En relación con la sección de experiencia requerida, consultamos la posibilidad de admitir como experiencia válida la instalación de equipos de climatización en general, correspondientes a distintos tipos y modelos, y no limitarla exclusivamente a aires de precisión.
La presente consulta tiene como finalidad promover una mayor participación de potenciales oferentes, favoreciendo así la competitividad del proceso.
En relación con la sección de experiencia requerida, consultamos la posibilidad de admitir como experiencia válida la instalación de equipos de climatización en general, correspondientes a distintos tipos y modelos, y no limitarla exclusivamente a aires de precisión.
La presente consulta tiene como finalidad promover una mayor participación de potenciales oferentes, favoreciendo así la competitividad del proceso.
En relación a la consulta realizada manifestamos que, la exigencia originalmente establecida en el PBC se mantiene, considerando la naturaleza crítica del entorno de centro de datos y los requerimientos técnicos particulares de este tipo de soluciones.
2
Idioma de los documentos técnicos y catálogos
En la sección de especificaciones técnicas se establece que: “En caso de que el catálogo o documentación técnica de respaldo se encuentre en un idioma distinto al castellano, el oferente deberá presentar una traducción oficial al idioma castellano realizada por traductor público matriculado, a fin de garantizar la correcta interpretación de las especificaciones técnicas por parte de la convocante. La traducción deberá abarcar como mínimo las fichas técnicas, hojas de datos (datasheets) y cualquier documento utilizado para acreditar el cumplimiento de los requerimientos de esta EETT.”
Al respecto, solicitamos amablemente que se acepte la presentación de documentos técnicos y catálogos en idioma castellano y/o inglés, requiriéndose traducción oficial únicamente en aquellos casos en que la documentación se encuentre en un idioma distinto a los mencionados, en concordancia con lo establecido en el punto 1 de la sección de capacidad técnica.
La presente solicitud se fundamenta en que el idioma inglés constituye el estándar utilizado por la mayoría de los fabricantes del rubro para la emisión de su documentación técnica. Asimismo, la disponibilidad de información en idioma castellano suele ser limitada para acreditar el cumplimiento integral de las especificaciones requeridas. Adicionalmente, se considera que los evaluadores del área técnica cuentan con la capacidad y el conocimiento necesarios para interpretar adecuadamente documentación especializada en idioma inglés, incluyendo la terminología técnica correspondiente.
En ese sentido, exigir la traducción oficial de un alto volumen de documentación técnica generaría costos y plazos adicionales innecesarios, sin aportar un valor sustancial al proceso de evaluación.
En la sección de especificaciones técnicas se establece que: “En caso de que el catálogo o documentación técnica de respaldo se encuentre en un idioma distinto al castellano, el oferente deberá presentar una traducción oficial al idioma castellano realizada por traductor público matriculado, a fin de garantizar la correcta interpretación de las especificaciones técnicas por parte de la convocante. La traducción deberá abarcar como mínimo las fichas técnicas, hojas de datos (datasheets) y cualquier documento utilizado para acreditar el cumplimiento de los requerimientos de esta EETT.”
Al respecto, solicitamos amablemente que se acepte la presentación de documentos técnicos y catálogos en idioma castellano y/o inglés, requiriéndose traducción oficial únicamente en aquellos casos en que la documentación se encuentre en un idioma distinto a los mencionados, en concordancia con lo establecido en el punto 1 de la sección de capacidad técnica.
La presente solicitud se fundamenta en que el idioma inglés constituye el estándar utilizado por la mayoría de los fabricantes del rubro para la emisión de su documentación técnica. Asimismo, la disponibilidad de información en idioma castellano suele ser limitada para acreditar el cumplimiento integral de las especificaciones requeridas. Adicionalmente, se considera que los evaluadores del área técnica cuentan con la capacidad y el conocimiento necesarios para interpretar adecuadamente documentación especializada en idioma inglés, incluyendo la terminología técnica correspondiente.
En ese sentido, exigir la traducción oficial de un alto volumen de documentación técnica generaría costos y plazos adicionales innecesarios, sin aportar un valor sustancial al proceso de evaluación.
Con relación a la consulta realizada se manifiesta que, la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas (DNCP) ha establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar ha ser utilizados por todas las Entidades Públicas, que cuando se admitiera la presentación de anexos técnicos y folletos en idioma distinto al castellano, su traducción deberá ser realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. En consecuencia, esta Convocante no se encuentra facultada para realizar modificaciones respecto a dicho requisito establecido como obligatorio por el Ente Regulador.
3
Consulta
En relación al requisito que establece la presentación de un profesional certificado internacionalmente (CTDC, ATS, ATD, BICSI RCDD, Uptime Institute AOS u otras certificaciones equivalentes), se solicita respetuosamente considerar la inclusión de certificaciones como CDCP, en virtud de que la misma se encuentra alineada a estándares internacionales y orientada a la operación, fundamentos y buenas prácticas en infraestructura de centros de datos.
En ese sentido, la certificación CDCP permite garantizar que el recurso técnico cuenta con conocimientos adecuados para la correcta operación, implementación y gestión de entornos de data center, siendo ampliamente reconocida en el mercado y utilizada como base para certificaciones de nivel superior.
Asimismo, se solicita evaluar la reducción del requisito de antigüedad mínima del profesional de dos (2) años a un (1) año dentro de la empresa oferente, considerando que este ajuste no compromete la calidad del servicio, pero sí favorece una mayor participación de potenciales oferentes, promoviendo la libre competencia y evitando restricciones innecesarias.
En relación al requisito que establece la presentación de un profesional certificado internacionalmente (CTDC, ATS, ATD, BICSI RCDD, Uptime Institute AOS u otras certificaciones equivalentes), se solicita respetuosamente considerar la inclusión de certificaciones como CDCP, en virtud de que la misma se encuentra alineada a estándares internacionales y orientada a la operación, fundamentos y buenas prácticas en infraestructura de centros de datos.
En ese sentido, la certificación CDCP permite garantizar que el recurso técnico cuenta con conocimientos adecuados para la correcta operación, implementación y gestión de entornos de data center, siendo ampliamente reconocida en el mercado y utilizada como base para certificaciones de nivel superior.
Asimismo, se solicita evaluar la reducción del requisito de antigüedad mínima del profesional de dos (2) años a un (1) año dentro de la empresa oferente, considerando que este ajuste no compromete la calidad del servicio, pero sí favorece una mayor participación de potenciales oferentes, promoviendo la libre competencia y evitando restricciones innecesarias.
En relación con su consulta, se informa que no resulta procedente incorporar la certificación CDCP como equivalente a las certificaciones exigidas en las Especificaciones Técnicas. Si bien se indica que la misma se encuentra alineada a estándares internacionales y orientada a la operación de centros de datos, dicha certificación corresponde a un nivel fundacional y no acredita competencias de diseño, dimensionamiento ni gestión técnica avanzada requeridas para el presente proyecto de climatización de precisión en un entorno crítico. Asimismo, el argumento relativo a su utilización como base para certificaciones superiores no la equipara a estas en cuanto a alcance y profundidad técnica. En consecuencia, la certificación propuesta no se encuadra dentro del perfil exigido. Por otra parte, no resulta factible reducir la antigüedad mínima de dos (2) años, ya que este requisito responde a la necesidad de asegurar estabilidad, continuidad y efectiva disponibilidad del recurso durante la ejecución contractual.
4
Consulta
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 1. Identificación, item Modelo, se solicita:
“En caso de que el catálogo o documentación técnica de respaldo se encuentre en un idioma distinto al castellano, el oferente deberá presentar una traducción oficial al idioma castellano realizada por traductor público matriculado, a fin de garantizar la correcta interpretación de las especificaciones técnicas por parte de la convocante.”
Al respecto, respetuosamente solicitamos a la Convocante sean aceptados los catálogos o documentación técnica de respaldo de los bienes en idioma Inglés sin necesidad de traducción oficial al idioma castellano, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios…”
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 1. Identificación, item Modelo, se solicita:
“En caso de que el catálogo o documentación técnica de respaldo se encuentre en un idioma distinto al castellano, el oferente deberá presentar una traducción oficial al idioma castellano realizada por traductor público matriculado, a fin de garantizar la correcta interpretación de las especificaciones técnicas por parte de la convocante.”
Al respecto, respetuosamente solicitamos a la Convocante sean aceptados los catálogos o documentación técnica de respaldo de los bienes en idioma Inglés sin necesidad de traducción oficial al idioma castellano, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios…”
Con relación a la consulta realizada se manifiesta que, la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas (DNCP) ha establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar ha ser utilizados por todas las Entidades Públicas, que cuando se admitiera la presentación de anexos técnicos y folletos en idioma distinto al castellano, su traducción deberá ser realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. En consecuencia, esta Convocante no se encuentra facultada para realizar modificaciones respecto a dicho requisito establecido como obligatorio por el Ente Regulador.
5
Consulta
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 8. Experiencia y Habilitación del Oferentes, sub-item Técnicos de instalación, se solicita:
“El/los técnico/s responsable/s de la instalación y puesta en marcha deberán estar certificados por el fabricante del equipo ofertado. Se exigirá la presentación de dichos certificados con ID verificable ante el ente acreditador.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar el requisito de ID verificable ante el ente acreditador, atendiendo a que no aplica en este caso en el que los certificados son emitidos por el fabricante y no por algún ente acreditador. El ID verificable es más propio certificados de entidades tales como Uptime Institute, EPI-EXIN, TIA, ISO, etc.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 8. Experiencia y Habilitación del Oferentes, sub-item Técnicos de instalación, se solicita:
“El/los técnico/s responsable/s de la instalación y puesta en marcha deberán estar certificados por el fabricante del equipo ofertado. Se exigirá la presentación de dichos certificados con ID verificable ante el ente acreditador.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar el requisito de ID verificable ante el ente acreditador, atendiendo a que no aplica en este caso en el que los certificados son emitidos por el fabricante y no por algún ente acreditador. El ID verificable es más propio certificados de entidades tales como Uptime Institute, EPI-EXIN, TIA, ISO, etc.
En relación a la consulta realizada, se informa que el requisito mencionado será adecuado mediante una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones.
6
Consulta
En el PBC, en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, se solicita:
“5. Técnico/s certificado/s para instalación y puesta en marcha del equipo ofertado, así como de un profesional certificado internacionalmente (CTDC, ATS, ATD, BICSI RCDD, Uptime Institute AOS, u otras certificaciones internacionales equivalentes), con antigüedad mínima de 2 años en la empresa y residencia en Paraguay, a los efectos deberá demostrar esta pertenencia mediante la planilla de IPS y/o contrato de trabajo.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que será aceptado el Certificado internacional CDCP Certified Data Centre Professional, teniendo en cuenta que es una de las certificaciones internacionales equivalentes a las mencionadas, tal como se establece en el párrafo del pliego, más arriba copiado.
En el PBC, en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, se solicita:
“5. Técnico/s certificado/s para instalación y puesta en marcha del equipo ofertado, así como de un profesional certificado internacionalmente (CTDC, ATS, ATD, BICSI RCDD, Uptime Institute AOS, u otras certificaciones internacionales equivalentes), con antigüedad mínima de 2 años en la empresa y residencia en Paraguay, a los efectos deberá demostrar esta pertenencia mediante la planilla de IPS y/o contrato de trabajo.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que será aceptado el Certificado internacional CDCP Certified Data Centre Professional, teniendo en cuenta que es una de las certificaciones internacionales equivalentes a las mencionadas, tal como se establece en el párrafo del pliego, más arriba copiado.
En relación con su consulta, se informa que el certificado CDCP (Certified Data Centre Professional) no será considerado como certificación internacional equivalente a las exigidas en el Pliego. Si bien se trata de una certificación internacional reconocida, su alcance corresponde a un nivel fundacional orientado a la comprensión general y operación de centros de datos, no acreditando competencias de diseño, implementación ni gestión técnica avanzada requeridas para el presente proyecto. En consecuencia, no se encuadra dentro del perfil de certificaciones exigidas para el profesional especializado, por lo que no será admitida a efectos de cumplimiento del requisito establecido.
7
Consulta
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 6. Tablero de Energía, item Tablero de alimentación, se solicita:
“El tablero deberá prever la alimentación y el control para los dos equipos Split existentes en el DC, los cuales quedarán como backup. El tablero controlará el encendido de los equipos backup mediante un sensor que medirá en todo momento la temperatura de la sala; dicha temperatura deberá poder visualizarse desde la tapa del tablero sin necesidad de abrirlo.”
Al respecto, solicitamos aclarar si deberá ser reemplazado el Tablero de control actualmente existente de los dos equipos Split existentes, según fue observado durante la visita técnica realizada.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 6. Tablero de Energía, item Tablero de alimentación, se solicita:
“El tablero deberá prever la alimentación y el control para los dos equipos Split existentes en el DC, los cuales quedarán como backup. El tablero controlará el encendido de los equipos backup mediante un sensor que medirá en todo momento la temperatura de la sala; dicha temperatura deberá poder visualizarse desde la tapa del tablero sin necesidad de abrirlo.”
Al respecto, solicitamos aclarar si deberá ser reemplazado el Tablero de control actualmente existente de los dos equipos Split existentes, según fue observado durante la visita técnica realizada.
En relación con su consulta, se aclara que el alcance contempla la provisión de un tablero de alimentación y control conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, integrando tanto el equipo de aire de precisión como los equipos Split existentes que operarán como respaldo. Cualquier intervención necesaria para garantizar el correcto funcionamiento del sistema deberá estar incluida en la oferta, sin costos adicionales para la convocante.
8
Consulta
Acerca de lo descrito en el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 5. Sistema de Control y Monitoreo, item Monitoreo remoto, donde se solicita que cada unidad deberá incluir tarjeta de monitoreo con puerto RJ45, solicitamos aclarar si deberá ser realizado el cableado de datos hasta un puerto de la red de la Institución, en uno de los Racks del Datacenter.
Acerca de lo descrito en el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 5. Sistema de Control y Monitoreo, item Monitoreo remoto, donde se solicita que cada unidad deberá incluir tarjeta de monitoreo con puerto RJ45, solicitamos aclarar si deberá ser realizado el cableado de datos hasta un puerto de la red de la Institución, en uno de los Racks del Datacenter.
En relación con su consulta, se aclara que, conforme al alcance establecido en las Especificaciones Técnicas, el oferente deberá contemplar todos los elementos necesarios para garantizar la operatividad del sistema de monitoreo remoto. Esto incluye la provisión e instalación del cableado de datos requerido para la integración del equipo a la red de la institución, hasta un punto de conexión disponible en el Data Center. Dichos trabajos deberán estar incluidos en la oferta, sin generar costos adicionales para la convocante.
9
Consulta
En el PBC, en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, capítulo Experiencia requerida, se solicita:
“2. El proveedor deberá tener experiencia comprobada y certificada por los clientes, en la provisión e instalación de equipos de climatización de precisión en por los menos 2 (dos) proyectos similares.”
Sin embargo, contrariamente en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 8. Experiencia y Habilitación del Oferentes, sub-item Experiencia comprobada, se solicita:
“El proveedor deberá tener experiencia comprobada y certificada por los clientes en la provisión e instalación de equipos de climatización de precisión en al menos 3 (tres) proyectos similares. Se exigirá la presentación de las constancias correspondientes.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que el requisito correcto de experiencia refiere por lo menos 2 (dos) proyectos similares, conforme se establece claramente en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación del pliego.
En el PBC, en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación, capítulo Experiencia requerida, se solicita:
“2. El proveedor deberá tener experiencia comprobada y certificada por los clientes, en la provisión e instalación de equipos de climatización de precisión en por los menos 2 (dos) proyectos similares.”
Sin embargo, contrariamente en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 8. Experiencia y Habilitación del Oferentes, sub-item Experiencia comprobada, se solicita:
“El proveedor deberá tener experiencia comprobada y certificada por los clientes en la provisión e instalación de equipos de climatización de precisión en al menos 3 (tres) proyectos similares. Se exigirá la presentación de las constancias correspondientes.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que el requisito correcto de experiencia refiere por lo menos 2 (dos) proyectos similares, conforme se establece claramente en la sección Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación del pliego.
En relación a la consulta realizada, se informa que el requisito mencionado será adecuado mediante una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones.
10
Consulta
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 7. Instalación y Puesta en Marcha, item Documentación de puesta en marcha, se solicita:
“Manuales de operación y mantenimiento del equipo en idioma castellano. En caso de que los manuales originales se encuentren en otro idioma, deberán ser acompañados de traducción oficial al castellano realizada por traductor público matriculado.”
Al respecto, solicitamos que sean aceptados los manuales técnicos del equipo de refrigeración de precisión a ser suministrados en idioma Inglés sin necesidad de traducción oficial al castellano, teniendo en cuenta que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los bienes y/o servicios, numeral 7. Instalación y Puesta en Marcha, item Documentación de puesta en marcha, se solicita:
“Manuales de operación y mantenimiento del equipo en idioma castellano. En caso de que los manuales originales se encuentren en otro idioma, deberán ser acompañados de traducción oficial al castellano realizada por traductor público matriculado.”
Al respecto, solicitamos que sean aceptados los manuales técnicos del equipo de refrigeración de precisión a ser suministrados en idioma Inglés sin necesidad de traducción oficial al castellano, teniendo en cuenta que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro.
Con relación a la consulta realizada se manifiesta que, la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas (DNCP) ha establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar ha ser utilizados por todas las Entidades Públicas, que cuando se admitiera la presentación de anexos técnicos y folletos en idioma distinto al castellano, su traducción deberá ser realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. En consecuencia, esta Convocante no se encuentra facultada para realizar modificaciones respecto a dicho requisito establecido como obligatorio por el Ente Regulador.