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Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.
  • Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

Condiciones para la expedición de seguros:

Los seguros mencionados deberán ser presentados mediante la correspondiente póliza de seguro. Los seguros requeridos para la ejecución del contrato deberán ser entregados por el contratista para su aprobación por parte de la contratante y deberán ser suscritos antes de la iniciación de cualquier trabajo, con vigencia mínima desde la fecha de inicio de las obras, salvo en los casos en que la movilización se lleve a cabo antes de la emisión de la orden de inicio de las obras.

Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán mantenerse vigentes hasta la recepción definitiva de las obras objeto del contrato. El seguro contra riesgos en la zona de obras deberá mantenerse vigente durante un período adicional de 12 meses, contados a partir de la recepción provisional de las mismas.

Todas las pólizas deberán contener una cláusula que subordina su cancelación a la notificación previa por parte de la aseguradora a la contratante. Los seguros deberán ser emitidos por una compañía aseguradora debidamente autorizada para operar en la República del Paraguay y contar con la solvencia suficiente para garantizar el cumplimiento de las coberturas requeridas.

Los seguros deberán contemplar todas las condiciones relacionadas con la responsabilidad del contratista y deberán ser presentados al administrador del contrato dentro de los plazos establecidos en los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas. Este documento, disponible en el apartado Marco Legal, corresponde al Tipo de Norma: Documentos Estándar, aprobado por Resolución DNCP N.º 5118/23, y constituye complemento del Pliego Estándar para la Contratación de Obras Convencional, en el marco de la Ley N.º 7021/22.

Incumplimiento de contrato por falta de renovación de garantías: Si por la razón que fuere, las garantías contractuales no acompañan el plazo de vigencia del contrato, la acreditación de la renovación efectiva e irrevocable de las mismas deberá ser presentada 30 días antes del vencimiento, bajo apercibimiento de que, la no presentación en dicho plazo será considerada incumplimiento contractual y causal suficiente de rescisión del mismo y ejecución de las garantías vigentes

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.
  • Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

Condiciones para la expedición de seguros:

Los seguros mencionados deberán ser presentados mediante la correspondiente póliza de seguro. Los seguros requeridos para la ejecución del contrato deberán ser entregados por el contratista para su aprobación por parte de la contratante y deberán ser suscritos antes de la iniciación de cualquier trabajo, con vigencia mínima desde la fecha de inicio de las obras, salvo en los casos en que la movilización se lleve a cabo antes de la emisión de la orden de inicio de las obras.

Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán mantenerse vigentes hasta la recepción definitiva de las obras objeto del contrato. El seguro contra riesgos en la zona de obras deberá mantenerse vigente durante un período adicional de 12 meses, contados a partir de la recepción provisional de las mismas.

Todas las pólizas deberán contener una cláusula que subordina su cancelación a la notificación previa por parte de la aseguradora a la contratante. Los seguros deberán ser emitidos por una compañía aseguradora debidamente autorizada para operar en la República del Paraguay y contar con la solvencia suficiente para garantizar el cumplimiento de las coberturas requeridas.

Los seguros deberán contemplar todas las condiciones relacionadas con la responsabilidad del contratista y deberán ser presentados al administrador del contrato dentro de los plazos establecidos en los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas. Este documento, disponible en el apartado Marco Legal, corresponde al Tipo de Norma: Documentos Estándar, aprobado por Resolución DNCP N.º 5118/23, y constituye complemento del Pliego Estándar para la Contratación de Obras Convencional, en el marco de la Ley N.º 7021/22.

Incumplimiento de contrato por falta de renovación de garantías: Si por la razón que fuere, las garantías contractuales no acompañan el plazo de vigencia del contrato, la acreditación de la renovación efectiva e irrevocable de las mismas deberá ser presentada 30 días antes del vencimiento, bajo apercibimiento de que, la no presentación en dicho plazo será considerada incumplimiento contractual y causal suficiente de rescisión del mismo y ejecución de las garantías vigentes

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

El contratista contratará los seguros que incluirá como mínimo:

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.
  • Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de 5% sobre el monto del contrato.

Condiciones para la expedición de seguros:

Los seguros mencionados deberán ser presentados mediante la correspondiente póliza de seguro. Los seguros requeridos para la ejecución del contrato deberán ser entregados por el contratista para su aprobación por parte de la contratante y deberán ser suscritos antes de la iniciación de cualquier trabajo, con vigencia mínima desde la fecha de inicio de las obras, salvo en los casos en que la movilización se lleve a cabo antes de la emisión de la orden de inicio de las obras.

Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán mantenerse vigentes hasta la recepción definitiva de las obras objeto del contrato. El seguro contra riesgos en la zona de obras deberá mantenerse vigente durante un período adicional de 12 meses, contados a partir de la recepción provisional de las mismas.

Todas las pólizas deberán contener una cláusula que subordina su cancelación a la notificación previa por parte de la aseguradora a la contratante. Los seguros deberán ser emitidos por una compañía aseguradora debidamente autorizada para operar en la República del Paraguay y contar con la solvencia suficiente para garantizar el cumplimiento de las coberturas requeridas.

Los seguros deberán contemplar todas las condiciones relacionadas con la responsabilidad del contratista y deberán ser presentados al administrador del contrato dentro de los plazos establecidos en los Aspectos Generales para la Contratación de Obras Públicas. Este documento, disponible en el apartado Marco Legal, corresponde al Tipo de Norma: Documentos Estándar, aprobado por Resolución DNCP N.º 5118/23, y constituye complemento del Pliego Estándar para la Contratación de Obras Convencional, en el marco de la Ley N.º 7021/22.

Incumplimiento de contrato por falta de renovación de garantías: Si por la razón que fuere, las garantías contractuales no acompañan el plazo de vigencia del contrato, la acreditación de la renovación efectiva e irrevocable de las mismas deberá ser presentada 30 días antes del vencimiento, bajo apercibimiento de que, la no presentación en dicho plazo será considerada incumplimiento contractual y causal suficiente de rescisión del mismo y ejecución de las garantías vigentes

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Plazo de pago: 30 días hábiles, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura con las documentaciones requeridas más arriba.-
Para cada pago se aplicara lo establecido en el Art. 63 de la Ley 7021/22 - La tasa fijada en el Art 63 de la LEY Nª 7021/2022  "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS" del 0,4% ( cero coma cuatro por ciento)
Los pagos para el ejercicio fiscal año 2026, 2027 se encuentran supeditadas a la aprobación del presupuesto y asignación del Plan Financiero Institucional del año mencionado

Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se  aclara que  los pagos ha realizarse en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto correspondiente.
Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Gobierno Departamental del Alto Parana Secretaria de Hacienda.-

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Plazo de pago: 30 días hábiles, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura con las documentaciones requeridas más arriba.-
Para cada pago se aplicara lo establecido en el Art. 63 de la Ley 7021/22 - La tasa fijada en el Art 63 de la LEY Nª 7021/2022  "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS" del 0,4% ( cero coma cuatro por ciento)
Los pagos para el ejercicio fiscal año 2026, 2027 se encuentran supeditadas a la aprobación del presupuesto y asignación del Plan Financiero Institucional de los años mencionados.-

Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se  aclara que  los pagos ha realizarse en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto correspondiente a los años 2026 y 2027.-.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Gobierno Departamental del Alto Paraná Secretaria de Hacienda.-

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Plazo de pago: 30 días hábiles, desde la aprobación del certificado de obra y la presentación de la factura con las documentaciones requeridas más arriba.-
Para cada pago se aplicara lo establecido en el Art. 63 de la Ley 7021/22 - La tasa fijada en el Art 63 de la LEY Nª 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PUBLICAS" del 0,4% ( cero coma cuatro por ciento)
Los pagos para el ejercicio fiscal año 2026, 2027 se encuentran supeditadas a la aprobación del presupuesto y asignación del Plan Financiero Institucional del año mencionadode los años mencionados.-

Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se aclara que los pagos ha realizarse en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto correspondiente a los años 2026 y 2027.
-.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Gobierno Departamental del Alto ParanaParaná Secretaria de Hacienda.-

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).