Se solicita respetuosamente a la convocante que considere la inclusión, dentro de los estudios posibles para los pacientes internados, de la Resonancia Magnética Nuclear y la Tomografía. Asimismo, se solicita que el centro hospitalario, además de contar con el servicio de Terapia Intensiva, disponga también de un servicio de Hemodiálisis.
Se solicita respetuosamente a la convocante que considere la inclusión, dentro de los estudios posibles para los pacientes internados, de la Resonancia Magnética Nuclear y la Tomografía. Asimismo, se solicita que el centro hospitalario, además de contar con el servicio de Terapia Intensiva, disponga también de un servicio de Hemodiálisis.
Se aclara que las EETT establecen claramente los servicios considerados indispensables para la prestación del servicio de internación para asegurados, entre los que no están incluidos la realización de Hemodiálisis, Resonancia Magnética Nuclear y Tomografía Axial Computada, por la naturaleza del llamado y por qué el IPS cuenta con los servicios mencionados en sus instalaciones, como ser el "Centro de Hemodiálisis Ambulatorio" recientemente inaugurado, como también diálisis para internados. Así mismo cuenta con "Centros de Diagnósticos por Imágenes (RMN y TAC), por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
Se solicita respetuosamente a la convocante que considere la inclusión, dentro de los estudios posibles para los pacientes internados, de la Resonancia Magnética Nuclear y la Tomografía. Asimismo, se solicita que el centro hospitalario, además de contar con el servicio de Terapia Intensiva, disponga también de un servicio de Hemodiálisis
Se solicita respetuosamente a la convocante que considere la inclusión, dentro de los estudios posibles para los pacientes internados, de la Resonancia Magnética Nuclear y la Tomografía. Asimismo, se solicita que el centro hospitalario, además de contar con el servicio de Terapia Intensiva, disponga también de un servicio de Hemodiálisis
Se aclara, que las EETT establecen claramente los servicios considerados indispensables para la prestación del servicio de internación para asegurados, entre los que no están incluidos la realización de Hemodiálisis, Resonancia Magnética Nuclear y Tomografía Axial Computada, por la naturaleza del llamado y por qué el IPS cuenta con los servicios mencionados en sus instalaciones, como ser el "Centro de Hemodiálisis Ambulatorio" recientemente inaugurado, como también diálisis para internados. Así mismo cuenta con "Centros de Diagnósticos por Imágenes (RMN y TAC), por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
3
PBC COBERTURA
se solicita respetuosamente a la convocante debido a la alta prevalencia de cardiopatía isquémica y arritmias en estos pacientes.
que el centro oferente además de tener los solicitados en el PBC disponga de un servicio de hemodinamia y de un servicio de electrofisiología cardiaca
se solicita respetuosamente a la convocante debido a la alta prevalencia de cardiopatía isquémica y arritmias en estos pacientes.
que el centro oferente además de tener los solicitados en el PBC disponga de un servicio de hemodinamia y de un servicio de electrofisiología cardiaca
Se aclara que, las EETT establecen claramente los servicios considerados indispensables para la prestación durante la internación de los asegurados, entre los que no están incluidos los de Hemodinamia ni Electrofisiología Cardiaca, debido a que la naturaleza del llamado no contempla internaciones de pacientes con necesidad de los servicios mencionados en sanatorios tercerizados, por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
4
Consulta al PBC
se solicita aclaración a la convocante. En el caso que el oferente disponga mas de 1 sanatorio pueden ser incluidos todos los sanatorios en una sola oferta
se solicita aclaración a la convocante. En el caso que el oferente disponga mas de 1 sanatorio pueden ser incluidos todos los sanatorios en una sola oferta
El oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
5
Consulta al PBC
Se solicita a la convocante aclaración respecto al servicio de terapia intermedia. Debe estar habilitado por Establecimiento de salud dependiente del (ministerio de salud)
Se solicita a la convocante aclaración respecto al servicio de terapia intermedia. Debe estar habilitado por Establecimiento de salud dependiente del (ministerio de salud)
Se aclara que, como "Requisitos de Habilitación de Establecimientos de Salud" el Ministerio de Salud Pública incluye un apartado específico para la unidad de terapia intensiva, con requisitos funcionales, de recursos, equipamientos, etc., la habilitación de esa unidad se rige además por la Resolución S. G. N° 584/2019 (para unidades de terapia intensiva), por tanto el MSP y BS no emite una normativa pública clara que establezca que la "terapia intermedia" tenga una habilitación formal diferente, independiente y obligatoria frente a la terapia intensiva, por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
6
Servicios públicos
En relación al requerimiento de capacidad técnica: “El Oferente deberá poseer en calidad de propio o en convenio (en este caso el Oferente debe presentar contrato vigente por el tiempo que dure el contrato), de acuerdo con el tipo de cama ofertado, un laboratorio clínico (hematología y química clínica o bioquímica y acceso a bacteriología y otros), Imagenología, Farmacia, Terapia Intensiva y Servicios Básicos.”
Solicitamos a la Convocante especificar: a qué se refiere dentro del contexto del requerimiento de capacidad técnica, con el término "Servicios Básicos" (si se refiere a servicios públicos esenciales como energía eléctrica, agua potable, etc.). En caso de que se refiera a servicios públicos esenciales, ¿es factible y suficiente la presentación de las facturas de dichos servicios al día para acreditar su cumplimiento?
En relación al requerimiento de capacidad técnica: “El Oferente deberá poseer en calidad de propio o en convenio (en este caso el Oferente debe presentar contrato vigente por el tiempo que dure el contrato), de acuerdo con el tipo de cama ofertado, un laboratorio clínico (hematología y química clínica o bioquímica y acceso a bacteriología y otros), Imagenología, Farmacia, Terapia Intensiva y Servicios Básicos.”
Solicitamos a la Convocante especificar: a qué se refiere dentro del contexto del requerimiento de capacidad técnica, con el término "Servicios Básicos" (si se refiere a servicios públicos esenciales como energía eléctrica, agua potable, etc.). En caso de que se refiera a servicios públicos esenciales, ¿es factible y suficiente la presentación de las facturas de dichos servicios al día para acreditar su cumplimiento?
Se aclara que, los servicios básicos se refieren a las Habitaciones que, deben contar con oxígeno central, una cama hospitalaria articulada, preferentemente eléctrica, colchón anti escaras, con baño (agua fría/caliente), televisor, cama para acompañante, acondicionador de aire, placar, velador, silla y mesa de comer de paciente, servicio de limpieza diariamente en todos los turnos. El no cumplimiento en el equipamiento de la habitación será de carácter excluyente, por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
7
Capacidad Técnica
CONSULTA SOBRE REQUISITO DE HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
En relación con el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) que solicita la presentación del Certificado de Registro y Habilitación de Establecimientos de Salud, emitido por la Dirección de Control de Profesionales y Establecimientos de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), habilitante para operar como Centro Asistencial (Sanatorio, Hospital Privado, u otro), solicitamos a la Entidad Convocante que tenga a bien considerar lo siguiente:
Teniendo en cuenta que, conforme a la normativa vigente del MSPBS, los centros asistenciales pueden continuar operando de forma regular durante el proceso de renovación de la habilitación, mediante la correspondiente constancia de presentación en mesa de entrada y/o constancia de trámite de renovación, solicitamos que se permita la convalidación de dicho documento como válido para efectos del proceso licitatorio, a fin de no restringir injustificadamente la participación de oferentes que cuentan con la capacidad económica, técnica, infraestructura y experiencia necesarias para la correcta prestación del servicio solicitado.
Esta solicitud se formula en el marco del principio de libre competencia establecido en la Ley N° 7021/2022 de Contrataciones Públicas, que busca garantizar la participación equitativa de todos los interesados y evitar restricciones que no resulten indispensables para la ejecución del objeto contractual.
Agradecemos desde ya la atención prestada a la presente consulta y quedamos atentos a su respuesta oficial.
CONSULTA SOBRE REQUISITO DE HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
En relación con el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) que solicita la presentación del Certificado de Registro y Habilitación de Establecimientos de Salud, emitido por la Dirección de Control de Profesionales y Establecimientos de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), habilitante para operar como Centro Asistencial (Sanatorio, Hospital Privado, u otro), solicitamos a la Entidad Convocante que tenga a bien considerar lo siguiente:
Teniendo en cuenta que, conforme a la normativa vigente del MSPBS, los centros asistenciales pueden continuar operando de forma regular durante el proceso de renovación de la habilitación, mediante la correspondiente constancia de presentación en mesa de entrada y/o constancia de trámite de renovación, solicitamos que se permita la convalidación de dicho documento como válido para efectos del proceso licitatorio, a fin de no restringir injustificadamente la participación de oferentes que cuentan con la capacidad económica, técnica, infraestructura y experiencia necesarias para la correcta prestación del servicio solicitado.
Esta solicitud se formula en el marco del principio de libre competencia establecido en la Ley N° 7021/2022 de Contrataciones Públicas, que busca garantizar la participación equitativa de todos los interesados y evitar restricciones que no resulten indispensables para la ejecución del objeto contractual.
Agradecemos desde ya la atención prestada a la presente consulta y quedamos atentos a su respuesta oficial.
El oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
8
SERVICIOS MEDICOS DE INTERNACION
Solicitar la inclusión, dentro de la lista de servicios que serán facturados a IPS, los estudios diagnósticos de tomografía y resonancia magnética, considerando que dichos estudios son esenciales para el pronto diagnóstico y tratamiento del paciente.
Su incorporación permitirá evitar la extensión innecesaria de la estadía hospitalaria mientras se aguardan turnos en los centros asignados por IPS, optimizando así el proceso de diagnóstico y tratamiento dentro de los ocho días de internación habilitados.
Solicitar la inclusión, dentro de la lista de servicios que serán facturados a IPS, los estudios diagnósticos de tomografía y resonancia magnética, considerando que dichos estudios son esenciales para el pronto diagnóstico y tratamiento del paciente.
Su incorporación permitirá evitar la extensión innecesaria de la estadía hospitalaria mientras se aguardan turnos en los centros asignados por IPS, optimizando así el proceso de diagnóstico y tratamiento dentro de los ocho días de internación habilitados.
Se aclara que no están incluidas la realización de Resonancia Magnética Nuclear y Tomografía Axial Computada, por la naturaleza del llamado y por qué el IPS cuenta con los servicios mencionados en sus instalaciones, por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
9
CONSULTA SOBRE PROCEDIMIENTO EN CASOS DE ERRORES DE TRASLADO Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS
CONSULTA SOBRE PROCEDIMIENTO EN CASOS DE ERRORES DE TRASLADO Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS
En el marco del llamado a Licitación Pública [indicar número y denominación del llamado], y en atención a las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), nos dirigimos a ustedes con el fin de realizar la siguiente consulta y solicitud:
Solicitamos que el PBC incluya o aclare las especificaciones técnicas y el procedimiento a seguir en los casos en que se produzcan errores de traslado de pacientes por parte del Instituto de Previsión Social (IPS) o de la Central de Derivación CAMIPS, y que como consecuencia de ello, pacientes sean ingresados al servicio tercerizado pero posteriormente deban ser retornados a su lugar de origen o trasladados a otra institución, al constatarse que no correspondía su derivación al servicio contratado.
Asimismo, solicitamos se aclare el procedimiento de facturación correspondiente a los servicios efectivamente prestados en estos casos, en los que el paciente haya recibido atención parcial (admisión, cuidados iniciales, uso de infraestructura, entre otros) antes de su reubicación.
Consideramos que establecer criterios claros y objetivos para estas situaciones contribuirá a una correcta ejecución contractual, garantizará la trazabilidad de la atención prestada y brindará seguridad jurídica tanto a la entidad contratante como a los oferentes, todo en concordancia con los principios de transparencia, legalidad y equilibrio contractual establecidos en la Ley N° 7021/2022 de Contrataciones Públicas.
10-10-2025
16-10-2025
CONSULTA SOBRE PROCEDIMIENTO EN CASOS DE ERRORES DE TRASLADO Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS
CONSULTA SOBRE PROCEDIMIENTO EN CASOS DE ERRORES DE TRASLADO Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS
En el marco del llamado a Licitación Pública [indicar número y denominación del llamado], y en atención a las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), nos dirigimos a ustedes con el fin de realizar la siguiente consulta y solicitud:
Solicitamos que el PBC incluya o aclare las especificaciones técnicas y el procedimiento a seguir en los casos en que se produzcan errores de traslado de pacientes por parte del Instituto de Previsión Social (IPS) o de la Central de Derivación CAMIPS, y que como consecuencia de ello, pacientes sean ingresados al servicio tercerizado pero posteriormente deban ser retornados a su lugar de origen o trasladados a otra institución, al constatarse que no correspondía su derivación al servicio contratado.
Asimismo, solicitamos se aclare el procedimiento de facturación correspondiente a los servicios efectivamente prestados en estos casos, en los que el paciente haya recibido atención parcial (admisión, cuidados iniciales, uso de infraestructura, entre otros) antes de su reubicación.
Consideramos que establecer criterios claros y objetivos para estas situaciones contribuirá a una correcta ejecución contractual, garantizará la trazabilidad de la atención prestada y brindará seguridad jurídica tanto a la entidad contratante como a los oferentes, todo en concordancia con los principios de transparencia, legalidad y equilibrio contractual establecidos en la Ley N° 7021/2022 de Contrataciones Públicas.
Se aclara que, se facturan por los servicios efectivamente prestados durante la estadía del paciente incluyendo atención parcial (admisión, cuidados iniciales, uso de infraestructura, entre otros), por lo que el oferente deberá ajustarse a la versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 26 de setiembre del 2025.
10
Detalle de los vienes y/o servicios
Evaluar la posibilidad de ampliar o agregar dentro del Detalle de los bienes y/o servicios en el punto 10 que hace referencia de los servicios excepcionales, estudios diagnósticos y procedimientos quirúrgicos que se requieren de urgencias como los casos de tomografías, resonancias magnéticas, drenajes, curaciones, toilette, etc.
Evaluar la posibilidad de ampliar o agregar dentro del Detalle de los bienes y/o servicios en el punto 10 que hace referencia de los servicios excepcionales, estudios diagnósticos y procedimientos quirúrgicos que se requieren de urgencias como los casos de tomografías, resonancias magnéticas, drenajes, curaciones, toilette, etc.