10. Obligatoriedad de declarar información del personal del proveedor, consultor o contratista en el SICP:
*. Como requerimiento para efectuar los pagos a los proveedores o contratistas, la Contratante, a través del procedimiento establecido para el efecto por la entidad previsional, verificará que el proveedor o contratista se encuentre al día en el cumplimiento con sus obligaciones para con el Instituto de Previsión Social (IPS).
*. En caso de detectarse que el proveedor o contratista o alguno de los subcontratistas, no se encontraran al día con el cumplimiento de sus obligaciones para con el IPS, deberán ser emplazados por la Contratante para que en diez (10) días hábiles cumplan con sus obligaciones pendientes con la previsional. En el caso de que no lo hiciera, se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.”
CONSULTAMOS
Los requerimientos indicados en los apartados arriba mencionados no deben aplicar para oferentes extranjeros.
Favor aclarar si el entendimiento es correcto.
10. Obligatoriedad de declarar información del personal del proveedor, consultor o contratista en el SICP:
*. Como requerimiento para efectuar los pagos a los proveedores o contratistas, la Contratante, a través del procedimiento establecido para el efecto por la entidad previsional, verificará que el proveedor o contratista se encuentre al día en el cumplimiento con sus obligaciones para con el Instituto de Previsión Social (IPS).
*. En caso de detectarse que el proveedor o contratista o alguno de los subcontratistas, no se encontraran al día con el cumplimiento de sus obligaciones para con el IPS, deberán ser emplazados por la Contratante para que en diez (10) días hábiles cumplan con sus obligaciones pendientes con la previsional. En el caso de que no lo hiciera, se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.”
CONSULTAMOS
Los requerimientos indicados en los apartados arriba mencionados no deben aplicar para oferentes extranjeros.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la Contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la Contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés
público comprometido.
Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.”
CONSULTA 10
Cuando la Contratante solicite pruebas adicionales a costo de la Contratante, y ello implique impedimento en otras obligaciones del proveedor bajo contrato, además de los ajustes correspondientes a las fechas de Entrega, de cumplimiento y de otras obligaciones, la Contratante deberá considerar los costes adicionales que impliquen dichas demoras.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la Contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la Contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés
público comprometido.
Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.”
CONSULTA 10
Cuando la Contratante solicite pruebas adicionales a costo de la Contratante, y ello implique impedimento en otras obligaciones del proveedor bajo contrato, además de los ajustes correspondientes a las fechas de Entrega, de cumplimiento y de otras obligaciones, la Contratante deberá considerar los costes adicionales que impliquen dichas demoras.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Referirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) conforme Adenda 2, págs. 38/58 y 39/58.
23
Inspecciones y Pruebas
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.”
CONSULTA 10
Por el tipo de suministro, entendemos que las inspecciones o pruebas siempre se habrán de realizar en el recinto de la Contratante, por lo cual consideramos que no aplica que el oferente deba incluir ningún tipo de costo o gasto incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación
Favor aclarar si el entendimiento es correcto.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.”
CONSULTA 10
Por el tipo de suministro, entendemos que las inspecciones o pruebas siempre se habrán de realizar en el recinto de la Contratante, por lo cual consideramos que no aplica que el oferente deba incluir ningún tipo de costo o gasto incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación
Favor aclarar si el entendimiento es correcto.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Interpretación correcta.
24
Plan de Entregas
“Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.”
CONSULTA 10
Por el tipo de suministro, entendemos que las inspecciones o pruebas siempre se habrán de realizar en el recinto de la Contratante.
El Pliego indica como Lugar donde los servicios serán prestados:Edificio PRANA (Avda. España N° 1093 entre la Avda. Padre Cardozo y la Avda. Washington) o sitio de instalación final según lo indique la Unidad Administradora del Contrato.
Igualmente entendemos que se pueden hacer trabajos en remoto, en las instalaciones del proveedor.
Favor aclarar si el entendimiento es correcto.
“Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.”
CONSULTA 10
Por el tipo de suministro, entendemos que las inspecciones o pruebas siempre se habrán de realizar en el recinto de la Contratante.
El Pliego indica como Lugar donde los servicios serán prestados:Edificio PRANA (Avda. España N° 1093 entre la Avda. Padre Cardozo y la Avda. Washington) o sitio de instalación final según lo indique la Unidad Administradora del Contrato.
Igualmente entendemos que se pueden hacer trabajos en remoto, en las instalaciones del proveedor.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Interpretación correcta.
25
Inspecciones y Pruebas
Inspecciones y Pruebas:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
CONSULTA
No queda claro por qué el pliego manifiesta “si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas……”.
Las pruebas tienen que ser realizadas a aquellos suministros que según su oferta se ajustan a las características técnicas solicitadas, caso contrario las ofertas no deben ser consideradas
Favor aclarar, cuál es el criterio.
Inspecciones y Pruebas:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
CONSULTA
No queda claro por qué el pliego manifiesta “si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas……”.
Las pruebas tienen que ser realizadas a aquellos suministros que según su oferta se ajustan a las características técnicas solicitadas, caso contrario las ofertas no deben ser consideradas
Favor aclarar, cuál es el criterio.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Referirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) conforme Adenda 2, págs. 36/58, 37/58, 38/58 y 39/58.
26
Especificaciones Técnicas
Especificaciones Técnicas ANDE
N° WFMS – 01 – 2025
Suministro de Software Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo – WFMS
2. Cumplimiento de la Oferta con las Especificaciones Técnicas:
La oferta deberá satisfacer los requerimientos indicados en la presente Especificación Técnica.
3. Objeto:
La presente Especificación Técnica tiene como objeto describir las funcionalidades requeridas para la provisión de una solución WFMS, denominada Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo.
4. Alcance:
El alcance solicitado incluye la provisión de un software denominado Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo –WFMS, para la administración integral de trabajos en campo de la compañía.
Este software permitirá la gestión y ejecución de todas las órdenes de trabajo (O.T) originadas en los distintos procesos comerciales y de distribución de la ANDE. El WFMS se integrará con el actual Sistema de Información Comercial CIS, el softwarede Gestión de Reclamos de ANDE, GIS el Sistema de Mantenimiento de Obras de Distribución- SMOD, en el cual se gestiona el pago de ANDE, asegurando el correcto intercambio y actualización de información. El suministro además incluirá la provisión de software y hardware necesarios, puesta en servicio,
integración con sistemas nativos, licenciamiento perpetuo para quinientos (500) usuarios activos y el soporte y mantenimiento durante la vigencia del contrato.”
CONSULTA- 10 A
En la página 32 del PBC se requiere textualmente:
“Además, el oferente adjudicado deberá proveer lo siguiente:
1. Los derechos de las licencias deberán estar a favor de la ANDE utilizando su respectiva cuenta.
2. Manuales de uso u otros requeridos para la utilización del software adquirido.
3. Licencias perpetuas para trescientos ochenta (380) usuarios, con un cronograma establecido en el Plan de Entrega de los Bienes.·
Consultamos, finalmente, la licencia debe ser para 380 usuarios o para 500 usuarios como indicado en el apartado arriba indicado en la página 34 del PBC
Especificaciones Técnicas ANDE
N° WFMS – 01 – 2025
Suministro de Software Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo – WFMS
2. Cumplimiento de la Oferta con las Especificaciones Técnicas:
La oferta deberá satisfacer los requerimientos indicados en la presente Especificación Técnica.
3. Objeto:
La presente Especificación Técnica tiene como objeto describir las funcionalidades requeridas para la provisión de una solución WFMS, denominada Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo.
4. Alcance:
El alcance solicitado incluye la provisión de un software denominado Sistema de Gestión de Flujo de Trabajo –WFMS, para la administración integral de trabajos en campo de la compañía.
Este software permitirá la gestión y ejecución de todas las órdenes de trabajo (O.T) originadas en los distintos procesos comerciales y de distribución de la ANDE. El WFMS se integrará con el actual Sistema de Información Comercial CIS, el softwarede Gestión de Reclamos de ANDE, GIS el Sistema de Mantenimiento de Obras de Distribución- SMOD, en el cual se gestiona el pago de ANDE, asegurando el correcto intercambio y actualización de información. El suministro además incluirá la provisión de software y hardware necesarios, puesta en servicio,
integración con sistemas nativos, licenciamiento perpetuo para quinientos (500) usuarios activos y el soporte y mantenimiento durante la vigencia del contrato.”
CONSULTA- 10 A
En la página 32 del PBC se requiere textualmente:
“Además, el oferente adjudicado deberá proveer lo siguiente:
1. Los derechos de las licencias deberán estar a favor de la ANDE utilizando su respectiva cuenta.
2. Manuales de uso u otros requeridos para la utilización del software adquirido.
3. Licencias perpetuas para trescientos ochenta (380) usuarios, con un cronograma establecido en el Plan de Entrega de los Bienes.·
Consultamos, finalmente, la licencia debe ser para 380 usuarios o para 500 usuarios como indicado en el apartado arriba indicado en la página 34 del PBC
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Referirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) conforme Adenda 2, pág. 34/58. Referirse también a las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) conforme Adenda 2, pág. 4/16.
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.”
CONSULTAMOS
Cuando indicado que la oferta debe incluir “todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección”, la consulta es, si lo que pueda inferirse razonablemente, es a criterio del oferente o si también se debiera incluir al criterio de la Contratante. En este último caso, no se puede considerar que en el precio debe estar incluida esta disposición.
Favor indicar como proceder, en razón que esta disposición puede generar desigualdad en el tratamiento por parte de los distintos oferentes. Aclaramos que es muy difícil inferir lo que razonablemente pueda ser considerado como necesario por parte de la Contratante.
Igualmente, favor indicar cual es la Norma oficial de la República del Paraguay que podrían regir el presente llamado.
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.”
CONSULTAMOS
Cuando indicado que la oferta debe incluir “todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección”, la consulta es, si lo que pueda inferirse razonablemente, es a criterio del oferente o si también se debiera incluir al criterio de la Contratante. En este último caso, no se puede considerar que en el precio debe estar incluida esta disposición.
Favor indicar como proceder, en razón que esta disposición puede generar desigualdad en el tratamiento por parte de los distintos oferentes. Aclaramos que es muy difícil inferir lo que razonablemente pueda ser considerado como necesario por parte de la Contratante.
Igualmente, favor indicar cual es la Norma oficial de la República del Paraguay que podrían regir el presente llamado.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: La disposición que menciona que el precio debe incluir ítems no detallados, pero "necesarios para el funcionamiento"; busca asegurar que el suministro sea operativo y completo. No se trata de un criterio subjetivo o arbitrario de la Contratante, sino de una integridad técnica. El oferente, como experto en la materia, debe incluir aquellos componentes menores (accesorios, cables de conexión, licencias base, pernos, etc.) que, aunque no figuren en la lista de cantidades, sean indispensables para que el bien principal cumpla con la función técnica descrita en las Especificaciones Técnicas (EETT).
28
Criterios de Adjudicación
23. Criterios de Adjudicación:
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el Artículo N° 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la Convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la Convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la Convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la Convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes y/o servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas.
Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.”
CONSULTAMOS
En el presente procedimiento de contratación, se evaluará solo el precio, o también la experiencia de oferente y el hecho que la oferta se adecue a lo solicitado por la Contratante.
23. Criterios de Adjudicación:
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el Artículo N° 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la Convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la Convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la Convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la Convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes y/o servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas.
Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.”
CONSULTAMOS
En el presente procedimiento de contratación, se evaluará solo el precio, o también la experiencia de oferente y el hecho que la oferta se adecue a lo solicitado por la Contratante.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Se evalúa todo lo mencionado.
29
Capacidad Técnica
15. Capacidad Técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Se evaluarán los datos proporcionados por el Oferente en la Planilla de Datos Garantizados y demás documentos técnicos requeridos en las Especificaciones Técnicas, para determinar si la oferta cumple con las Especificaciones Técnicas que forman parte de los documentos de esta Licitación.
En caso de tratarse de un Consorcio, los requisitos deberán ser cumplidos en su totalidad por al menos 1 (un) integrante del Consorcio.
La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE.
16. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Planilla de Datos Garantizados debidamente llenada y completada. El documento debe ser completado con los datos técnicos y valores en ellas solicitadas. No se admiten referencias a catálogos.
b Durante la evaluación, la Convocante podrá solicitar aclaraciones dentro de un plazo indicado en el transcurso de la misma. En éste caso, la omisión de algún dato o la aclaración solicitada será motivo de descalificación.
El Comité de Evaluación podrá solicitar la presentación de la Planilla de Datos Garantizados, debidamente completada en formato editable, en un CD (disco compacto) o Pendrive.”
CONSULTAMOS
Ya que se trata de una evaluación técnica, entendemos que el principal documento a evaluar debería ser los antecedentes del oferente en suministros a empresas eléctricas, además de la evaluación de la Planilla de Datos Garantizados. La sola evaluación de la PDG, no garantiza que el oferente pueda suministrar lo solicitado por la Convocante.
Favor aclarar si el entendimiento es correcto, o el fin del llamado es otro.
15. Capacidad Técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Se evaluarán los datos proporcionados por el Oferente en la Planilla de Datos Garantizados y demás documentos técnicos requeridos en las Especificaciones Técnicas, para determinar si la oferta cumple con las Especificaciones Técnicas que forman parte de los documentos de esta Licitación.
En caso de tratarse de un Consorcio, los requisitos deberán ser cumplidos en su totalidad por al menos 1 (un) integrante del Consorcio.
La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE.
16. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Planilla de Datos Garantizados debidamente llenada y completada. El documento debe ser completado con los datos técnicos y valores en ellas solicitadas. No se admiten referencias a catálogos.
b Durante la evaluación, la Convocante podrá solicitar aclaraciones dentro de un plazo indicado en el transcurso de la misma. En éste caso, la omisión de algún dato o la aclaración solicitada será motivo de descalificación.
El Comité de Evaluación podrá solicitar la presentación de la Planilla de Datos Garantizados, debidamente completada en formato editable, en un CD (disco compacto) o Pendrive.”
CONSULTAMOS
Ya que se trata de una evaluación técnica, entendemos que el principal documento a evaluar debería ser los antecedentes del oferente en suministros a empresas eléctricas, además de la evaluación de la Planilla de Datos Garantizados. La sola evaluación de la PDG, no garantiza que el oferente pueda suministrar lo solicitado por la Convocante.
Favor aclarar si el entendimiento es correcto, o el fin del llamado es otro.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Favor referirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) conforme Adenda 2 y Adenda 3.
30
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
“14. Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia:
1. Documentos emanados de empresas públicas o privadas, pudiendo ser constancias respectivas a dichos desarrollos o implementaciones firmadas, facturaciones y/o recepciones finales de contratos ejecutados y finiquitados donde se acredite la experiencia requerida.
Deberán indicarse los datos del contacto de la empresa emisora de la documentación.
Se deberá acreditar que el giro comercial de la empresa corresponde al procedimiento de contratación ofertado, para lo cual deberá presentar copia simple y legible del documento que acre dite la actividad comercial, industrial o de servicio, pudiendo ser: la constancia de RUC, patente municipal o documentos constitutivos, siempre que de la documentación se desprenda su actividad comercial y la correspondencia al procedimiento objetado. Cuando no resulte aplicable la constancia de RUC o la patente municipal, el oferente deberá manifestar y justificar esta condición en su oferta y presentar otra documentación a los
efectos de acreditar el giro comercial.”
CONSULTAMOS
Se indica, que debe ser acreditado que el giro comercial de la empresa que emita un certificado corresponda al procedimiento de contratación ofertado, o sea, un sistema que atienda a una empresa de utilities eléctrica, y no se entiende porque deba acreditar actividad diferente a la prestación del servicio de abastecimiento eléctrico.
Favor aclarar si realmente se requiere una experiencia en la provisión para una empresa eléctrica, o para una empresa de cualquier giro comercial
27-01-2026
12-05-2026
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
“14. Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia:
1. Documentos emanados de empresas públicas o privadas, pudiendo ser constancias respectivas a dichos desarrollos o implementaciones firmadas, facturaciones y/o recepciones finales de contratos ejecutados y finiquitados donde se acredite la experiencia requerida.
Deberán indicarse los datos del contacto de la empresa emisora de la documentación.
Se deberá acreditar que el giro comercial de la empresa corresponde al procedimiento de contratación ofertado, para lo cual deberá presentar copia simple y legible del documento que acre dite la actividad comercial, industrial o de servicio, pudiendo ser: la constancia de RUC, patente municipal o documentos constitutivos, siempre que de la documentación se desprenda su actividad comercial y la correspondencia al procedimiento objetado. Cuando no resulte aplicable la constancia de RUC o la patente municipal, el oferente deberá manifestar y justificar esta condición en su oferta y presentar otra documentación a los
efectos de acreditar el giro comercial.”
CONSULTAMOS
Se indica, que debe ser acreditado que el giro comercial de la empresa que emita un certificado corresponda al procedimiento de contratación ofertado, o sea, un sistema que atienda a una empresa de utilities eléctrica, y no se entiende porque deba acreditar actividad diferente a la prestación del servicio de abastecimiento eléctrico.
Favor aclarar si realmente se requiere una experiencia en la provisión para una empresa eléctrica, o para una empresa de cualquier giro comercial
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Referirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) según Adenda 2, pág. 24/58 y 25/58.