplimiento prevista expresamente en la página 12 del PBC. ¿Es correcta esta interpretación y será admitida dicha cadena documental como cumplimiento del requisito de autorización correspondiente al ítem 1? 25-08-2026 26-08-2026
15 Plazo de entrega En el apartado “Plan de entrega de los bienes”, el PBC establece para los ítems 1 al 5 que el proveedor adjudicado deberá entregar los bienes dentro de los 20 días hábiles posteriores a la recepción efectiva de la orden de compra, previa firma del contrato. El procedimiento contempla la adquisición de 3 servidores, 56 computadoras de escritorio del ítem 2, 90 computadoras de escritorio del ítem 3, 146 UPS y 146 licencias de software de ofimática. Al respecto, solicitamos respetuosamente que el plazo de entrega sea ampliado a 90 días hábiles, contados desde la recepción efectiva de la orden de compra, para todos los ítems de la convocatoria. La ampliación solicitada se fundamenta en la cantidad total de bienes requeridos, las características técnicas específicas establecidas en el PBC y la dinámica de abastecimiento del mercado tecnológico. Debido a la rotación permanente de inventario, los distribuidores y canales oficiales no siempre mantienen en disponibilidad inmediata la totalidad de los equipos y componentes en las cantidades requeridas. En consecuencia, podría ser necesario gestionar órdenes especiales, completar procesos de fabricación, consolidar cargas e importar total o parcialmente los equipos ofertados. El plazo actualmente establecido podría resultar insuficiente para completar adecuadamente las etapas de fabricación, configuración, importación, despacho aduanero, verificación técnica y entrega de los bienes. Adicionalmente, en caso de que la necesidad de mantener el plazo de entrega previsto se encuentre vinculada al cierre del ejercicio fiscal o a la ejecución de los recursos presupuestarios correspondientes, solicitamos considerar la aplicación de mecanismos financieros que permitan resguardar dichos recursos sin condicionar la entrega de los bienes a un plazo que podría resultar insuficiente. Entre estos mecanismos se encuentra la Carta de Crédito Doméstica Irrevocable, utilizada en otros procedimientos de contratación pública, como el llamado con ID N.º 484429, lo cual permitiría compatibilizar la ejecución presupuestaria de la Convocante con un plazo de entrega técnicamente razonable, sin afectar la disponibilidad de los recursos ni trasladar al proveedor los riesgos derivados de un plazo logístico reducido. 25-08-2026 26-08-2026
16 Experiencia requerida En el apartado“Experiencia requerida”, el PBC establece que la experiencia en provisión de equipos informáticos podrá demostrarse mediante facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto mínimo equivalente al 50 % del monto total ofertado y correspondiente a los años 2023, 2024 y 2025. Sin embargo, en el inciso a) de los requisitos documentales se menciona únicamente la presentación de “copia de facturas con las remisiones de entrega y acta de recepción definitiva”. Al respecto, entendemos que esta última disposición podría interpretarse como una exigencia acumulativa de factura, remisión y acta de recepción definitiva, a pesar de que el criterio de experiencia admite documentos alternativos. Debe considerarse, además, que en las operaciones con clientes privados no siempre se emiten actas de recepción definitiva. La provisión puede estar suficientemente respaldada mediante facturas, contratos, órdenes de compra, remisiones, constancias de cumplimiento, notas de referencia u otros documentos comerciales. En este sentido, consultamos si la experiencia podrá acreditarse alternativamente mediante facturaciones de venta, contratos, recepciones finales u otros documentos idóneos, sin que resulte obligatoria en todos los casos la presentación conjunta de factura, remisión y acta de recepción definitiva? 25-08-2026 26-08-2026
17 Capacidad Técnica / Punto C En el apartado “Capacidad Técnica”, inciso c), el PBC establece que el oferente deberá contar con al menos dos técnicos radicados en el país, con experiencia en el uso del software para su instalación, configuración y capacitación, quienes formarán parte del plantel técnico de instalación y soporte. Seguidamente, se indica que dichos técnicos “pueden ser licenciados/as en análisis de sistemas, ingenieros electrónicos o informáticos”. Para acreditar este requisito, el apartado documental exige la presentación de copias de las cédulas de identidad y de los títulos de grado. Al respecto, entendemos que la capacidad necesaria para instalar, configurar, brindar soporte y capacitar sobre el software ofertado se encuentra directamente vinculada con la experiencia práctica, los conocimientos específicos y, cuando corresponda, las certificaciones o constancias de capacitación emitidas por el fabricante, desarrollador o una entidad autorizada. La posesión de un título universitario en análisis de sistemas, ingeniería electrónica o ingeniería informática no garantiza por sí sola el conocimiento específico del software ofertado. De igual manera, un técnico especializado, certificado o con experiencia comprobable en la solución podría contar con las competencias necesarias para ejecutar satisfactoriamente las tareas requeridas, aun cuando no posea alguno de los títulos de grado mencionados. Asimismo, la expresión “puede ser” utilizada en el criterio de capacidad técnica permite interpretar que las profesiones señaladas tienen carácter referencial y no taxativo. Sin embargo, la exigencia documental de presentar necesariamente el título de grado genera una posible ambigüedad respecto de si la formación universitaria constituye una condición obligatoria. Por lo expuesto, solicitamos amablemente que la expresión “puede ser licenciado/a en análisis de sistemas, ingeniero electrónico o informático” tenga carácter opcional y referencial, y que la capacidad de los dos técnicos pueda acreditarse mediante experiencia comprobable, certificaciones técnicas, constancias de capacitación o documentos equivalentes relacionados con la instalación, configuración, soporte y capacitación del software ofertado, sin que sea obligatorio contar con un título universitario de las carreras mencionadas. 25-08-2026 26-08-2026
18 Ítem 1 – Servidores / Autorización del fabricante y del distribuidor La sección “Autorización del Fabricante” de la página 12 dispone que, para los ítems 1 al 4, podrá presentarse una autorización del distribuidor siempre que se acredite la cadena de autorizaciones hasta el fabricante. Sin embargo, el numeral 22 del ítem 1 requiere autorización del fabricante y del distribuidor de la marca ofertada. En este sentido, solicitamos amablemente que el requisito pueda cumplirse mediante carta de autorización del fabricante, representante oficial o distribuidor autorizado, acompañada, cuando corresponda, de los documentos que acrediten la cadena de autorizaciones hasta el fabricante. Al respecto, señalamos que diversas marcas de reconocimiento internacional operan en Paraguay y en la región mediante representantes o distribuidores oficiales, quienes se encuentran autorizados por el fabricante para comercializar sus productos, gestionar oportunidades de negocio, validar canales de provisión y emitir autorizaciones a favor de empresas oferentes. En estos casos, la cadena de autorizaciones Fabricante → representante o distribuidor oficial → oferente permite acreditar de forma completa, verificable y suficiente la cadena de autorizaciones hasta el fabricante, conforme a la modalidad expresamente contemplada en la página 12 del PBC. La aceptación de esta forma de acreditación permitiría además una mayor concurrencia de oferentes y marcas, considerando que exigir una autorización directa del fabricante a favor de cada oferente podría limitar la participación de empresas que operan legítimamente mediante los canales oficiales de distribución establecidos por las propias marcas. Asimismo, esta modalidad no afectaría la finalidad técnica del requisito, ya que mantiene las garantías de provisión, soporte técnico, repuestos y garantía de los equipos, y favorece una mayor participación de oferentes que operan mediante los canales oficiales establecidos por fabricantes de reconocimiento internacional. 25-08-2026 26-08-2026
19 TECNICO CERTIFICADO En las Especificaciones Técnicas correspondientes al Ítem 1 “Servidores”, específicamente en el punto 23 “Personal Técnico”, se establece que el oferente deberá contar con 3 (tres) profesionales certificados para la marca ofertada. Solicitamos amablemente a la Convocante aceptar que el oferente cuente con al menos 1 (un) profesional certificado para la marca ofertada. Consideramos que un profesional debidamente certificado resulta suficiente para brindar el respaldo técnico especializado requerido para los equipos ofertados, teniendo en cuenta que el alcance del ítem corresponde principalmente a la provisión de los servidores y que las Especificaciones Técnicas ya contemplan requisitos específicos referentes a garantía y servicio posventa. La presente solicitud se realiza a fin de ampliar la participación de oferentes técnicamente capacitados, promoviendo una mayor concurrencia y, en consecuencia, condiciones económicas más competitivas para la Convocante. 25-08-2026 26-08-2026
19 PLAZO DE ENTREGA. Solicitamos amablemente a la Convocante ampliar el plazo de entrega de 20 días hábiles a hasta 70 días hábiles, contados desde la recepción efectiva de la Orden de Compra, considerando los tiempos de disponibilidad, preparación, logística e importación de los equipos y además la escases de componentes electronicos como las memorias y procesadores dificultan la rapida fabricacion de los equipos solicitados, esto con el fin de favorecer una mayor participación de oferentes y asegurar la provisión de bienes nuevos conforme a las especificaciones técnicas requeridas. 25-08-2026 26-08-2026
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