QUISIERAMOS CONSULTAR CON REFERENTE A LA CAPACIDAD DE EMPLEADOS DE 20 Y CON REFERENCIA A QUE EL OFERENTE NO CUENTE CON MULTA O INHABILITACION, ESTE PUNTO SOLO APLICA PARA EL ITEM CARNE?? O APLICA PARA TODO EL LLAMADO?? OSEA SI SE COTIZA SOLO HARINA, AZUCAR, LECHE YA APLICA ESTE REQUISITO??
QUISIERAMOS CONSULTAR CON REFERENTE A LA CAPACIDAD DE EMPLEADOS DE 20 Y CON REFERENCIA A QUE EL OFERENTE NO CUENTE CON MULTA O INHABILITACION, ESTE PUNTO SOLO APLICA PARA EL ITEM CARNE?? O APLICA PARA TODO EL LLAMADO?? OSEA SI SE COTIZA SOLO HARINA, AZUCAR, LECHE YA APLICA ESTE REQUISITO??
es para todos los oferentes de productos carnicos (carne vacuna, pollo, cerdo)
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - VERSION 2
En el Portal de la DNCP no aparece el Pliego Versión 2, continua solamente la Versión 1. Por tanto tampoco aparece la ADENDA que modifica los Plazos. favor verificar.
En el Portal de la DNCP no aparece el Pliego Versión 2, continua solamente la Versión 1. Por tanto tampoco aparece la ADENDA que modifica los Plazos. favor verificar.
Referente a las Consultas N° 21, 22 y 23, respondieron que es para todos los oferentes de productos carnicos (carne vacuna, pollo, cerdo). Esta afirmación por parte de la Convocante contradice a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones, pues en cada apartado se puede visualizar concretamente los requerimientos tanto para cárnicos, para pollo, y demás ítems.- Especialmente en el apartado de cárnicos enuncian a los ítems 1, 2, 3 y 4, y en todo momento hablan de carne vacuno y/o porcina, no está sujeto a que mismos requerimientos sean para pollos. Favor rectificar esta afirmación, y aclarar que dichos requerimientos son solo para los ítems 1,2,3 y 4 tal cual como se puede contemplar en el PBC.
Referente a las Consultas N° 21, 22 y 23, respondieron que es para todos los oferentes de productos carnicos (carne vacuna, pollo, cerdo). Esta afirmación por parte de la Convocante contradice a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones, pues en cada apartado se puede visualizar concretamente los requerimientos tanto para cárnicos, para pollo, y demás ítems.- Especialmente en el apartado de cárnicos enuncian a los ítems 1, 2, 3 y 4, y en todo momento hablan de carne vacuno y/o porcina, no está sujeto a que mismos requerimientos sean para pollos. Favor rectificar esta afirmación, y aclarar que dichos requerimientos son solo para los ítems 1,2,3 y 4 tal cual como se puede contemplar en el PBC.
la convocante solicita el certificado de dinapi para presentar por cada producto nacional, y en el caso de que el producto sea importado presentar la carta del fabricante que autoriza al distribuidor a vender en nuestro pais, con este punto ponemos a consideracion de la convocante analizar ya que los fabricante no quiere dan su documento titulo de marca de dinapi y en caso de los productos importados sucede lo mismo ya que tienen politicas de privacidad que no autorizan a dar dichos documentos, eso datos se pueden analizar en registro de RSPA donde la INAN exponen quienes son los fabricantes, origen, importador. favor considerar que al presentar el RSPA ya se cumple
la convocante solicita el certificado de dinapi para presentar por cada producto nacional, y en el caso de que el producto sea importado presentar la carta del fabricante que autoriza al distribuidor a vender en nuestro pais, con este punto ponemos a consideracion de la convocante analizar ya que los fabricante no quiere dan su documento titulo de marca de dinapi y en caso de los productos importados sucede lo mismo ya que tienen politicas de privacidad que no autorizan a dar dichos documentos, eso datos se pueden analizar en registro de RSPA donde la INAN exponen quienes son los fabricantes, origen, importador. favor considerar que al presentar el RSPA ya se cumple
En atención a la respuesta brindada por la Convocante, en la que se indica que los requisitos establecidos aplican para todos los oferentes de productos cárnicos (carne vacuna, pollo, cerdo), solicitamos se sirva aclarar dicha afirmación.
De acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en el apartado “CAPACIDAD TÉCNICA PARA OFERENTES DE PRODUCTOS CÁRNICOS ÍTEMS N° 1, 2, 3 Y 4”, se detallan requisitos técnicos que no se extienden a los ítems N° 6 y 7. En dicho apartado, se hace referencia concreta a carne vacuna y/o porcina, sin incluir expresamente productos avícolas.
Cabe destacar que en llamados anteriores realizados a través de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), nunca se ha exigido a los oferentes de pollo y/o lácteos la misma documentación requerida para carne vacuna o porcina.
Por lo tanto, solicitamos se rectifique la afirmación realizada y se confirme que los requisitos mencionados aplican únicamente a los ítems N° 1, 2, 3 y 4, conforme a lo estipulado en el PBC.
En atención a la respuesta brindada por la Convocante, en la que se indica que los requisitos establecidos aplican para todos los oferentes de productos cárnicos (carne vacuna, pollo, cerdo), solicitamos se sirva aclarar dicha afirmación.
De acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en el apartado “CAPACIDAD TÉCNICA PARA OFERENTES DE PRODUCTOS CÁRNICOS ÍTEMS N° 1, 2, 3 Y 4”, se detallan requisitos técnicos que no se extienden a los ítems N° 6 y 7. En dicho apartado, se hace referencia concreta a carne vacuna y/o porcina, sin incluir expresamente productos avícolas.
Cabe destacar que en llamados anteriores realizados a través de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), nunca se ha exigido a los oferentes de pollo y/o lácteos la misma documentación requerida para carne vacuna o porcina.
Por lo tanto, solicitamos se rectifique la afirmación realizada y se confirme que los requisitos mencionados aplican únicamente a los ítems N° 1, 2, 3 y 4, conforme a lo estipulado en el PBC.
En relación al apartado de Capacidad Técnica, observamos que en la sección titulada “PARA OFERENTES QUE COTICEN LOS ÍTEMS 7 AL 36”, se solicita como primer requisito el “Registro de Establecimiento (RE) vigente del oferente”, ya sea del establecimiento propio o alquilado.
Sin embargo, en el apartado “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, únicamente se exige el Registro de Establecimiento (RE) vigente del fabricante de la marca ofertada.
Por lo tanto, solicitamos que también se incluya como requisito el RE vigente del oferente en el apartado “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, a fin de mantener coherencia entre ambos apartados y asegurar una evaluación técnica completa.
En relación al apartado de Capacidad Técnica, observamos que en la sección titulada “PARA OFERENTES QUE COTICEN LOS ÍTEMS 7 AL 36”, se solicita como primer requisito el “Registro de Establecimiento (RE) vigente del oferente”, ya sea del establecimiento propio o alquilado.
Sin embargo, en el apartado “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, únicamente se exige el Registro de Establecimiento (RE) vigente del fabricante de la marca ofertada.
Por lo tanto, solicitamos que también se incluya como requisito el RE vigente del oferente en el apartado “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, a fin de mantener coherencia entre ambos apartados y asegurar una evaluación técnica completa.
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En atención a la observación interpuesta por la Convocante, en el apartado de cárnicos se indica que PARA TODOS LOS OFERENTES DE PRODUCTOS CARNICOS (CARNE VACUNA, PORCINA Y POLLO) Contar con 10 personas en planilla de ips COMO MINIMO. PARA TODOS LOS OFERENTES DE PRODUCTOS CARNICOS (CARNE VACUNA, PORCINA Y POLLO). El oferente deberá contar con Deposito con 300 m2 para lo cual deberá presentar título de propiedad o contrato de arrendamiento con un año de antigüedad. NO HABER SIDO INHABILITADO EN LOS ULTIMOS 3 años, solicitamos se modifique y redacte como estaba originalmente. En dicho apartado, se hace referencia concreta a carne vacuna y/o porcina, sin incluir expresamente productos avícolas. Por prestarse a consultas generadas por posibles oferentes que no supieron interpretar correctamente el PBC, ahora con la emisión de adenda generan confusión y mezcla de criterios que no guardan relación alguna.- Requerimos amablemente que supriman la afirmación POLLO dentro de ese apartado.-
10-10-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En atención a la observación interpuesta por la Convocante, en el apartado de cárnicos se indica que PARA TODOS LOS OFERENTES DE PRODUCTOS CARNICOS (CARNE VACUNA, PORCINA Y POLLO) Contar con 10 personas en planilla de ips COMO MINIMO. PARA TODOS LOS OFERENTES DE PRODUCTOS CARNICOS (CARNE VACUNA, PORCINA Y POLLO). El oferente deberá contar con Deposito con 300 m2 para lo cual deberá presentar título de propiedad o contrato de arrendamiento con un año de antigüedad. NO HABER SIDO INHABILITADO EN LOS ULTIMOS 3 años, solicitamos se modifique y redacte como estaba originalmente. En dicho apartado, se hace referencia concreta a carne vacuna y/o porcina, sin incluir expresamente productos avícolas. Por prestarse a consultas generadas por posibles oferentes que no supieron interpretar correctamente el PBC, ahora con la emisión de adenda generan confusión y mezcla de criterios que no guardan relación alguna.- Requerimos amablemente que supriman la afirmación POLLO dentro de ese apartado.-
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
PARA OFERENTES QUE COTICEN LOS ITEMS 7 AL 36: Registro de Establecimiento (RE) VIGENTE del fabricante de la marca ofertada. Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) VIGENTE del fabricante de la marca ofertada. Consultamos a la Convocante cómo se evaluaría a los oferentes que coticen productos importados, o productos nacionales autorizados por distribuidores. - Llevando en cuenta que tanto RE y RSPA se emiten a nombre de la empresa que autoriza, ya sea como fabricante, importador y/o distribuidor. Y en la forma que describieron, limitan a que solo fabricantes y distribuidores autorizados por fabricantes nacionales puedan participar en esos ítems. - Además contraviene a como está declarado en la sección Autorización del Fabricante. Por lo tanto, solicitaríamos el favor de modificar el punto, a fin de no limitar a potenciales oferentes. Para esta consulta mencionaron FAVOR AJUSTARSE AL PLIEGO VERSION 2. Pero con la emisión de la Adenda 01 solamente modificaron en la sección capacidad técnica, no así en la sección requisitos documentales. Por lo tanto, se sigue entiendo de la forma en que les hemos expuesto desde un principio. - Favor que lo que han modificado en la sección Capacidad Técnica tenga concordancia con sus requerimientos documentales, para una correcta evaluación y no limitación de potenciales oferentes.
10-10-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
PARA OFERENTES QUE COTICEN LOS ITEMS 7 AL 36: Registro de Establecimiento (RE) VIGENTE del fabricante de la marca ofertada. Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) VIGENTE del fabricante de la marca ofertada. Consultamos a la Convocante cómo se evaluaría a los oferentes que coticen productos importados, o productos nacionales autorizados por distribuidores. - Llevando en cuenta que tanto RE y RSPA se emiten a nombre de la empresa que autoriza, ya sea como fabricante, importador y/o distribuidor. Y en la forma que describieron, limitan a que solo fabricantes y distribuidores autorizados por fabricantes nacionales puedan participar en esos ítems. - Además contraviene a como está declarado en la sección Autorización del Fabricante. Por lo tanto, solicitaríamos el favor de modificar el punto, a fin de no limitar a potenciales oferentes. Para esta consulta mencionaron FAVOR AJUSTARSE AL PLIEGO VERSION 2. Pero con la emisión de la Adenda 01 solamente modificaron en la sección capacidad técnica, no así en la sección requisitos documentales. Por lo tanto, se sigue entiendo de la forma en que les hemos expuesto desde un principio. - Favor que lo que han modificado en la sección Capacidad Técnica tenga concordancia con sus requerimientos documentales, para una correcta evaluación y no limitación de potenciales oferentes.