Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Uniforme y Equipamiento - Instalación de Detectores de Metales. n la página 28, dentro de los "Accesorios" requeridos, se menciona "instalación de detectores de metales, por puesto". Esta especificación es ambigua y no define el alcance del requisito. No se aclara si se refiere a detectores manuales (tipo paleta) que no requieren instalación, o a detectores fijos (tipo arco), lo cual implicaría costos y logísticas muy diferentes. Tampoco se especifica si la "instalación" es una obligación permanente o temporal. Esta falta de precisión impide una correcta cotización y genera una base de comparación de ofertas desigual. Solicitamos se aclare el tipo de detector de metales requerido (manual o de arco) y el alcance exacto del término "instalación". 09-10-2025 13-10-2025
12 Requisitos Documentales para la Evaluación de la Experiencia - Planillas de IPS. En el punto 1 de esta sección, página 20, se requiere que para los contratos con entidades privadas se adjunten "las Planillas de Aporte Obrero Patronal declarados al IPS para la prestación de dichos servicios". Consideramos esta exigencia excesiva, invasiva y que excede el objeto de la evaluación. La experiencia se acredita con los contratos y las facturas correspondientes. Solicitar las planillas de IPS de servicios pasados específicos vulnera la confidencialidad de la información de la empresa y de sus antiguos trabajadores, y representa una carga documental desproporcionada. El cumplimiento de las obligaciones sociales por parte del oferente se debe acreditar con el Certificado de Cumplimiento de la Seguridad Social vigente. Solicitamos se elimine el requisito de presentar las planillas de IPS de contratos anteriores. 09-10-2025 13-10-2025
13 Capacidad Técnica - Documentación sobre Armas de Fuego. El punto 2 de "Capacidad Técnica" y el punto 2 de "Requisito documental para evaluar la capacidad técnica", página 21, utilizan terminología ambigua e imprecisa respecto a la autorización de armas de fuego, mencionando "carnet de portación de armas" y "copia de la solicitud de transferencia al comprador de carnet de propiedad de armas de fuego". La normativa vigente diferencia claramente entre la "Tenencia", que se otorga a la persona jurídica (la empresa) para poseer las armas, y la "Portación", que es la licencia individual para que un guardia la porte en servicio. La "solicitud de transferencia" no constituye una autorización. Solicitamos se aclare y unifique la terminología, requiriendo la presentación de la "Resolución de Habilitación para Tenencia de Armas de Fuego para Empresas de Seguridad Privada" vigente, emitida por DIMABEL a nombre de la empresa oferente, y el "Carnet de Portación" o de "tenencia", a fin de evitar confusiones y garantizar que se presente la documentación correcta y pertinente según la ley. 09-10-2025 13-10-2025
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